Fw: Croquis Declaracion Jurada

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Eduardo Guerra

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May 27, 2016, 5:51:46 PM5/27/16
to foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com
Buenas tardes a todos
 
Supongo que recibieron esto, ahora resulta que hay que poner los antecedente de los P. de C., y foto de la fachada y hacer prácticamente un plano con cada declaración.
Y siga pagando el cliente, total tiene plata, y siga recopilando información que debería recabar el estado por sus propios medios, total que le va a hacer al contribuyente una cosita más.
Yo por mi parte voy a intentar negarme a hacer todo esto, de que sirve poner los antecedentes de la construcción? y si no los tiene? y si los tiene los van a verificar? y la foto? es para ver si se ajusta a lo declarado?, y por que no un video por el interior? y por que no hacen alguna inspección aleatoria? Porqué tanto croquis? quién carajo, disculpen la expresión, los va a mirar? los nuevos técnicos a incorporar? el BPS? Batman? los nuevos directores que se recortaron? Mejor pongan agrimensor para Cerro Largo y Río Negro y déjense de tanta burocracia!
Otra vez los genios del escritorio.
Es mi humilde opinión.
A, por las dudas, el documento adjunto llegó con errores, por lo menos a mi.
 
Saludos para todos.
Eduardo Guerra
 
Sent: Friday, May 27, 2016 5:18 PM
To: undisclosed-recipients:
Subject: Croquis Declaracion Jurada
 


Estimado socio,


En archivo adjunto remitimos el esquema correspondiente a las disposiciones de Catastro Nacional para realizar los croquis de las Declaraciones Juradas de Caracterización Urbana.

 

Saludos cordiales,
Secretaria AAU
Tel: 29159373
 


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Versión: 2016.0.7598 / Base de datos de virus: 4591/12305 - Fecha de la versión: 27/05/2016

Croquis DJCU(1).pdf

Sergio cayafa

unread,
May 27, 2016, 6:11:19 PM5/27/16
to foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com
Muy bien Eduardo !! Te faltó tal vez decir la burocracia otra vez! Yo digo para lo que debe hacer Catastro y no hace tienen mucho ingenio y para darle curso a los trámites en tiempo y forma ? No hay peor  cuña que la del mismo palo dice el refrán.sergiocayafa

De: Eduardo Guerra
Enviado el: ‎27/‎05/‎2016 18:51
Para: foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com
Asunto: Fw: Croquis Declaracion Jurada

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Bruno Ferrari

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May 27, 2016, 6:27:33 PM5/27/16
to foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com
Parafraseando a René Borjas: tuya Arquitecto....
He perdido la capacidad de asombro con estos muchachos. Gremialmente nos deberíamos oponer a hacer esto. 
--

Ing. Agrim. BRUNO FERRARI

Justino Muníz 707/05 - MELO
099.803.424  -  4642.2527

martin garrido

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May 27, 2016, 7:56:20 PM5/27/16
to foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com
A no olvidarse de dibujar la cisterna y el felpudo de la puerta
Martín Garrido
Ing.Agrimensor
099-29-56-34

Jorge Laviano

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May 28, 2016, 9:06:20 AM5/28/16
to foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com
Lamentablemente, esto es consecuencia, en parte, de haber perdido la Dirección en manos de alguien que no es de nuestra profesión. Y en otra parte, de que se retiraron por edad un montón de funcionarios (colegas o no) que tenían claro el sentido de Catastro, y cuando ingresó personal nuevo, tomaron estudiantes y becarios de cualquier profesión que, no sólo carecen de ese sentido, sino que no tienen quién se los indique, y como tienen el poder de la burocracia, son tan peligrosos como mono con escopeta. Problemas entre Catastro y nuestra profesión siempre hubo; yo los recuerdo desde mis tiempos de recién recibido, cuando el Director era el Agrim. Alfonso Devitta, pero todos teníamos claro cuáles eran las funciones que debía cumplir la Dirección de Catastro. Eso hay que recuperarlo.
Saludos.  

sallanosduarte

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May 28, 2016, 10:04:48 AM5/28/16
to foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com
Hola,No comprendo porque se asombran ahora, cuando este requisito rigue hace como un año en la oficina de Catastro en Montevideo. Lo que me hace pensar que no se lo pedían a todos, incluso tengo la fotocopia del modelo del croquis a presentar. 


Enviado desde Samsung Mobile


-------- Mensaje original --------
De: 'Jorge Laviano' via Foro Nacional de Agrimensura J Maria Reyes
Fecha:28/05/2016 10:06 (GMT-03:00)
A: foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com
Asunto: Re: Fw: Croquis Declaracion Jurada

Bruno Ferrari

unread,
May 28, 2016, 10:22:55 AM5/28/16
to foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com

En Melo, con foto y mención de antecedentes, nunca se pidió. Durante un tiempito el director pidió un croquis ilustrativo, lejos de ese ejemplo que apareció ahora.

Eduardo Guerra

unread,
May 28, 2016, 10:34:24 AM5/28/16
to foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com
    No, no se exige en todos lados, por suerte, y espero que siga siendo así. Que aporta el ancho de calle? y el tipo de pavimento? y el gráfico de la escalera? porque no una memoria descriptiva? porqué no coordenadas, pienso que sería bueno el mentado certificado notarial (que a propósito nadie lee, en el sentido de ver si su contenido es el del fin buscado, mas bien es un quita culpa me parece), esto modifica el aforo del inmueble, hay que santificarlo, certificado de firma, copia de los permisos de construcción autenticados por la intendencia correspondiente, carpeta y planos, aceptación por parte del propietario de que es consiente de las posibles consecuencias tributaria, si no realizó los aportes correspondientes al BPS.
    Esto de ser parte de la policía catastral hay que tomárselo en serio, si vamos a hacerlo vamos a hacerlo bien. Uno de los pequeños inconvenientes es la falta de equidad de el sistema de declaraciones en sí, donde solo se actualiza con, cada vez más, lujo de detalles lo existente en las propiedades que son objeto de reforma, compra venta, sucesión, etc, quedando completamente fuera de este detallado análisis el grueso de la propiedad inmueble urbana del Uruguay, es como si te vacunaran solo cuando tenes que consultar medico porque estas enfermo, ya que venís te vacuno. Creo que debería aplicarse de forma general y obligatoria, con arreglo a la ley y a la constitución, si es que este simpático sistema es constitucional.
Ya que realizamos una consulta legal sobre el tema de la copia de planos, no podríamos hacerlo sobre esto, que creo que sí nos afecta de forma más general?  o nos callamos porque nos entra algún pesito? o promovemos que se realice a raja tabla para todos y nada de pataleo, como dijo el pelado simpaticón italiano “Todo en el Estado, nada contra el Estado, nada fuera del Estado!”
Saludos
 
Eduardo Guerra

Versión: 2016.0.7598 / Base de datos de virus: 4591/12312 - Fecha de la versión: 28/05/2016

Roberto Velazco

unread,
May 28, 2016, 12:54:46 PM5/28/16
to Foro Nacional de Agrimensura

No entiendo porque tanta queja, si trabajo más lo cobro más y se acabó, para pensar por los contribuyentes elegimos un gobierno cada 5 años, no es nuestra labor.

 

Lo que sí es nuestra labor es devolver en servicios de calidad a la sociedad lo que ella reclama, dado que la universidad de la que hemos salido todos, es "gratis"!!! , si esto sirve para mejorar las declaraciones juradas que son ni más ni menos que la tasación del bien, entonces bienvenido sea, el dilema real que nosotros tenemos con estas cosas es, cobrarlo lo que realmente se debe!!

 

El momento para chillar por las DJCU ya paso, ahora es una realidad que llegó para quedarse y toda esa predica de defender a los contribuyentes mejor se aplicaría a otras casos, mucho peores!!!.

 

El hecho real es que somos los que actualizamos el catastro porque el estado no tiene los recursos ni la capacidad para hacerlo por si solo, ni siquiera se pueden cubrir las vacantes de los jefes del interior, menos aún pensemos en re aforos !!

sds



Roberto Velazco
Ingeniero Agrimensor
Acuña de Figueroa 375_San José de Mayo_Uruguay
Tel_43442590_098350556

rodino

unread,
May 28, 2016, 1:41:41 PM5/28/16
to Roberto Velazco, Foro Nacional de Agrimensura
Solo un comentario, para los egresados de  UDELAR la universidad no es gratis pagamos diferido luego de 5 años de egresados el fondo de solidaridad y el adicional por 35 años. Fue puesto por el gobierno del Partido Nacional aumentado posteriormente  con el adicional por el gobierno del P.Colorado y finalmente aumentado en monto y años de aportes por el Frente Amplio



Enviado desde mi smartphone Samsung Galaxy.
-------- Mensaje original --------
De: Roberto Velazco <velazc...@gmail.com>
Fecha: 28/05/2016 13:54 (GMT-03:00)
A: Foro Nacional de Agrimensura <foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com>
Asunto: Re: Croquis Declaracion Jurada

Eduardo Guerra

unread,
May 28, 2016, 2:05:23 PM5/28/16
to foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com
Creo que no actualizamos el Catastro, actualizamos un a pequeña parte del Catastro, no tiene una utilidad clara ni pareja, y opino que los tiempos de quejarse, si la queja es atendible, no caducan.
En la Universidad estudiar todavía es gratis, tener un título, como bien lo dice Tito, no, sale unos 12.000 pesos por año, ahora, creo hasta los 70 años, no digo que esté bien o mal, solo digo que no es gratis. No voy a entrar en la paradoja de devolver lo que es gratis cobrando más.
Todos tenemos derecho a quejarnos y a estar de acuerdo o no con los comentarios o a entenderlos o no.
Seguiré quejándome de las declaraciones, de los certificados, de los requerimientos crecientes e incomprensibles de las declaraciones, de la re centralización (desde Río Negro muchas veces los planos hay que mandarlos a registrar a Montevideo), de la pauperización de la profesión, y de todo lo que se me ocurra atenta contra mis derechos y los de la gente común a la que pertenezco, entiéndalo quien lo entienda, y compártalo quién lo comparta, eso sí, respetando siempre la opinión ajena.
Saludos
 
Eduardo

Juan Rodriguez

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May 28, 2016, 3:48:34 PM5/28/16
to foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com
Totalmente de acuerdo Eduardo
Saludos a todos
Juan Rodríguez - Ing. Agrimensor
Justino Muniz 667 - Melo


Enrique G.B.A.

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May 28, 2016, 10:24:47 PM5/28/16
to Foro Nacional de Agrimensura J Maria Reyes

Toda información adicional en la DJCU se entiende es para aumentar los conceptos o componentes que auxilian a la determinación del valor real,
luego si realmente se utiliza es para bien, de lo contrario es mera burocracia.
No estoy enterado de ninguna actualización del programa (software) de la DJCU que se corresponda con lo que ahora se pediría. Más bien correspondería
primero esa actualización, y recién luego agregar a nuestra labor las nuevas líneas de información que realmente sean necesarias. No es de recibo que esto es para un futuro,
ya que el valor se procesa en un tiempo acotado, y vence luego de un plazo breve de años, siendo necesario una nueva declaración

Por el contrario hace más de cinco años que estoy esperando tan solo se agregue un índice, que indique para los códigos 17, 47 y 62 cuando no hay techo,
y por tanto no debería ser sumado al área edificada -el total que se lee en la cédula catastral-, aunque si -estoy de acuerdo- corresponda su consideración para la avaluación.
Son los códigos de Playa de Estacionamiento, Piscina y Cancha Deportiva, que habitualmente no tienen techo, aunque en menores ocasiones suceda.
De esto hace varios años, he llamado por teléfono y mandado correos a secciones de Catastro, y siempre que algún día se va a actualizar.
En cambio para el programa interno de catastro si hay un índice o código 5 para destino no techado, luego uno debe poner nota en la DJCU y avisarle al
funcionario que procesa el correo recibido para que él si cambie al código de no techado. Aún así para la cédula catastral, no se desglosan esas superficies,
y aparece en el total edificado sumada el área de la playa de estacionamiento, o de la cancha deportiva o de la piscina, con la comprensible preocupación o queja del propietario,
que no entiende como puede ser si no son techados esos destinos. 

Resumiendo, la Dirección Nacional de Catastro no debería solicitar ninguna información para la DJCU que no sea utilizada para la efectiva determinación del valor
real. Un Croquis simple -perímetro deslindado de destinos- es cierto ayuda a la mejor comprensión y es además garantía para el propietario que visualiza se contempló todo.
Cuando más elemental el croquis, mejor. No es simple por ejemplo, agregar paredes internas de destinos: ¿para determinar el valor real del inmueble en que se utiliza?
La información superflua la paga inútilmente el propietario, por una mayor complejidad de nuestra labor que resulta inconducente.

Mientras tanto, volviendo a lo anterior que corrijan algo tan simple como que en un software (interno de catastro nacional) haya código 5 para destino no techado objeto de avalúo, y que en el otro software (el que se nos brinda) no exista ese código. Y además corregir que esos destinos no techados, se sumen al total edificado que se lee en la cédula catastral.



 
     

Sergio Cayafa

unread,
May 28, 2016, 10:36:58 PM5/28/16
to foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com
Con todo respeto colega Roberto Velazco,escribir que pasó un momento de quejarse,no es de recibo por mi parte.La queja a mi modo de ver es indicio de libertad y Democracia.Respeto tu postura y visión distinta.Por otra parte el Foro es un ámbito de enriquecerse con las opiniones de los demás.Yo creo que si el Estado tuvo la capacidad de dar ingreso a 60000 empleados públicos, en estos últimos años, tiene la capacidad sin duda de llenar cinco vacantes y colocar 20 funcionarios en Catastro,para que atiendan las Delegadas.
No quieren hacerlo, el sistema político no ha querido hacerlo, para mi es falta de cultura de nuestros gobernantes y una actitud prescindente de quienes dirigen al Estado, por la cual no le doy recursos ni equipos técnicos a las Oficinas Públicas  y licito lo que podría realizar con recursos propios.
Por supuesto esto le viene bárbaro a todo el mundo,ocurre que en estos tiempos políticos que vivimos esta actitud resalta más por sus contradicciones.Sergio Cayafa

 

Eduardo Guerra

unread,
May 28, 2016, 10:40:31 PM5/28/16
to foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com
Ojalá todos pudiéramos decir las cosas de forma tan clara y concisa.
Saludos
Eduardo
 
Sent: Saturday, May 28, 2016 11:24 PM
Subject: Re: Fw: Croquis Declaracion Jurada
 
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Bruno Ferrari

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May 28, 2016, 11:01:12 PM5/28/16
to foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com

Tampoco comparto ni acepto los conceptos del colega Velazco, queriendo determinar los momentos de discutir tal o cual tema. Por otra parte, una mala medida burocrática no se transforma en buena por cobrarla más. Saludos


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Roberto Velazco

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May 29, 2016, 8:27:38 AM5/29/16
to Foro Nacional de Agrimensura

Estimados colegas, los aportes y las opiniones son todos bienvenidos, yo no escribo para que me digan “me gusta” ni para tener la última palabra, doy mis opiniones sin querer imponérselas a nadie y a veces sin la anestesia de lo políticamente correcto, pero a pesar de ello no personalizo mis comentarios y me cuido de hacer alusiones políticas.


La tarea de catastro es enorme y si hemos perdido injerencia en ella mejor haríamos en preguntarnos porque ocurrió eso y de seguro la conclusión será que nosotros mismos lo dejamos ir, está bien la crítica, está bien la queja pero hay que canalizarlo por las vías institucionales que corresponden, llámese AAU, Agrupación Universitaria o lo que sea.

La primera crítica debe ser a la interna, hemos dejado a la Asociación bastante sola en estas luchas, no nos hemos comprometido lo suficiente para encarar acciones gremiales que desde este foro se reclaman. El mayor problema de las asambleas no es la discusión en sí, si no llegar al cuórum necesario.


Si el gremio decide iniciar acciones para quitar el croquis de las declaraciones o quitarlo solo en el interior que así sea.

Sds

Eduardo Guerra

unread,
May 29, 2016, 11:48:48 AM5/29/16
to foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com
Buenos días
 
A mi me parece que existe una molestia general con las determinaciones de los últimos años de Catastro, aunque es solo una sensación, no tengo forma de comprobarlo.
No me parece correcto que se generen cambios importantes, como la exigencia de los famosos certificados, sin ninguna consulta a las agremiaciones interesadas, como los agrimensores y los escribanos, yo estuve en la asamblea que trató el tema, y había mucha gente, de hecho no entraba más nadie, y se decidió solicitar audiencia con Catastro y pedir la suspensión de la medida y el análisis de las razones y de las alternativas. Supuestamente el motivo de esta resolución fueron uno o dos juicios en contra de algún agrimensor y Catastro, pero esto en tono de “parece que” no hay datos concretos.
El resultado, según creo, fue un amable portazo en la nariz, o sea, no, hecho consumado, no se discute, no se explica, se hace lo que dice Catastro, y sin un plazo de amortiguación, el tema quedó muerto.
Ahora esto otro de los croquis, (ojo, no si son necesarios o no, sino lo que dijo el colega Enrique), que parece ser menor, en Montevideo si, en otros lados no, llega esta información a través de la Asoc. aparentemente un año después de que se está pidiendo, porque?
¿Porque no aportamos ideas y opiniones en el sentido de si queremos tomar medidas gremiales sobre alguno de estos temas, que medidas podrían ser?
Yo no creo que Catastro nos haya dejado de lado, creo que hay una actitud en la Dirección que no es muy comprensible, resoluciones que aparentan ejecutividad, se parecen más a irreflexión y “tengo un problema, hay que arreglarlo ya, hagan algo!!”, cobrar al grito.
Tampoco creo que sea un tema Montevideo-Interior, aunque por razones obvias los problemas y las ventajas son diferentes, por ejemplo el tema de los directores, Río Negro no tiene uno residente desde que se jubiló Benelli, hace ya varios años. No creo que sea imprescindible tener uno local, aunque sería bueno, mientras tanto se hacia cargo el de Soriano, y después el de Paysandú, pero dejaron de venir porque perdían plata! y eso que alcanzaba con hacer unos quilómetros una vez por semana, es tan difícil solucionar esto? hay que reclavar a alguien que venga de Montevideo? (300 Km, auto, combustible, etc.) hay que mandar los planos a Montevideo? Tema de viáticos y no se qué, o sea: burocracia!!! es tan difícil de arreglar? o hay un tema subyacente y se va a pretender manejar las Delegadas a control remoto y estamos probando? si es el caso podría ser una opción, no hay que cerrarse a los cambios, pero hay que de ba tir los.
 
Saludos
 
Eduardo
 
 
 
 
Sent: Sunday, May 29, 2016 12:01 AM

Verónica Fagalde

unread,
May 30, 2016, 10:13:37 AM5/30/16
to foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com

Hola a todos

Alguien tiene el número de resolución de esto? … no la encuentro en la página de Catastro.

Gracias

Saludos

verónica

 

De: foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com [mailto:foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com] En nombre de Eduardo Guerra
Enviado el: domingo, 29 de mayo de 2016 12:46 p.m.
Para: foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com
Asunto: Re: Croquis Declaracion Jurada

 

Buenos días

Gino Grisi

unread,
May 30, 2016, 10:38:21 AM5/30/16
to foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com
Decreto 235/002 reglamentario de la ley N°17.296 /2001

Las reglamentaciones de las leyes son tremendas....

Slds,

gino.
DECRETO 235_002.jpg

Verónica Fagalde

unread,
May 30, 2016, 10:46:40 AM5/30/16
to foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com

Gracias Gino…pensé había algo más reciente.

sds

Eduardo Guerra

unread,
May 30, 2016, 11:07:46 AM5/30/16
to foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com, Asociacion Agrimensores
De lo que habla es potencial, se podría, entiendo que en casos complejos, como fabricas u otros puede ser entendible o necesario, pero que tiene que ver con el croquis que envía la Asoc.? Sería bueno que la Asociación aclarara el motivo del mail y el alcance, ya que habla de “En archivo adjunto remitimos el esquema correspondiente a las disposiciones de Catastro Nacional para realizar los croquis de las Declaraciones Juradas de Caracterización Urbana.” ¿De algunas donde sea necesario o de todas, esto es del 2012, hubo cambios?
 
Saludos
 
Eduardo Guerra

Versión: 2016.0.7598 / Base de datos de virus: 4591/12327 - Fecha de la versión: 30/05/2016

Sergio cayafa

unread,
May 30, 2016, 11:47:13 AM5/30/16
to foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com
Gracias Gino por la reglamentación
[No se incluye el mensaje original completo.]

Enrique G.B.A.

unread,
May 30, 2016, 11:58:39 AM5/30/16
to Foro Nacional de Agrimensura J Maria Reyes

Del decreto citado del año 2002, recordado por Gino, resulta:

"ARTICULO 1º.- Las Declaraciones Juradas de Caracterización Urbana a que refiere el artículo 178 de la Ley No. 17.296, de 21 de febrero de 2001, contendrán los datos necesarios para la fijación de los valores reales de los inmuebles por parte de la Dirección Nacional de Catastro.-"

En consecuencia lo que no es dato necesario para el fin propuesto, no debería ser solicitado.

Tampoco estoy enterado de nuevo decreto respecto las DJCU, ni de un nuevo programa o software.

Veronica Fagalde

unread,
May 30, 2016, 12:07:55 PM5/30/16
to foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com
Por eso mi consulta, que también realice a la AAU.
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Verónica Fagalde Vigorito
ingeniera agrimensora
José H. Figueira 2289
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Eduardo Guerra

unread,
May 30, 2016, 7:49:27 PM5/30/16
to foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com
Gracias Asoc.? por la aclaración, parece que esta vez Catastro no hizo nada? igual no entiendo el motivo del mail original.
Mis disculpas , si corresponden, a dirección e integrantes de Catastro si pude haberlos criticado injustamente, en este caso.
Saludos
Eduardo
 
Sent: Monday, May 30, 2016 1:07 PM
Subject: Re: Fw: Croquis Declaracion Jurada
 
Por eso mi consulta, que también realice a la AAU.

El lunes, 30 de mayo de 2016, Enrique G.B.A. <quiq...@gmail.com> escribió:
 
Del decreto citado del año 2002, recordado por Gino, resulta:

"ARTICULO 1º.- Las Declaraciones Juradas de Caracterización Urbana a que refiere el artículo 178 de la Ley No. 17.296, de 21 de febrero de 2001, contendrán los datos necesarios para la fijación de los valores reales de los inmuebles por parte de la Dirección Nacional de Catastro.-"

En consecuencia lo que no es dato necesario para el fin propuesto, no debería ser solicitado.

Tampoco estoy enterado de nuevo decreto respecto las DJCU, ni de un nuevo programa o software.
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Bruno Ferrari

unread,
May 30, 2016, 9:32:32 PM5/30/16
to foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com
No me sumo a las disculpas,  ya que creo que es la Asociación quien debe pedirlas por enviar un mail que se prestó a toda esta confusión.  Lamentablemente en su mail explicatorio no hay ni vestigios de disculpas. Saludos 

Ing. Agrim. Daniel Merif

unread,
Jun 20, 2016, 9:20:15 AM6/20/16
to foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com
Estimados:
 
Relacionado con el tema de las DJCU:

 

CONSULTO: Alguien sabe si hubo alguna Ley modificativa posterior a la la Ley 17296 (Art. 178) que transcribo?

                        El motivo de la consulta es que me han informado muchos Escribanos que la DJCU no es necesaria como se indica en el Artículo de la Ley. Si no hubiera ninguna modificación, ellos igualmente lo consideran así.

                      

 

 

ARTICULO 178. Para la inscripción de Planos de Mensura y el trámite de toda modificación parcelaria de inmuebles urbanos que se realice ante la Dirección Nacional de Catastro, deberá adjuntarse una Declaración Jurada de Caracterización Urbana por cada unidad catastral resultante de la operación catastral de que se trate.

            Las Declaraciones Juradas de Caracterización Urbana contendrán los datos necesarios para el mantenimiento al día de la Bases de Datos Catastrales verificando la existencia y caracterización de construcciones en cada fracción resultante, debiendo ser firmada por el propietario y por profesional Arquitecto o Ingeniero Agrimensor.

            En inmuebles urbanos se sustituirá la presentación de los planos de construcción para la inscripción de mejoras (obra nueva o regularización) por la presentación de una Declaración Jurada de Caracterización Urbana.

            Las infracciones que se constaten en las declaraciones que se presenten, serán pasibles de las penas de que trata el artículo 239 del Código Penal.

            Las mejoras a construir se incorporarán a un archivo transitorio el que se incorporará a la Base de Datos Catastral para el ejercicio fiscal siguiente a los cinco años a partir de la fecha de presentación. El período indicado podrá ser interrumpido y prorrogado por otros cinco años, de presentarse una nueva Declaración Jurada de Caracterización Urbana que contendrá las características del edificio construido hasta el momento.

            Para la inscripción en la Dirección General de Registros de toda escritura de traslación o constitución de dominio e hipoteca así como para la inscripción de compromisos de compraventa de bienes urbanos y suburbanos, se requerirá la constancia de haber presentado una Declaración Jurada de Caracterización Urbana en la Dirección Nacional de Catastro con antigüedad no mayor a cinco años. Tratándose de unidades de Propiedad Horizontal Ley N° 10.751, esta antigüedad se extenderá a 10 años.

            El Poder Ejecutivo establecerá las características de las Declaraciones Juradas de Caracterización Urbana y su forma de presentación, en el plazo de 180 días.

 
----- Original Message -----
Sent: Monday, May 30, 2016 1:07 PM
Subject: Re: Fw: Croquis Declaracion Jurada

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Luis Canelli

unread,
Jun 20, 2016, 11:12:16 AM6/20/16
to foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com
No hubo modificación alguna. Como en el Registro no la piden, arbitraria e ilegalmente, los escribanos tampoco. La causa: que al actualizar datos, normalmente se incrementa el VR y por ende aumenta el ITP. Esto, según algunos escribanos, va en detrimento de los intereses de sus clientes. Por eso es más fácil infringir que cumplir, ya que parece que, hoy, si no me gusta algo, no lo cumplo aunque esté ajustado a derecho. Saludos, Luis Canelli.

De: Ing. Agrim. Daniel Merif
Enviado el: ‎20/‎06/‎2016 10:20
Para: foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com
Asunto: Re: Fw: Croquis Declaracion Jurada

Estimados:
 
Relacionado con el tema de las DJCU:

 

CONSULTO: Alguien sabe si hubo alguna Ley modificativa posterior a la la Ley 17296 (Art. 178) que transcribo?

                        El motivo de la consulta es que me han informado muchos Escribanos que la DJCU no es necesaria como se indica en el Artículo de la Ley. Si no hubiera ninguna modificación, ellos igualmente lo consideran así.

                      

 

 

ARTICULO 178. Para la inscripción de Planos de Mensura y el trámite de toda modificación parcelaria de inmuebles urbanos que se realice ante la Dirección Nacional de Catastro, deberá adjuntarse una Declaración Jurada de Caracterización Urbana por cada unidad catastral resultante de la operación catastral de que se trate.

            Las Declaraciones Juradas de Caracterización Urbana contendrán los datos necesarios para el mantenimiento al día de la Bases de Datos Catastrales verificando la existencia y caracterización de construcciones en cada fracción resultante, debiendo ser firmada por el propietario y por profesional Arquitecto o Ingeniero Agrimensor.

            En inmuebles urbanos se sustituirá la presentación de los planos de construcción para la inscripción de mejoras (obra nueva o regularización) por la presentación de una Declaración Jurada de Caracterización Urbana.

            Las infracciones que se constaten en las declaraciones que se presenten, serán pasibles de las penas de que trata el artículo 239 del Código Penal.


Verónica Fagalde

unread,
Jun 20, 2016, 12:51:27 PM6/20/16
to foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com

Hola

Les comento que los Escribanos del BHU tienen como norma que: si los planos son anteriores a la Ley 17296, o sea 2002, no es necesario hacer la DJCU; y el registro, por lo que me han dicho, comparte.

 

Saludos

verónica

Sergio cayafa

unread,
Jun 20, 2016, 1:03:19 PM6/20/16
to foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com
Ya sabemos que estamos en el reino de la Dirección General de Registros, estos señores/as hacen lo que quieren, entre otras cosas interpretar las leyes a su antojo.sergio cayafa

De: Verónica Fagalde
Enviado el: ‎20/‎06/‎2016 13:51
Para: foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com
Asunto: RE: Fw: Croquis Declaracion Jurada

CANELLI ZAVALA, Luis Alberto

unread,
Jun 20, 2016, 1:27:16 PM6/20/16
to foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com

Verónica:

Ni los escribanos del BHU, ni ningún otro escribano tienen como norma pedir algo para lo que previamente no se legisló. La ley se cumple, aunque en algunos casos puede interpretarse. En este caso, la Ley, su decreto reglamentario (235/002) del 26/VI/02,  que dice, entre otras cosas:

ARTICULO 7º. Una vez verificados los datos aportados, la Dirección Nacional de Catastro expedirá la cédula catastral correspondiente, en la que se dejará constancia de la fecha de presentación de la Declaración Jurada y la vigencia de la misma, a los efectos de la inscripción en la Dirección General de Registros de toda escritura de traslación de dominio o constitución de dominio o hipoteca, así como la inscripción de compromisos de compraventa de predios urbanos.-

ARTICULO 8º. Para la inscripción de planos de mensura y el trámite de toda modificación parcelaria de inmuebles urbanos, deberá adjuntarse una Declaración Jurada de Caracterización Urbana por cada unidad catastral resultante. Las mismas harán referencia a la denominación en el plano y las cédulas catastrales referidas en el artículo anterior se expedirán una vez adjudicados los padrones correspondientes.

claramente, nos indica a todos los ciudadanos y más a los técnicos; qué hacer, sin lugar a interpretaciones.


El Decreto 420/004, del 26/11/04, tampoco da lugar a interpretaciones  y fue promulgado debido a que ni en el Registro, ni los escribanos lo cumplían.

Decreto 420/004

26/11/04- PRESENTACIÓN DE DECLARACIÓN JURADA DE CARACTERIZACIÓN URBANA ANTE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE CATASTRO

 

VISTO: Lo dispuesto por el decreto 235/002 de 26 de junio de 2002

RESULTANDO: Que la norma mencionada reglamentó la disposición establecida por el artículo 178 de la ley No.17 .296, de 21 de febrero de 2001

CONSIDERANDO: la necesidad de precisar con mayor detalle la ocasión en la que ha de presentarse la Declaración Jurada de Caracterización Urbana ante la Dirección Nacional de Catastro y la forma de efectuarse el control del cumplimiento de tal obligación

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el numeral 4° del artículo 168 de la Constitución de la República

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

DECRETA

Artículo 1°.- Será necesaria la presentación de la Declaración Jurada de Caracterización Urbana para todo trámite de inscripción de Planos de Mensura y de modificación parcelaria de inmuebles urbanos así como para la inscripción de mejoras (obra nueva o regularización) que se realice ante la Dirección Nacional de Catastro.

Artículo 2°.- La Sección Inmobiliaria del Registro de la Propiedad de la Dirección General de Registros deberá verificar, toda vez que se presenten a inscribir escrituras de traslación o constitución de dominio o hipoteca, así como compromisos de compraventa de inmuebles urbanos y suburbanos, que la cédula catastral que acompañe la documentación, contenga la constancia de que la correspondiente Declaración Jurada de Caracterización Urbana ha sido presentada en la Dirección Nacional de Catastro dentro de los cinco años anteriores a la solicitud de inscripción, en la forma dispuesta por el artículo 7o. del decreto No. 235/2002, de 26 de junio de 2002. Tratándose de unidades de Propiedad Horizontal incorporadas a dicho régimen directamente por la Ley No.10.751, de 25 de junio de 1946, la presentación deberá haberse verificado dentro de los diez años anteriores.

La misma verificación deberá ser efectuada por la Dirección General Impositiva, en ocasión del pago del Impuesto a las Transmisiones Inmobiliarias correspondiente a las operaciones arriba mencionadas.

Te mando un cordial saludo, Luis Canelli.


cinthya osaba

unread,
Jun 20, 2016, 8:41:24 PM6/20/16
to foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com
Estimados: yo entiendo perfectamente todo lo que dicen, pero hay una RESOLUCION EXPRESA DEL REGISTRO, donde dice que se controlará las DJ en los planos levantados con posterioridad a la Ley.
Por lo tanto: los escribanos NO piden la DJCU para ecrituras que utilicen planos anteriores al 2002, porque el Registro de Traslaciones así lo dice expresamente. Les mando la Resolucón 142/002 y lo vemos.

142 / 02

17 de Julio de 2002

Visto, lo dispuesto en el artículo 178 de la Ley N° 17.296, de 21 de febrero de 2001

Resultando: Que el Decreto N° 235/002, de 26 de junio de 2002, reglamentó lo relativo a las "Declaraciones Juradas de Caracterización Urbana a que refiere ..." el citado artículo 178.

Considerando.

I) Que dicha norma legal refiere a tales Declaraciones Juradas para "la inscripción de Planos de Mensura y el trámite de toda modificación parcelaria de inmuebles urbanos que se realice ante la Dirección Nacional de Catastro, ..." (inciso 1º)

II) Que por el inciso 6° del mismo artículo 178, se impone el contralor registral de "la constancia de haber presentado una Declaración Jurada de Caracterización Urbana ...", para la inscripción "de toda escritura de traslación o constitución de dominio o hipoteca, así como ... de compromisos de compraventa de bienes urbanos y suburbanos ..." en el Registro de la Propiedad. Que dicho inciso es necesario armonizarlo con el supuesto de hecho previsto en el inciso 1°, así como con lo establecido en los incisos 2°, 3° y 5°, esto es, el control debe limitarse a aquellas Declaraciones Juradas de Caracterización Urbana presentadas en oportunidad de la inscripción de planos de mensura que impliquen trámites de modificación parcelaria, realizados ante la Dirección Nacional de Catastro.

III) Que conforme lo dispuesto en el artículo 10 del Decreto N° 318/995, de 9 de agosto de 1995, "todos los planos a que hace referencia el artículo 2" del mismo Decreto, "se rotularán, ... como Planos de Mensura" y ese género es comprensivo de diversas especies que implican modificaciones parcelarias, tales como plano de mensura parcial, de fraccionamiento, reparcelamiento, modificación de propiedad horizontal, fusión, expropiación y remanente.

IV) Que la Comisión Asesora Registral por acta número 74 de 5 de julio de 2002, dictaminó que el resultado de la interpretación "debe ser restringido ..." a efectos que la misma "... se realice dentro del contexto previsto por la norma...".

V) Que surge del referido dictamen que "la Declaración Jurada de Caracterización Urbana tendrá incidencia en la fijación del monto de los valores reales catastrales, y por consecuencia en el pago del Impuesto a las Transmisiones Patrimoniales, en función de los cual, su contralor se ubica en la llamada calificación fiscal, prevista en el artículo 65 numeral 3) de la Ley N° 16.871, de 28 de setiembre de 1997" (Informe de Esc. F. Albín de fecha 4 de julio de 2002, N° 9).

VI) Que la Asesoría Letrada en informe de la Dra. Naya Soca de fecha 8 de julio de 2002, comparte el criterio.

VII) La importancia que reviste unificar conceptualmente la interpretación de la ley y normas reglamentarias, siendo competencia de la Dirección General de Registros impartir instrucciones generales o particulares para los Registradores, con carácter vinculante. Atento: a lo dispuesto en las normas ya referidas; en el artículo artículo 3° numerales 3) de la ley 16.871 de 28 de setiembre de 1997; a los dictámenes formulados.

El Director General de Registros:

Resuelve

1°) Establécese: Como criterio de calificación fiscal registral que las Declaraciones Juradas de Caracterización Urbana se controlarán para la inscripción de "toda escritura de traslación de dominio o constitución de dominio o hipoteca" o compromisos de compraventa de bienes urbanos y suburbanos; descriptos en base a planos de mensura que impliquen trámites de modificación parcelaria realizados ante la Dirección Nacional de Catastro con posterioridad a la vigencia del Decreto N° 235/002; debiendo resultar de la cédula catastral correspondiente, a partir de la misma fecha, la constancia expedida por la referida Dirección Nacional de Catastro, la fecha de la Declaración Jurada y la vigencia de la misma.

2°) Notifíquese: con copia del dictamen de la Comisión Asesora, y de los informes realizados, a los Directores y Encargados de Registros y Oficinas Técnicas.

3°) Comuníquese a la Comisión Asesora Registral. 



Saludos!!!





De: "CANELLI ZAVALA, Luis Alberto" <la...@adinet.com.uy>
Para: foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com
Enviados: Lunes, 20 de Junio 2016 14:26:41
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Ing. Agrim. Daniel Merif

unread,
Jun 21, 2016, 8:25:45 AM6/21/16
to foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com
Muchas gracias por la información.
Totamente improcedente el Decreto del Registro. No lo conocía, pero, ahora que lo analizo, es como una improvisación rápida para no cumplir la Ley.
Ante esta circunstancia, estimo que la Asociación debería intentar corregir esta situación. No solo por la Ley, que se debe aplicar, sino que se están efectuando escrituras en terrenos "baldíos" que en realidad están edificados o con otras anomalías que surgirían claramente de una DJCU, salvando muchísimos problemas que se presentan posteriormente y que nos toca luego intervenir con consecuencias, en muchos casos, bastante complicadas.
Saludos,
                                                                        Daniel
----- Original Message -----
Sent: Monday, June 20, 2016 4:10 PM
Subject: Re: Croquis Declaracion Jurada

Versión: 2015.0.6201 / Base de datos de virus: 4604/12465 - Fecha de la versión: 06/21/2016

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Jorge Laviano

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Jun 21, 2016, 9:47:32 AM6/21/16
to foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com
En todo caso, habría que interponer un recurso de revocación y jerárquico en subsidio ante la propia Dirección General de Registros para que deje sin efecto su resolución y exija la declaración en todos los casos, como manda la ley. De todos modos, como profesionales independientes me parece que la tal declaración es muy poco lo que nos aporta en nuestro ejercicio y muchos problemas también ante la confección, además de enfrentarnos a la profesión de escribano por una cosa que no valdría tanto la pena. En todo caso, quien sí podría iniciar esa acción sería la propia Dirección de Catastro, ya que la declaración es la forma por la cual mantiene actualizados los datos de los padrones para la fijación del valor real, y sería además quien tendría la legitimación activa para interponer el mencionado recurso. 
Saludos.

Gustavo Curutchet

unread,
Jun 21, 2016, 10:23:57 AM6/21/16
to foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com
"En todo caso", tendrían los legisladores que derogar estas leyes y hacer de una vez una ley catastral acorde a las realidades del país. Creo además que es menester de Catastro llevar actualizada la información necesaria para otorgar los valores correspondientes y a las intendencias el control edilicio correspondiente y ambos ejercer la correspondiente policía territorial. De esta manera no se incurriría en lo que se esta generando que son en conclusión "injusticias fiscales", o sea hablando pronto y mal, en bienes de similares características, el que tiene documentación en regla tributa de una manera, el que esta en falta de otra; el que fué tazado por el relevamiento en 1997 con valores "fantasmas" de una manera, el que está tazado con el viejo valor "73" de otra, y así varios ejemplos. En conclusión hasta que no se homogeinice la forma de tazar en la República toda, da lo mismo quién haga el relevamiento hoy, o si se hace. O nunca tuvieron que relevar sobre algún bien ya declarado con DJCU por otro técnico y encontrar grandes "incoherencias" , dejando de lado otros temas más técnicos como la definición de Categorías, estados de conservación, etc, que cada uno pone a ojo. Eso es menester de CATASTRO, y dejémonos de perolata la peor in constitucionalidad es la Desigualdad que existe en la generación de valores catastrales... 
Ahora el problema final. 
Quién escribe la ley y como financiamos este nuevo catastro al 100 %, no una ciudad si otra no, todo el país.
Creo que lo bueno es que institucionalmente catastro como registro se ha modernizado lo suficiente y la información esta muy actualizada e informatizada. Faltaría sólo el relevamiento de la información de campo. Ahí es donde se podría unir en el esfuerzo a las Intendencias... la dejo acá, nunca me dió la sabiola pa mucho...


De: "'Jorge Laviano' via Foro Nacional de Agrimensura J Maria Reyes" <foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com>
Para: foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com
Enviados: Martes, 21 de Junio 2016 10:47:29

Asunto: Re: Croquis Declaracion Jurada

CANELLI ZAVALA, Luis Alberto

unread,
Jun 21, 2016, 10:26:08 AM6/21/16
to foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com

Hola Cinthya, ¿cómo estás?

Está muy bien el planteo de discusiones técnicas. No lo entiendo necesario en este caso.

Si bien las decisiones de los jerarcas están avaladas por sus asesores, nada los obliga a ello. Hay suficientes casos en contrario que contemplan  mis aseveraciones, en las que jerarcas finales han tomado o dictado resoluciones antagónicas con lo expresado por su o sus asesores. Si lees más abajo, el Decreto 420/004, es muy claro al respecto y, entiendo, en ese entonces NADIE por debajo del nivel del Poder Ejecuytivo (léase Presidente de la ROU), puede contradecir lo dispuesto; sí requerir a la Suprema Corte de Justicia que se expida al respecto, cuando hay una discrepancia o un vacío legal. No es ni fue este el caso. Supongamos que nada claro estaba el art. 178 de la Ley Nº17.296 de 2001 y el Decreto Nº235/002. Correcto que el Director NAcional de Registros haya "interpretado" lo que deseaba o necesitaba ya que, en esa época, los escribanos se resistían a requerir la DJCU a un técnico arguyendo que se incrementaban los "gastos" de sus clientes, contrariando, desde la comodidad de su escritorio y "dando fe" de algo que no veían ni vieron, el espíritu de la creación de dicha DJCU. Pero, para enmendar tal "equivocación o falta de claridad en la legislación", el Decreto 420/004 creo que fue y es lo suficientemente claro en su artículo segundo: 

Artículo 2°.- La Sección Inmobiliaria del Registro de la Propiedad de la Dirección General de Registros deberá verificar, toda vez que se presenten a inscribir escrituras de traslación o constitución de dominio o hipoteca, así como compromisos de compraventa de inmuebles urbanos y suburbanos, que la cédula catastral que acompañe la documentación, contenga la constancia de que la correspondiente Declaración Jurada de Caracterización Urbana ha sido presentada en la Dirección Nacional de Catastro dentro de los cinco años anteriores a la solicitud de inscripción, en la forma dispuesta por el artículo 7o. del decreto No. 235/2002, de 26 de junio de 2002. Tratándose de unidades de Propiedad Horizontal incorporadas a dicho régimen directamente por la Ley No.10.751, de 25 de junio de 1946, la presentación deberá haberse verificado dentro de los diez años anteriores.

La misma verificación deberá ser efectuada por la Dirección General Impositiva, en ocasión del pago del Impuesto a las Transmisiones Inmobiliarias correspondiente a las operaciones arriba mencionadas.

  Como claramente se lee, no da lugar a interpretaciones de fecha del Plano de Mensura que corresponda, sino que establece qué documentación debe adjuntar la DJCU.

A los hechos me remito a lo largo de 15 años de vigencia de la DJCU en que muchos casos de compraventa de bienes inmuebles que indicaban, en base a los datos catastrales vigentes, un área construida y en ese momento la parcela contenía mayor o menor área que, sustancialmente, modificaba su valor real y por ende las cargas ipositivas al respecto.

En resumen, los "criterios" que adopte un jerarca de menor nivel que el del Presidente de la República no me atañen ni me sirven de referencia, máxime que desde la fecha de emisión de su resolución, numerosos escribanos requirieron y requieren la DJCU. Por algo será.

Y, como todo en nuestra vida ciudadana, al menos tiene dos lecturas, te agradezco me hayas refrescado la memoria con esa resolución de la que entenderás,que en mi concepto, es inadecuada; pero respeto las consideraciones en contrario que se hagan.

Un beso.

Luis.


Gustavo Curutchet

unread,
Jun 21, 2016, 10:29:55 AM6/21/16
to foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com
A me fallo el remate,  , nunca NOS dió la sabiola pa mucho... por eso solo somos Ingenieros Agrimensores y no podemos ser Directores de CATASTRO


De: "'Jorge Laviano' via Foro Nacional de Agrimensura J Maria Reyes" <foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com>
Para: foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com
Enviados: Martes, 21 de Junio 2016 10:47:29
Asunto: Re: Croquis Declaracion Jurada

Eduardo Guerra

unread,
Jun 21, 2016, 10:35:49 AM6/21/16
to foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com
Buen día para todos
 
1500 % de acuerdo con el colega Gustavo Curutchet, la inequidad es total.
 
Eduardo Guerra

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Versión: 2016.0.7640 / Base de datos de virus: 4613/12465 - Fecha de la versión: 21/06/2016

Roberto Velazco

unread,
Jun 21, 2016, 11:04:17 AM6/21/16
to Foro Nacional de Agrimensura

Estimados Colegas, creo que nos enfrentamos a un problema muy viejo que nos aqueja.

Se trata de la imagen y el concepto que la sociedad tiene de los escribanos y de nosotros.

Quien trabaja ejerciendo la profesión libremente de seguro le ha tocado ver cómo la gente confía realmente en los escribanos, son los profesionales en quienes los ciudadanos se ponen en sus manos, es el tipo que te arregla el papeleo, los papeles, las cuestiones con las oficinas, etc, eso que nadie quiere tener que enfrentar porque se siente amedrentado por funcionarios o mostradores, es el tipo culto y letrado que “está de mi lado” en una negociación y que no va a permitir nunca que me jodan.

Esa es en resumidas cuentas la imagen que la sociedad tiene de estos profesionales, no estoy juzgando si está bien o mal, pero al ser conscientes de esto, algunos señores Escribanos creen tener más poder de lo que realmente tienen y esto que ocurre en el registro es consecuencia de este mareo con los aplausos.

En cambio cuando analizamos como nos ven a nosotros las cosas cambian porque generalmente se nos asocia al gasto al “pedo”, al encarecimiento de las transacciones inmobiliarias o al que genera la discordia entre propietarios cuando se descubre que el que vende hizo la mitad de la casa en el terreno del vecino, es el tipo que viene con la cinta y mide lo que ya sabemos que tiene el terreno.

No quiero ser negativo porque no es así siempre y eso también nos consta a todos pero esto que describo es una imagen bastante arraigada  y difícil de revertir si no tomamos algunas medidas como las que se han comentado aquí en el foro.

sds

Eduardo Guerra

unread,
Jun 22, 2016, 8:16:57 AM6/22/16
to Foro Nacional de Agrimensura
Buenos días para todos
 
Mirando el diario vi esta mañana un artículo sobre las declaraciones juradas de varios gobernantes, por curiosidad miré algunas de ellas y mirando los datos que figuran en catastro encontré algo llamativo, la casa de uno de ellos, cuyo valor estimado es de unos 400.000 dólares, tiene un aforo muy bajo, y en la caracterización figura con categoría 5! no tiene declaración vigente, así que no se si se hizo alguna vez o si los datos son parte de un relevamiento masivo, el aforo es ridículo, apenas de 575.000 pesos (mi casa tiene un valor de mercado de menos de la mitad de esta y tiene un aforo del doble).
Lo comento solamente como muestra de lo que dice el colega Curutchet sobre que la dispersión y falta de homogeneidad de los valores catastrales es enorme, provocado por los elementos que el comenta, sumado a la subjetividad o falta de criterios comunes de los técnicos, aunque en este caso, o es un error, o es un disparate.
Saludos
 
Eduardo Guerra
 
Sent: Tuesday, June 21, 2016 12:04 PM
Casa.jpg
gub.catastro.integralevol.arwebmvdeocomunpublico.tif

Manuel Campal

unread,
Jun 22, 2016, 8:37:24 AM6/22/16
to foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com

Roberto y Todos:

Estoy muy pero muy de acuerdo en forma general esa es la imagen   ….   ¿Vieron? Al igual que la imagen que nos muestran en la TV  … después ya está hecho y que la imagen la defiendan ellos  … (Digo por nosotros) .-

Es una consecuencia del todo que combinado, hace eso.-

Saludos

Manuel Campal

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Versión: 2016.0.7640 / Base de datos de virus: 4604/12464 - Fecha de publicación: 06/21/16


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Sergio cayafa

unread,
Jun 22, 2016, 9:53:26 AM6/22/16
to foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com
Buen día Manuel estoy investigando el cero zanetti , eso me ha llevado a la construcción de la rambla sur y la ubicación del templo inglés , de a poco no tengo mucho tiempo para delñdicarle a ello , tú tenés información sobre la ubicación de este, en AFE puede haberla, tal vez algún colega me aporte datos gracias Sergio cayafa

De: Manuel Campal
Enviado el: ‎22/‎06/‎2016 09:37
Para: foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com
Asunto: RE: Croquis Declaracion Jurada

Andres Esteves

unread,
Jun 22, 2016, 10:14:32 AM6/22/16
to foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com
Eduardo, porque no pones el nombre del gobernante? Así vamos sabiendo...
Saludos
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--
Andrés Esteves Peña
Ingeniero Agrimensor
099832702
Tacuarembó

Eduardo Guerra

unread,
Jun 22, 2016, 11:21:01 AM6/22/16
to foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com
Hola Capi
 
Porque no se si es relevante, me parece que lo importante es lo deficiente del sistema que permite estás cosas, de todas formas es muy fácil de averiguar leyendo el Pais de hoy.
Saludos
 
Eduardo Guerra

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Versión: 2016.0.7640 / Base de datos de virus: 4613/12471 - Fecha de la versión: 22/06/2016

Manuel Campal

unread,
Jun 22, 2016, 12:06:57 PM6/22/16
to foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com

Sergio:

 

Te podrás imaginar si habré buscado el famoso repere bajo tapa que estaba en la pasiva de la Estación Central, atrás del monumento a Artigas y nunca pude descubrir nada (Pues ese pavimento (Vereda) se ha rehecho como 5 veces y la tapa debe haber volado hace unos 100 años.-

 

Otra referencia que hay en los datos de los álbumes de vía es el riel No. 1 de la vía 1 (El riel que está pegado al andén de la Est. Central más cercano a la Calle Rio Negro. Ocurre que esa vía   se modificó para dar lugar al actual patio de acceso a las zonas de embarque (Se acortó como unos 19m00), o sea que también se perdió ese punto que era el extremo del riel.

Eso lo intenté reconstruir y lo hice, con los datos del balizamiento, pero el fin era corregir las progresivas de toda la red, poniendo un nuevo mojón cero (Que está con tremendo mazacote de hormigón), se logró remedir un 75% de toda la red, esa info está en los archivos gráficos que se encuentran en “Peñarol”.-

Eso sería bueno hacer una campaña de rescate, pues ahí están los trazados originales que se respetaron a muerte por los Ingleses de todos los 3600Km. De la red.-

Otro están los nombres de todos los estancieros expropiados.-

Ahí hay de todo y son miles de metros de telas en rollos de unos 0.50 de ancho.-

Este es un rescate en el cual debemos implicar a AFE, DIR. de TOP., y nosotros mismos con la Asociación.-   OJO se puede pensar en un rescate que puede llegar a costar unas 1.000 Hs. Netas de trabajo …. Una vez que te hayan abierto todas las puertas y te pongan algún funcionario (Ahora viejísimo y jubilado) de los que estuvieron en el Archivo Gráfico.-

Yo mucho anduve pero no conozco nada del archivo, yo sólo pedía y los compañeros encargados buscaban encontraban y me avisaban (Recién ahí veía lo que quería) pues    ¡!!! NADIE PODIA TOCAR ESE ARCHIVO NI METER MANO A NO SER ELLOS ¡!!!!   … ¡que notable orden dada por los ingleses en los años 1900 y que se mantuvo, hasta que mandaron ese archivo a Peñarol.-

Pero lo si se es donde estaba por lo menos hasta unos 15 años atrás.-

Chau

Y disculpen la Chachara

El NONO


Manuel  Campal   

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Versión: 2016.0.7640 / Base de datos de virus: 4604/12471 - Fecha de publicación: 06/22/16

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Sergio cayafa

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Jun 22, 2016, 2:30:38 PM6/22/16
to foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com
Muy interesante Manuel buena tarea para hacer de jubilado, y que haría con gusto, la quita de los alambrados que definían la zona de servidumbre desde Las Piedras a Canelones es procupante o debería serlo. Pero yo quiero descubrir el repere que Zanetti colocó al costado del viejo templo inglés, por lo que se lo clavo en una roca de la bahía, la cual según se dice quedó bajo la rambla. Cosa que dudo

De: Manuel Campal
Enviado el: ‎22/‎06/‎2016 13:06

Eduardo Guerra

unread,
Jun 22, 2016, 2:36:07 PM6/22/16
to foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com
Buenas tardes
 
estuve mirando otras casas de la manzana del caso anterior y veo que todas están categorizadas como 4 o 5, aparenta ser un tema de aforo general, y no particular de la casa que se mencionó el principio, pero yo no veo casas 5 en esa cuadra, y los aforos, comparados con los actuales de Río Negro, son ridículamente bajos.
Saludos
 
Eduardo
 
 
Sent: Wednesday, June 22, 2016 12:17 PM
Subject: Re: Croquis Declaracion Jurada
 
Hola Capi
 
Porque no se si es relevante, me parece que lo importante es lo deficiente del sistema que permite estás cosas, de todas formas es muy fácil de averiguar leyendo el Pais de hoy.
Saludos
 
Eduardo Guerra
 
Sent: Wednesday, June 22, 2016 11:14 AM
Subject: Re: Croquis Declaracion Jurada
 
Eduardo, porque no pones el nombre del gobernante? Así vamos sabiendo...
Saludos
El El mié, 22 de jun. de 2016 a las 3:53 p.m., Sergio cayafa <sca...@gmail.com> escribió:

De: "'Jorge Laviano' via Foro Nacional de Agrimensura J Maria Reyes" <foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com>


Para: foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com
Enviados: Martes, 21 de Junio 2016 10:47:29

Asunto: Re: Croquis Declaracion Jurada

 

En todo caso, habría que interponer un recurso de revocación y jerárquico en subsidio ante la propia Dirección General de Registros para que deje sin efecto su resolución y exija la declaración en todos los casos, como manda la ley. De todos modos, como profesionales independientes me parece que la tal declaración es muy poco lo que nos aporta en nuestro ejercicio y muchos problemas también ante la confección, además de enfrentarnos a la profesión de escribano por una cosa que no valdría tanto la pena. En todo caso, quien sí podría iniciar esa acción sería la propia Dirección de Catastro, ya que la declaración es la forma por la cual mantiene actualizados los datos de los padrones para la fijación del valor real, y sería además quien tendría la legitimación activa para interponer el mencionado recurso.

Saludos.

 

 

El Martes, 21 de junio, 2016 9:25:47, Ing. Agrim. Daniel Merif <ingm...@adinet.com.uy> escribió:

 

 

Muchas gracias por la información.

Totamente improcedente el Decreto del Registro. No lo conocía, pero, ahora que lo analizo, es como una improvisación rápida para no cumplir la Ley.

Ante esta circunstancia, estimo que la Asociación debería intentar corregir esta situación. No solo por la Ley, que se debe aplicar, sino que se están efectuando escrituras en terrenos "baldíos" que en realidad están edificados o con otras anomalías que surgirían claramente de una DJCU, salvando muchísimos problemas que se presentan posteriormente y que nos toca luego intervenir con consecuencias, en muchos casos, bastante complicadas.

Saludos,

                                                                        Daniel

----- Original Message -----

Sent: Monday, June 20, 2016 4:10 PM

Subject: Re: Croquis Declaracion Jurada

 

Estimados: yo entiendo perfectamente todo lo que dicen, pero hay una RESOLUCION EXPRESA DEL REGISTRO, donde dice que se controlará las DJ en los planos levantados con posterioridad a la Ley.

Por lo tanto: los escribanos NO piden la DJCU para ecrituras que utilicen planos anteriores al 2002, porque el Registro de Traslaciones así lo dice expresamente. Les mando la Resolucón 142/002 y lo vemos.

<
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Manuel Campal

unread,
Jun 22, 2016, 4:28:27 PM6/22/16
to foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com

Sergio:

Yo me interesé mucho por eso y nunca me dio por ir a la Rambla, ya que de por si está muy modificada por la obra en si y además por los barrenos que se utilizaron para las limpiezas en los años 1914 al 1916.-

Para tener una aproximación habría que ver en las fotos de los alemanes del año 1916 (Que están los negativos en el Municipio) si de ahí se saca que puede estar afuera el lugar del repere recién buscar en el lugar.- (Si era un hierro ¿??? No creo que esté pues el hierro contra el mar o dura más de 50 años sin destruirse totalmente.-

Chau y a las ordenes

No, yo no quiero trabajar en eso como jubilado, es muy doloroso ver cosas viejas comidas por los ratones.-

 

LO QUE SI PUEDO ASEGURAR QUE LA FAJA DE VIA NUNCA FUE UNA SERVIDUMBRE SINO QUE ES, FUE Y SERÁ PROPIEDAD PRIVADA DE A F E (PERSONA JURÍDICA).-

Aquí los colegas siempre han estado confundidos, la faja de vía es un PADRON MAS del Uruguay sin ninguna distinción, pero si con grandes restricciones, que sólo AFE tiene el derecho de reglamentar o decidir su uso.-

 

Cuiudado, entonces, existen retiros y servidumbres especiales, y la via no se puede cruzar en cualquier lado, etc. , etc.

Otro Chau

Manuel

Sergio cayafa

unread,
Jun 22, 2016, 6:08:49 PM6/22/16
to foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com
Muy interesante lo que dices Manuel no se si te lo consultaron el caso, aunque yo señalé que te hicieran dicha consulta , trata en líneas generales de un predio enclavado del cual se saldría cruzando una vía férrea a través de  una servidumbre, no se si eso es posible.

De: Manuel Campal
Enviado el: ‎22/‎06/‎2016 17:28

Gustavo Curutchet

unread,
Jun 22, 2016, 7:09:55 PM6/22/16
to foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com
Si el predio es enclavado, se debe estudiar el origen, dado que la servidumbre se genera cuando se divide el bien. Si dicha división fue generada por la expropiación o compra para la construcción de la vía entonces la servidumbre ya existe.
----- Mensaje original -----
De: Sergio cayafa <sca...@gmail.com>
Para: foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com
Enviado: Wed, 22 Jun 2016 19:06:07 -0300 (UYT)
Asunto: RE: Croquis Declaracion Jurada

Muy interesante lo que dices Manuel no se si te lo consultaron el caso, aunque yo señalé que te hicieran dicha consulta , trata en líneas generales de un predio enclavado del cual se saldría cruzando una vía férrea a través de una servidumbre, no se si eso es posible.

-----Mensaje original-----
De: "Manuel Campal" <mca...@adinet.com.uy>
Enviado el: ‎22/‎06/‎2016 17:28
Para: "foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com" <foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com>
Asunto: RE: Croquis Declaracion Jurada

Sergio:
Yo me interesé mucho por eso y nunca me dio por ir a la Rambla, ya que de por si está muy modificada por la obra en si y además por los barrenos que se utilizaron para las limpiezas en los años 1914 al 1916.-
Para tener una aproximación habría que ver en las fotos de los alemanes del año 1916 (Que están los negativos en el Municipio) si de ahí se saca que puede estar afuera el lugar del repere recién buscar en el lugar.- (Si era un hierro ¿??? No creo que esté pues el hierro contra el mar o dura más de 50 años sin destruirse totalmente.-
Chau y a las ordenes
No, yo no quiero trabajar en eso como jubilado, es muy doloroso ver cosas viejas comidas por los ratones.-

LO QUE SI PUEDO ASEGURAR QUE LA FAJA DE VIA NUNCA FUE UNA SERVIDUMBRE SINO QUE ES, FUE Y SERÁ PROPIEDAD PRIVADA DE A F E (PERSONA JURÍDICA).-
Aquí los colegas siempre han estado confundidos, la faja de vía es un PADRON MAS del Uruguay sin ninguna distinción, pero si con grandes restricciones, que sólo AFE tiene el derecho de reglamentar o decidir su uso.-

Cuiudado, entonces, existen retiros y servidumbres especiales, y la via no se puede cruzar en cualquier lado, etc. , etc.
Otro Chau
Manuel
De: foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com [mailto:foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com] En nombre de Sergio cayafa
Enviado el: miércoles, 22 de junio de 2016 15:28
Para: foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com
Asunto: RE: Croquis Declaracion Jurada

Muy interesante Manuel buena tarea para hacer de jubilado, y que haría con gusto, la quita de los alambrados que definían la zona de servidumbre desde Las Piedras a Canelones es procupante o debería serlo. Pero yo quiero descubrir el repere que Zanetti colocó al costado del viejo templo inglés, por lo que se lo clavo en una roca de la bahía, la cual según se dice quedó bajo la rambla. Cosa que dudo



De: Manuel Campal
Enviado el: ‎22/‎06/‎2016 13:06
Para: foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com
Asunto: RE: Croquis Declaracion Jurada
Sergio:

Te podrás imaginar si habré buscado el famoso repere bajo tapa que estaba en la pasiva de la Estación Central, atrás del monumento a Artigas y nunca pude descubrir nada (Pues ese pavimento (Vereda) se ha rehecho como 5 veces y la tapa debe haber volado hace unos 100 años.-

Otra referencia que hay en los datos de los álbumes de vía es el riel No. 1 de la vía 1 (El riel que está pegado al andén de la Est. Central más cercano a la Calle Rio Negro. Ocurre que esa vía se modificó para dar lugar al actual patio de acceso a las zonas de embarque (Se acortó como unos 19m00), o sea que también se perdió ese punto que era el extremo del riel.
Eso lo intenté reconstruir y lo hice, con los datos del balizamiento, pero el fin era corregir las progresivas de toda la red, poniendo un nuevo mojón cero (Que está con tremendo mazacote de hormigón), se logró remedir un 75% de toda la red, esa info está en los archivos gráficos que se encuentran en “Peñarol”.-
Eso sería bueno hacer una campaña de rescate, pues ahí están los trazados originales que se respetaron a muerte por los Ingleses de todos los 3600Km. De la red.-
Otro están los nombres de todos los estancieros expropiados.-
Ahí hay de todo y son miles de metros de telas en rollos de unos 0.50 de ancho.-
Este es un rescate en el cual debemos implicar a AFE, DIR. de TOP., y nosotros mismos con la Asociación.- OJO se puede pensar en un rescate que puede llegar a costar unas 1.000 Hs. Netas de trabajo …. Una vez que te hayan abierto todas las puertas y te pongan algún funcionario (Ahora viejísimo y jubilado) de los que estuvieron en el Archivo Gráfico.-
Yo mucho anduve pero no conozco nada del archivo, yo sólo pedía y los compañeros encargados buscaban encontraban y me avisaban (Recién ahí veía lo que quería) pues ¡!!! NADIE PODIA TOCAR ESE ARCHIVO NI METER MANO A NO SER ELLOS ¡!!!! … ¡que notable orden dada por los ingleses en los años 1900 y que se mantuvo, hasta que mandaron ese archivo a Peñarol.-
Pero lo si se es donde estaba por lo menos hasta unos 15 años atrás.-
Chau
Y disculpen la Chachara
El NONO

Manuel Campal

De: foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com [mailto:foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com] En nombre de Sergio cayafa
Enviado el: miércoles, 22 de junio de 2016 10:51
Para: foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com
Asunto: RE: Croquis Declaracion Jurada

Buen día Manuel estoy investigando el cero zanetti , eso me ha llevado a la construcción de la rambla sur y la ubicación del templo inglés , de a poco no tengo mucho tiempo para delñdicarle a ello , tú tenés información sobre la ubicación de este, en AFE puede haberla, tal vez algún colega me aporte datos gracias Sergio cayafa



De: Manuel Campal
Enviado el: ‎22/‎06/‎2016 09:37
Para: foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com
Asunto: RE: Croquis Declaracion Jurada
Roberto y Todos:
Estoy muy pero muy de acuerdo en forma general esa es la imagen …. ¿Vieron? Al igual que la imagen que nos muestran en la TV … después ya está hecho y que la imagen la defiendan ellos … (Digo por nosotros) .-
Es una consecuencia del todo que combinado, hace eso.-
Saludos
Manuel Campal

De: foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com [mailto:foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com] En nombre de Roberto Velazco
Enviado el: martes, 21 de junio de 2016 12:04
Para: Foro Nacional de Agrimensura
Asunto: Re: Croquis Declaracion Jurada

Estimados Colegas, creo que nos enfrentamos a un problema muy viejo que nos aqueja.
Se trata de la imagen y el concepto que la sociedad tiene de los escribanos y de nosotros.
Quien trabaja ejerciendo la profesión libremente de seguro le ha tocado ver cómo la gente confía realmente en los escribanos, son los profesionales en quienes los ciudadanos se ponen en sus manos, es el tipo que te arregla el papeleo, los papeles, las cuestiones con las oficinas, etc, eso que nadie quiere tener que enfrentar porque se siente amedrentado por funcionarios o mostradores, es el tipo culto y letrado que “está de mi lado” en una negociación y que no va a permitir nunca que me jodan.
Esa es en resumidas cuentas la imagen que la sociedad tiene de estos profesionales, no estoy juzgando si está bien o mal, pero al ser conscientes de esto, algunos señores Escribanos creen tener más poder de lo que realmente tienen y esto que ocurre en el registro es consecuencia de este mareo con los aplausos.
En cambio cuando analizamos como nos ven a nosotros las cosas cambian porque generalmente se nos asocia al gasto al “pedo”, al encarecimiento de las transacciones inmobiliarias o al que genera la discordia entre propietarios cuando se descubre que el que vende hizo la mitad de la casa en el terreno del vecino, es el tipo que viene con la cinta y mide lo que ya sabemos que tiene el terreno.
No quiero ser negativo porque no es así siempre y eso también nos consta a todos pero esto que describo es una imagen bastante arraigada y difícil de revertir si no tomamos algu

[No se incluye el mensaje original completo.]

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Sergio cayafa

unread,
Jun 22, 2016, 8:19:48 PM6/22/16
to foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com
No fue creado enclavado con plano registrado por catastro si no recuerdo mal voy a conseguí el caso para plantearlo tal como es

De: Gustavo Curutchet
Enviado el: ‎22/‎06/‎2016 20:09
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