Nuestros vecinos - Catastro

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Antonio Villaluenga

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Oct 21, 2009, 9:42:53 AM10/21/09
to foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com
Estimados,

              Me gustaría saber opinan uds, de dos archivos adjuntos que les mando. Me parece que son dos ejemplos a seguir, sin antes estudiarlos y mejorarlos.

-Uno es la norma INCRA  de Brasil, georreferenciamiento de los mojones rurales.

- El otro es la ley 10707 de Catastro territorial de Argentina, el cual me gustaría que se detengan en los artículos 14 y 15 (vigencia del plano de mensura). 

ARTICULO 14°: Los marcas y mojones de relevamientos parcelarios se asimilan a los bienes u objetos afectados al servicio público a los efectos del
juzgamiento penal.

ARTICULO 15°: (Texto según Ley 11.432) Con posterioridad a la determinación y constitución del estado parcelario en la forma establecida por
la presente ley, deberá efectuarse la verificación de subsistencia en oportunidad de realizarse cualquier acto de constitución, modificación y transmisión de
derechos reales, siempre que hubieren vencido los plazos establecidos a continuación, contados a partir de la fecha de su determinación o de la
realización de una verificación de subsistencia posterior:

a) Doce (12) años para inmuebles ubicados en la planta sub-rural o rural.

b) Seis (6) años para inmuebles ubicados en la planta sub-urbana o planta urbana que se encuentren edificados.

c) Dos (2) años para inmuebles ubicados en la planta sub-urbana o planta urbana, que se encuentren baldíos.

d) Seis (6) años para las unidades funcionales de los edificios afectados al régimen de Propiedad Horizontal, ubicados en Planta Baja y doce (12)
años para Unidades Funcionales contenidas en las restantes Plantas, si las hubiere.

La vigencia del estado parcelario de las parcelas que contengan edificios sometidos al régimen de Propiedad Horizontal, se mantendrá mientras
subsistan los elementos esenciales de las mismas.

El Organismo Catastral denegará la certificación catastral, cuando, habiendo transcurrido los plazos indicados en este artículo no se hubiere
cumplimentado la verificación de la subsistencia del estado parcelario.



Saludos

P.D. No es tema Arancel que es el que tiene mas participación, de todas formas espero alguna repuesta.



Georrefenciamiento_rural.pdf
LEY_10707_de_Catastro.pdf

Roberto Velazco

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Oct 21, 2009, 3:39:34 PM10/21/09
to foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com
Estimados colegas;
Les pido que lean y presten atención a lo que mandaron Antonio y Marcelo, me parece que nuestros vecinos se pusieron muchos años adelante en cuanto a la actualización de la información catastral, el georeferenciamiento y la caducidad de los planos de mensura, que a esta altura me parece una cuestión tan pero tan lógica que no admite otra opinión, por otro lado se da status de bien publico a los mojones, cosa que a mi me parece muy buena, ya que la consecuencia inmediata de eso es, "el que toca un mojón sin ser el propio Agrim., va en cana".
Más tarde o más temprano nos vamos a tener que poner las pilas con estos temas, no puede ser que en este país se sigan transmitiendo derechos en base a
planos que tienen 80 años o más, eso es absurdo, por más que a los Escribanos les rechine y tengan el tupé de decir por ejemplo, "pero lo vas a poner en gastos a mi cliente, por que el plano es viejo" , y si, es esa la mentalidad imperante en esta materia, pero depende de nosotros tratar de cambiarla y creo que apoyandonos en las leyes de nuestros vecinos, en el Mercosur , etc, etc, podemos empezar. Lo de la georefernciación es más complejo pero igual de urgente, no voy a decir nada nuevo pero hay que construir una red de puntos que facilite esa tarea en el futuro, tendrán que participar organismos de diversa índole como Universidad, AAU, UTE, ANTEL, CATASTRO, TOPOGRAFIA, etc, es cierto que coordinar los esfuerzos en conjunto no es una tarea fácil pero tenemos que empezar, si no estamos quedando atrás mucho tiempo y recuperarlo sera tarea muy compleja.
En cuanto a los mojones, me parece que Amojonar es un acto de suma responsabilidad, aunque muchos colegas lo vean como algo de menor importancia y en consecuencia lo cobren menos que una mensura, pero entonces las consecuencias son mucho más relevantes, por lo tanto no debería poderse amojonar un predio con cualquier fierrito a estaca, si no que debe hacerse con un elemento único distintivo, y en lo posible con el numero de matricula del colega.

Saludos. 
--
Roberto Velazco
Ingeniero Agrimensor
Guana 1999_Montevideo_Uruguay
Tel_(02)4094863_096626309_098350556

ferb...@adinet.com.uy

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Oct 21, 2009, 5:28:44 PM10/21/09
to foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com

Estimado Velazco, esta en vigencia la Ley 18116, desde el 23 de Abril del 2007 (me fué de mucha utilidad); la adjunto.

Saludos

Pablo "comisario" Fernandez

----Mensaje original----
De: velazc...@hotmail.com
Fecha: 21/10/2009 16:39
Para:
Asunto: Re: Nuestros vecinos - Catastro
Ley Nº 18116-mojones.doc

pjg...@adinet.com.uy

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Oct 22, 2009, 6:33:12 AM10/22/09
to foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com
Estoy totalmente de acuerdo con lo expuesto por los colegas que consideran importante estas medidas adoptadas por nuestros países vecinos.
Hay que valorar que el producto de nuestro trabajo estaría mejor terminado ya que el cliente obtendrá un documento público actualizado, hablando de plano de mensura, y su predio estará ubicado inequívocamente si esta georeferenciado.
La importancia de estos temas hace que debamos encararlos lo antes posible.
Una critica constructiva a la Asociación es que debería informarnos más a menudo sobre las novedades que nos compete o pueda interesar de nuestro país y la región.
Me gustaría además que este foro sirva para temas más importantes para nuestra profesión, porque resulta que cuando se habla de fotos o cosas intrascendentes todo el mundo opina pero cuando surgen las inquietudes como las que plantean algunos colegas no le damos la importancia que se merece.
Saludos a todos.

Roberto Velazco

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Oct 22, 2009, 7:04:11 AM10/22/09
to foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com


El 22 de octubre de 2009 07:59, Roberto Velazco <velazc...@gmail.com> escribió:
Gracias Pablo;
La voy a poner al pie en mis próximo certificados, espero que la difusión de estas cosas no se dé por la buena voluntad de algún colega si no por colaboración por ejemplo con la publicación de la revista, a la cual desde ya doy mi apoyo aunque sea a la distancia y por correo, me parece que esta ley debería estar incluida en esa publicación, para la cual voy a mandar alguna propuesta sobre el otro gran tema de nuestros vecinos que es la caducidad de los planos de mensura, la cual adjunto.
Esto lo mandé hace unos 3 años a la AAU y nadie me dio bola, no espero que todos estén de acuerdo ni que esto sea una solución mágica solo es una idea y sobre ella tendremos que trabajar.
Saludos a todos.
AAU-Propuesta.doc

gdip...@adinet.com.uy

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Oct 22, 2009, 11:36:39 AM10/22/09
to foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com
estimado colega
le informo que el artículo 180 de la ley 17296 dice" La Dirección Nacional de Catastro , cuando considere que la información contenida en un plano de mensura REGISTRADO no satisface los requerimientos técnicos que la normativa establezca CON POSTERIORIDAD A SU INSCRIPCIÓN podrá exigir la presentación a registro de un documento que contemple tales requisitos"
luego para que todo esto fuera más real se realizó un Decreto Reglamentario de la Ley sobre el Art. 180, es el Decreto 236/2002
estamos hablando de que pasaron 7 años
usted como yo estará aburrido de ver planos sin padrones linderos y con un nombre " Anacleto Sosa" , Hermosinda Rodriguez y todos nombres de ilustres finados del siglo XIX , tambien sin croquis de ubicación , muchos sin distacias en las ordenadas de los arroyos y cañadas, otros sin las planillas de coordenadas e incluso sin ángulos que permitan replantear un carajo nada y menos hacer una descripción coherente del bien........................
la dirección nacional de catastro hace la vista gorda e informa que con esos planos es posible seguir haciendo traslaciones de dominio contraviniendo varias leyes a la vez
le escribo todo esto porque creo que se esta dando cuenta que estamos en uruguay, el brasil ya salio 5 veces campeón mundial de futebol mientras nosotros homenajeamos al pobre ghigia aun..........
saludos



----Mensaje original----

De: velazc...@hotmail.com

Fecha: 22/10/2009 08:04

fse...@adinet.com.uy

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Oct 23, 2009, 7:48:29 AM10/23/09
to foro-nacional-de-agri...@googlegroups.com

Roberto y colegas

como escribí en otro mail, ya se encuentra redactado el Anteproyecto de Ley Catastral, por Resolución del Presidente de la República, en el marco del Programa Nacional de Catastro.

en el mismo han participado las dependencias involucradas en mayor medida, ha opinado la Asociación e incluso se han modificado artículos que contemplan las observaciones aconsejadas. Hemos trabajado colegas como Guijarro, Martín Fernandez, Siniacoff, Severi, Lema, Infantozzi.

la Ley se elevó al MEF y es ahí donde se debe remitir al Parlamento

en la Ley se contemplan aspectos de los que tu citabas

luego vendrá el tema de la Reglamentación

voy a solicitar autorización para enviarla y compartirla con todos los colegas

federico severi

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