En consulta realizada por nuestro encargado de la Oficina de Acceso a la Información por ante la DIRECCIÓN GENERAL DE ÉTICA E INTEGRIDAD GUBERNAMENTAL (DIGEIG) Estos le instruyen de que no es necesario “subir” a la Sección de Transparencia de nuestra página WEB institucional, los Estados Financieros elaborados a mitad de año y al cierre de año, mediante las instrucciones de SISACNOC, sin embargo, en la evaluación del SISACNOC, esto representa una valoración de 5 puntos.
Buenos días,
Recibimos su “Consulta sobre publicación de Estados Financieros”. En estos momentos nos encontramos en el proceso de la respuesta, conforme a los marcos legales aplicables y consultando con otros órganos pertinentes. La misma será atendida dentro de la mayor brevedad posible.
En respuesta a su consulta, referente a la cargar en la Sección de Transparencia de su página Web institucional de los Estado Financieros correspondientes al cierre de operaciones contables 2021, tenemos a bien a precisar lo siguiente:
De conformidad con la Resolución DIGEIG No. 002-2021, de fecha 10 de febrero del año 2021, en el artículo 2. Transparencia Activa (párrafos 1, 2 y 3), el Articulo 4. Estructura de la División de Transparencia y el Articulo 6. Contenido de la división de Transparencia (numeral 16 – Finanzas, punto - 16.1 Estados Financieros), cita el conjunto de documentos que deben publicarse en el apartado de “Transparencia”, según lo establece la ley de acceso a la información pública, aplicables a los entes, organismos e instituciones; a saber:
“El conjunto de los estados financieros anuales está compuesto por”:
a) Balance general
b) Estado de resultados
c) Estado de flujo de efectivo
d) Estado de cambio en el patrimonio
e) Anexos y notas explicativas
Cabe destacar, que el cumplimiento citado, no dispensa atender cualquier otro requerimiento presentado por la Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental (DIGEIG).