Normativa Legal Venezolana

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luselen...@gmail.com

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Mar 23, 2016, 8:29:03 AM3/23/16
to Foristas de Control de Gestión
El control de gestión

El Control de gestión se aplica en el UPTAMCA, de acuerdo a un marco jurídico que hace satisfactoria la administración del mismo, la misma nos da las herramientas necesarias para el control de los ingresos y bienes que el estado pone a disposición para que la Universidad cumpla con su deber de educar a los ciudadanos y ciudadanas, aportando todo lo necesario para que se cumpla con el derecho constitucional del pueblo venezolano.

El control de gestión tiene ciertas características tanto para la administración privada como la pública; la empresa privada genera sus propia normas de procedimientos internos ajustados a las necesidades de las mismas utilizando el marco legal que genera el control externo en cuanto al ISLR e impuestos parafiscales, entre otras.
La Gestión pública es contemplada desde un orden legal donde; de acuerdo a la Pirámide de Kelsen la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela es la máxima carta Magna, de donde nacen todas las Leyes orgánicas y especiales, reglamentos, normas y manuales internos.
La CRBV reza en su Artículo 141:
“La Administración Pública está al servicio de los ciudadanos y ciudadanas y se fundamenta en los principios de honestidad, participación, celeridad, eficacia, eficiencia, transparencia, rendición de cuentas y responsabilidad en el ejercicio de la función pública, con sometimiento pleno a la ley y al derecho”
Dejando claro los principios que rigen la administración pública además de un uso eficaz y eficiente de los recursos económicos materiales y humanos dentro de la gestión pública.
El plan de la Patria 2013-2019 que se vincula al desarrollo educativo y científico del país, al igual que la ley de universidades que regula sus actuaciones a nivel nacional.
De Igual manera encontramos la LEY ORGÁNICA DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
Y DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTROL FISCAL G.O No. 6.154 Extraordinario del 19 de Noviembre de 2014 (última reforma) que regula los entes, los supuestos generadores de responsabilidad administrativa, además de las sanciones en caso de incurrir en negligencias u omisiones donde debe existir una relación de causalidad entre el daño y el responsable (propio del derecho penal) de el perjuicio al patrimonio público, situación que queda plasmada en un acta fiscal que es la prueba fundamental de una omisión, con los respectivos respaldos del hallazgo. El reglamento de LEY ORGÁNICA DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Y DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTROL FISCAL que complementa la ley en las acciones en cuanto al control de gestión.

Otra ley dentro del marco legal es la Ley Contra la Corrupción reformada el cual es aplicado a toda persona que maneje el presupuesto o bienes, llámese cuentandante o administrador, además el delito contra el patrimonio no prescribe y se puede perseguir a un funcionario por años; además para la ley toda persona que maneje dinero del estado sea publico llamados funcionarios y funcionarias, la unidad Administrativa financiera de los consejos comunales, pueden ser acusados hasta de peculado doloso propio por desviar los recursos.

Una muy importante es la Ley de Contrataciones Públicas GO 6.154 de fecha 19 de Noviembre de 2014, ella evita la corrupción dentro de laos entes e instituciones públicas, ya que la misma regula las contrataciones por medio de una comisión de contrataciones la cual es la encargada de realizar los concurso sea abierto o serrado de acuerdo al número de UT , donde existe un participante o un oferente que reuniendo las condiciones participan para la elaboración de una obra, una contratación de servicio o adquisición de un bien; donde en su reglamento regula la actuación en las contrataciones.

Al igual encontramos la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público G.O Nro. 6.154 19 de Noviembre de 2014 (reforma) y las Normas Generales de Control Interno G.O Nro. 40.851 fecha 18 de Febrero de 2016 (Reforma).

Entre otras leyes que regulan la actuación de las instituciones educativas en cuanto al manejo de los recursos por medio de la ejecución financiera.

Luselen Herrera
C.I 13.599.977
Sección 10

Orestes Salerno Orestesennlaredtv

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Mar 25, 2016, 11:36:18 AM3/25/16
to Foristas de Control de Gestión
Luselen. Por un momento, anteriormente, crei que trabajaras con lo referente a control de estudios, pero ya verifique que era presupuesto. A tales fines es clave en materia de control, la publicación del presupuesto y su ejecución, así como las formas de contratación de obras y servicios, si consiguen algo de eso o su propuesta gira alrededor de eso, sería bien interesante 
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