opinion ley 111 del 96

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Sep 20, 2008, 9:27:05 AM9/20/08
to FINANZAS PUBLICAS
DECRETO 111 DE 96

ESTATUTO ORGANICO DEL PRESUPUESTO

Antes de hablar del estatuto orgánico del presupuesto veamos que es un
presupuesto; el presupuesto es la estimación de ingresos y egresos en
cualquier entidad, esta estimación puede ser para varios periodos o
para uno solo, si lo tomamos para el sector publico es para un solo
periodo. El estatuto orgánico del presupuesto cubre al presupuesto
nacional, este está conformado por las ramas del poder las
contralorías las organizaciones electorales. También cubren a los
establecimientos públicos del orden nacional como son las empresas
industriales y comerciales del estado y las sociedades de economía
mixta.
Si vemos la estructura del presupuesto está conformada por un
presupuesto de rentas que contiene la estimación de los ingresos y un
presupuesto de gasto, dentro del presupuesto de ingresos están los
ingresos corrientes, estos se clasifican en tributarios y no
tributarios los tributarios se clasifican en impuestos directos e
indirectos y los no tributarios en tasas y las multas. Otra división
del presupuesto de renta es las contribuciones parafiscales estos
gravan a sectores de la sociedad específicos y estos recursos se
distribuirán para el fomento de esos sectores.
Por último en el presupuesto de renta están los recursos de capital
estos son los que se perciben de forma esporádicas como las
diferencias en cambio, donaciones, rendimientos financieros etc.
El presupuesto de gastos está compuesto por gastos de funcionamiento,
gastos de inversión y servicio a la deuda.
Los gastos de funcionamientos se dividen en gastos de personal,
transferencias, y gastos generales.
Los gastos de inversión esto tiene que ver con los recursos enviados a
sectores como la educación, salud, deporte, cultura, etc.
Y el servicio a la deuda es el que tiene que ver con el pago de
intereses más abono a capital de los créditos tanto externo como
internos.
Si vemos esta estructura presupuestal se ciñe bajo ciertos principios
como son la planificación que dice que el presupuesto tiene que
guardar concordancia con el sistema presupuestal; anualidad que el
presupuesto se realizara solo para un solo periodo fiscal;
universalidad que dice que el presupuesto contiene el total de los
gastos en que se incurrirán en el periodo fiscal; unidad de caja,
programación integral, especialización, inembargabilidad, coherencia
macroeconómica y homeostasis presupuestal.
En conclusión el decreto 111 del 96 compila ciertas normas que indican
cómo se realiza el presupuesto en las entidades del sector público y
las empresas de la nación también cual es su naturaleza y cómo
funciona el presupuesto.





Alfredo Castellón Arrieta
ESPECIALIZACION EN finanzas
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