Comentario Decreto 111 de 1996

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Indira Sol Valderrama Varela

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Sep 19, 2008, 8:26:14 PM9/19/08
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COMENTARIO DECRETO 111 DE 1996

El Decreto 111 de 1996 reúne las normas y leyes que conforman  el Estatuto Orgánico de Presupuesto, se refiere al sistema presupuestal, el cual está constituido por el Plan Financiero, Plan Operativo Anual de Inversiones y por el Presupuesto Anual de la Nación.

El Plan financiero es el instrumento de planificación y gestión financiera que permite determinar que operaciones deben ser incluidas en el plan; esto en concordancia con el Programa Anual de Caja y las políticas cambiarias y monetarias.

El Plan Operativo Anual de Inversiones  es aquel por medio del cual se señalan los planes de inversión que se deben realizar; este plan debe ir en concordancia con el Plan Nacional de Inversiones.

El Presupuesto Anual de la Nación por su parte, se compone del Presupuesto de Rentas, el presupuesto de Gastos o Ley de Apropiaciones y de otras disposiciones generales.

Este Decreto también nos habla de los principios del Sistema Presupuestal, como: planificación, anualidad, universalidad, unidad de caja, programación integral, especialización, inembargabilidad, coherencia macroeconómica y la homeóstasis.

Planificación: El Sistema Presupuestal se debe proyectar y programar, además debe coincidir con los Planes arriba mencionados.

Anualidad: Se refiere al periodo en el que debe estar contemplado cada plan. El sistema financiero o los planes financieros van del 1° de Enero al 31 de Diciembre.

Universalidad: Debe contener los gastos totales que se espera incurrir en una determinada vigencia.

Unidad de Caja: Con todos que se realizan se podrán hacer pagos de los gastos autorizados.

Programación Integral: Esta muy ligado con el principio de la universalidad, donde se deben reflejar o presupuestar todos los gastos en que se espera incurrir, pero este principio además cobija los gastos de funcionamiento y administración según lo contemplado en los procedimientos y normas legales.

Especialización: las operaciones deben ser ejecutadas conforme a lo presupuestado.

Inembargabilidad: Las rentas incorporadas en el Presupuesto General de la Nación son inembargables al igual que los bienes y derechos de los órganos que lo conforman.

Coherencia Macroeconómica: El presupuesto debe ser coherente con las metas macroeconómicas fijadas.

Homeostasis: Debe haber una congruencia entre el crecimiento de la economía y el crecimiento real del presupuesto de rentas.



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Indira Sol Valderrama Varela
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