Re: FACTURA A A MONOTRIBUTISTAS

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Adriana Montani

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May 27, 2021, 6:54:46 PM5/27/21
to Jorge Gastaldo, factura-electronica-y-otros-...@googlegroups.com
Hola, a todos
Si Jorge es asi, como te paso tu contador, pero no está reglamentado, se está esperando novedades de AFIP
Por lo que me contaron un Responsable inscripto que facture a un Monotributista debe cambiar y hacerle una factura "A" con iva discriminado y agregar la leyenda, el resto no cambia, pero debe estar reglamentado para que el CUIT del monotributista acepte un documento A en el autorizador, porque ahora sale una leyenda que ese CUIT no se corresponde con el tipo de comprobante
espero haber sido clara
Saludos
Adriana


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El jue, 27 may 2021 a las 13:49, Jorge Gastaldo (<jorge.g...@gmail.com>) escribió:
Hola a Todos.

Hoy el contador de uno de mis clientes me pasó esta información:

FACTURACIÓN A RESPONSABLES DEL MONOTRIBUTO


¿Cómo se les debe facturar teniendo en cuenta que la ley 27618 dispuso que se les debe discriminar el IVA?

La AFIP ha difundido que próximamente se publicará una reglamentación que incluirá la siguiente novedad relacionada a facturación:
Cuando se trate de operaciones en donde un Responsable Inscripto en IVA le facture a un Responsable Monotributista, el comprobante a emitir deberá ser clase “A”, el cual discriminará el impuesto al valor agregado. Asimismo, en el mencionado comprobante deberá consignarse una leyenda que se indicará en la correspondiente reglamentación.
En cuanto a la emisión a través de controladores fiscales, también se deberán emitir comprobantes clase "A". En el caso de utilizar los controladores homologados a la fecha, cuando sólo se permita la identificación del receptor como Responsable inscripto en IVA, se deberá adicionar una leyenda que establecerá la reglamentación.
A efectos de adecuar los sistemas teniendo en cuenta estas modificaciones, se contará con un plazo de 30 días.
Por último, en cuanto al Libro de IVA Digital, en lo inmediato y para la primera etapa de implementación, las adecuaciones que requiere la reglamentación se informará a través de los campos de ajuste.


Alguien ha tenido alguna noticia al respecto? Habrá algún cambio en la obtención de CAE respecto a un comprobante A actual?
Es la primera noticia que tengo al respecto.

Saludos,
Jorge Gastaldo


El 27/05/2021 a las 01:08 p. m., gmfe...@gmail.com escribió:

Perdon al todos. Pero segun tengo entendido Un RESPONSABLE INSCRIPTO EN IVA--------NO PUEDE EMITIR COMPROBANTES TIPO  C--

Es mas si lo intentaras en comprobantes en línea no te aparece ni como opción.

Por favor si podes poner mas datos del motivo porque esta obligado o que resolucion es, te lo agradeceria

Gracias

Guillermo Fessia



El 27/05/2021 a las 11:47, Sergio escribió:
Buenos días a todo el grupo, les hago una consulta, tengo un cliente que siempre facturó para cliente tipo A y B (monotributistas y consumidor final) y resulta que ahora tiene que hacer tambien facturas C.

Me podrían decir que es lo que me varía con respecto a una factura B si alguno ya tuvo esta experiencia cuando se envían los datos al WS de Afip... sé que no discrimina iva en la impresión pero sí se le aplica.

Muchas gracias de antemano.
Sergio



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Sergio Camusso

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May 27, 2021, 8:55:42 PM5/27/21
to Factura electronica y otros servicios Argentina WSAFIPFE
Bien asi está mas claro. De lo que yo entiendo (sin haber leído la pre resolución de AFIP)  no hay cambios en la parte técnica, por lo siguiente:
 Un inscripto que autoriza un comprobante A o B internamente siempre detalla el i.v.a. y sus alícuotas.
Lo que cambia es como se genera o imprime el comprobante al cliente (en el caso de comprobante B el cliente no ve ni sabe cuando I.V.A. hay en el total).
Aparentemente en el algunos casos los comprobantes B van a discriminar el I.V.A. (es decir como un comprobantes A) Supongo que en linea con lo que AFIP busca para monotributistas (hacerlos desaparecer o que gradualmente se incorporen al régimen de inscripto).

NeoSistemas SRL

unread,
May 28, 2021, 8:11:07 AM5/28/21
to Factura electronica y otros servicios Argentina WSAFIPFE
Buen día a todos,

Me parece Sergio que lo que decís "Aparentemente en el algunos casos los comprobantes B van a discriminar el I.V.A. (es decir como un comprobantes A)" no es así. La novedad real es "Cuando se trate de operaciones en donde un Responsable Inscripto en IVA le facture a un Responsable Monotributista, el comprobante a emitir deberá ser clase A".

Al menos lo que yo entiendo del tema.

Saludos.


Jorge Gastaldo

unread,
May 28, 2021, 8:17:15 AM5/28/21
to Adriana Montani, factura-electronica-y-otros-...@googlegroups.com
Hola,
Creo que esto es el anticipo de la eliminación del monotributo . . . pasaremos todos a RI + Ganancias . . . en fin, la AFIP siempre tiene sorpresas . . .
Saludos,
Jorge

Diego Eduardo Perez

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Jun 4, 2021, 8:33:41 AM6/4/21
to Factura electronica y otros servicios Argentina WSAFIPFE
tengo esta información  ,a partir del 01-07-2021 a responsables inscriptos deben hacer facturas A a monotributistas (1 .a)) y las facturas debe tener una leyenda fija  (6 .d)


A- MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN GENERAL N° 1.415, SUS MODIFICATORIAS Y COMPLEMENTARIAS.

Art. 20 - Modificar la Resolución General N° 1.415, sus modificatorias y complementarias, en la forma que se indica a continuación:

1. Sustituir el inciso a) del artículo 15, por el siguiente:

“a) Letra ‘A’: por operaciones realizadas con otros responsables inscriptos o con sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo).

Los comprobantes emitidos a sujetos monotributistas deberán contener la leyenda: ‘El crédito fiscal discriminado en el presente comprobante, sólo podrá ser computado a efectos del Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes de la Ley Nº 27.618’.”.

2. Eliminar el punto 3. del inciso b) del artículo 15.

3. Sustituir el inciso ñ) del Apartado A “Excepciones a la obligación de emisión de comprobantes” del Anexo I, por el siguiente:

“ñ) Las entidades emisoras y administradoras de los sistemas de tarjetas de crédito y/o compra, tarjetas prepagas y las operaciones de pago por transferencias en los términos de la Comunicación ‘A’ 7.153 del Banco Central de la República Argentina (BCRA) del 30 de octubre del 2020.”.

4. Sustituir el inciso a) del Título IV) “Con relación al tratamiento a dispensar al impuesto al valor agregado” del Apartado A) “Datos que deben contener los comprobantes clase ‘A’, ‘B’, ‘C’ o ‘E’” del Anexo II, por el siguiente:

“a) Emisor responsable inscripto en el impuesto al valor agregado:

1. En el caso de operaciones gravadas efectuadas con sujetos responsables inscriptos en el gravamen o adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo), deberá discriminarse:

1.1. La alícuota a que está sujeta la operación.

1.2. El monto del impuesto resultante.

1.3. El monto de los restantes tributos que no integren el precio neto gravado.

1.4. El importe de la percepción que resulte procedente.

2. De tratarse de operaciones gravadas efectuadas con sujetos exentos, no alcanzados o consumidores finales frente al impuesto al valor agregado: no deberá discriminarse el impuesto que recae sobre la operación.

No obstante lo indicado en este inciso, cuando disposiciones legales, reglamentarias y/o complementarias, establezcan un tratamiento específico del impuesto al valor agregado en materia de facturación de operaciones, deberá observarse lo previsto por ellas sobre dicho particular.”.

5. Sustituir el punto 8.1. del Apartado A) “con relación a la operación y/o al documento que la respalda” del Anexo IV “Emisión de comprobantes. Situaciones especiales”, por el siguiente:

“8.1. Prestatarios responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado.

En los casos en que el comprobante -tiques de peaje- se emita a responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado o a sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo), se podrá -a los fines de discriminar el monto correspondiente al mencionado impuesto contenido en el precio del servicio-, consignar en el frente o en el dorso del aludido comprobante el porcentaje que, aplicado al precio, represente el citado importe del impuesto.”.

6. Sustituir el inciso d) del punto 1. “Agentes de bolsa y de mercados abiertos” del Apartado B) “con relación a la actividad” del anexo IV “Emisión de comprobantes. Situaciones especiales”, por el siguiente:

“d) Leyenda ‘El monto del IVA discriminado no puede computarse como crédito fiscal’, excepto que se trate de responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado, o de sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo) a efectos del Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes de la Ley Nº 27.618.”.

7. Eliminar el inciso c) del punto 4.1. del Apartado B) “con relación a la actividad” del Anexo IV “Emisión de comprobantes. Situaciones especiales”.

Gonzalo Calvet

unread,
Jun 7, 2021, 3:27:28 PM6/7/21
to Diego Eduardo Perez, Factura electronica y otros servicios Argentina WSAFIPFE
Buenas tardes.
Respecto a este tema, implica cambios en la programacion o es solamente configuracion del sistema y agregar la leyenda correspondiente en la factura??
No he encontrado mucha informacion al respeto.
Desde el 1/07/21 se modifica la forma en que se deberán emitir las facturas a Monotributistas. Dejaran de ser Facturas B para pasar a ser Facturas A y llevaran la siguiente leyenda especial "El crédito fiscal discriminado en el presente comprobante, solo podrá ser computado a efectos del Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes de la ley 27618". 
Gracias desde ya.
Gonzalo.

Alfredo J. Breitembücher

unread,
Jun 7, 2021, 3:33:12 PM6/7/21
to Gonzalo Calvet, Diego Eduardo Perez, Factura electronica y otros servicios Argentina WSAFIPFE
No entiendo a qué te refieres con... "implica cambios en la programación o es solamente configuración del sistema"
Hay que cambiar la letra de la factura.
Mostrar el discriminado del Iva, aún siendo monotributista.
Y agregar la leyenda.

Alfredo

Raul Sanchez

unread,
Jun 7, 2021, 3:37:39 PM6/7/21
to Alfredo J. Breitembücher, Gonzalo Calvet, Diego Eduardo Perez, Factura electronica y otros servicios Argentina WSAFIPFE
Una duda y disculpen si ya fue respondida: hay que trabajar con la ultima version del instalador o se puede trabajar con la instalada y modificar solo la programacion?


Jimena Pereyra Brunello

unread,
Jun 8, 2021, 11:57:46 AM6/8/21
to Factura electronica y otros servicios Argentina WSAFIPFE
Hola buenas tardes, una pregunta con respecto a esto, no se como se debería trabajar cuando hay generar una Nota de Crédito o Nota de Debito de una Factura vieja, la cual es B, por ser monotributista, como se debería generar esa Nota de Crédito, (A o B) ?  Como conviviría ese escenario?

Eduardo Bzura

unread,
Jun 8, 2021, 1:02:01 PM6/8/21
to Jimena Pereyra Brunello, Factura electronica y otros servicios Argentina WSAFIPFE
  Mi pregunta es como hacer para que todos mis clientes arranquen el 1 de Julio con los cambios ya generados.
  

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Fernando Moreno

unread,
Jun 8, 2021, 1:23:52 PM6/8/21
to Eduardo Bzura, Jimena Pereyra Brunello, Factura electronica y otros servicios Argentina WSAFIPFE
Buenos tardes, 

Mi pregunta es como hacer para que todos mis clientes arranquen el 1 de Julio con los cambios ya generados.
Entiendo que se podría agregar un parámetro modificable por el usuario, o bien que el nuevo código que contempla este cambio sea dependiente de la fecha (>=20210701). 

Saludos!
Fernando Moreno


JUAN MANUEL SAPPIA

unread,
Jun 8, 2021, 1:27:29 PM6/8/21
to Fernando Moreno, Eduardo Bzura, Jimena Pereyra Brunello, Factura electronica y otros servicios Argentina WSAFIPFE
Buenas tardes, con respecto a este tema de factua A a monotributistas, en resumen se deben cambiar de ser B por A y la leyenda que mencionaron en otros correos?, no hay otro cambio?.
Gracias 



Juan Manuel Sappia





Roberto Velasco

unread,
Jun 8, 2021, 1:30:19 PM6/8/21
to Fernando Moreno, Eduardo Bzura, Factura electronica y otros servicios Argentina WSAFIPFE, Jimena Pereyra Brunello
Entiendo que lo único que va a cambiar es la condición de iva 
Pasa de iva incluido en el precio  , factura B  a discriminar iva factura 
Va a tener el mismo comportamiento que un responsable inscripto salvo 
La condición de monotributo y agregar el mensaje al pie del comprobante impreso 

--
ROBERTO A.VELASCO
MP.3253

Leonardo Avilés

unread,
Jun 8, 2021, 1:48:35 PM6/8/21
to Roberto Velasco, Fernando Moreno, Eduardo Bzura, Factura electronica y otros servicios Argentina WSAFIPFE, Jimena Pereyra Brunello
Alguien sabe que habria que hacer en los controladores fiscales ? Ya que los mismos no permiten emitir una factura A a monotributistas y para eso habria que cambiarles el software interno
Si alguno tiene informacion, se agradece
Atentamente
Leonardo


Roberto Velasco

unread,
Jun 8, 2021, 1:58:41 PM6/8/21
to Leonardo Avilés, Eduardo Bzura, Factura electronica y otros servicios Argentina WSAFIPFE, Fernando Moreno, Jimena Pereyra Brunello
Los controladores fiscales e impresoras fiscales no contemplan este cambio 
Salvo que se actualice el software interno (un lío hacerlo en un día )
Además estos equipos tienen fecha de vencimiento 
Me paso que se lleno la memoria fiscal en una impresora y no la cambian ( hay que darlas de baja) 
--
ROBERTO A.VELASCO
MP.3253

Fernando Moreno

unread,
Jun 8, 2021, 2:11:32 PM6/8/21
to Leonardo Avilés, Roberto Velasco, Eduardo Bzura, Factura electronica y otros servicios Argentina WSAFIPFE, Jimena Pereyra Brunello
Leonardo:

Efectivamente, los controladores fiscales homologados a la fecha no permiten apertura de cbtes "A" para monotributistas. 
Lo que indica la norma para estos casos es que hay que abrir los comprobantes a Resp.Inscripto y agregar una leyenda “Receptor del comprobante - Responsable Monotributo”.

Saludos
Fernando Moreno

Leonardo Avilés

unread,
Jun 8, 2021, 2:17:59 PM6/8/21
to Fernando Moreno, Roberto Velasco, Eduardo Bzura, Factura electronica y otros servicios Argentina WSAFIPFE, Jimena Pereyra Brunello
Muchisimas gracias a todos por sus respuestas

Abrazo
Leonardo

Christian Mariscotti

unread,
Jun 11, 2021, 8:17:55 AM6/11/21
to Factura electronica y otros servicios Argentina WSAFIPFE
Buen dia!
Quiero decirles que soy nuevo en este grupo.
Ayer probe de generar una factura A para un cliente Monotributista en modo test, y el resultado fue el siguiente:
Resultado global AFIP: Comprobante APROBADO
Pero devolvio un mensaje, que dice lo siguiente
Cod/Obs: 10217 - El credito fiscal discriminado en el presente comprobante solo podra ser computado a efectos del Procedimiento permanente de transicion al Regimen General.
Este mensaje, continuaría apareciendo en la respuesta de cada comprobante tipo A para un Monotributista que se intente validar a partir del 01/07/21?
Muchas gracias, saludos!

Christian

Adriana Montani

unread,
Jun 11, 2021, 8:29:43 AM6/11/21
to Christian Mariscotti, Factura electronica y otros servicios Argentina WSAFIPFE
Hola, buen dia
copie el texto que me paso un contador, además esta en la RG 
No se si devolverá en producción siempre esa leyenda, pero si hay que agregar la leyenda que te copio en todas las facturas A emitidas a un monotributista
saludos
copio texto:

"Los responsables inscriptos deberán emitir comprobantes clase “A” a los monotributistas a partir del 1º de julio. A partir del 1° de julio 2021 entran en vigencia las modificaciones al artículo 39 de la Ley de Impuesto al Valor Agregado, implementadas por la de la Ley de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes y reglamentadas por la Resolución General AFIP N.º 5003.

Los cambios previstos establecen que cuando los responsables inscriptos realicen ventas, locaciones o prestaciones de servicios a monotributistas, tendrán que documentarlas con comprobantes clase “A”; deberán discriminar el Impuesto al Valor Agregado correspondiente y

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Adriana Montani

unread,
Jun 11, 2021, 8:30:43 AM6/11/21
to Christian Mariscotti, Factura electronica y otros servicios Argentina WSAFIPFE
re envio, se corto el texto

Los responsables inscriptos deberán emitir comprobantes clase “A” a los monotributistas a partir del 1º de julio. A partir del 1° de julio 2021 entran en vigencia las modificaciones al artículo 39 de la Ley de Impuesto al Valor Agregado, implementadas por la de la Ley de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes y reglamentadas por la Resolución General AFIP N.º 5003.

Los cambios previstos establecen que cuando los responsables inscriptos realicen ventas, locaciones o prestaciones de servicios a monotributistas, tendrán que documentarlas con comprobantes clase “A”; deberán discriminar el Impuesto al Valor Agregado correspondiente y adicionar la leyenda “El crédito fiscal discriminado en el presente comprobante, sólo podrá ser computado a efectos del Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes de la Ley Nº 27.618”.

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Eduardo Bzura

unread,
Jun 11, 2021, 10:00:34 AM6/11/21
to Jorge Gastaldo, Factura electronica y otros servicios Argentina WSAFIPFE
Sé que esta no es una consulta técnica, pero creo que es importante que entre los colegas establezcamos un criterio
para tal cuestión.
Cuánto se debe cobrar por hacer el upgrade con esta modificación en el sistema ?


Alfredo J. Breitembücher

unread,
Jun 11, 2021, 10:15:47 AM6/11/21
to Eduardo Bzura, Jorge Gastaldo, Factura electronica y otros servicios Argentina WSAFIPFE
Yo no lo estoy cobrando. En mi caso tardo más en re-compilar que la modificación.

Alfredo

Fernando Moreno

unread,
Jun 11, 2021, 11:27:21 AM6/11/21
to Christian Mariscotti, Factura electronica y otros servicios Argentina WSAFIPFE
Buen dia a todos,

Efectivamente, el servidor de homologación está devolviendo la observación:

Cod/Obs: 10217 - El credito fiscal discriminado en el presente comprobante solo podra ser computado a efectos del Procedimiento permanente de transicion al Regimen General.

Pero el texto que hay que imprimir segun lo establecido en la RG 5003/2021 (art.20) es:
‘El crédito fiscal discriminado en el presente comprobante, sólo podrá ser computado a efectos del Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes de la Ley Nº 27.618’

Es decir: son parecidos pero no iguales...

Por otro lado veo que el servidor de homologación de AFIP está devolviendo la observación cod.10217 inclusive para solicitudes de CAE  a "responsables inscriptos"... eso no sería correcto ya que es un mensaje solo aplicable a monotributistas... supongo que se trata de un error y en producción no sucede eso...

Saludos!
Fernando Moreno




El vie, 11 jun 2021 a las 9:17, Christian Mariscotti (<cmari...@gmail.com>) escribió:

Afpsistemas - Fernando Maggi

unread,
Jun 11, 2021, 11:46:26 AM6/11/21
to Fernando Moreno, Christian Mariscotti, Factura electronica y otros servicios Argentina WSAFIPFE

Buen día,

 

A modo de resumen y por favor díganme si estoy equivocado:

 

  • Facturas Electrónicas:
    • Factura A – Tipo de responsable monotributo, con la leyenda : El crédito fiscal discriminado en el presente comprobante, sólo podrá ser computado a efectos del Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes de la Ley N.º 27.618
  • Controladores Fiscales:
    • Para los controladores de primera generación factura A – tipo de responsable inscripto, con la leyenda : Receptor del comprobante - Responsable Monotributo (entiendo que además iría la leyenda anterior)
    • Para los de nueva generación, si lo permitiera de acuerdo a su firmware : Tipo de Factura A – tipo de responsable monotributo y sino como los controladores de primera generación. (Con las leyendas correspondientes)

 

Saludos,

Fernando.

Fernando Moreno

unread,
Jun 11, 2021, 1:40:59 PM6/11/21
to Afpsistemas - Fernando Maggi, Christian Mariscotti, Factura electronica y otros servicios Argentina WSAFIPFE
Buenas tardes,

Fernando: creo que tu resumen es correcto. 
Me queda la duda sobre si en los tique-factura A a monotributista habría que también anexar la leyenda " El crédito fiscal discriminado en el presente comprobante, sólo podrá ser computado..." ...
Sería bastante engorroso por la longitud del texto y lo limitado de las líneas disponibles en muchos modelos de impresoras fiscales.... (las limitaciones en longitud y cantidad de líneas son muy variables dependiendo de marca y modelo...).

Saludos
Fernando Moreno

Raul Sanchez

unread,
Jun 11, 2021, 1:45:41 PM6/11/21
to Fernando Moreno, Afpsistemas - Fernando Maggi, Christian Mariscotti, Factura electronica y otros servicios Argentina WSAFIPFE
Un contador de una de las empresas que tiene tiqueadora  sugirio como idea hacer un sello con dicha leyenda. No me parece mala idea

abconta AB

unread,
Jun 11, 2021, 1:57:21 PM6/11/21
to Afpsistemas - Fernando Maggi, Fernando Moreno, Christian Mariscotti, Factura electronica y otros servicios Argentina WSAFIPFE
Hola fernando..
Yo tengo clientes con impresoras Fiscales Hasar... de generación vieja.
Estás seguro que está impresoras aceptan realizar facturas A para tipo de iva = Monotributo?
Creo que habría que actualizar los OCX de Hasar para que eso pueda realizarse..

Si alguno tiene info sobre OCX de hasar para ver si en alguna versión está la posibilidad de mandar una factura A para un Monotributo porque me parece que está bloqueada esa opción y da error el código.

Muchas gracias
Adrian

Raul Sanchez

unread,
Jun 11, 2021, 2:00:00 PM6/11/21
to abconta AB, Afpsistemas - Fernando Maggi, Fernando Moreno, Christian Mariscotti, Factura electronica y otros servicios Argentina WSAFIPFE
ya se explico que para ese caso hay que hacerle un tiket A cambiando la condicion a resp. inscripto y ponerle una leyenda que el comprador es monotributo 

Roberto Velasco

unread,
Jun 11, 2021, 2:02:14 PM6/11/21
to abconta AB, Afpsistemas - Fernando Maggi, Christian Mariscotti, Factura electronica y otros servicios Argentina WSAFIPFE, Fernando Moreno

No se puede hacer factura en impresoras fiscales (hasta p320)
Para Monotributo tipo A 
La AFIP permite a partir de julio 
FacturAr como si fuese responsable inscrito con una leyenda que diga responsable Monotributo 
Según resolución 

--
ROBERTO A.VELASCO
MP.3253

abconta AB

unread,
Jun 11, 2021, 2:06:41 PM6/11/21
to Roberto Velasco, Afpsistemas - Fernando Maggi, Christian Mariscotti, Factura electronica y otros servicios Argentina WSAFIPFE, Fernando Moreno
Pasa que si lo incorporo como Responsable Inscripto le van a correr Retenciones de IIBB y Ganancias que tendria que aplicarle porque el cliente es Agente de retencion.. y eso no ocurria en las facturas B.

Como resuelven ese inconveniente?

y gracias a los que me respondieron..
adrian

Sergio Bianchi (MyGestion)

unread,
Jun 11, 2021, 2:09:59 PM6/11/21
to abconta AB, Roberto Velasco, Afpsistemas - Fernando Maggi, Christian Mariscotti, Factura electronica y otros servicios Argentina WSAFIPFE, Fernando Moreno
Hola, también debes percibir al  momento de facturar (figura también en la RG), el tratamiento es igual al RI.
Saludos.

SERGIO BIANCHI . DIRECTOR OPERATIVO

15.5419.3176 | sbia...@mygestion.com.ar

(011) 7079.8880 int. 110 | www.mygestion.com.ar

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abconta AB

unread,
Jun 11, 2021, 2:15:01 PM6/11/21
to Sergio Bianchi (MyGestion), Roberto Velasco, Afpsistemas - Fernando Maggi, Christian Mariscotti, Factura electronica y otros servicios Argentina WSAFIPFE, Fernando Moreno
Mil gracias..

Consultaré al contador a que busque todos los detalles..

Muchas gracias a todos
adrian

Fernando Moreno

unread,
Jun 11, 2021, 7:03:49 PM6/11/21
to abconta AB, Sergio Bianchi (MyGestion), Roberto Velasco, Afpsistemas - Fernando Maggi, Christian Mariscotti, Factura electronica y otros servicios Argentina WSAFIPFE
Hola,
Por lo que he leído, los cbtes emitidos a partir del 01/07/2021 por resp.inscripto a cliente monotributista deberán ser tipo A, tal como si este último fuese un resp.inscripto, solo que, adicionalmente, se debe aclarar -mediante la leyenda ya mencionada en este hilo- que no se puede tomar el IVA discriminado.
Además, en caso de usar IF homologadas a la fecha, hay que aclarar que se trata de un "resp.monotributo"... (ya que en la apertura de cbtes tipo "A" estas impresoras no admiten otra condición que no sea resp.inscripto)...

Saludos
Fernando Moreno

carlos Morandin

unread,
Jun 12, 2021, 8:55:36 AM6/12/21
to Factura electronica y otros servicios Argentina WSAFIPFE
Hola, lastima que el mensaje que devuelve la Afip es distinto al que hay que poner, porque si fuera igual, en mi caso, no necesitaria agregar el mensaje en forma manual ya que los mensaje que devuelve la Afip siempre los imprimo en la factura. habrá que ponerlo manual. 
Saludos
Carlos Morandin


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