Entendemos por violencia de género todo acto de violencia basado en la
pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado un
daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico de la mujer, incluídas
las amenazas de realizar tales actos, la coacción o la privación
arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública o
privada (Artículo 1 de la Declaración sobre la Eliminación de la
Violencia contra la Mujer. Naciones Unidas, 1994).
La Convención sobre la eliminación de todas las formas de
discriminación contra la mujer define en su Artículo 1 la
discriminación contra la mujer como toda distinción, exclusión o
restricción basada en el sexo que tenga por objeto o resultado
menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer,
independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad
del hombre y la mujer, de los derechos humanos y las libertades
fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural y
civil o en cualquier otra esfera.
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