Luis
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to Estrategias de prevencion
Junio , nº 65 , 1996 Copyright 1996 © Papeles del Psicólogo
ISSN 0214 - 7823
LA FORMACIÓN EN SALUD LABORAL
Bernardo Moreno-Jiménez
Centro Universitario de Salud Pública. UAM.
La formación en salud laboral es una tarea urgente. El 27 de Agosto
morían cuatro trabajadores al explotar una caldera, las causas están
todavía sin aclarar. El 30 de Agosto dos trabajadores de la
construcción morían al caer de un andamio, las causas parecen estar en
una negligencia temeraria. Son dos ramalazos recientes del crespón de
luto que luce el mercado del trabajo en España. Por causas varias la
accidentalidad nacional es de las más altas de Europa. Los datos
oficiales del Ministerio de Trabajo para 1995 son de 1349 accidentes
mortales y de 10.543 accidentes graves. En el ámbito de las
enfermedades profesionales, aunque la información es claramente
insuficiente, las estadísticas de Enfermedades Profesionales. Datos
recientes avalan que, a nivel mundial, el coste de accidentes y
enfermedades laborales oscila entre el 4% y el 7% del Producto
Interior Bruto. Un coste demasiado alto para que no se ponga remedio.
Uno de ellos es la formación en salud laboral. Un campo en el que debe
estar presente el psicólogo tanto a la hora de recibir formación como
de impartirla.
La formación en Salud Laboral tiene dos niveles claramente diferentes
y complementarios: 1) al nivel de los trabajadores, de quienes están
en contacto directo con el riesgo y 2) al nivel de los directivos,
ejecutivos y técnicos que determinan los sistemas de producción, y
gestionan los factores de exposición al riesgo. Uno y otro son
necesarios, cualquiera de ellos sin el otro resulta insuficiente. La
Formación en Salud Laboral necesita atacar tanto las condiciones
objetivas de riesgo en el trabajo, de forma que se reduzcan, como a
las conductas de riesgo y temerarias que se ejecutan por falta de
información o abuso de confianza
El esfuerzo de empresas e instituciones por reducir los riesgos sirve
de poco si no va acompañado de conductas responsables por parte de los
trabajadores, puesto que hay riesgos vinculados a las conductas. Por
otra parte el cuidado y la responsabilidad de los trabajadores es
siempre limitado, puesto que los riesgos van más allá de las conductas
individuales. El binomio de la colaboración trabajador-empresa resulta
indisociable en la supresión de los riesgos. En ambas tareas el
psicólogo tiene funciones específicas.
En realidad, las bases de esta formación están puestas antes del
primer trabajo o de la formación técnica académica. Su fundamento es
la cultura de la seguridad, y ésta se adquiere desde los primeros
momentos del proceso del desarrollo humano. Sin ella las adquisiciones
y aprendizajes posteriores pueden fácilmente desmoronarse, con ella
está servido un proceso rápido de asimilación de formas y contenidos.
La cultura de la seguridad es una forma de hacer las tareas en las que
se acentúa el control de los medios para obtener los fines, de no
intentar hacer las cosas sin conocer cómo se hacen. Sin que ello
signifique coartar el olfateo de la curiosidad infantil, es una
cultura que se aprende en los primeros años, cuando se aprende que las
pequeñas tareas y trabajos merecen la pena hacerlos bien, y de que
hacerlo de cualquier forma generalmente significa hacerlo a medias. La
cultura de la seguridad es la que enseña que no todo vale y se puede
hacer, ella es el mejor subsuelo sobre el que puede prender cualquier
formación explícita en salud laboral. El primer aprendizaje a todos
los niveles comienza en ella.
La legislación tanto nacional como europea ha puesto las bases de la
formación en salud laboral en ambos niveles. El Estatuto de los
Trabajadores en su artículo 19,4 establece la obligación del
empresario a proporcionar una formación práctica y adecuada al puesto
de trabajo y la obligación del trabajador a seguir las instrucciones
dadas. La Ordenanza General de Seguridad en el Título I artículo 7
establece la obligatoriedad de proporcionar información a todos los
estamentos de la empresa. La Directiva Marco de Seguridad (1989) de la
Comunidad Europea en el artículo 6 describe la formación como una
obligación general de los empresarios, y en su artículo 12 expone
cuáles deben de ser las características de esta formación. La reciente
ley de Prevención de Riesgos Laborales (1995) en su articulo 19
establece que: "el empresario deberá garantizar que cada trabajador
reciba una formación teórica y práctica, suficiente y adecuada, en
materia preventiva, tanto en el momento de su contratación, cualquiera
que sea la modalidad o duración de ésta, como cuando se produzcan
cambios en las funciones que desempeñe o se introduzcan nuevas
tecnologías o cambios en los equipos de trabajo"
La Encuesta Nacional de Condiciones de Trabajo 1993 recoge una clara
insuficiencia en la formación que se imparte sobre el tema; sólo en un
12,2% de los centros de trabajo alguna persona del centro ha asistido
a alguna charla o exposición sobre el tema en los últimos doce meses.
Cuando se preguntó a los trabajadores sobre la asistencia a cursos de
Seguridad e Higiene en los dos últimos años sólo un 13,5% de ellos
había asistido a alguno. Los datos recogidos manifestaban que conforme
aumentaba la plantilla del centro de trabajo también lo hacía la
asistencia de los trabajadores a los cursos. Ello es un indicador de
que en los centros pequeños, la mayoría, la formación puede ser
inexistente.
La Encuesta Nacional indica que casi un 40% de los centros de trabajo
tienen establecida la práctica de informar a los trabajadores sobre
los riesgos de su trabajo, práctica que aumenta cuando existe algún
órgano interno de la empresa encargado de la prevención (63,5%). El
porcentaje de trabajadores que considera suficiente la información que
ha recibido sobre el tema es claramente alto (73 %). Sin embargo, la
inforrnación recogida no parece estar suficiente respaldada por los
hechos reales.
Desde una perspectiva general, en 1985 la ILO (International Labour
Organization) publicó una nueva "Convention" (161) y
"Recommendation" (171) en servicios salud laboral instando a todos los
países miembros a desarrollar progresivamente servicios de salud
laboral para todos los trabajadores y específicamente a implantar la
formación en salud laboral a todos los implicados en la misma. En la
misma línea está la reciente "Global Strategy on Occupational Health
for all: The way to health at work" (WHO,1995): la formación como vía
para la salud laboral.
El Reglamento de Servicios de Prevención, de inminente aparición,
establece la formación que deben recibir los responsables de la
prevención del riesgo en su nivel superior, es decir aquellos que
tengan una titulación universitaria de licenciatura o equivalente,
como puede ser la licenciatura en psicología.
En el borrador del 11-6-96 se establecen las funciones que deben
desarrollar los técnicos superiores, consistentes básicamente en la
evaluación del riesgo laboral, la formación e información de todos los
trabajadores, la planificación de la acción preventiva y la vigilancia
y control de la salud. Para poder efectuar este trabajo dispone en su
anexo V un plan de formación que incluye una formación troncal de 350
horas y la opción por una de las tres especialidades propuestas:
Seguridad, Higiene y Ergonomía y Psicosociología Aplicada. Desde la
perspectiva de la Psicología es de clara importancia tanto el
contenido de la parte troncal como el reconocimiento de la psicología,
en unión con la ergonomía, como una de las especialidades opcionales.
El desarrollo de la parte troncal propone una formación claramente
multidisciplinar recogiendo con ello el espíritu de la Ley de
Prevención de Riesgos que establece la necesidad de este tipo de
formación. La seguridad y la salud laboral no puede ciscunscribirse a
ningún tipo de disciplina ya que ninguna puede abarcar suficientemente
el espectro de conocimientos necesarios para ello. Ello obliga a que
los técnicos superiores reciban una formación complementaria en
saberes ajenos a los propios, de forma que puedan establecer una
comunicación real con otros enfoques y perspectivas, y pueda
establecerse un trabajo interdiciplinar de todo el equipo responsable
de la prevención.
Al hacerlo así, la ley y el reglamento rompen con un tópico extendido
que ha identificado la salud laboral con los aspectos sanitarios o la
seguridad con la seguridad de las máquinas. La salud laboral es más
amplia que los procesos de la enfermedad e incluso que la prevención
de los mismos. Como tal, abarca e incluye el bienestar laboral como un
elemento irrenunciable de una formulación humana y simultáneamente
eficaz del trabajo. En este campo la psicología debe desarrollar
competencias propias.
Tampoco la seguridad puede asimilarse a la seguridad de las máquinas o
de los procesos industriales. Por ejemplo, la reciente Encuesta de
Condiciones de Trabajo 1993 informa que cuando se pregunta de forma
espontánea a los trabajadores cuáles son las razones principales de
los accidentes, en primer lugar (47%) responde "el exceso de
confianza'', y en segundo lugar aparece "las operaciones
peligrosas" (40%). La primera respuesta señala los factores personales
como origen de los accidentes, respuesta que se incrementa todavía más
cuando la forma de preguntar es mediante alternativas propuestas. En
este caso el 68% elige "el exceso de confianza'' como primera causa de
los accidentes seguida de lejos por "las operaciones
peligrosas" (7,5%). La conducta aparece como el elemento determinante
de la seguridad. La función del psicólogo en la prevención de la
seguridad resulta pues incontestable.
La psicología juega un papel relevante en la formación curricular que
se propone al experto superior en prevención de riesgos. Dentro de las
350 horas de formación troncal propuesta, diferentes módulos forman
parte del ámbito propio de la psicología. A la Ergonornia y
Psicosociologia se le dedica una extensión de 40 horas, al módulo de
Formación y técnicas de comunicación, información y negociación se le
dan 30 horas y a la Gestión de la prevención 40 horas. A ello hay que
añadirle una especialidad optativa en Ergonomía y Psicosociología
aplicada de 100 horas de duración.
El reconocimiento de las funciones que puede jugar la psicología en la
formación del técnico superior de prevención de riesgos parece claro.
Ello supone un reto, una invitación y una llamada a la reflexión y a
la actuación. Un reto por cuanto debe desarrollar los contenidos
específicos propios que deben estar presentes en la formación del
especialista de prevención de riesgos. Un invitación en el sentido de
que los psicólogos debemos de hacer el esfuerzo de estar presentes en
la formación en salud laboral, impartiéndola y recibiéndola. Una
reflexión para que el conocimiento psicológico no se atrinchere en sus
nichos clásicos y se ponga en contacto con otros conocirnientos
derivados de la ergonomía, la seguridad y la higiene entre otros. Una
llamada a la actuación para que los contenidos pluridisciplinares de
salud laboral no sean ajenos a la formación curricular del psicólogo.
El curriculum habitual del psicólogo incluye elementos de aproximación
a la formación exigida al técnico superior en prevención. Las
disciplinas de Psicología de las Organizaciones y de la Psicología de
la Salud son claramente afines a algunos de los contenidos
solicitados, pero sería posible todavía un mayor esfuerzo para
sensibilizar al alumno de psicología y evitar que caiga en el tópico
de considerar la seguridad y la salud laboral como un campo ajeno a
los propios intereses. Una medida que facilitaría esta aproximación
sería la inclusión de la Salud Laboral como una optativa en los nuevos
planes de estudio.
Debería tenerse en cuenta que en los próximos años las exigencias
abiertas por la Ley de Prevención va abrir un mercado importante de
puestos de trabajo a diferentes niveles. Las Mutuas de Accidentes de
Trabajo y Enfermedades profesionales, conscientes de esta necesidad,
están haciendo un esfuerzo considerable para competir en la nueva
situación creada. La aparición de puestos de trabajo como psicólogo
especialista en la prevención de riesgos debería actuar como un
acicate para promover los medios de preparar para nuevas competencias.
Pero junto a tales medidas el psicólogo debe estar dispuesto a recibir
la formación complementaria que le capacite para un diálogo eficaz con
otros profesionales.
Uno de los riesgos que la psicología, y concretamente el psicólogo,
debería evltar es caer en planteamientos que llevaran a no contemplar
sino los aspectos grupales, sociales, gerenciales individuales y
subjetivos, de la salud laboral. Un planteamiento psicologista sería
claramente pernicioso para la colaboración con otras disciplinas y, lo
que es más importante, haría un flaco servicio a la calidad de vida
laboral de los trabajadores que es el objetivo final de la salud
laboral.
La creación de este nuevo mercado de trabajo ha llevado a la
multiplicación de estudios de postgrado que ofertan una preparación
específica para los técnicos de prevención del riesgo laboral. Las
Universidades de ciudades como Madrid, Barcelona, Salamanca, Sevilla,
Valladolid han creado títulos para tales fines. Madrid cuenta con
cuatro de ellos vinculados a distintas universidades. Otras
universidades preparan estudios y diplomas similares. El campo de la
formación en salud laboral se está abriendo vertiginosamente de la
mano de la legislación y de necesidades cada vez más imperiosas.
La composición del alumnado de los cursos de postgrado varía en
función de las universidades, la Facultad de referencia y la tradición
del centro de impartición. En general la presencia multidisciplinar
del alumnado parece ser la más favorable ya que ella permite una
aportación y un debate abierto con enfoques diferentes, por ello en la
parte troncal de la formación requerida parece conveniente una
representación abierta de las diferentes carreras universitarias.
Es este tipo de composición del alumnado la que mejor permite una
formación activa que capacite a los técnicos para transmitir un clima
y una cultura de la seguridad. El objetivo más importante que deben
cumplir los técnicos superiores no consiste en la introducción de
nuevas normas y procedimientos, sino en la creación de una cultura
activa y positiva de seguridad y salud laboral. Su función principal
no debe ser reactiva, apañar rotos y apagar fuegos, aunque también lo
tengan que hacer, sino prevenir y planificar a largo plazo. La
formación requerida debe capacitarlos para estar en diálogo con las
fuerzas internas y externas del trabajo, lo que requiere no sólo
conocimientos y competencias técnicas sino actitudes de diálogo y
participación. En este sentido la formación debe tener el mismo
talante que el ejercicio de su futuro trabajo.
Finalmente, el futuro del mundo del trabajo parece ir unido al futuro
de la gestión y de la calidad del producto. En este proceso, un
elemento determinante parece ser la gestión de la seguridad y la salud
laboral pues afecta a uno y a otro, ya que la calidad del producto es
el resultado final de la seguridad del producto y de la seguridad de
todo el proceso. Por otra parte, el objetivo final de la gestión es la
salud organizacional como un todo; parte básica de la misma es la
salud laboral. Por ello, los técnicos superiores en la prevención del
riesgo laboral juegan un papel relevante en las nuevas tendencias que
se están formando. La formación en salud laboral es una de las formas
de entrar en ellas.
Bibliografia
World Health Organization (1995). Global Strategy on Occupational
Health for all: The way to health at Work. Work Health Organization,
Geneva.
Health and safety executive (1991). Succesful Health and Safety
Mallagement. London: HBMSO.
Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo. (1993).
Encuesta nacional de Condiciones de trabajo Madrid.