Tengo un piso, y mi intención es comprar el que está pegado al mío, para
unirlos y hacer un gran piso.
Mis dudas son tanto legales, como técnicas.
¿ a efectos de instalación eléctrica, que es lo ideal, correcto u
obligatorio por ley, tener dos instalaciones separadas o anular la de un
piso, y usar la del otro en los dos con un solo contador ?
¿ habría que pedir de nuevo la cédula de habitabilidad, y el boletín de la
instalación eléctrica con las correspondientes modificaciones ?
Saludos.
> Tengo un piso, y mi intención es comprar el que está pegado al mío, para
> unirlos y hacer un gran piso.
Enhorabuena!
> Mis dudas son tanto legales, como técnicas.
> ¿ a efectos de instalación eléctrica, que es lo ideal, correcto u
> obligatorio por ley, tener dos instalaciones separadas o anular la de un
> piso, y usar la del otro en los dos con un solo contador ?
> ¿ habría que pedir de nuevo la cédula de habitabilidad, y el boletín de
> la instalación eléctrica con las correspondientes modificaciones ?
Doctores tiene esta iglesia, pero yo diria que una llamada a la compañia
electrica y al ayuntamiento seran definitivas.
Proyecto de arquitecto y licencia municipal, o la Gerencia de Urbanismo para
modificar la estructura. Permiso de la comunidad. Modificación registral
correspondiente, es decir rehacer la división horizontal de la casa. El
proyecto de luz, ejecutarlo por instalador autorizado y dar de alta la nueva
instalación e ídem de agua, gas etc. Y si algún día quieres separarlos
tienes que hacerlo todo al revés. Verás que no es un asunto de bricolaje,
sino mas bien jurídico y técnico.
Yo tengo unos amigos que han unido dos pisos de distintos edificios, un
sexto piso, y a las visitas de trabajo las reciben por un portal y a los
amigos por otro y aquí no ha pasado nada.
De lo que se deduce que la primera decisión es si "levantar la liebre", o no
levantarla.
Salu2
Mariano
"Mariano Canales" <NOLca...@NOLmundofree.com> escribió en el mensaje
news:fm2sou$n44$1...@nsnmpen2-gest.nuria.telefonica-data.net...
Yo he tenido el caso contrario. Compré dos pisos que estaban unidos, cada
uno con su escritura de propiedad, y quería separarlos. En este caso, el
suministro de agua era comunitario, y no se había modificado la división
horizontal (pagaba comunidad como dos pisos distintos), así que por ahí no
había problema; tampoco había problema con la comunidad, porque lo único que
hice fue levantar un tabique para separarlos (el que unió los pisos no había
eliminado ninguna de las dos puertas de entrada). Pero sólo había un
suministro eléctrico, y ahí vino el lío.
El edificio tenía unos 15 o 20 años, y la constructora había desaparecido,
así que no había forma de encontrar el famoso certificado de primera
ocupación (o cédula de habitabilida, cuando se construyó), necesario para
contratar el suministro eléctrico de uno de los pisos (el otro se quedó con
el contrato que antes daba suministro a los dos). Además hacía falta un
boletín de enganche que debía hacer un electricista.
En el Negociado de Urbanismo del Ayuntamiento me dicen que no pueden emitir
un certificado de primera ocupación, porque no es primera ocupación
(lógico), sino que en su lugar, me pueden hacer un "certificado de que no es
necesario el certificado de primera ocupación" (sí, suena a guasa, pero eso
dijeron). Ese certificado, se supone que me lo iban a enviar, pero no me
podían dar plazo (de esto hace unos 8 años y aún no ha llegado).
La solución fue tirar por la calle de enmedio. Busqué un electricista que
"casualmente" trabajaba en la empresa suministradora de electricidad
(Sevillana) para que me hiciera él el boletín de enganche, y por mediación
suya hice un contrato de suministro en plan de compadreo (en la solicitud
aparecía la coletilla "pendiente de documentación", pero lleva así 8 años
sin problemas, y si consulto el contrato en la web de Sevillana-Endesa no
aparece nada al respecto). Si me llego a esperar a que Urbanismo me mande el
certificado, menudo negocio.
Y esto para dos pisos que, a efectos legales, nunca estuvieron unidos, así
que si se hubiera "legalizado" la unión imagínate...
--
Saludos de Jose Manuel Garcia
jose...@terra.es
http://213.97.130.124
"Mariano Canales" <NOLca...@NOLmundofree.com> escribió en el mensaje
news:fm2sou$n44$1...@nsnmpen2-gest.nuria.telefonica-data.net...
Lo que no entiendo, ni entederé jamás en este u otros casos de reformas, es
que pinta la Comunidad de Vecinos (supongo que a eso te refieres cuando
dices permiso de la Comunidad), porqué el vecino de arriba, el de abajo o el
de más arriba tiene que autorizar nada de lo que yo vaya a hacer en mi casa,
siempre me ha parecido absurdo. Creo que para cerrar balcones, también se
debe de pedir permiso a la comunidad. Francamente, yo cuando salgo a la
calle, no me preocupo en mirar si algún vecino se ha cerrado un balcón, me
importa 3 pitos, pero parece que si que hay gente que vive muy preocupada en
ver lo que hace o no el vecino, esos que incluso ponen denuncias porque el
de abajo se ha cerrado el balcón sin pedirle permiso. En fin...
Me parece que optaré por lo más lógico, aunque no legal. Reformar el segundo
piso para dejarlo acorde al primero (suelo, techos, etc...), y finalmente
tirar la pequeña pared por la que quedarán unidos (unos 2 o 3 metros). Agua
y gas en el segundo piso no hace falta, la cocina y el baño serán los del
primer piso, y la electricidad, la pasaré del primer piso al segundo. Si es
necesario, antes de hacer la reforma, contrataré más potencia en el primer
piso, o directamente eliminaré el limitador, ese que todo el mundo quita.
Taparé por dentro, una de las dos puertas de entrada, ya que están
practicamente pegadas (a unos 10 centímetros), para que visualmente quede
pared.
Con tanta burrocracia, no es de extrañar que todo el mundo termine haciendo
"trampas", si ya tan solo para la concesión de la solicitud de la licencia
de obras, puedes tirarte meses.
Saludos y gracias.
"Mariano Canales" <NOLca...@NOLmundofree.com> escribió en el mensaje
news:fm2sou$n44$1...@nsnmpen2-gest.nuria.telefonica-data.net...
Y puestos a tirar, primero tira el tabique, te quedarán mucho mejor los
remates del suelo, etc,, que si luego queda una antiestética franja. Los
vecinos no pueden entrar en tu casa, da lo mismo cuando tires el tabique.
La comunidad de vecinos si te puede "exigir" que les comuniques la obra y
duración de la misma para preveer temas de limieza, ruidos, etc. También
podría exigirte si vas a tocar partes estructurales. Y si te quieren tocar
tus partes, exigirte la licencia de obra menor, cosa que en las grandes
poblaciones se exige, vigila y sanciona, pero que en los pueblos parece que
todo el mundo mira hacia otro lado, salvo denuncia de un vecino huevón.
--
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"Salomon" <sal...@microsoft.com> escribió en el mensaje de noticias
news:krohj.103193$224....@news.ono.com...
Te decía en mi anterior post que tu primera decisión era si levantar la
liebre administrativa o no, pero con los vecinos no te queda mas remedio que
tratar de paliar las molestias de las obras y dar la cara. Diplomacia dicen
que es el arte de zambullirse sin salpicar.
Salu2.
Mariano
Un sabio consejo, pero tampoco hacen falta muchos estudios para averiguar si
es un muro de carga. Si no dispones de los planos, con darle una palmada a
la pared ya sabrás si es un tabique o un muro. Si no lo tienes claro, mira
si en línea con esa pared se ven sobresalir pilares de la pared. Si hay
pilares, casi con toda probabilidad es un simple tabique. Si aún así no te
aclaras, el albañil te lo puede averiguar en un periquete (como mucho mucho,
necesitaría un par de golpes de cincel y martillo). En cualquier caso, es
poco habitual usar muros de carga en edificios de pisos.
Una cosa a la sí deberías poner atención es a las instalaciones que haya en
esa pared. Si como imagino, los pisos vienen a ser simétricos, con las
entradas y los pasillos a ambos lados de esa pared, no es habitual que haya
cables ni tuberías en ella (porque es más práctico llevarlos sobre las
puertas de las habitaciones que dan a ese pasillo), pero asegúrate buscando
cajas de empalmes y cosas así en esa pared.
> La comunidad de vecinos si te puede "exigir" que les comuniques la obra y
> duración de la misma para preveer temas de limieza, ruidos, etc. También
> podría exigirte si vas a tocar partes estructurales. Y si te quieren tocar
> tus partes, exigirte la licencia de obra menor, cosa que en las grandes
> poblaciones se exige, vigila y sanciona, pero que en los pueblos parece
que
> todo el mundo mira hacia otro lado, salvo denuncia de un vecino huevón.
La comunidad de vecinos no puede exigirte la licencia de obra. Eso sólo lo
pueden hacer los empleados municipales apoderados para hacerlo. Como mucho,
pueden denunciarte al ayuntamiento por otro motivo (ruidos, molestias, etc),
y esperar a que venga alguien del ayuntamiento que, eso sí, lo primero que
hará es pedirte la licencia de obra.
Tampoco necesitas permiso de la comunidad de vecinos para hacer obras,
mientras no toques zonas comunes (y eso incluye fachadas y terrazas), o
hagas cambios que afecten a la estructura (cosa harto difícil de demostrar,
puesto que no tienes por qué dejarlos entrar a tu casa). En cualquier caso,
no cuesta nada hacer las cosas por las buenas si se puede, comunicándoselo
al presidente (no pidiéndole permiso).
Y es conveniente pedir, cuando menos, una licencia de obra menor. Para eso
sólo necesitas llevar copia del presupuesto de albañilería, y pagar la tasa
que imponga tu ayuntamiento. En los ayuntamientos que conozco, la tasa tiene
un fijo más un porcentaje del precio presupuestado, así que si el albañil es
de confianza, ya sabes, un presupuesto pequeñito para llevar al
ayuntamiento, y la factura con el precio real, para la declaración de
Hacienda
Si es que hay gente que piensa que todo lo comunitario es suyo y lo suyo
también.
Que un balcón esté en tu piso no deja de ser un elemento comunitario y no
puedes hacer nada en este balcón sin el permiso de la comunidad de
propietarios, y según que municipios, no te dejan poner ni el equipo de aire
acondicionado en el balcón.
Por otra parte, en el tema de "obras menores", no será el primer caso en que
se haga una "desgracia mayor".
Saludos
Ni es imprescindible ni tiene ninguna ventaja unificar
dos escrituras en una, dos contratos en uno, modificar
el título de propiedad, etc. Lo mejor: dejar que sean dos
pisos independientes -aunque tengan una unión-.
Piensa que en el futruro es más probable que quieras
desprenderte de una mitad ..
G.
"Pepitof" <jose...@terra.es> escribió en el mensaje
news:5un7tpF...@mid.individual.net...