http://www.boe.es/boe/dias/2009/11/24/pdfs/BOE-A-2009-18732.pdf
PAGINA 27
ANEXO IV
VER TABLA
Han publicado ayer las modificaciones de la Ley de Trᅵfico que se
estaba tramitando en las Cortes. Curiosamente, ni un solo medio, que yo
oyese, se ha hecho eco del tema.
"Cuadro de sanciones y puntos por exceso de velocidad
Infracciᅵn sobre exceso de velocidad captado por cinemᅵmetro"
Resumen:
lᅵmite 120 -> Exceso de velocidad grave -> 121-150 -> 100 Euros
Vamos que lo que diga el radar, nada de tener en cuenta los mᅵrgenes de
error de los velocᅵmetros de los autos.
HAY QUE LAPIDAR YA A ESTA PANDA DE HIJOS DE LA GRAN P*TA.
Primero dicen que sᅵ, luego que no y finalmente aprueban que sᅵ.
GRRRRR TENᅵA QUE HABERME ACOSTADO ANTES. AHORA YA VOY DE MALA OSTIA
8-o 8-o 8-o 8-o
--
Saludos de Bron.
Desde la Villa del Adelantado.
----
ᅵDebo confesar que nacᅵ a una edad muy temprana.ᅵ
(Groucho Marx)
Vamos a realizar todos lo conductores una acci�n conjunta:
El pr�ximo lunes, nos presentamos todos l@s conductor@s( unos 20 millones)
en el juzgado, con la documentaci�n necesaria para cambiar nuestro nombre y
apellidos por el de ruiz-gallardon, pere navarro, juan carlos de chup�n, o
cualquiera otro que est� por encima de la ley.
...Y que empiecen a multar ...
X-DDD
"Bron" <xer...@hotmail.com> escribi� en el mensaje
news:mn.c8f07d9be...@hotmail.com...
> PAASEEENN Y LEEANN ESTOOOO:
>
> http://www.boe.es/boe/dias/2009/11/24/pdfs/BOE-A-2009-18732.pdf
>
> PAGINA 27
> ANEXO IV
>
> VER TABLA
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> Han publicado ayer las modificaciones de la Ley de Tr�fico que se estaba
> tramitando en las Cortes. Curiosamente, ni un solo medio, que yo oyese, se
> ha hecho eco del tema.
>
>
>
> "Cuadro de sanciones y puntos por exceso de velocidad
> Infracci�n sobre exceso de velocidad captado por cinem�metro"
>
> Resumen:
>
> l�mite 120 -> Exceso de velocidad grave -> 121-150 -> 100 Euros
>
>
> Vamos que lo que diga el radar, nada de tener en cuenta los m�rgenes de
> error de los veloc�metros de los autos.
>
> HAY QUE LAPIDAR YA A ESTA PANDA DE HIJOS DE LA GRAN P*TA.
>
> Primero dicen que s�, luego que no y finalmente aprueban que s�.
>
>
>
>
> GRRRRR TEN�A QUE HABERME ACOSTADO ANTES. AHORA YA VOY DE MALA OSTIA
>
> 8-o 8-o 8-o 8-o
>
> --
> Saludos de Bron.
> Desde la Villa del Adelantado.
> ----
> �Debo confesar que nac� a una edad muy temprana.�
> (Groucho Marx)
>
>
Pos nada, no pasa nada... a partir de ahora, que nadie deje de recurrir las
multas a 121 km/h por autopista... si recurrimos todos, el mega centro de
Leᅵn acabarᅵ colapsado...
Aᅵado un extracto de Forocoches (sᅵ !!! de vez en cuando dicen cosas
decentes !!!!), sobre los mᅵrgenes de mediciᅵn del radar. No olvidᅵis
incluirlo en vuestros recursos.
"...+
ORDEN DE 11 DE FEBRERO DE 1994 POR LA QUE SE ESTABLECE EL CONTROL
METROLOGICO DEL ESTADO PARA LOS INSTRUMENTOS DESTINADOS A MEDIR LA VELOCIDAD
DE CIRCULACION DE VEHICULOS A MOTOR.
Artᅵculo 8. Tolerancias.
Los errores mᅵximos tolerados en los ensayos inherentes a la aprobaciᅵn de
modelo serᅵn los indicados en el apartado 5.1 de la norma UNE 26.444.
Artᅵculo 26. Tolerancias. Los errores mᅵximos tolerados en la verificaciᅵn
periᅵdica serᅵn los siguientes:
a) Para los cinemᅵmetros estᅵticos:
Cinco kilᅵmetros/hora, en mᅵs o en menos, para las velocidades inferiores a
100 kilᅵmetros/hora.
Cinco centᅵsimas de la velocidad, en mᅵs o en menos, para las velocidades
iguales o superiores a 100 kilᅵmetro/hora.
b) Para los cinemᅵmetros instalados en un vehᅵculo en movimiento:
Diez kilᅵmetros/hora, en mᅵs o en menos, para las velocidades inferiores a
100 kilᅵmetros/hora.
Diez centᅵsimas de la velocidad, en mᅵs o en menos, para las velocidades
iguales o superiores a 100 kilᅵmetros/hora.
ORDEN ITC/3699/2006, de 22 de noviembre, por la que se regula el control
metrolᅵgico del Estado de los instrumentos destinados a medir la velocidad
de circulaciᅵn de vehᅵculos a motor.
Disposiciᅵn derogatoria ᅵnica. Derogaciᅵn normativa.
Sin perjuicio de lo establecido en la disposiciᅵn transitoria ᅵnica queda
derogada la orden del Ministerio de Obras Pᅵblicas, Transporte y Medio
Ambiente, de 11 de febrero de 1994, por la que se regulan los cinemᅵmetros
destinados a medir la velocidad de circulaciᅵn de vehᅵculos a motor.
ANEXO III
Requisitos esenciales especᅵficos para los cinemᅵmetros destinados a medir
la velocidad instantᅵnea de circulaciᅵn de los vehᅵculos a motor desde
instalaciones fijas o a bordo de vehᅵculos
1. Terminologᅵa
1.1 Cinemᅵmetros ᅵpticos:
a) De barra lᅵser.-
b) De ᅵpistolaᅵ lᅵser.-
1.2 Cinemᅵmetros de sensor
1.3 Cinemᅵmetros por Efecto Doppler (Radares)
4. Errores mᅵximos permitidos (emp)
a) En examen de modelo, verificaciᅵn de producto, verificaciᅵn despuᅵs de
reparaciᅵn o modificaciᅵn
Tipo de instalaciᅵn Errores mᅵximos permitidos Para ensayos en carretera
(trᅵfico real)
Instalaciᅵn fija o estᅵtica. ᅵ 3 km/h, para v ? 100 km/h ᅵ 3 %, para v > 100
km/h ᅵ 1 km/h *
Instalaciᅵn mᅵvil. ᅵ 5 km/h, para v ? 100 km/h ᅵ 5 %, para v > 100 km/h
* Error medio de todos los resultados en las aprobaciones de modelo.
b) En verificaciᅵn periᅵdica:
Tipo de instalaciᅵn Errores mᅵximos permitidos Para ensayos en carretera
(trᅵfico real)
Instalaciᅵn fija o estᅵtica. ᅵ 4 km/h, para v ? 100 km/h ᅵ 4 %, para v > 100
km/h (Sᅵlo en verificaciᅵn de instalaciᅵn)
Instalaciᅵn mᅵvil. ᅵ 7 km/h, para v ? 100 km/h ᅵ 7 %, para v > 100 km/h
ANEXO IV
Requisitos esenciales especᅵficos para los cinemᅵmetros destinados a medir
la velocidad instantᅵnea de circulaciᅵn de los vehᅵculos a motor desde
aeronaves estᅵticas o en movimiento
4. Errores mᅵximos permitidos
Para la medida de velocidad: ᅵ 10%.
ANEXO V
Requisitos esenciales especᅵficos para los cinemᅵmetros destinados a medir
la velocidad media de circulaciᅵn de los vehᅵculos a motor sobre tramos de
distancias conocidas desde instalaciones fijas
4. Errores mᅵximos permitidos
Para la medida de velocidad: ᅵ 5 %.
..................................................
......................................
Bueno, echando un vistazo a todo lo anterior, vemos que la Ley de Seguridad
Vial.....
.- Es tremendamente difusa en cuanto a graduaciᅵn de sanciones: sᅵlo
contempla la graduaciᅵn en graves y muy graves, asᅵ como la catalogaciᅵn en
cuanto a detracciᅵn de puntos.
.- No tabula de manera mᅵs precisa y homogᅵnea la graduaciᅵn econᅵmica, ni
los perᅵodos de retirada del permiso de conducir.
.- Establece que la autoridad competente en materia de trᅵfico puede ser
diferente en cada caso.... los alcaldes en sus municipios, el director
general de trᅵfico en las vᅵas que no son competencia de los ayuntamientos y
de las comunidades autᅵnomas con competencias de trᅵfico transferidas, y los
directoes autonᅵmicos de trᅵfico en las CCAA con competencias transferidas.
.- En base al punto anterior, y debido a lo difuso de la ley, una misma
infracciᅵn puede tener distinta repercusiᅵn en funciᅵn del lugar en el que
se cometa. .... Reinos de taifas....
.- A mayor abundamiento en todo este galimatᅵas, en lo referido a los
mᅵrgenes de error de los cinemᅵmetros, las distintas administraciones estᅵn
aplicando la normativa de 1994, que es mᅵs benᅵvola que la del 2006 y que
ademᅵs ha sido derogada por ᅵsta.
.- Para rizar mᅵs el rizo, la DGT aplica en su tabla de sanciones los
criterios de mᅵrgenes de error de cinemᅵmetros dinᅵmicos (mᅵs benᅵvolos...)
para los dinᅵmicos y estᅵticos segᅵn la OM de 1994. Sin embargo, las dos
CCAA con competencias transferidas CAT y PV, asᅵ como muchos ayuntamientos,
sᅵ distinguen entre estᅵticos y dinᅵmicos.
.- Por si no fuera poco en todo este barullo... Trafikoa, el SCT y la DGT
aplican unas tablas en las que se incluye el margen de error; sin embargo,
ayuntamientos como el de Madrid aplican un procedimiento a la inversa... es
decir, que a la velocidad que sale reflejada en la foto le restan el margen
de error, y ᅵsa es la cantidad que figura en el boletᅵn de denuncia, de ahᅵ
que en caso de que el lᅵmite sea 70... el conductor denunciado flipa cuando
ve que en la denuncia figura que ha cometido una infracciᅵn por circular a
72 (y es que ya le han restado el 7 % a la cifra que figura en la foto)
....Y ademᅵs.... ᅵpor quᅵ figura el 7%...?... Pues porque al ayuntamiento le
ha salido de los huevos aplicar esa cifra.
ᅵA dᅵnde nos lleva todo esto....? Pues sencillamente a afirmar que este paᅵs
que es Espaᅵa, es una casa de putas.... con leyes que desconciertan al
ciudadano, con administraciones que no siguen un mismo criterio o aplican lo
que les da la gana, con ciudadanos que pueden ser sancionados de distinta
manera en base a unas mismas leyes, en funciᅵn de la autoridad competente de
turno.
Ejemplo-1: vehᅵculo circulando a 146 kmh detectado por cinemᅵmetro estᅵtico
en zona de lᅵmite 120
.- SCT catalᅵn: 100 ᅵ y sin puntos
.- Trafikoa vasco: 150 ᅵ y 2 puntos menos
.- DGT: 100 ᅵ y sin puntos
Ejemplo-2: mismo lᅵmite 120 kmh, radar estᅵtico, y vehᅵculo detectado a 128
kmh
.- SCT y Trafikoa: 100 ᅵ
.- DGT: no hay denuncia
Ejemplo-3: lᅵmite 120 kmh, radar estᅵtico, y vehᅵculo detectado a 178 kmh
.- Soria: 300 ᅵ, 4 puntos y un mes de retirada
.- Zaragoza: 300 ᅵ, 4 puntos, .... y dos meses de retirada... o sin
retirada.... puesto que eso lo determina el jefe provincial de trᅵfico.... o
el jefe del centro de denuncias automatizadas que hay en Leᅵn.
En definitiva, sacad vuestras propias conclusiones ante semejante
desaguisado.... y tened en cuenta que el cinemᅵmetro puede medir que vas a
135 cuando en realidad vas a 130 reales .... porque para eso tiene una
tolerancia del 4 % (por exceso y/o por defecto) en caso de ser doppler y
estᅵtico. NO se debe apurar tanto.
Un aᅵadido: en territorio DGT no denuncian hasta 132 MEDIDOS si el lᅵmite es
120, pero esos 132 son los 132 que el cinemᅵmetro mide , es decir, que NO
son los 132 que lleva el vehᅵculo (por muy reales que sean).
... "
--
Saludos, ;-)
Riviera.
Y me dejo la parte de error de nuestros velocᅵmetros del cuadro de
instrumentos... no encuentro le nombre o referencia de la directiva
europea... a alguien le suena ayudarrr !!!!
He obtenido los datos, pero no la referencia...
"...
Una Directiva Europea regula cᅵmo deben ser los velocᅵmetros de los
automᅵviles que se comercialicen en sus estados miembros para que los
vehᅵculos puedan ser homologados. Estipula, por un lado, que la velocidad
que marca debe ser siempre superior a la real y, por otro, que la diferencia
entre la velocidad indicada y la real debe ser menor o igual que la
velocidad real dividida entre 10 mᅵs 4. Es decir, para una velocidad de 80,
el lᅵmite de error mᅵximo serᅵa de 12 km/h y en 100 de 14 km/h. Hasta antes
de entrar en vigor esta Directiva, la ley espaᅵola preveᅵa un error mᅵximo
del velocᅵmetro de un 5 por ciento, de mᅵs o de menos
..."
TODOS A RECURRIR !!!! TODOS A RECURRIR !!!! TODOS A RECURRIR !!!! TODOS A
RECURRIR !!!! TODOS A RECURRIR !!!!
--
Saludos, ;-)
Riviera.
Encontrada.
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2000:106:0001:0006:ES:PDF
... aunque es un jarro de agua frᅵa....
"la velocidad indicada nunca puede ser inferior a la velocidad real"
Esto sᅵlo nos puede servir para multas por velocidad inferior a la legal..
--
Saludos, ;-)
Riviera.
> Y me dejo la parte de error de nuestros velocᅵmetros del cuadro de
> instrumentos... no encuentro le nombre o referencia de la directiva
> europea... a alguien le suena ayudarrr !!!!
> He obtenido los datos, pero no la referencia...
(...)
> entre la velocidad indicada y la real debe ser menor o igual que la
> velocidad real dividida entre 10 mᅵs 4. Es decir, para una velocidad de
> 80,
O que con la ley en la mano, para un velocimetro que indica 200
200 - V <= V/10 + 4
V >= 178.18
Lo que dejarᅵa dentro de la legalidad algun legendario 205km/h visto en el
marcador de una CB500 :-D
> http://www.boe.es/boe/dias/2009/11/24/pdfs/BOE-A-2009-18732.pdf
¿Que se puede esperar de un departamento gobernado por alguien que
odia conducir y siempre va con chofer?
> estaba tramitando en las Cortes. Curiosamente, ni un solo medio,
En el 20 minutos hacían una miserable reseña hoy :(
Salu2 a to2
>
> Han publicado ayer las modificaciones de la Ley de Trᅵfico que se
> estaba tramitando en las Cortes. Curiosamente, ni un solo medio, que yo
> oyese, se ha hecho eco del tema.
>
>
>
> "Cuadro de sanciones y puntos por exceso de velocidad
> Infracciᅵn sobre exceso de velocidad captado por cinemᅵmetro"
>
> Resumen:
>
> lᅵmite 120 -> Exceso de velocidad grave -> 121-150 -> 100 Euros
>
>
> Vamos que lo que diga el radar, nada de tener en cuenta los mᅵrgenes de
> error de los velocᅵmetros de los autos.
>
> HAY QUE LAPIDAR YA A ESTA PANDA DE HIJOS DE LA GRAN P*TA.
>
> Primero dicen que sᅵ, luego que no y finalmente aprueban que sᅵ.
>
>
>
>
> GRRRRR TENᅵA QUE HABERME ACOSTADO ANTES. AHORA YA VOY DE MALA OSTIA
>
> 8-o 8-o 8-o 8-o
>
Yo dirᅵa que eso ya es asᅵ desde hace tiempo.
Pongamos un ejemplo:
Lᅵmite 90. Velocidad real 104. Te hacen una foto y te mandan una
notificaciᅵn por circular a 104-(104*10/100) = 94 porque tienen en
cuenta los mᅵrgenes de error, homologaciones y bla bla. Lo que pasa es
que la cifra final jamᅵs puede ser inferior a 90.
Ah... es un caso real de hace un aᅵo o dos mᅵs o menos.
--
"Lo importante no es lo que se come, sino cᅵmo se come."
Epicteto
"... y con quien se come."
Luis F.
> �Que se puede esperar de un departamento gobernado por alguien que
> odia conducir y siempre va con chofer?
Qui�n? �ste?
http://www.elperiodicodearagon.com/noticias/noticia.asp?pkid=508831
http://www.bmwfaq.com/f7/el-misterio-de-los-asistentes-al-homenaje-sorpresa-a-pere-navarro-438780/
Claro, as� cualquiera, recientemente presum�a de que a�n tiene todos los puntos.
--
Margano EChMotor#182 BAS#000
-------------------------------------------------
Alfa 156 2.4 JTD '01
No lo he leido por lo que es probable que hable de más, pero no se
podría entender que es la velocidad del cinemómetro ... una vez
aplicada la corrección de error? Es decir que si (según el otro post
que hay de Riviera) un cinemómetro fijo puede tener (o se admite)
hasta un 3% de la velocidad medida, en caso que vayas a 129 km/h de
marcador (y que se supone unos 4 km/h de exceso), la "corrección" de
la velocidad real y el error del cinemómetro del 5% te supone foto a
121 km/h ... y entonces serías sancionado.
Entiendo que lo que capta el cinemómetro tiene que estar referenciado
con el error admisible en la homologación. Y probablemente se refiera
a la velocidad registrada por el cinemómetro corregida. El principal
cambio es que todo el mundo pensaba en lo del 10% y realmente es un 3%
de margen en el cinemómetro y lo que mienta tu velocímetro.
La situación sería exactamente la misma que había salvo que no es tan
sensacionalista.
Un saludo
Pch
> Yo dirᅵa que eso ya es asᅵ desde hace tiempo.
[..]
Efectivamente, pero ahora pueden sancionarte si vas EXACTAMENTE a 121
medido por el radar, sin aplicar porcentajes ni gaitas.
:(
--
Saludos de Bron.
Desde la Villa del Adelantado.
----
ᅵᅵPor quᅵ deberᅵa preocuparme por la posteridad? ᅵQuᅵ ha hecho la
posteridad por mᅵ?ᅵ
(Groucho Marx)
> O que con la ley en la mano, para un velocimetro que indica 200
>
> 200 - V <= V/10 + 4
>
> V >= 178.18
>
> Lo que dejarᅵa dentro de la legalidad algun legendario 205km/h visto en el
> marcador de una CB500 :-D
Meeeccc error. Mira mi contestaciᅵn a Rivi.
--
Saludos de Bron.
Desde la Villa del Adelantado.
----
ᅵᅵA quiᅵn va usted a creer, a mᅵ o a sus propios ojos?ᅵ
(Groucho Marx)
> Encontrada.
>
> http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2000:106:0001:0006:ES:PDF
>
>
> ... aunque es un jarro de agua frᅵa....
>
> "la velocidad indicada nunca puede ser inferior a la velocidad real"
>
> Esto sᅵlo nos puede servir para multas por velocidad inferior a la legal..
Exactamente esa es LA TRAMPA a la que se van a acoger para RECHAZAR
SISTEMATICAMENTE CUALQUIER RECURSO que interpongas.
Ya estaba calculado.
En cuanto al error de los radares y demᅵs sistemas, con expedir
certificados que digan que tienen un 1% de error o menos, se quedan tan
panchos y te joden recurrir alegando ese error.
YA LOS VEᅵA VENIR
Pero lo de CiU y colegas que decᅵa que cambiarᅵan lo de multar a +1 kmh
de lᅵmite deberᅵan crucificarlos YA.
Todo por la pasta. Como ahora estan viendo reducida la recaudaciᅵn de
impuestos por la crᅵsis y un incremento de gastos, no van a
desaprovechar la oportunidad de cobrar por lo que sea.
--
Saludos de Bron.
Desde la Villa del Adelantado.
----
ᅵLa imaginaciᅵn es mᅵs importante que el conocimiento.ᅵ
(Albert Einstein)
> aplicada la correcciᅵn de error? Es decir que si (segᅵn el otro post
> que hay de Riviera) un cinemᅵmetro fijo puede tener (o se admite)
> hasta un 3% de la velocidad medida, en caso que vayas a 129 km/h de
> marcador (y que se supone unos 4 km/h de exceso), la "correcciᅵn" de
> la velocidad real y el error del cinemᅵmetro del 5% te supone foto a
> 121 km/h ... y entonces serᅵas sancionado.
> Entiendo que lo que capta el cinemᅵmetro tiene que estar referenciado
> con el error admisible en la homologaciᅵn. Y probablemente se refiera
> a la velocidad registrada por el cinemᅵmetro corregida. El principal
Es "hasta". O sea, que con homologar cada radar con un error ᅵnfimo,
digamos un 0,5% o 1% se acabᅵron las cuentas de la vieja.
> cambio es que todo el mundo pensaba en lo del 10% y realmente es un 3%
> de margen en el cinemᅵmetro y lo que mienta tu velocᅵmetro.
En realidad lo hacᅵan por el error del velocᅵmetro de los coches (el
error que tiene uno y otro son independientes y no se suma -> tᅵpico
error que comᅵtiamos tiempo ha y que ya ha sido ampliamente discutido y
comprobado).
Pero desde que sacaron la reforma esa de la UE, que obliga a los
fabricantes a que ese error sea de menos y nunca marque una velocidad
superior a la real, ya se les veᅵa las intenciones.
--
Saludos de Bron.
Desde la Villa del Adelantado.
----
ᅵYippy ka hey, hijo de putaᅵ.
John McClane
('Jungla de cristal')
Hombre, que se supone que la homologación la hace un organismo
independiente ...
...
...
je je jo jo ... juaaaa ...
si ... en fin ... ya ... ya lo se.
>
> > cambio es que todo el mundo pensaba en lo del 10% y realmente es un 3%
> > de margen en el cinemómetro y lo que mienta tu velocímetro.
>
> En realidad lo hacían por el error del velocímetro de los coches (el
> error que tiene uno y otro son independientes y no se suma -> típico
> error que cométiamos tiempo ha y que ya ha sido ampliamente discutido y
> comprobado).
No. No es eso. Un velocímetro marca (casi siempre) de más. En mi caso
unos 4 km/h entre 120 - 150 km/h. Por tanto, cuando voy a 124 km/h de
marcador, realmente voy a 120km/h.
Por otro lado, un radar puede tener un error de un 3%. Por tanto,
cuando voy a 120 km/h (reales), el radar puede haber medido 123,6 km/h
o puede haber medido 116,4 km/h (no se sabe exáctamente cuando es para
un lado o para otro). Como (y que me corrijan los entendidos en leyes)
a la hora de sancionar siempre se ha de hacer en el caso más favorable
posible, tienen que "asumir" que el error del 3% es por exceso.
Esto es, que siempre va a medir de más. Por tanto hasta que el radar
no mida 123,7 km/h no se puede asegurar que en cualquiera de las
circunstancias de medición el vehículo iba, como mínimo, a 120 km/h.
Los 121 km/h sancionables (seguro que ibas a 121 o más) sería una
lectura de 124,74 km/h.
Y como mi marcador miente 4 km/h y estoy casi seguro que el 99,9% de
los radares fijos tienen una lectura correcta (si acaso unas décimas
de km/h arriba o abajo) esto indica que puedes circular
aproximadamente a unos 128,74 km/h de marcador.
Esto si quieres apurar. Si no te quieres jugar los 100 euros, vete a
120km/h de marcador y déjate de historias, porque tampoco supone
demasiado esos 8 km/h. Y si te la pelan los 100€ y sólo quieres salvar
los puntos, entonces déjate de gilipolleces y vete a 150 km/h de
marcador y paga cuando te pillen.
Yo la verdad es que tampoco le veo demasiada historia. Porque si lo
que quieren es multar con 121 km/h de lectura (que es lo que han dicho
los periólistos) entonces han hecho una norma ilegal y están tardando
los RACE, RAC y demás en presentar el recurso administrativo
correspondiente.
Un saludo
Pch
"Pch" <alva...@gmail.com> escribi� en el mensaje
news:d8109e71-b44e-4079...@r24g2000yqd.googlegroups.com...
On 25 nov, 13:37, Bron <xer...@hotmail.com> wrote:
> En el ultimo mensaje, Pch dec�a no se qu�...
>
>
> Es "hasta". O sea, que con homologar cada radar con un error �nfimo,
> digamos un 0,5% o 1% se acab�ron las cuentas de la vieja.
Hombre, que se supone que la homologaci�n la hace un organismo
independiente ...
...
...
je je jo jo ... juaaaa ...
si ... en fin ... ya ... ya lo se.
>
> > cambio es que todo el mundo pensaba en lo del 10% y realmente es un 3%
> > de margen en el cinem�metro y lo que mienta tu veloc�metro.
>
> En realidad lo hac�an por el error del veloc�metro de los coches (el
> error que tiene uno y otro son independientes y no se suma -> t�pico
> error que com�tiamos tiempo ha y que ya ha sido ampliamente discutido y
> comprobado).
No. No es eso. Un veloc�metro marca (casi siempre) de m�s. En mi caso
unos 4 km/h entre 120 - 150 km/h. Por tanto, cuando voy a 124 km/h de
marcador, realmente voy a 120km/h.
Por otro lado, un radar puede tener un error de un 3%. Por tanto,
cuando voy a 120 km/h (reales), el radar puede haber medido 123,6 km/h
o puede haber medido 116,4 km/h (no se sabe ex�ctamente cuando es para
un lado o para otro). Como (y que me corrijan los entendidos en leyes)
a la hora de sancionar siempre se ha de hacer en el caso m�s favorable
posible, tienen que "asumir" que el error del 3% es por exceso.
Esto es, que siempre va a medir de m�s. Por tanto hasta que el radar
no mida 123,7 km/h no se puede asegurar que en cualquiera de las
circunstancias de medici�n el veh�culo iba, como m�nimo, a 120 km/h.
Los 121 km/h sancionables (seguro que ibas a 121 o m�s) ser�a una
lectura de 124,74 km/h.
Y como mi marcador miente 4 km/h y estoy casi seguro que el 99,9% de
los radares fijos tienen una lectura correcta (si acaso unas d�cimas
de km/h arriba o abajo) esto indica que puedes circular
aproximadamente a unos 128,74 km/h de marcador.
Esto si quieres apurar. Si no te quieres jugar los 100 euros, vete a
120km/h de marcador y d�jate de historias, porque tampoco supone
demasiado esos 8 km/h. Y si te la pelan los 100� y s�lo quieres salvar
los puntos, entonces d�jate de gilipolleces y vete a 150 km/h de
marcador y paga cuando te pillen.
Yo la verdad es que tampoco le veo demasiada historia. Porque si lo
que quieren es multar con 121 km/h de lectura (que es lo que han dicho
los peri�listos) entonces han hecho una norma ilegal y est�n tardando
los RACE, RAC y dem�s en presentar el recurso administrativo
correspondiente.
Un saludo
Pch
Todos con cartelitos en la luna trasera con un lema que explique por
qué circulas a velocidad legal colapsando el tráfico.
Yo no veo otra salida.
Y si circulamos tocandoloswebs preferentemente por las cercanías de
los bienpagados parlamentos y ayuntamientos... mejor que mejor.
Esto tiene que reventar: un pais de mileuristas no puede seguir
manteniendo tanta duplicidad de administración que no hace más que
liar la madeja.
> No lo he leido por lo que es probable que hable de m�s, pero no se
> podr�a entender que es la velocidad del cinem�metro ... una vez
> aplicada la correcci�n de error? Es decir que si (seg�n el otro post
> que hay de Riviera) un cinem�metro fijo puede tener (o se admite)
> hasta un 3% de la velocidad medida, en caso que vayas a 129 km/h de
> marcador (y que se supone unos 4 km/h de exceso), la "correcci�n" de
> la velocidad real y el error del cinem�metro del 5% te supone foto a
> 121 km/h ... y entonces ser�as sancionado.
Es que da por culo !!! Puedes ir a velocidad real de 118 km/h y si al se�or
radar, le da por marcar un 3 % de m�s, te multan !!!!
Por cierto, ahora que lo pienso la normativa sobre el error del veloc�metro,
habr� que referenciarlo al momento de homologaci�n del veh�culo, es decir,
si tu coche se dise�� y homolog� antes de esa directiva, te puedes agarrar
al error 5 %, por arriba o por abajo. Alegando que tu coche marca un 5% de
menos, algo m�s se puede rascar.
--
Saludos, ;-)
Riviera.
C�digo Penal Espa�ol
1. No ser� castigado ning�n delito ni falta con pena que no se halle
prevista por Ley anterior a su perpetraci�n. Carecer�n, igualmente, de
efecto retroactivo las Leyes que establezcan medidas de seguridad.
2. No obstante, tendr�n efecto retroactivo aquellas leyes penales que
favorezcan al reo, aunque al entrar en vigor hubiera reca�do sentencia firme
y el sujeto estuviese cumpliendo condena. En caso de duda sobre la
determinaci�n de la Ley m�s favorable, ser� o�do el reo. Los hechos
cometidos bajo la vigencia de una Ley temporal ser�n juzgados, sin embargo,
conforme a ella, salvo que se disponga expresamente lo contrario.
Pero este tipo de protecci�n no se aplica o se aplica en grado m�nimo al
derecho administrativo sancionador. Y menos en la interpretaci�n del mismo
precepto o reglamento que da lugar a la infracci�n y a la consiguiente
sanci�n. En otras palabras indefensi�n absoluta del ciudadano/conductor por
muchas vueltas t�cnicas que quiera d�rsele.
> Esto es, que siempre va a medir de ma�s. Por tanto hasta que el radar
> no mida 123,7 km/h no se puede asegurar que en cualquiera de las
> circunstancias de medici�n el veh�culo iba, como m�nimo, a 120 km/h.
> Los 121 km/h sancionables (seguro que ibas a 121 o m�s) ser�a una
> lectura de 124,74 km/h.
>
> Y como mi marcador miente 4 km/h y estoy casi seguro que el 99,9% de
> los radares fijos tienen una lectura correcta (si acaso unas d�cimas
> de km/h arriba o abajo) esto indica que puedes circular
> aproximadamente a unos 128,74 km/h de marcador.
>
> Esto si quieres apurar. Si no te quieres jugar los 100 euros, vete a
> 120km/h de marcador y d�jate de historias, porque tampoco supone
> demasiado esos 8 km/h. Y si te la pelan los 100� y s�lo quieres salvar
> los puntos, entonces d�jate de gilipolleces y vete a 150 km/h de
> marcador y paga cuando te pillen.
Exacto.
> Yo la verdad es que tampoco le veo demasiada historia. Porque si lo
> que quieren es multar con 121 km/h de lectura (que es lo que han dicho
> los peri�listos) entonces han hecho una norma ilegal y est�n tardando
> los RACE, RAC y dem�s en presentar el recurso administrativo
> correspondiente.
Es una disposici�n con fuerza de ley. S�lo cabe el recurso de
anticonstitucionalidad ante el T.C. pero s�lo est�n legitimados para
interponerlo los diputados o senadores, el Gobierno, el Defensor del Pueblo
y �rganos legislativos o ejecutivos de las CC.AA.
On 2009-11-25 04:00:53 +0100, Bron <xer...@hotmail.com> said:
> PAASEEENN Y LEEANN ESTOOOO:
>
> http://www.boe.es/boe/dias/2009/11/24/pdfs/BOE-A-2009-18732.pdf
>
> PAGINA 27
> ANEXO IV
>
> VER TABLA
>
>
>
>
>
>
>
>
>
>
>
>
>
>
>
>
>
>
>
> Han publicado ayer las modificaciones de la Ley de Tr�fico que se
> estaba tramitando en las Cortes. Curiosamente, ni un solo medio, que yo
> oyese, se ha hecho eco del tema.
>
>
>
> "Cuadro de sanciones y puntos por exceso de velocidad
> Infracci�n sobre exceso de velocidad captado por cinem�metro"
>
> Resumen:
>
> l�mite 120 -> Exceso de velocidad grave -> 121-150 -> 100 Euros
>
>
> Vamos que lo que diga el radar, nada de tener en cuenta los m�rgenes de
> error de los veloc�metros de los autos.
>
> HAY QUE LAPIDAR YA A ESTA PANDA DE HIJOS DE LA GRAN P*TA.
>
> Primero dicen que s�, luego que no y finalmente aprueban que s�.
>
>
>
>
> GRRRRR TEN�A QUE HABERME ACOSTADO ANTES. AHORA YA VOY DE MALA OSTIA
>
> 8-o 8-o 8-o 8-o
--
Fiat Grande Punto 1.3 multijet 2008-�?
Dodge Neon 2.0 SOHC 2005-2007
Renol Clio 1.9D 2002-�?
> Es una disposici�n con fuerza de ley. S�lo cabe el recurso de
> anticonstitucionalidad ante el T.C. pero s�lo est�n legitimados para
> interponerlo los diputados o senadores, el Gobierno, el Defensor del Pueblo
> y �rganos legislativos o ejecutivos de las CC.AA.
>
>
>
In... Inconstitucionalidad. Es decir, que no est� permitido por la
Constituci�n. Anticonstitucional ser�a si fuera contra la Constituci�n
de manera directa, y no es el caso.
Un saludo (C.T.)
PD: Se te olvidan los jueces, que pueden plantear una cuesti�n de
inconstitucionalidad si consideran que la ley infringe la Constituci�n
de alguna manera.
Co�e. Estaba planteando la impugnaci�n de la Constituci�n actual y la
apertura de un nuevo proceso constituyente.. Vaya cosas.
> PD: Se te olvidan los jueces, que pueden plantear una cuesti�n de
> inconstitucionalidad si consideran que la ley infringe la Constituci�n de
> alguna manera.
Efectivamente.
> Por cierto, ahora que lo pienso la normativa sobre el error del velocᅵmetro,
> habrᅵ que referenciarlo al momento de homologaciᅵn del vehᅵculo, es decir, si
> tu coche se diseᅵᅵ y homologᅵ antes de esa directiva, te puedes agarrar al
> error 5 %, por arriba o por abajo. Alegando que tu coche marca un 5% de
> menos, algo mᅵs se puede rascar.
Pues la Directiva es de 2000 y los paises miembros deberᅵan haber
adaptado su legislaciᅵn en el tema para 2001. Asᅵ que o tienes un coche
un poco abuelete o nasti de plasti.
:(
--
Saludos de Bron.
Desde la Villa del Adelantado.
----
ᅵLo radares no tienen afan recaudatorio. (Seguimos contando el
dinero...)ᅵ
(La DGT)
> Y con los cuentakilometros analᅵgicos que?
>
??
--
Saludos de Bron.
Desde la Villa del Adelantado.
----
ᅵLa ᅵnica iglesia que ilumina es la que arde.ᅵ
(Anᅵnimo)
> Mirad, la ᅵnica soluciᅵn es una huelga de celo.
>
> Todos con cartelitos en la luna trasera con un lema que explique por
> quᅵ circulas a velocidad legal colapsando el trᅵfico.
>
> Yo no veo otra salida.
>
> Y si circulamos tocandoloswebs preferentemente por las cercanᅵas de
> los bienpagados parlamentos y ayuntamientos... mejor que mejor.
>
>
> Esto tiene que reventar: un pais de mileuristas no puede seguir
> manteniendo tanta duplicidad de administraciᅵn que no hace mᅵs que
> liar la madeja.
+1
--
Saludos de Bron.
Desde la Villa del Adelantado.
----
ᅵHe tenido una noche absolutamente maravillosa. Pero no ha sido ᅵsta.ᅵ
(Groucho Marx)
"Bron" <xer...@hotmail.com> escribi� en el mensaje
news:mn.cd4e7d9ba...@hotmail.com...
> En el ultimo mensaje, Eva dec�a no se qu�...
>
>> Y con los cuentakilometros anal�gicos que?
>>
>
> ??
>
> --
> Saludos de Bron.
> Desde la Villa del Adelantado.
> ----
> �La �nica iglesia que ilumina es la que arde.�
> (An�nimo)
>
>
Pues tiene bastante miga lo que dices, porque es verdad... perfectamente en
un recurso a�adir�a ese detalle, porque los veloc�metros, adem�s de su
exactitud, luego tienes que leerlos, y dependiendo de como sea su
graduaci�n, la percepci�n es distinta.
El conductor, si quiere cumplir la norma, es quien voluntariamente decide ir
a 120 km/h, y gui�ndose por el veloc�metro y su lectura, asegura que circula
a esa velocidad. Pues en el veloc�metro va a haber un margen de
incertidumbre por arriba y por abajo, donde no sabes exactamente a la
velocidad a la que vas, sino que sabes que la velocidad puede estar entre
120-d, 120+d, seg�n lectura. Tu obligaci�n como conductor que que leas 120
en el veloc�metro.
A m� me ponen una multa a 121, y un desarrollo de incertidumbres les pongo
en el recurso.
> "Bron" <xer...@hotmail.com> escribi� en el mensaje
> news:mn.cd4e7d9ba...@hotmail.com...
>> En el ultimo mensaje, Eva dec�a no se qu�...
>>
>>> Y con los cuentakilometros anal�gicos que?
--
Saludos, ;-)
Riviera.
> In article <mn.cd477d9b7...@hotmail.com>,
> Bron <xer...@hotmail.com> wrote:
>
>>> Esto tiene que reventar: un pais de mileuristas no puede seguir
>>> manteniendo tanta duplicidad de administraci�n que no hace m�s que
>>> liar la madeja.
>>
>> +1
>
> T� lo has dicho. Y recordad que la cantidad que gana un mileurista al
> mes, para el presidente del parlamento catal�n es "mil pu�eteros euros".
> Algo que se puede derrochar en traductores nicarag�ense-catal�n sin que
> haya que montar ning�n revuelo.
>
> Es la nueva nobleza, los nuevos se�oritos del cortijo.
Nunca yo lo hubiese expresado mejor...
--
http://www.elmercadodesanabria.es/
Ahora El Macario, seg�n El Gominolo
Todos somos muy ignorantes,
lo que ocurre es que no todos ignoramos las mismas cosas (*)
Hay dos cosas que verdaderamente son infinitas :
El Universo y la estupidez humana (**)
(*) Einstein
(**) El mismo :-)
Y escribir en :
http://boards2.melodysoft.com/app?ID=jorge49810
Siempre puedes buscar un perito como el de
ww.rita.es/incertidumbres.pdf
--
Mis fotos en www.flickr.com/photos/deferrol
Sᅵ ya, y que me saque una campana de Gauss, y la autoridad sancionadora que
diga que estoy en el extremo +3*sigma de la campana y que tengo un 1 % de
probabilidades de ir a 240 km/h, y me meten a la cᅵrcel por eso !!!!
XDDd
--
Saludos, ;-)
Riviera.
> PAASEEENN Y LEEANN ESTOOOO:
>
> http://www.boe.es/boe/dias/2009/11/24/pdfs/BOE-A-2009-18732.pdf
>
> PAGINA 27
> ANEXO IV
>
> VER TABLA
>
Llego tarde, como siempre.
Lo que dijeron y la votaci�n que, como siempre, hicieron en conjunto, en
vez de una en una, hala, as� tiramos una y las que las acompa�an y
enmienda de CIU a tomar por culo:
http://www.congreso.es/public_oficiales/L9/CONG/DS/PL/PL_118.PDF
(p�ginas 15 y 63 (votos))
--
PGP | /"\ ASCII ribbon campaign
(Pretty Good Privacy) | \ / against HTML mail and
UserID Sherkan | X postings.
KeyID 0x52C4F55C | / \ (c) Black Dragon