Puedes contabilizar como corto plazo hasta diciembre y, además, te resultará
más operativo ya que así, cuando vayas a hacer el cierre del ejercicio,
traspasarás de largo a corto todo lo que venza el año que viene. Lo
importante es que en las cuentas anuales aparezca a corto plazo todo lo que
venza en el ejercicio siguiente.
Saludos.
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"Kinito" <
condos...@iespana.es> escribió en el mensaje
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