Fwd: RV: COMUNICADO

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joel navas

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Sep 28, 2017, 12:09:59 PM9/28/17
to asesor...@googlegroups.com, desarro...@googlegroups.com, erpco...@googlegroups.com

Estimados miren la perlita del SENIAT como lo interpretan

Los de las maquinas fiscales tienen que adecuar al esquema de totales al final y por lo visto va a ser complicado.
En caso de que no se adecuen, tendran que usar talonarios.. imagina un automercado

Estos legisladores como que no saben como se manejan las tasas en la maquinas fiscales.
Una caja registradora, como se como eso.?

Ahi se las dejo

Estan esperando que el SENIAT rectifique esa providencia, porque seria el caos y las multas sin sentido.


---------- Mensaje reenviado ----------
De: haime hidalgo <vent...@gmail.com>
Fecha: 28 de septiembre de 2017, 11:57
Asunto: Fwd: RV: COMUNICADO
Para: joel navas <joel....@sgtcontable.com>




---------- Mensaje reenviado ----------
De: EFG Consultores <efg_con...@hotmail.com>
Fecha: 28 de septiembre de 2017, 11:39
Asunto: RV: COMUNICADO
Para: VETASEFG HAIME <vent...@gmail.com>






De: EFG Mundo Tecnologico C.A. <efg-mundotecnologico@hotmail.com>
Enviado: jueves, 28 de septiembre de 2017 03:05 p.m.
Para: efg_con...@hotmail.com
Asunto: RV: COMUNICADO
 





De: PANATEL DE VENEZUELA, C. A. <panat...@gmail.com>
Enviado: jueves, 28 de septiembre de 2017 09:43 a.m.
Para: 'inversiones systelven'; 'Bordados Guillen'; 'HIDROGAS C.A'; 'Corporación Gentequeimporta, C.A.'; 'Miguel Almendro'; 'Yulaima SPECTRUM TECNOLOGIA Cabarcas'; 'H CONTROL SEGURIDAD KUAN'; 'Ven...@it-inversa.com.ve'; 'Ventas DATAMASTIL, C.A.'; 'Roberto Esparza'; 'EFG Mundo Tecnologico C.A.'; 'YEFFERSON FENG'; 'Andrea compugate center Valentina Guillen Perez'; 'Oneida Garcia'; 'Jose Villalobos'; 'Kesillas c.a'; 'Kerby hernandez SUPRATOR'; 'GLOBAL MOTORS'; 'Licenciaskey'; 'Luis Vera (COMPUFACIL)'; 'TelData MCY, c.a.'; 'Net Inside'; 'Net Inside Ventas'; 'Luis Jimenez'; 'Daniel Gfive'; 'repuestosyparabrisas san judas tadeo'; 'SURTIELECTRICOS SANTA ROSA'; 'TEALCA SANTA ROSA 5116B'; 'Astrid Uzcátegui'; 'PEDRO PANAOFFICE VENTAS'; 'JIM JUR IT INVERSA'; 'NERVICOM. Consultora de Ventas - Zaida Cepeda'; 'OSCAR GONZALEZ'; 'WILIANS TINEDO'; 'Luis lopez corporacion m & m solution ca'; 'Alessandro Jimenez'; 'Yajaira Gualdron'; 'StarNet Solutions'; 'Richard Garcia'; 'Alberto Lozada (MACROTEL)'; 'Manuel Rivero'; mariasw...@linemak.com; 'Maria Serio'; 'Lanbox Store'; 'Kristell Graff'; 'Centro de Soluciones en Redes'; 'aa latinoamericana de sistemas'; 'Administracion sinacop'; 'Anibal de Jesus Zuluaga Monsalve'; ant...@farmavero.com; 'antonio francisco controles tv'; 'braincorp'; 'calzados fion ruth'; 'Cuentas por Pagar Vepreca'; 'IRELI'; 'roiner rodriguez ireli'; 'Orioli´s Computer C.A TLF 0243-5547932-5543287'; 'IMPRESORA ANDI'
Asunto: RE: COMUNICADO
 

Buenos días.

 

Ayer el Seniat publicó la Providencia Administrativa SNAT/2017/0048, en la que dicta las formalidades que deben cumplir los contribuyentes para la emisión de facturas, declaración y pago por las ventas efectuadas a personas que les aplique el beneficio de la rebaja del 3% o 5% de la alícuota general del IVA, a continuación les copio el artículo publicado por el LIc. Camilo London, en el cual presenta algunas alternativas para cumplir con lo establecido en dicha Providencia:

  •  

Publicado por Camilo London  septiembre 28, 2017

SENIAT DICTA PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA QUE REGULA FORMALIDADES PARA REBAJA DEL IVA DEL 3% Y 5% POR PAGOS ELECTRÓNICOS

https://1.bp.blogspot.com/-GbF8nsV5hlI/Wcv7oZz-hJI/AAAAAAAAIg0/G2VnjXg2Im8PqcArX9TY5PWXbhf_uborQCLcBGAs/s400/C%25C3%25A1lculo2.png

 

El SENIAT dictó la Providencia Administrativa SNAT/2017/0048 del 21 de septiembre 2017 que se publica en la Gaceta Oficial Nro. 41.244 del 26 de septiembre de 2017, en la cual establece las formalidades que deben considerar los contribuyentes del IVA para la emisión de facturas, declaración y pago por las ventas de bienes muebles y prestaciones de servicios efectuadas a personas naturales y jurídicas, que tienen el beneficio de la rebaja del 3% o 5% de la alícuota impositiva general del IVA.

Se debe "indicar" la rebaja de la alícuota...

Se indica en la Providencia Administrativa que además de atender al cumplimiento de los requisitos previstos ya para la emisión de facturas fiscales en las normas dictadas a tales fines , estas deberán además "indicar la rebaja del tres o cinco (3 ó 5%) de la alícuota impositiva general del IVA según corresponda", cuando el consumidor cumpla con la condición de pago electrónico prevista en el Decreto 3.085. No señala la norma la forma en la cual de debe "INDICAR" dicha rebaja. 

https://4.bp.blogspot.com/-lYAMVMA4q9M/WczMptu6b6I/AAAAAAAAIhY/xU_HI6EaG3UJ2FCmEqSJOP_2eBgnE9MkwCLcBGAs/s400/PA48%2B%25282%2529.png


Lo cierto es que el Ejecutivo no estaría facultado para conceder rebajas de alícuotas del IVA, sino para modificar las alícuotas en los términos dispuestos en los artículos 27 y 62 de la Ley que rige a dicho tributo. Pero, son tiempos de la muerte del derecho tributario en el país...

Una forma de dar lectura al artículo 2 de la PA 0048, es que la misma exige, además de los requisitos previstos en la PA 0071, que se indique también la rebaja del porcentaje señalado de la alícuota del IVA.

Es decir, además de los requisitos previstos en la PA 0071, se debe atender el nuevo requisito establecido en la PA 0048. Visto de esa forma se podría plantear que la factura identifique dichos requisitos de esta forma:

https://3.bp.blogspot.com/-2MKgmXI6WHY/WcwbdFUwt7I/AAAAAAAAIhI/sNCbg5efWPsGh8IVewd4PulYUDzrGjd8wCLcBGAs/s400/Modelo%2Bfactura%2Brebaja%2BAl%25C3%25ADcuota%2B%25281%2529.png


Esta forma o modelo complica la existencia a los contribuyentes que utilizan formatos, los cuales no podrían ser modificados al tener ya establecido los campos en un modelo preestablecido.  Ocurre igual para quienes generan impresión a través de sistemas computarizados que ya tienen definidos los campos a colocar en las facturas, que ahora se verían obligados a modificarlos. Se trata de una complicación de proporciones mayores a las que posiblemente consideraron los redactores de esta normativa.

Otra opción posible en la multiplicidad de escenarios que plantea la abierta redacción de la PA0048 es la siguiente:

https://2.bp.blogspot.com/-XMhWluqGzyA/WczOfnqT1WI/AAAAAAAAIhk/NieYcefnXe4cowSYVe6rxjIl96Jh7A4TACLcBGAs/s400/MODELO%2B2.png


Los contribuyentes del IVA podrán seguir utilizando el medio de emisión de factura que hayan adoptado o que estén obligados a utilizar, sea esto (1) Formatos, (2) Formas Libres o (3) Facturas emitidas por medio de máquina fiscal, siempre y cuando el mismo se pueda adecuar a los requisitos de indicación de la rebaja del 3% o 5%, según corresponda.

https://3.bp.blogspot.com/--oT6ci2fLAw/WczO6EtqGeI/AAAAAAAAIho/VCUSizuNYpgRzLYlEQcN8338gh9cJZ02wCLcBGAs/s400/PA48%2B%25283%2529.png

 

En caso de que la máquina fiscal no pueda ser adecuada a los requerimientos exigidos...

En caso de aquellos contribuyentes que estén obligados a usar máquina fiscal no tengan posibilidad de hacer las adecuaciones a las mismas para cumplir los requisitos previstos en el artículo 2 de la PA0048, se prevé en el artículo 4 de dicha norma que estos deberán usar "formatos" elaborados por las imprentas autorizadas "el cual debe reflejar la rebaja del tres o cinco por ciento de la alícuota impositiva general de IVA, indicando en forma mecánica o manual que se realiza conforme al Decreto que establece la rebaja de la alícuota.

Lo que parecen olvidar los redactores de la norma, es que los formatos alternativos elaborados por imprentas autorizadas no tiene previsto un campo para rebajas de alícuota. Dichas rebajas de alícuota nunca estuvieron previstas en la Ley de IVA ni en la normativa sublegal que se ha desarrollado antes del Decreto 3.085.

Los proveedores o fabricantes de máquinas fiscales de máquinas fiscales, a correr...

La PA0048 da un plazo de 5 días hábiles para que los proveedores o fabricantes de máquinas fiscales realicen las adaptaciones a los modelos autorizados por el SENIAT a efectos de que estas puedan incluir las rebajas de impuesto establecidas en el Decreto 3.085.

 

Se señala también que los contribuyentes deben solicitar en el mismo plazo antes señalado a los proveedores o fabricantes de las máquinas fiscales que se hagan las adaptaciones de rigor.

 

Cuando la máquina fiscal no pueda ser adaptada por no tenerse la capacidad técnica para hacerlo, el Proveedor o Fabricante deberá notificarlo al SENIAT en un plazo de dos días hábiles a la entrada en vigencia de la Providencia Administrativa (PA0048).

 

Así mismo, el SENIAT deberá publicar una lista de modelos de máquina fiscal que no pueden adecuarse técnicamente a lo establecido en la PA0048.

 

https://4.bp.blogspot.com/-XYcNWJw9LmA/WczSrgXUSsI/AAAAAAAAIh0/BMClJKhEaMYp8LEsAh15kOxTRXmtMtO2ACLcBGAs/s400/DT%2BPA0048.png

 

Esta Providencia entre en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de Venezuela, lo que ocurrió el 26 de septiembre de 2017. 

 

 

Buenos días.

 

Ayer el Seniat publicó la Providencia Administrativa SNAT/2017/0048, en la que dicta las formalidades que deben cumplir los contribuyentes para la emisión de facturas, declaración y pago por las ventas efectuadas a personas que les aplique el beneficio de la rebaja del 3% o 5% de la alícuota general del IVA, a continuación les copio el artículo publicado por el LIc. Camilo London, en el cual presenta algunas alternativas para cumplir con lo establecido en dicha Providencia:

  •  

Publicado por Camilo London  septiembre 28, 2017

SENIAT DICTA PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA QUE REGULA FORMALIDADES PARA REBAJA DEL IVA DEL 3% Y 5% POR PAGOS ELECTRÓNICOS

https://1.bp.blogspot.com/-GbF8nsV5hlI/Wcv7oZz-hJI/AAAAAAAAIg0/G2VnjXg2Im8PqcArX9TY5PWXbhf_uborQCLcBGAs/s400/C%25C3%25A1lculo2.png

 

El SENIAT dictó la Providencia Administrativa SNAT/2017/0048 del 21 de septiembre 2017 que se publica en la Gaceta Oficial Nro. 41.244 del 26 de septiembre de 2017, en la cual establece las formalidades que deben considerar los contribuyentes del IVA para la emisión de facturas, declaración y pago por las ventas de bienes muebles y prestaciones de servicios efectuadas a personas naturales y jurídicas, que tienen el beneficio de la rebaja del 3% o 5% de la alícuota impositiva general del IVA.

Se debe "indicar" la rebaja de la alícuota...

Se indica en la Providencia Administrativa que además de atender al cumplimiento de los requisitos previstos ya para la emisión de facturas fiscales en las normas dictadas a tales fines , estas deberán además "indicar la rebaja del tres o cinco (3 ó 5%) de la alícuota impositiva general del IVA según corresponda", cuando el consumidor cumpla con la condición de pago electrónico prevista en el Decreto 3.085. No señala la norma la forma en la cual de debe "INDICAR" dicha rebaja. 

https://4.bp.blogspot.com/-lYAMVMA4q9M/WczMptu6b6I/AAAAAAAAIhY/xU_HI6EaG3UJ2FCmEqSJOP_2eBgnE9MkwCLcBGAs/s400/PA48%2B%25282%2529.png


Lo cierto es que el Ejecutivo no estaría facultado para conceder rebajas de alícuotas del IVA, sino para modificar las alícuotas en los términos dispuestos en los artículos 27 y 62 de la Ley que rige a dicho tributo. Pero, son tiempos de la muerte del derecho tributario en el país...

Una forma de dar lectura al artículo 2 de la PA 0048, es que la misma exige, además de los requisitos previstos en la PA 0071, que se indique también la rebaja del porcentaje señalado de la alícuota del IVA.

Es decir, además de los requisitos previstos en la PA 0071, se debe atender el nuevo requisito establecido en la PA 0048. Visto de esa forma se podría plantear que la factura identifique dichos requisitos de esta forma:

https://3.bp.blogspot.com/-2MKgmXI6WHY/WcwbdFUwt7I/AAAAAAAAIhI/sNCbg5efWPsGh8IVewd4PulYUDzrGjd8wCLcBGAs/s400/Modelo%2Bfactura%2Brebaja%2BAl%25C3%25ADcuota%2B%25281%2529.png


Esta forma o modelo complica la existencia a los contribuyentes que utilizan formatos, los cuales no podrían ser modificados al tener ya establecido los campos en un modelo preestablecido.  Ocurre igual para quienes generan impresión a través de sistemas computarizados que ya tienen definidos los campos a colocar en las facturas, que ahora se verían obligados a modificarlos. Se trata de una complicación de proporciones mayores a las que posiblemente consideraron los redactores de esta normativa.

Otra opción posible en la multiplicidad de escenarios que plantea la abierta redacción de la PA0048 es la siguiente:

https://2.bp.blogspot.com/-XMhWluqGzyA/WczOfnqT1WI/AAAAAAAAIhk/NieYcefnXe4cowSYVe6rxjIl96Jh7A4TACLcBGAs/s400/MODELO%2B2.png


Los contribuyentes del IVA podrán seguir utilizando el medio de emisión de factura que hayan adoptado o que estén obligados a utilizar, sea esto (1) Formatos, (2) Formas Libres o (3) Facturas emitidas por medio de máquina fiscal, siempre y cuando el mismo se pueda adecuar a los requisitos de indicación de la rebaja del 3% o 5%, según corresponda.

https://3.bp.blogspot.com/--oT6ci2fLAw/WczO6EtqGeI/AAAAAAAAIho/VCUSizuNYpgRzLYlEQcN8338gh9cJZ02wCLcBGAs/s400/PA48%2B%25283%2529.png

 

En caso de que la máquina fiscal no pueda ser adecuada a los requerimientos exigidos...

En caso de aquellos contribuyentes que estén obligados a usar máquina fiscal no tengan posibilidad de hacer las adecuaciones a las mismas para cumplir los requisitos previstos en el artículo 2 de la PA0048, se prevé en el artículo 4 de dicha norma que estos deberán usar "formatos" elaborados por las imprentas autorizadas "el cual debe reflejar la rebaja del tres o cinco por ciento de la alícuota impositiva general de IVA, indicando en forma mecánica o manual que se realiza conforme al Decreto que establece la rebaja de la alícuota.

Lo que parecen olvidar los redactores de la norma, es que los formatos alternativos elaborados por imprentas autorizadas no tiene previsto un campo para rebajas de alícuota. Dichas rebajas de alícuota nunca estuvieron previstas en la Ley de IVA ni en la normativa sublegal que se ha desarrollado antes del Decreto 3.085.

Los proveedores o fabricantes de máquinas fiscales de máquinas fiscales, a correr...

La PA0048 da un plazo de 5 días hábiles para que los proveedores o fabricantes de máquinas fiscales realicen las adaptaciones a los modelos autorizados por el SENIAT a efectos de que estas puedan incluir las rebajas de impuesto establecidas en el Decreto 3.085.

 

Se señala también que los contribuyentes deben solicitar en el mismo plazo antes señalado a los proveedores o fabricantes de las máquinas fiscales que se hagan las adaptaciones de rigor.

 

Cuando la máquina fiscal no pueda ser adaptada por no tenerse la capacidad técnica para hacerlo, el Proveedor o Fabricante deberá notificarlo al SENIAT en un plazo de dos días hábiles a la entrada en vigencia de la Providencia Administrativa (PA0048).

 

Así mismo, el SENIAT deberá publicar una lista de modelos de máquina fiscal que no pueden adecuarse técnicamente a lo establecido en la PA0048.

 

https://4.bp.blogspot.com/-XYcNWJw9LmA/WczSrgXUSsI/AAAAAAAAIh0/BMClJKhEaMYp8LEsAh15kOxTRXmtMtO2ACLcBGAs/s400/DT%2BPA0048.png

 

Esta Providencia entre en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de Venezuela, lo que ocurrió el 26 de septiembre de 2017. 

 

 

Fouad Hamzi

Panatel de Venezuela, C. A.

58-243-217.38.87/ 300.13.07

58-414-444.59.76

Antes de imprimir este correo, piense si en realidad es necesario.

Salvemos nuestro Planeta.

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De: inversiones systelven [mailto:syste...@gmail.com]
Enviado el: jueves, 28 de septiembre de 2017 9:40
Para: Bordados Guillen; HIDROGAS C.A; Corporación Gentequeimporta, C.A.; Miguel Almendro; Yulaima SPECTRUM TECNOLOGIA Cabarcas; H CONTROL SEGURIDAD KUAN; Ven...@it-inversa.com.ve; Ventas DATAMASTIL, C.A.; Roberto Esparza; EFG Mundo Tecnologico C.A.; YEFFERSON FENG; Andrea compugate center Valentina Guillen Perez; Oneida Garcia; Jose Villalobos; Kesillas c.a; Kerby hernandez SUPRATOR; GLOBAL MOTORS; Licenciaskey; Luis Vera (COMPUFACIL); TelData MCY, c.a.; Net Inside; Net Inside Ventas; Luis Jimenez; Daniel Gfive; repuestosyparabrisas san judas tadeo; SURTIELECTRICOS SANTA ROSA; TEALCA SANTA ROSA 5116B; Astrid Uzcátegui; PEDRO PANAOFFICE VENTAS; JIM JUR IT INVERSA; NERVICOM. Consultora de Ventas - Zaida Cepeda; OSCAR GONZALEZ; WILIANS TINEDO; Luis lopez corporacion m & m solution ca; HANZI; Alessandro Jimenez; Yajaira Gualdron; StarNet Solutions; Richard Garcia; Alberto Lozada (MACROTEL); Manuel Rivero; mariasw...@linemak.com; Maria Serio; Lanbox Store; Kristell Graff; Centro de Soluciones en Redes; aa latinoamericana de sistemas; Administracion sinacop; Anibal de Jesus Zuluaga Monsalve; ant...@farmavero.com; antonio francisco controles tv; braincorp; calzados fion ruth; Cuentas por Pagar Vepreca; IRELI; roiner rodriguez ireli; Orioli´s Computer C.A TLF 0243-5547932-5543287; IMPRESORA ANDI
Asunto: COMUNICADO

 

Buenos días mis saludos a todos mis proveedores, adjunto le envió un comunicado con la finalidad de informales de acuerdo a la gaceta oficial N° 41239 donde se establece la reducción del IVA. sin mas que agregar me despido deseándoles un feliz día. 

 

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SALUDOS.

 

       INVERSIONES SYSTELVEN, CA

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                   TELEF: 0243- 5510431

           CORREO: syste...@gmail.com




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     Lic. Haime Hidalgo
     Gerente de Ventas 
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      0414-4657486



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Saludos 
Joel Navas
GRUPO PROANDSYS.
Dirección de Negocios
Venezuela
Colombia

skype: joelnavas22

El futuro no es un regalo, es una conquista. "Robert Kennedy"




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Saludos 
Joel Navas
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El futuro no es un regalo, es una conquista. "Robert Kennedy"

Hugo Chacin

unread,
Sep 29, 2017, 11:01:02 AM9/29/17
to Joel Navas, erpco...@googlegroups.com, desarro...@googlegroups.com, asesor...@googlegroups.com
Buenos días.

Humildemente les dejo mi apreciación en este correo.

Esos cuadros detallados de la rebaja del iva son una interpretación de la providencia, y ni la maquina fiscal y tampoco los talonarios manuales tienen los espacios suficiente para agregarlos.

Esto obligaría a realizar nuevos talonarios con todas esas casillas, además de las existentes.

Me parece algo desproporcionado tener que emitir nuevos talonarios para todos los contribuyentes habiendo ya unos sin usar, con la escasez de papel. Y poner a grandes contribuyentes de máquinas fiscales a realizar ventas manuales por la no adaptación.

Si nos vamos a la costumbre (ley) esto no se aplico a las ventas del primer trimestre de este año cuando se facturó al 10%. Simplemente a la maquina fiscal se le coloco el 10% y problema solucionado.

Lo que si deben tener los sistemas es un cuadro detallado de las ventas según cada alícuota, que lo pedirá el portal del Seniat.

Yo lo veo desde el punto práctico

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joel navas

unread,
Sep 29, 2017, 11:39:48 AM9/29/17
to Hugo Chacin, erpco...@googlegroups.com, desarro...@googlegroups.com, asesor...@googlegroups.com
Me acaban de confirmar que la gente de TheFactory, que el SENIAT resolvio que van a poner una coletilla al final de la Factura, indicando la rebaja del IVA..

Se usaran las tasas del 9 y 7 como tal.. en casos de rebaja de la tasa genreral.


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