CONVOCATORIA LÍNEA 1 ECONOMÍA SOCIAL ( SOLO PARA COOPERATIVAS Y SOCIEDADES LIMITADAS LABORALES)

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Maria Sierra Salome Cuevas Ruiz

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Mar 17, 2026, 4:52:58 AM (5 days ago) Mar 17
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CADE LUCENA INFORMA:

 

ABIERTA CONVOCATORIA SUBVENCIONES 2026 PARA COOPERATIVAS Y SOCIEDADES LIMITADAS LABORALES: Fomento del Empleo en la Economía Social (Andalucía)

 

La Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo ha convocado las ayudas de la Línea 1 para el ejercicio 2026, destinadas a impulsar el empleo en cooperativas y sociedades laborales.

 

1. Medidas de Apoyo y Cuantías

La convocatoria contempla dos líneas de actuación principales:

  • Medida 1.1: Apoyo a la incorporación de personas socias trabajadoras o de trabajo en cooperativas y sociedades laborales.
  • Medida 1.2: Ayudas para la contratación de gerentes y personal técnico especializado.

Cuantía de la subvención: Podrá ser de hasta 10.000 euros por cada persona incorporada o contratada a jornada completa. En caso de jornada parcial, la ayuda se reducirá de forma proporcional.

 

2. Requisitos y Condiciones Técnicas (Artículos 9 y 10)

Para acceder a las ayudas, las entidades deben cumplir con las condiciones de la Orden de 6 de junio de 2014:

  • Artículo 9 (Incorporación de socios): Se incentiva la entrada de nuevos socios trabajadores. Se consideran colectivos preferentes para obtener mayor puntuación: personas desempleadas menores de 25 años o mayores de 45, desempleados de larga duración, personas con discapacidad (≥ 33%), mujeres que se incorporen tras un periodo de maternidad/adopción (24 meses siguientes) y trabajadores con contrato temporal previo en la misma entidad.
  • Artículo 10 (Contratación de especialistas): Dirigido a la contratación de gerencia o técnicos. Se valora especialmente la experiencia profesional acreditada (más de 5 años o entre 2 y 5 años) y si la entidad tiene menos de 50 trabajadores. También se prioriza a mujeres tras la maternidad, personas en exclusión social o con discapacidad.

3. Presupuesto para la Provincia de Córdoba

La convocatoria cuenta con un presupuesto total de 3.000.000 €, repartido por provincias según la creación de entidades en el año anterior.

  • Asignación para Córdoba: 198.347,00 €
  • Partida presupuestaria específica: 1400188069/G/72C/77701/14 S0045 2014000361.

4. Plazos y Presentación de Solicitudes

  • Periodo subvencionable: Las incorporaciones o contratos deben haberse formalizado entre el 30 de agosto de 2025 y el fin del plazo de solicitud.
  • Plazo de solicitud: Comienza el 18 de marzo de 2026 y finaliza el 31 de agosto de 2026.
  • Forma de presentación: Es exclusivamente electrónica a través del catálogo de procedimientos de la Junta de Andalucía (Código 6465).

5. Gestión y Pago

Estas ayudas se conceden en régimen de concurrencia competitiva (se bareman según los criterios de los artículos 9 y 10). El plazo máximo para resolver es de tres meses desde el fin de las solicitudes. El abono se realizará mediante un pago único, previa justificación documental del cumplimiento de todos los requisitos.

Para la tramitación de estas ayudas y la aportación de la documentación necesaria, debe dirigirse al siguiente enlace oficial de la oficina virtual de la Consejería de Empleo (SE ADJUNTA NORMATIVA):

6. Documentación a aportar junto a la solicitud

La presentación debe ser exclusivamente electrónica y las solicitudes deben ajustarse a los formularios oficiales:

  1. Formulario de Solicitud (Anexo I): Es el documento principal donde se recogen los datos de la entidad, los datos bancarios y la relación detallada de las personas socias incorporadas o especialistas contratados.
  2. Declaraciones Responsables: Dentro del mismo Anexo I, la entidad declara que cumple los requisitos para ser beneficiaria y se compromete a aportar la documentación técnica exigida en el trámite de audiencia.
  3. Derecho de Oposición y Consultas:
    • La presentación de la solicitud autoriza a la Junta de Andalucía a recabar certificaciones de la AEAT, la Seguridad Social (TGSS) y la Hacienda autonómica.
    • Si el cliente se opone a esta consulta, deberá aportar copia del DNI/NIE de la persona representante.
  4. Documentos en poder de la Administración: Los clientes tienen derecho a no presentar documentos que ya obren en poder de la Administración de la Junta de Andalucía o de otras administraciones, siempre que indiquen en la solicitud en qué procedimiento y ante qué órgano se presentaron.
  5. Justificación previa al pago: Aunque no se entregue todo con la solicitud inicial, para recibir el pago único, la entidad deberá presentar la documentación acreditativa de la realización de la acción (contrato o incorporación) y el cumplimiento de los requisitos de los artículos 9 y 10.

Nota importante: Es fundamental que la solicitud incluya el autobaremo (apartado 9 del Anexo I), donde se puntúan los criterios como la edad de los incorporados, su situación de desempleo previa o si pertenecen a colectivos preferentes, ya que esto determinará la concesión en régimen de concurrencia competitiva

 

BOJA26-052-00019-3589-01_00334810.pdf
BOJA26-052-00002-3649-01_00334870.pdf
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