[OT] Fedex retenido por transofrmador eléctrico. Ayuda!!!

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Victor Rocco

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Nov 30, 2015, 9:05:32 AM11/30/15
to Embebidos32
Buen día,
  les quería consultar a aquellos que tienen experiencia en importación, como hago para liberar un envío por courrier (Fedex Express) retenido porque el producto contiene un tranformador eléctrico.
El producto es un http://www.multitech.com/brands/multiconnect-conduit

Me dice que tengo que presentar un Certificado de Seguridad emitido por un Ente Certificador Habilitado. No dice nada más. No entiendo nada.
Alguna pista de que hacer???

Muchas gracias por adelantado,
Victor

Rodrigo Pardo

unread,
Nov 30, 2015, 9:07:38 AM11/30/15
to Embebidos32

En mi experiencia es imposible.


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isidro...@gmail.com

unread,
Nov 30, 2015, 9:09:07 AM11/30/15
to embeb...@googlegroups.com
Perdón hace lo que te indican , comienza tu calvario . Yo lo hice. O espera unos meses que cambien la política. Disculpas .
Enviado desde mi BlackBerry de Movistar (http://www.movistar.com.ar)

From: Victor Rocco <victor...@iotpreneur.com>
Date: Mon, 30 Nov 2015 06:05:32 -0800 (PST)
To: Embebidos32<embeb...@googlegroups.com>
Subject: [embeb32] [OT] Fedex retenido por transofrmador eléctrico. Ayuda!!!

Ezequiel Garcia

unread,
Nov 30, 2015, 9:09:14 AM11/30/15
to embeb...@googlegroups.com
2015-11-30 11:07 GMT-03:00 Rodrigo Pardo <asc...@gmail.com>:
> En mi experiencia es imposible.
>

+1

Tengo acá pilas de placas, pero nunca entré una fuente.

Pediles que lo devuelvan a origen ASAP y en origen pediles que lo
reenvien sin fuente.
Entre ida y vuelta lo tenés en 20 días.
--
Ezequiel García, VanguardiaSur
www.vanguardiasur.com.ar

Gabriel W

unread,
Nov 30, 2015, 9:10:12 AM11/30/15
to embeb...@googlegroups.com
IMPOSIBLE

Adrian Guillermo Sosa Araujo

unread,
Nov 30, 2015, 9:24:43 AM11/30/15
to embeb...@googlegroups.com
fijate averiguar por acá:

LABORATORIOS RECONOCIDOS POR LA SUBSECRETARIA DE LA COMPETENCIA Y LA

DEFENSA DEL CONSUMIDOR PARA  REALIZAR LOS ENSAYOS DE CONFORMIDAD CON 

LA RESOLUCIÓN S.I.C.y M. N° 92/98 Y AUDITADOS POR IRAM

          Antecedentes: Resoluciones y Disposiciones - Auditorias IRAM



1) LABORATORIO DE ENSAYO DEL INSTITUTO  DE PROTECCIONES DE SISTEMAS 

ELÉCTRICOS DE POTENCIA, DEPENDIENTES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE 

RIO IV.

   DIRECCIÓN: RUTA 36 KM 601 – C.P(5800) RIO IV – CORDOBA

   TELEFONO / FAX: 0358-4676171 / 0358-4676251

   ING. DANIEL TOURN


          Disposición No.1007/99 (30/set/99)

           Alcance: Aparatos de protección y maniobra de baja tensión.

  

2) SHITSUKE

       NUEVA DIRECCIÓN       23/07/2007        

   Av. Carlos Pellegrini Nº460 (Ex Ruta 7)

 Luján, Bs. As., Argentina. CP: B6702LVJ

Telefax: (02323) 43.55.65 / 43.26.68 / 42.97.01

SR. ANGEL CIROCCO


             Disposición No.1045/99 (99/10/14) y 582/2001 (01/09/14)

              Alcance: Luminarias

                              Accesorios para iluminación  

                              Componentes eléctricos para complementar equipos de gas tales

                              como cocinas, termotanques, calefones y calderas                                

                              Cables y cordones

                              Aparatos electrodomésticos y similares

                              Accesorios para instalaciones y conexiones

                              Transformadores de seguridad y conexiones

                              Herramientas portátiles

                              Electrónica y entretenimiento, con excepción de receptores de televisión

3) COMPLIANCE ENGINEERING SERVICE S.A.  (CES)

IRALA Y QUINQUELA MARTIN AL 1100 – CAPITAL FEDERAL.

TELEFONO: (011) 4302-3344     FAX: 4302- 4455

         ING. ALBERTO PINCIROLI 

            Disposición No. 1046/99 (15/oct/99)

             Alcance: Aparatos Electrodomésticos

                            Aparatos Electrónicos (sin televisores)

                            Herramientas eléctricas.

                            Aparatos electromédicos

                            Luminarias

Edición Nª18     07-12-06 Página 1 de 4

                        

4) CITEFA

DIRECCIÓN: ZUFRIATEGUI 4380- V. MARTELLI C.P(1603) BUENOS AIRES.

TELEFONO: 4709-8100(nuevo)       FAX: 4709-8236

TEC: NESTOR O. GOMEZ

         E-mail: ngo...@citefa.gov.ar

          Disposición No. 1043/99 (14/oct/99)

           Alcance: Aparatos electrónicos

                          Electrodomésticos.

                          Balastos electrónicos.

                          Tecnología de la Información.

5) LABORATORIO DE MEDICIONES Y ENSAYOS (LAMyEN).

DEPARTAMENTO DE ELECTROTECNIA.

UNIVERSIDAD TECNOLOGICA NACIONAL. FACULTAD REGIONAL SANTA FE.

DIRECTOR: Ing. RAUL REGALINI

RESPONSABLE TECNICO: Ing. SILVIO TESTA

RESPONSABLE DE CALIDAD : Ing. CESAR MARAGNO

LAVAISE 610 – SANTA FE (3000) – ARGENTINA

TEL: 54 – 0342 – 4602390 / 4608531

FAX: 54 – 0342 – 4690348


          Disposición No. 1005/99  (99/09/30) y 34/2001 (01/01/29)

           Alcance:

         

                          Aparatos  electrodomésticos

                          Aparatos electrónicos y de entretenimiento

                          Equipamiento de oficina

6) LENOR SRL


DIRECCIÓN: FRAGA 979 (C1427BTS) - BS. AS. – ARGENTINA

TEL: (54-11) 4555-4001

FAX: (54-11) 4555-4363

Sr. Ricardo Rodriguez

         Disposición No. 510/2000  (25/jul/00) y 35/2001 (01/01/29

           Alcance: Aparatos electrodomésticos

                          Aparatos electrónicos  ( de uso doméstico)

                          Luminarias

                          Máquinas herramientas manuales accionadas a motor

                           Aparatos electrónicos ( de oficina) 

                           Transformadores 

                           Cables y cordones

                            Interruptores para artefactos domésticos y controles eléctricos automático

                            Aparatos electrodomésticos y similares

                            Accesorios para instalaciones y conexiones

Edición Nª18     07-12-06 Página 2 de 4

                            Equipamiento para oficinas

                             Herramientas portátiles

                             Electrónica y entretenimiento

                             Dispositivos de comando eléctrico automático

                             Interruptores para instalaciones domésticas fijas

                             Fichas y tomacorrientes para uso doméstico.

                             Equipos de soldadura de por arco.

                                                

7)    LABORATORIO CONSULTAR S.H.

      Dean Funes 789 -(2000) - Rosario-Pcia. Santa Fe

Tel (0341) 465-4848/4868

E-mail laboratorio@ consultar.org

RESPONSABLE:  ING. JUAN C. CAINELLI

Disposición No.119/2001 02-02-2001

Alcance : Aparatos electrodomésticos y similares

                Luminarias

                Equipamiento para oficinas, electrónica y entretenimiento

8)   IADEV  INSTITUTO ARGENTINO DE ENSAYOS DE VERIFICACIÓN S.A.

       Rondeau 3124 , Buenos Aires 

Tel.: 4912-2444 

       E-mail:ia...@iadev.com.ar         

       DIRECTOR TÉCNICO: ING. JORGE ERHARDT

Disposiciòn Nª 420/2001 -23-07-01 y 115/2002 (02/09/30)

Alcance: Cables y cordones

               Aparatos electrodomésticos y similares

               Accesorios para instalaciones y conexiones

               Equipamiento para oficinas

               Transformadores de seguridad y equipos similares

               Herramientas portátiles

               Electrónica y entretenimiento

               Máquinas eléctricas rotativas.

            Luminarias

               Electromédicos

               Interruptores domiciliarios diferenciales

               Fichas bipolares

               Interruptores para instalaciones domésticas

               Interruptores para aparatos.

9)    LABORATORIO DE ENSAYOS ELECTRICOS DEL DEPARTAMENTO    

  INGENIERIA ELÉCTRICA DE LA U.T.N. REGIONAL ROSARIO

       Zeballos 1341 Subsuelo (2000) Rosario,  Pcia. de Santa Fe (de 9 a 13hs y 18 a 21hs)

       Tel: (0341) 448 1871  (int. 104)

       E-mail: l...@frro.utn.edu.ar

       DIRECTOR: ING. EDUARDO GALLINA

      

Disposición N° 710/2001  21-11-2001

Edición Nª18     07-12-06 Página 3 de 4

        Alcance: Aparatos Electrodomésticos y Similares

10)    LADET S.A.- LABORATORIO DE ENSAYOS Y TECNOLOGÍA

   

RÍO CUARTO 2299 (1292) CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES 

Tel: 4-302-6446 

Fax: 4-302-5846 



DIRECTOR TÉCNICO: ING. JULIO SELIGMANN

         Disposición Nº671/2006

    Alcance: Aparatos electrodomésticos y similares 

Accesorios para instalaciones (sólo fichas) 

Iluminación  (sólo luminarias que de acuerdo a la Norma IEC 60529 presenten las siguientes 

combinaciones para grados de protección: Sólidos; IP-0X; IP-2X; IP-3X e IP-4X; Líquidos, 

IP-X0; IP-X5; IP-X6; IP-X7; e IP- X8) 

Tecnología de la información y equipamiento de oficina, excepto aquellos equipos que se conectan a 

a  las redes públicas de telecomunicaciones (*) 

Eléctrónica y entretenimiento (*) 

(*) Sólo aquellos con sus componentes críticos certificados.

Sosa Araujo, Adrián Guillermo
adriandotsosadotaraujoatgmaildotcom@(GMT-3) +54 9 266 4779128
skype: sosa.araujo.adrian

Gustavo F. Paredes - LU2JGP

unread,
Nov 30, 2015, 9:26:56 AM11/30/15
to embeb...@googlegroups.com
Si se trata de un solo transformador, ni te conviene. Dalo por perdido.

Gustavo

"Per Aspera ad Astra"

Gustavo F. Paredes Delaloye
Técnico en Computación.
Técnico Superior en Electrónica Digital y Control Automático.
Profesor para el Nivel Secundario en la Modalidad Técnico-Profesional.
Técnico Universitario en Automatización y Control de Procesos Industriales.
Matricula Nacional COPITEC T3018
Skype: lu2jgp
lu2...@gmail.com
pared...@copitec.org.ar
--
Labalta 127
Concepción del Uruguay, Entre Ríos
Argentina
Tel.: +54 3442 443731
Movil: +54 9 3442 540623

Emiliano Vazquez

unread,
Nov 30, 2015, 9:27:22 AM11/30/15
to embeb...@googlegroups.com
prende una vela a san expedito porque estas complicado.

hay algunas cosas que no se pueden importar, no es por un gobierno de un color u otro, son restricciones aduaneras, a menos que conozcas a "Jose aduana" no va a pasar nunca.

Saludos!
Emiliano.

El 30/11/15 a las 11:24, Adrian Guillermo Sosa Araujo escribió:

jeronimo la bru

unread,
Nov 30, 2015, 9:44:35 AM11/30/15
to embeb...@googlegroups.com
La resolución 92/98 ya no está vigente. Llama al laboratorio CES 4302-3344 y te van a dar una mano. Pregunta por José Bonnefón.

Enviado desde mi BLU Android Smartphone

Adrian Guillermo Sosa Araujo <adrian.so...@gmail.com> wrote:

Fernando Lichtschein

unread,
Nov 30, 2015, 9:51:31 AM11/30/15
to embebidos32@

Pedro Martos

unread,
Nov 30, 2015, 9:55:01 AM11/30/15
to embeb...@googlegroups.com
Hola,
Eso normalmente indica que el producto vino con fuente... 
La unica forma de sacarlo es haciendo una certificacion de seguridad electrica (que sale mas cara que el producto)
Por otra parte, si bien la 92/98 esta derogada; fue reemplazada por la Resolucion Secretaria de Comercio 508/2015, vigente desde el lunes pasado y que es muy similar.

cordialmente,
Pedro

jeronimo la bru

unread,
Nov 30, 2015, 10:06:30 AM11/30/15
to embeb...@googlegroups.com
La nueva disp. q reemplaza a la 92/98 habla de certificación de marca para las fuentes. Esto cambia mucho lo q se hacia antes q era certificación de tipo. Yo trabajo en el laboratorio Ces pero en un área distinta a lo q vos necesitas. Llama y pregunta por la persona q te dije. Slds

Enviado desde mi BLU Android Smartphone

Pedro Martos <pima...@gmail.com> wrote:

Hiro Suyama

unread,
Nov 30, 2015, 10:08:37 AM11/30/15
to embeb...@googlegroups.com
Me imagino que está retenido en Ezeiza, averiguá cuanto te están cobrando por cada dia de almacenaje.... fijate si vale la pena ir a retirar. 

Saludos.

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--

Victor Rocco

unread,
Nov 30, 2015, 10:45:56 AM11/30/15
to Embebidos32
Alguien tiene idea si se puede pedir de abrir el producto, sacarle el trafo y traermelo sin transformador?

Ezequiel Garcia

unread,
Nov 30, 2015, 11:19:39 AM11/30/15
to embeb...@googlegroups.com
2015-11-30 12:45 GMT-03:00 Victor Rocco <victor...@iotpreneur.com>:
> Alguien tiene idea si se puede pedir de abrir el producto, sacarle el trafo
> y traermelo sin transformador?

Hasta donde yo sé, no se puede.

El camino más rápido y barato es -en mi experiencia- pedir que lo
devuelvan a origen ASAP,
mandar un mail de disculpas a la empresa y pedirles que te lo manden de nuevo
(o inclusive que te manden otro mientras tanto).

Rodrigo Pardo

unread,
Nov 30, 2015, 11:21:15 AM11/30/15
to embeb...@googlegroups.com

No, no se puede.


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Valentin Lunati

unread,
Nov 30, 2015, 11:24:38 AM11/30/15
to embeb...@googlegroups.com
Hola Victor, yo tuve el mismo problema con Fedex. 
Lo que hicimos fue pedir a aduana su devolución al vendedor, lo cual se podía unicamente tras pasados 60 días de almacenado en aduana y tras el pago via Fedex de ese tiempo de almacenamiento en aduana. Luego el distribuidor lo envió tal cual (con trafo incluido) por correo estatal y llego por Correo Argentino a mi domicilio sin ningún problema, de todas formas lo mejor es que le retiren el trafo si es posible.
Saludos


Rodrigo Pardo

unread,
Nov 30, 2015, 11:28:06 AM11/30/15
to embeb...@googlegroups.com

Valentin. Qué raro. No hay por qué pagar el almacenamiento. Si no retiras ni recibís el corte de guía, mucho menos. Es decir, el almacenamiento sólo lo pagas si recibís, no si se devuelve.

Saludos


Para acceder a más opciones, visita https://groups.google.com/d/optout.

Fernando Lichtschein

unread,
Nov 30, 2015, 11:36:08 AM11/30/15
to embebidos32@
No sé si habrá cambiado, pero generalmente cuando viene una encomienda internacional con valor declarado el correo lo retiene y manda el aviso. En el aviso dice a partir de qué día empiezan a cobrar almacenamiento.Cuando uno va a retirar, el correo le entrega la pieza a la aduana.

No sé como es con Fedex pero mi experiencia me dice que te cobran hasta la tinta de la birome. Lo mejor es preguntar.


Saludos,

Rodrigo Pardo

unread,
Nov 30, 2015, 11:37:20 AM11/30/15
to embebidos32@

Claro, pero sólo te cobran si lo podes retirar. Si se devuelve a origen, no.

Pablo Suarez

unread,
Nov 30, 2015, 11:38:33 AM11/30/15
to embeb...@googlegroups.com
A mi me pasó con DHL, el tiempo que demoré en tramitar el formulario de AFIP me lo cobraron como tiempo de almacenaje.

Saludos.
Pablo A. Suárez

luciana de micco

unread,
Nov 30, 2015, 11:40:59 AM11/30/15
to embeb...@googlegroups.com
Hola,
A mi me quedo una placa de FPGA que nos habian donado de Altera, la frenaron por "riesgo electrico" (por el transformador) y ya quedo barada ahi en Ezeiza. Me tuve que ir hasta BsAs a hablar en persona, al final la pude retirar (despues de hablar con varias personas e insistir mucho), y me cobraron todo el tiempo que estuvo ahi más manipuleo, unos dos mil pesos.
Te recomiendo que vayas a hablar en persona.
Suerte!
Luciana

Victor Rocco

unread,
Nov 30, 2015, 4:13:04 PM11/30/15
to Embebidos32
Gracias a todos por sus atentas respuestas, especialmente a la gente de Laboratorio Ces, Fedex Express y Mellini Custom Brokers, que me atendieron muy bien por teléfono y me dedicaron gentilmente su tiempo.

Finalmente estoy tramitando la devolución de los productos al proveedor. Un error de mi parte que pago con U$D. Lección aprendida.

Saludos y gracias nuevamente,
Victor

mari...@gmail.com

unread,
Dec 2, 2015, 4:38:54 PM12/2/15
to Embebidos32
Averigua si lo podes retirar "sin derecho a uso"
Entiendo que es como se traen las muestras para hacer la certificacion local.
Eso solo implica que no podes venderlo.
Tambien podes consultar a:

Adank SRL
 
(0054-11) 4855-4016 
(0054-11) 4854-9076
 
 
Av. Angel Gallardo 63 Piso 3 Oficina 12 (1405) Ciudad Autonoma de Buenos Aires - 


Mario Szer
INFOTECH

david barbieri

unread,
Dec 2, 2015, 5:57:14 PM12/2/15
to embeb...@googlegroups.com
Buenas tardes, me parece que existe la posibilidad que retires el producto pero dejando retenido el transformador. No sé de que cantidades estamos hablando y si te sirve esa opción. Pero recuerdo que lo mismo paso con unas placas galileo y la solución fue que intel retiro las placas sin transformador y mando a hacerlos localmente.

Saludos,

martin ribelotta

unread,
Dec 2, 2015, 7:00:57 PM12/2/15
to embeb...@googlegroups.com
Gente, no se que les parecen estas cosas, pero lo que yo veo es que no
tiene NINGÚN sentido esto:
http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do;jsessionid=D37312207A49B50518188689BAD2A287?id=253700

Todo bien conque el estado nos quiera cuidar y todo, pero lo de no
dejar entrar equipo "por mis pelotas" (las del de la aduana) sale de
cualquier lógica.
* ¿Como definen que un transformador esta o no certificado?
* ¿Porque IRAM no pre-certifica las cosas existentes o da algún
criterio para determinar seguridad o no de lo que viene importado?
* ¿Los equipos que vienen de afuera no se certifican de alguna
manera??? Yo creo que si, he visto muchos transformadores de equipos
con certificaciones de USA [1] y UK [2]

Puestas las cosas de esta manera, solo parece una traba para favorecer
a algún amigo del que hizo la ley...

Creo que es algo que podemos tratar en la reunión del próximo lunes.

[1] http://www.export.gov/cemark/eg_main_017308.asp
[2] http://www.iti.co.uk/low-voltage-directive/

El día 30 de noviembre de 2015, 18:13, Victor Rocco
<victor...@iotpreneur.com> escribió:

Ariel Lutenberg

unread,
Dec 2, 2015, 7:04:42 PM12/2/15
to embebidos32@

Que reunion del proximo lunes?

Para obtener más opciones, visita https://groups.google.com/d/optout.

martin ribelotta

unread,
Dec 2, 2015, 7:07:10 PM12/2/15
to embeb...@googlegroups.com
El día 2 de diciembre de 2015, 21:04, Ariel Lutenberg
<alute...@gmail.com> escribió:
> Que reunion del proximo lunes?
>
https://groups.google.com/forum/#!topic/embebidos32/QtWdGMnnlig

¿Entedi mal el:

--- fecha del encuentro : semana del 7 de diciembre?

?

Ariel Lutenberg

unread,
Dec 2, 2015, 7:12:29 PM12/2/15
to embebidos32@

Exacto. "Semana del".
El lunes 7 y martes 8 es feriado.
Faltaria que Alejandro Sosa termine de organizar qué día se hace la actividad.
Saludos.

martin ribelotta

unread,
Dec 2, 2015, 7:19:26 PM12/2/15
to embeb...@googlegroups.com
El día 2 de diciembre de 2015, 21:12, Ariel Lutenberg
<alute...@gmail.com> escribió:
> Exacto. "Semana del".
> El lunes 7 y martes 8 es feriado.
> Faltaria que Alejandro Sosa termine de organizar qué día se hace la
> actividad.
> Saludos.
>
Huuuu!!! Que nabo! Mi compresión lectora, y mi noción de la "feriades"
son directamente inexistentes.

Guillermo Villamayor

unread,
Dec 2, 2015, 7:27:22 PM12/2/15
to embeb...@googlegroups.com
Martín esta norma viene desde la época de los 90 cuando los importadores
traían cualquier cosa, por ejemplo equipos para 110V y arreglate y encima no
respetaban la garantía porque te decían que el trafo de 110-220 V no era
adecuado etc. Además como no existe límite para lo berreta que pueden ser
las cosas deben existir normas de seguridad eléctrica. Fijate que en USA son
mucho mas restrictivos y hay productos que no pueden ingresar en USA pero si
pueden ingresar acá o podían. Por otro lado si vos tenés un transformador
certificado en USA la certificación no sirve acá porque al haber un cambio
de frecuencia por mas que le pongas un adaptador de 110-220 V no funciona
bien y recalienta, eso puede ser un riesgo importante. La responsabilidad de
conocer las normas y cumplirlas es del importador, no hay que quejarse
porque las normas se cumplan, solo hay que respetarlas y listo.




-----Mensaje original-----
From: martin ribelotta
Sent: Wednesday, December 02, 2015 9:00 PM
To: embeb...@googlegroups.com
Subject: Re: [embeb32] Re: [OT] Fedex retenido por transofrmador eléctrico.
Ayuda!!!
Para obtener más opciones, visita https://groups.google.com/d/optout.

Gustavo F. Paredes - LU2JGP

unread,
Dec 2, 2015, 8:00:20 PM12/2/15
to embeb...@googlegroups.com

+1 Guillermo.

Gustavo Paredes

Raul Aggio

unread,
Dec 2, 2015, 9:14:18 PM12/2/15
to embeb...@googlegroups.com
Estimados

Trabaje en GM Electronica, alli importabamos gran variedad de componentes, pero solamente nos exigían certificados de seguridad electrica para el ingreso de filtros de linea, filtros que suprimen interferencia electro magnetica. Dicho certificado, no recuerdo si era anual o cada 6 meses, lo que si recuerdo que los hacia IQC.
Hoy en día, trabajo en un laboratorio de los mencionados en el mail de Adrian Sosa Araujo, Shitsuke S.R.L.

De todas formas, para obtener el certificado, que tiene sus grandes complicaciones buricraticas administrativas (Al no ser un organismo certificador quien lo solicita, es más dificil) principalmente, se necesita una/as muestra/as del producto en cuestión, y se debe indicar la norma por la cual ensayar y certificar, y otros detallles más que dependen de cada caso en particular. 

En definitiva, se necesita tiempo, que se puede medir en varias semanas, y dinero, que suele ser mayor al monto del producto mismo. Estos certificados los suelen hacer grandes importadores, con cantidades de stock más que significativo para el ingreso del producto.


Saludos
 

Ezequiel Garcia

unread,
Dec 2, 2015, 9:20:32 PM12/2/15
to embeb...@googlegroups.com

Por si no se dieron cuenta, Víctor compró 1 (una) unidad de un producto electrónico, que obviamente no es para reventa.

No tiene sentido cualquier explicación que le quieran dar, el producto no se fabrica acá, no se fabricará en el corto o largo plazo. La norma no protege a nadie ni fomenta ninguna industria.

En US o Europa, no existen tales restricciones, que yo sepa se puede comprar un producto como este sin mayores inconvenientes.

---------- Mensaje reenviado ----------
De: "Guillermo Villamayor" <gvill...@gmail.com>
Fecha: dic. 2, 2015 9:27 PM
Asunto: Re: [embeb32] Re: [OT] Fedex retenido por transofrmador eléctrico. Ayuda!!!
Para: <embeb...@googlegroups.com>
Cc:

Raul Aggio

unread,
Dec 2, 2015, 9:22:38 PM12/2/15
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El tema es por seguridad. No por idea política. Es lo mismo que intenten importar sensores de movimiento con mercurio... Nadie lo puede trasladar... Mucho menos ingresar por aduana

Alejandro Sosa

unread,
Dec 2, 2015, 9:27:20 PM12/2/15
to embeb...@googlegroups.com
Para los q saben mas, si el trafo en cuestion tiene sello TUV, UL o algun otro...puede ingresar al pais?
Creo q si, porque eso significaria q se le aplico alguna norma, por ej alguna de las IEC de seguridad electrica, las cuales son las mismas q usa IRAM.

Es correcto?
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Raul Aggio

unread,
Dec 2, 2015, 9:32:40 PM12/2/15
to embeb...@googlegroups.com

Sí bien la deducción ese correcta. Siempre hay que certificar de acuerdo a a la norma que exija el país para su ingreso.
A grandes rasgos son todas parecidas... Pero no iguales.
60 Hz. 110 vac... Por ejemplo ya son motivo de nuevo certificado

jeronimo la bru

unread,
Dec 2, 2015, 9:32:51 PM12/2/15
to embeb...@googlegroups.com

Todo producto eléctrico de baja tensión de uso común se debe certificar y debe cumplir ciertos requisitos regulatorios.

Por ej. la ficha de red que se usa en el Argentina es un requisito obligatorio que debe cumplir cualquier equipo de baja tensión.

SI no existiera esa disposición podríamos encontrarnos cualquier ficha que se use en el mundo por que no sería obligatorio que sean ficha IRAM 2073


slds

Jerónimo




De: embeb...@googlegroups.com <embeb...@googlegroups.com> en nombre de Alejandro Sosa <alejand...@gmail.com>
Enviado: jueves, 03 de diciembre de 2015 02:26 a.m.
Para: embeb...@googlegroups.com

Alejandro Sosa

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Dec 2, 2015, 9:38:06 PM12/2/15
to embeb...@googlegroups.com
si porsupuesto, pero me referia al caso siguiente,Por ejemplo yo lleve hace tiempo adelante una certificacion de productos de una empresa nacional.
Las normas de aplicacion fueron algunas IEC, lo cual habilito a esta empresa tambien a exportar.
Que sucede si, en la documentacion de certificacion de este trafo o lo que fuera, se observa que se aplico la misma norma que en nuestro pais, por ejemplo, para trafos la IEC q corresponda.

No se si se entiende...identicas normas

Rodrigo Pardo

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Dec 2, 2015, 9:38:24 PM12/2/15
to embeb...@googlegroups.com

Si en Europa se puede, mal por Europa.

Andres Cassagnes

unread,
Dec 2, 2015, 9:39:56 PM12/2/15
to embeb...@googlegroups.com

Complementado lo que dice Jerónimo, más allá de tener sello de certificación de afuera, TÜV UL etc, las fuentes de alimentación deben ser certificadas en el país.
Y sí mal no recuerdo las fichas de alimentación tienen que tener sí o sí el sello IRAM

Andres Cassagnes

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Dec 2, 2015, 9:45:52 PM12/2/15
to embeb...@googlegroups.com

La regulación exige que se certifique en el país por más que afuera se hayan aplicado las mismas normas, al menos algunos productos entre los que entran las fuentes.
Por ejemplo las fuentes de alimentación de las notebooks que vienen con un montón de sellos de afuera y de todos modos se ensayan y certifican en el país

jeronimo la bru

unread,
Dec 2, 2015, 9:48:05 PM12/2/15
to embeb...@googlegroups.com


Existen distintos esquemas de certificación.

Las fichas tienen que tener certificación de marca, esto es sello de seguridad eléctrica y de una certificadora.

Cualquier producto eléctrico que se comercializa para uso común debe tener el sello de seguridad eléctrica argentino. Esto quiere decir que se controlo que son seguros para que los use cualquiera.

Los equipo de medición que son para uso profesional no requieren certificación en la argentina por que se supone que lo usa alguien cualificado que sabe que riesgos puede tener el producto.


Cuando se certifica un producto nacional o extranjero el certificado se debe revalidar cada 6 meses. EL primer ensayo de certificación se lo llama ensayos completo y es por todos los punto de la norma de aplicación, generalmente es destructivo. Los siguiente ensayos se llaman vigilancias y es sobre un muestra sacada del mercado para verificar que el producto que se comercializa es similar al que se certificó.


Si tienen dudas pueden cursar una de las materias de la especialización en sistemas embebidos que justamente se llama CERTIFICACIÓN DE SISTEMAS ELECTRÓNICOS.


Saludos


Jerónimo




De: embeb...@googlegroups.com <embeb...@googlegroups.com> en nombre de Andres Cassagnes <andre...@gmail.com>
Enviado: jueves, 03 de diciembre de 2015 02:39 a.m.

Alejandro Sosa

unread,
Dec 2, 2015, 10:31:18 PM12/2/15
to embeb...@googlegroups.com
si asi es,hay novedades sobre el tema vigilancias

Estimados clientes:

Re enviamos aclaraciones de la Dirección de Lealtad Comercial sobre algunos puntos de la Res. 508/2015.


   " ARTÍCULO 28. — A partir de la entrada en vigencia de la presente norma, los controles de vigilanciacorrespondientes a los productos         certificados conforme a lo establecido por esta resolución, y los de aquellos certificados vigentes establecidos por la Resolución N° 92/98 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA, que en ambos casos hayan obtenido un certificado de Tipo, estarán a cargo de las respectivas entidades certificadoras intervinientes, y constarán al menos de una verificación cada CIENTO OCHENTA (180) días a partir de la fecha de la emisión del certificado, del cumplimiento de las características básicas de seguridad, determinadas por la Disposición N° 736 de fecha 29 de junio de 1999 de la Dirección Nacional de Comercio Interior, a través de ensayos realizados por un laboratorio reconocidosobre DOS (2) muestras de al menos UN (1) producto representativo por cada familia de productos certificados. Dicha verificación incluirá una comprobación de identidad entre el producto presente en el mercado y el previamente certificado.

Las muestras representativas serán seleccionadas por la respectiva entidad certificadora, en los comercios y en el depósito de productos terminados de la fábrica para productos nacionales y en comercios locales y en el depósito del importador, para productos de origen extranjero.


Las verificaciones citadas, en los casos de los productos de protección y seguridad comprenderán la corroboración de sus parámetros de funcionamiento.

En los casos en que la entidad certificadora lo considere necesario, podrá recurrir en cualquier oportunidad a la evaluación del cumplimiento de otros aspectos de la norma aplicable, mediante ensayos realizados por un laboratorio reconocido."

Del mismo texto, y relacionando sujeto con predicado en color surgen las siguientes redacciones:
a) Los controles de vigilancia estarán a cargo de las respectivas entidades certificadoras intervinientes.
b) Una verificación del cumplimiento de las características básicas de seguridad, a través de ensayos realizados por un laboratorio reconocido.
c) Dicha verificación (la que es realizada a través de ensayos realizados por un laboratorio reconocido)incluirá una comprobación de identidad entre el producto.

Por lo tanto concluimos que el control de vigilancia estará a cargo las entidades Certificadoras.
Por lo tanto concluimos que la verificación (ensayos de laboratorio y comprobación de identidad) se realizarán por un Laboratorio reconocido.
También concluimos que la comprobación de identidad es parte fundamental del ensayo reducido, no concebimos la idea de que se ensaye un producto en una vigilancia sin su comprobación de identidad para comparar la muestra con lo certificado (no tendría sentido la vigilancia en caso contrario) y por lo tanto se lo aclara en la resolución. Siguiendo con la secuencia deductiva, si en la resolución se piden ensayos de las muestras (2), por lo tanto esoincluye la comprobación de identidad de las 2.

Con respecto a la consulta sobre la conformación de familia, transcribo el Artículo 9°:

    "ARTÍCULO 9° — Para la emisión de los certificados correspondientes, los organismos de certificación, además de las definiciones de la Resolución N° 197/04 de la ex SECRETARÍA DE COORDINACIÓN TÉCNICA, tendrán en consideración las siguientes:
a) Familia de productosconjuntos de productos que comparten las siguientes características, y que pueden estar alcanzados por un mismo certificado:

    I) Igual funcionalidad.
    II) Igual tecnología de funcionamiento.
    III) Igual norma técnica aplicable.
    IV) Mismo fabricante.
    V) Misma planta de fabricación.
    VI) Igual tecnología de fabricación.
    VII) Igual rango de tensión de alimentación.
    VIII) Misma clase de aislación.
    IX) Igual distribución y accesibilidad de partes bajo tensión que afecten a la seguridad.
    X) Igual grado de protección IP declarado.
    XI) Igual listado de componentes críticos o, en caso de diferencias, manifestación explícita del organismo de certificación garantizando la
          equivalencia de sus características funcionales aplicadas al producto respectivo.
    XII) Potencia similar (dentro de un rango predeterminado).
b) Padre de familia: producto seleccionado para su ensayo como representativo de una familia a certificar y que presenta el mayor número de requisitos exigibles por la norma aplicable.

c) Lote: conjunto de productos que forman parte de una misma familia, presentados simultáneamente para su evaluación. "

Sobre esto, está clarísima que la definición de familia está asignada a producto, es decir familia de productos. Claramente permite incorporar en un mismo certificado todos los productos que comparten las características listadas. NO hace mención de ningún otro tipo de familias y sobre CADA certificado deben realizarse las vigilancias correspondientes definidas en Artículos posteriores. NO existe la posibilidad de hacer ningún tipo de agrupación, familias de certificado, grupos de similitud, ni ningún otro concepto.


D.I. Matías Pallás
Ministerio de Economía y Finanzas
Secretaría de Comercio
Dirección de Lealtad Comercial
Jefatura Certificaciones

martin ribelotta

unread,
Dec 2, 2015, 11:22:04 PM12/2/15
to embeb...@googlegroups.com
Respondo a Jeronimo pero en general va para todos:

El punto que yo digo, no es lo que diga la ley.
Ya se que la ley es ley y hay que cumplirla, pero llendonos a casos extremos, la esclavitud fue ley, la tenencia de drogas fue ley  (opio, rape, etc), la pedofilia fue ley y la discriminación racial fue ley.

Ahora:
¿Que aporta PARA ALGUIEN QUE NO VA A VENDER el pararle el producto en aduana?
¿No es mas productivo regular la venta?
¿No es mas fácil controlar que eso que se importo no se venda?
¿No existe ya las leyes que permiten regular, rastrear y detener a quien venda algo fuera de las normas?
¿Si yo quiero importar una jeringa de mercurio para suicidarme (o sea matar un suizo) no estoy en todo el derecho de hacerlo?
¿Si genero perjuicio a alguien no hay una ley para caerme con todo su peso encima?
¿Que sentido tiene EN CONCEPTO el dificultar las importaciones de ALGO QUE NO VA A PERJUDICAR A NADIE por el simple hecho de que quienes hicieron la ley no veían mas allá de sus narices? (porque no nos engañemos, las leyes, cuando mas especificas, son como los modelos físicos, predicen/sirven de menos, y sirven de menos -ing. básica pls!-)

El punto no es lo que la ley dice, sino lo que deberia decir. Creo que como industria, y viendo los hechos (a los cuales no hay apelación ni politico ni ideologia posible) debemos tomar la iniciativa de enderezar las cosas.

Y no, no porque sea ley tiene que ser justo, ni necesario ni infalible, ni mucho menos universal. Podemos retorcer los argumentos todo lo que queramos, pero aquí, hay algo concreto, que no es solo el OP de esta cadena de mails el que tiene problemas, lo he visto en los casos mas inverosimiles.

Definitivamente, no hay justificativos de esta ley para trabar la importación de cosas con transformador.

Si queremos proteger al consumidor, me parece que ya hay suficientes herramientas para esto (para vender algo, hay que estar inscripto, pasar por un monton de cosas y certificar otro monton de cosas, es TOTALMENTE NECESARIO las trabas aduaneras)

Si alguien es tan amable de explicarme cual es el raciocinio de esto, sin entrar en el "porque es ley y es así" estaria muy agradecido, sino, simplemente es una arbitrariedad mas ante la que hay que plantarse (como muchas otras, que se vienen dando no solo en estos 12 años que hoy esta de moda tirarle mierda, sino de larga data incluso antes de los 80 y 90)

@Gullermo: Sobre la frase:

esta norma viene desde la época de los 90 cuando los importadores traían cualquier cosa, por ejemplo equipos para 110V y arreglate y encima no respetaban la garantía porque te decían que el trafo de 110-220 V no era adecuado etc. Además como no existe límite para lo berreta que pueden ser las cosas deben existir normas de seguridad eléctrica

Existen normas de seguridad electrica que no necesitan ser aplicadas en la importación, sino que estan pensadas para ser aplicadas en la venta. Si no reconocen la garantia, para eso esta defensa del consumidor, creo que ahi no hay apelativo posible. Le venden a alguien un trafo que dice 110v@60Hz para la norma que es 220V@50Hz, es estafa en todos los sentidos, no hay nada que hacer en aduana. No hay nada que proteger en ningun lado porque es una estafa ni bien se produce, sin ninguna duda ni claro-oscuro.

@Todos: El 80% de los nuevos productos de bajo voltaje, son de 110-220V 50-60Hz por el simple hecho de que la corriente se rectifica ni bien sale de las patas del enchufe al ser fuentes conmutadas.

Las fuentes conmutadas que fabrican aquí en argentina tienen una tasa de fallo del 10-15% (cuando el peor de los chinos es del 4%) y eso pasa las certificaciones, es un chiste de mal gusto.

El punto es, que esto no es por politica ni por seguridad, es porque quienes hacen la legislación ni tienen NPI de lo que legislan y le dan para adelante "porque suena lindo" (quien no quiere proteger a la población!!!)

Gente, tratemos de ver donde esta realmente el problema, no sirve de nada el apelar a "es la ley y hay que cumplirla"

Saludos, y lamento si mi mail suena mal para muchos, tengo dos pintas de birra encima (pagadas por otro porque estoy en modo economia de guerra) y son las 1:21 AM.

Andres Cassagnes

unread,
Dec 3, 2015, 6:13:11 AM12/3/15
to embeb...@googlegroups.com
Martín, estoy de acuerdo con vos. Mi comentario en particular fue para aclarar el panorama, pero estoy de acuerdo en la incoherencia de exigir por ejemplo certificaciones nacionales de productos que vienen certificados de afuera (y más si son organismos como TÜV u otras).
Al menos lo que es certificación de seguridad eléctrica no ensaya calidad en cuanto a tasa de fallas, solo certifica que el producto no sea potencialmente peligroso aún en caso de falla. Hay que tener en cuenta que detrás de las certificaciones hay un gran negocio también (Secretaría de Comercio, laboratorios, organismos certificadores, consultoras).

Al igual que con la discusión sobre aranceles y trabas de importación, lo ideal sería tener una ley coherente y que en la práctica sea útil, y no al revés.
De todos modos, no es malo tampoco tener una idea de como están las cosas ahora hasta tanto no se logre avanzar con algo mejor. Pero, volviendo a citar el tema desprendido de la importación de PCBs, es bueno que estas discusiones se den en este ámbito para empezar a organizarnos y ver como podemos proponer y mejorar el sistema desde el lado de los que lo sufrimos.

OT: dos pintas? bien ahí, cantidad perfecta para entablar discusiones

Gustavo F. Paredes - LU2JGP

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Dec 3, 2015, 6:29:11 AM12/3/15
to embeb...@googlegroups.com

La ley está bien.  La  Aduana hace lo que tiene que hacer. Son el punto de control. Es el punto adecuado para filtrar y hacer cumplir la ley.

Dejar pasar y controlar en el punto de venta es una locura, un desperdicio de recursos y totalmente ineficiente.

No hay que pensar mucho ni tomarse algo para entenderlo. Es fácil y simple.

Saludos

Gustavo Paredes

Pedro Martos

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Dec 3, 2015, 7:48:22 AM12/3/15
to embeb...@googlegroups.com
Hola,
Trabajo en un organismo de certificacion de seguridad electrica, por lo que intercalo algunas observaciones a los comentarios de Martin:

El 3 de diciembre de 2015, 1:21 a. m., martin ribelotta<martinr...@gmail.com> escribió:
Respondo a Jeronimo pero en general va para todos:

El punto que yo digo, no es lo que diga la ley.
Ya se que la ley es ley y hay que cumplirla, pero llendonos a casos extremos, la esclavitud fue ley, la tenencia de drogas fue ley  (opio, rape, etc), la pedofilia fue ley y la discriminación racial fue ley.

Ahora:
¿Que aporta PARA ALGUIEN QUE NO VA A VENDER el pararle el producto en aduana?

Lo normal en este pais es que alguien diga que entra algo para su uso personal y termina vendiendolo. Creo que todos conocemos a alguien que fue de viaje y se trajo una notebook o iphone para revender. Imaginate si encima dejas abierta una puerta legal para hacer eso regularmente
 
¿No es mas productivo regular la venta?

Como? mandas a la calle miles de inspectores que detecten la venta ilegal, y llamen a otros miles de fiscales para decomisar la mercaderia? Es mucho mas productivo simplemente impedir que entre al pais algo que no se debe vender.
 
¿No es mas fácil controlar que eso que se importo no se venda?

Como? nuevamente mandas a un inspector de aduana al deposito declarado del importador con un fiscal que lo allane? y si cuando llegas descubris que es un baldio? la mercaderia ya entro y se distribuyo.

 
¿No existe ya las leyes que permiten regular, rastrear y detener a quien venda algo fuera de las normas?

Si, el problema es que sea posible en la practica aplicar estas leyes, sino fijate en el narcotrafico.
 
¿Si yo quiero importar una jeringa de mercurio para suicidarme (o sea matar un suizo) no estoy en todo el derecho de hacerlo?

Si, el problema es que despues que te mueras el mercurio queda en el pais con riesgo para el resto de los que quedamos vivos, por eso es mas facil simplemente impedir la entrada de jeringas de mercurio.
 
¿Si genero perjuicio a alguien no hay una ley para caerme con todo su peso encima?

Si, el problema es que si son demasiados, no posible en la practica accionar legalmente contra todos los que generan el perjuicio. Por eso en la lucha contra el narcotrafico es mucho mas eficiente decomisar un cargamento de 500 kilos de marihuana que encerrar a todos los vendedores de porros que distribuyen esos 500 kilos de marihuana
 
¿Que sentido tiene EN CONCEPTO el dificultar las importaciones de ALGO QUE NO VA A PERJUDICAR A NADIE por el simple hecho de que quienes hicieron la ley no veían mas allá de sus narices? (porque no nos engañemos, las leyes, cuando mas especificas, son como los modelos físicos, predicen/sirven de menos, y sirven de menos -ing. básica pls!-)

Es un problema legal arbitrario. Todos estamos de acuerdo en que esta mal importar para revender algo que deberia certificarse, ahora, al igual que en el narcotrafico, cuanto es el "consumo personal" de productos que deberian certificarse? 1? 5? 10? Por eso la secretaria de comercio establecio arbitrariamente "0". Y cabe aclarar que esta normativa no es de ahora, es desde 1998. Lo unico que cambio es el esquema de vigilancia de los productos. Los requisitos para importar y certificar son los mismos.

Antes de que me puteen por igualar la importacion de productos no certificados al narcotrafico aclaro: hago esta analogica porque la problematica que genera es similar (esta penalizada la venta no el consumo, hay muchos puntos de venta clandestinos dispersos y es ineficiente actuar contra ellos, hay mucha gente que esta a favor del consumo personal, etc). 

No hago esta analogia porque crea que la importacion y comercializacion de productos no certificados sea igual de grave que el narcotrafico... 
 

 

El punto no es lo que la ley dice, sino lo que deberia decir. Creo que como industria, y viendo los hechos (a los cuales no hay apelación ni politico ni ideologia posible) debemos tomar la iniciativa de enderezar las cosas.

En realidad la industria esta bastante contenta porque le resta competencia de los importadores... 
 

Y no, no porque sea ley tiene que ser justo, ni necesario ni infalible, ni mucho menos universal. Podemos retorcer los argumentos todo lo que queramos, pero aquí, hay algo concreto, que no es solo el OP de esta cadena de mails el que tiene problemas, lo he visto en los casos mas inverosimiles.

Y porque el resto de los paises lo aplican y suena verosimil? Trata de exportar a estados unidos algo electrico sin sello UL o a europa algo sin sello CE...
 

Definitivamente, no hay justificativos de esta ley para trabar la importación de cosas con transformador.

El justificativo es que si no pones algo de seguridad electrica, es bastante probable que el importador elija el producto mas barato, que trae el transformador que se quema con el uso prolongado del equipo.
 

Si queremos proteger al consumidor, me parece que ya hay suficientes herramientas para esto (para vender algo, hay que estar inscripto, pasar por un monton de cosas y certificar otro monton de cosas, es TOTALMENTE NECESARIO las trabas aduaneras)

Seguro, el problema es si es viable aplicar esa legislacion, fijate sino el caso de los manteros. 

 

Si alguien es tan amable de explicarme cual es el raciocinio de esto, sin entrar en el "porque es ley y es así" estaria muy agradecido, sino, simplemente es una arbitrariedad mas ante la que hay que plantarse (como muchas otras, que se vienen dando no solo en estos 12 años que hoy esta de moda tirarle mierda, sino de larga data incluso antes de los 80 y 90)

Nuevamente, esto esta desde el año 1998, en todo caso sera culpa del menemismo (que no se caracterizo por ser defensor de la industria nacional). Y el raciocinio es impedir que entren luces de navidad que se prenden fuego una hora despues de enchufarlas, secadores de pelo que se derriten al 5to uso, etc. En algunos casos tambien tambien sirve como barrera para-arancelaria, pero como no tenemos una industria muy desarrollada de productos electricos, no es un uso muy comun. 

 

@Gullermo: Sobre la frase:

esta norma viene desde la época de los 90 cuando los importadores traían cualquier cosa, por ejemplo equipos para 110V y arreglate y encima no respetaban la garantía porque te decían que el trafo de 110-220 V no era adecuado etc. Además como no existe límite para lo berreta que pueden ser las cosas deben existir normas de seguridad eléctrica

Existen normas de seguridad electrica que no necesitan ser aplicadas en la importación, sino que estan pensadas para ser aplicadas en la venta. Si no reconocen la garantia, para eso esta defensa del consumidor, creo que ahi no hay apelativo posible. Le venden a alguien un trafo que dice 110v@60Hz para la norma que es 220V@50Hz, es estafa en todos los sentidos, no hay nada que hacer en aduana. No hay nada que proteger en ningun lado porque es una estafa ni bien se produce, sin ninguna duda ni claro-oscuro.

Nuevamente, es mas eficiente impedir que entre algo a 110V que accionar contra el mantero que te vende un calentador de agua a base de una resistencia electrica con un cable de 0.50 mm2
 

@Todos: El 80% de los nuevos productos de bajo voltaje, son de 110-220V 50-60Hz por el simple hecho de que la corriente se rectifica ni bien sale de las patas del enchufe al ser fuentes conmutadas.
 

Las fuentes conmutadas que fabrican aquí en argentina tienen una tasa de fallo del 10-15% (cuando el peor de los chinos es del 4%) y eso pasa las certificaciones, es un chiste de mal gusto.

La certificacion es de "seguridad electrica" no de "eficiencia de diseño" o "utilidad"; es como la ISO9000, la idea es que tu producto es siempre el mismo, no que es bueno... la idea aca es que el producto es seguro, no que es bueno.
 

El punto es, que esto no es por politica ni por seguridad, es porque quienes hacen la legislación ni tienen NPI de lo que legislan y le dan para adelante "porque suena lindo" (quien no quiere proteger a la población!!!)

Eso es ignorar el trabajo de las comisiones tecnicas que hicieron la 92/98 y la 508/15. Creo que tendrias que informarte un poco mas sobre el tema antes de despreciar su trabajo... Obviamente toda legislacion es perfectible, pero de ahi a decir que estas resoluciones son un invento de alguien que no sabe de lo que habla, implica una ignorancia total sobre este tema.
 

Gente, tratemos de ver donde esta realmente el problema, no sirve de nada el apelar a "es la ley y hay que cumplirla"

El problema esta en que si no legislas, actua la ley del mercado, o sea comprar lo mas barato posible, y eso implica comprar para revender cosas que pueden ser riesgosas para una persona sin formacion en electricidad. Ejemplo mas basico: la zapatilla multitoma con un cable de 0.50mm2 de seccion o la lampara de mesa metalica en la que la rosca de la lamparita esta en contacto con la estructura.

 

Saludos, y lamento si mi mail suena mal para muchos, tengo dos pintas de birra encima (pagadas por otro porque estoy en modo economia de guerra) y son las 1:21 AM.


No suena mal, es simplemente una opinion, otros pueden tener opiniones distintas.

cordialmente,
Pedro 
 

Gabriel W

unread,
Dec 3, 2015, 7:54:54 AM12/3/15
to embeb...@googlegroups.com
Yo Trabajo con muchos proveedores del exterior.
Nadie entiende la locura de nuestra legislacion aduanera que no se puede traer cargadores.

Con respecto a la aduana, en muchos casos la posicion arancelaria no requiere seguridad electrica. Igualmente en la aduana lo paran y no hay mucho que hacer...

No tiene sentido que si importo algo tiene que cumplir con una norma, y no lo puedo NI IMPORTAR. y aca puedo fabricar y vender cualquier cosa, cumpla o no con requisitos.

Es lo que hay y asi estamos...


El 3 de diciembre de 2015, 8:29, Gustavo F. Paredes - LU2JGP <lu2...@gmail.com> escribió:

La ley está bien.  La  Aduana hace lo que tiene que hacer. Son el punto de control. Es el punto adecuado para filtrar y hacer cumplir la ley.

Dejar pasar y controlar en el punto de venta es una locura, un desperdicio de recursos y totalmente ineficiente.

No hay que pensar mucho ni tomarse algo para entenderlo. Es fácil y simple.

Saludos

Gustavo Paredes

El dic 3, 2015 8:13 AM, "Andres Cassagnes" <andre...@gmail.com> escribió:
Martín, estoy de acuerdo con vos. Mi comentario en particular fue para aclarar el panorama, pero estoy de acuerdo en la incoherencia de exigir por ejemplo certificaciones nacionales de productos que vienen certificados de afuera (y más si son organismos como TÜV u otras).
Al menos lo que es certificación de seguridad eléctrica no ensaya calidad en cuanto a tasa de fallas, solo certifica que el producto no sea potencialmente peligroso aún en caso de falla. Hay que tener en cuenta que detrás de las certificaciones hay un gran negocio también (Secretaría de Comercio, laboratorios, organismos certificadores, consultoras).

Al igual que con la discusión sobre aranceles y trabas de importación, lo ideal sería tener una ley coherente y que en la práctica sea útil, y no al revés.
De todos modos, no es malo tampoco tener una idea de como están las cosas ahora hasta tanto no se logre avanzar con algo mejor. Pero, volviendo a citar el tema desprendido de la importación de PCBs, es bueno que estas discusiones se den en este ámbito para empezar a organizarnos y ver como podemos proponer y mejorar el sistema desde el lado de los que lo sufrimos.

OT: dos pintas? bien ahí, cantidad perfecta para entablar discusiones
El 3 de diciembre de 2015, 1:21, martin ribelotta <martinr...@gmail.com> escribió:
Respondo a Jeronimo pero en general va para todos:

El punto que yo digo, no es lo que diga la ley.
Ya se que la ley es ley y hay que cumplirla, pero llendonos a casos extremos, la esclavitud fue ley, la tenencia de drogas fue ley  (opio, rape, etc), la pedofilia fue ley y la discriminación racial fue ley.

Ahora:
¿Que aporta PARA ALGUIEN QUE NO VA A VENDER el pararle el producto en aduana?
¿No es mas productivo regular la venta?
¿No es mas fácil controlar que eso que se importo no se venda?
¿No existe ya las leyes que permiten regular, rastrear y detener a quien venda algo fuera de las normas?
¿Si yo quiero importar una jeringa de mercurio para suicidarme (o sea matar un suizo) no estoy en todo el derecho de hacerlo?
¿Si genero perjuicio a alguien no hay una ley para caerme con todo su peso encima?
¿Que sentido tiene EN CONCEPTO el dificultar las importaciones de ALGO QUE NO VA A PERJUDICAR A NADIE por el simple hecho de que quienes hicieron la ley no veían mas allá de sus narices? (porque no nos engañemos, las leyes, cuando mas especificas, son como los modelos físicos, predicen/sirven de menos, y sirven de menos -ing. básica pls!-)

El punto no es lo que la ley dice, sino lo que deberia decir. Creo que como industria, y viendo los hechos (a los cuales no hay apelación ni politico ni ideologia posible) debemos tomar la iniciativa de enderezar las cosas.

Y no, no porque sea ley tiene que ser justo, ni necesario ni infalible, ni mucho menos universal. Podemos retorcer los argumentos todo lo que queramos, pero aquí, hay algo concreto, que no es solo el OP de esta cadena de mails el que tiene problemas, lo he visto en los casos mas inverosimiles.

Definitivamente, no hay justificativos de esta ley para trabar la importación de cosas con transformador.

Si queremos proteger al consumidor, me parece que ya hay suficientes herramientas para esto (para vender algo, hay que estar inscripto, pasar por un monton de cosas y certificar otro monton de cosas, es TOTALMENTE NECESARIO las trabas aduaneras)

Si alguien es tan amable de explicarme cual es el raciocinio de esto, sin entrar en el "porque es ley y es así" estaria muy agradecido, sino, simplemente es una arbitrariedad mas ante la que hay que plantarse (como muchas otras, que se vienen dando no solo en estos 12 años que hoy esta de moda tirarle mierda, sino de larga data incluso antes de los 80 y 90)

@Gullermo: Sobre la frase:

esta norma viene desde la época de los 90 cuando los importadores traían cualquier cosa, por ejemplo equipos para 110V y arreglate y encima no respetaban la garantía porque te decían que el trafo de 110-220 V no era adecuado etc. Además como no existe límite para lo berreta que pueden ser las cosas deben existir normas de seguridad eléctrica

Existen normas de seguridad electrica que no necesitan ser aplicadas en la importación, sino que estan pensadas para ser aplicadas en la venta. Si no reconocen la garantia, para eso esta defensa del consumidor, creo que ahi no hay apelativo posible. Le venden a alguien un trafo que dice 110v@60Hz para la norma que es 220V@50Hz, es estafa en todos los sentidos, no hay nada que hacer en aduana. No hay nada que proteger en ningun lado porque es una estafa ni bien se produce, sin ninguna duda ni claro-oscuro.

@Todos: El 80% de los nuevos productos de bajo voltaje, son de 110-220V 50-60Hz por el simple hecho de que la corriente se rectifica ni bien sale de las patas del enchufe al ser fuentes conmutadas.

Las fuentes conmutadas que fabrican aquí en argentina tienen una tasa de fallo del 10-15% (cuando el peor de los chinos es del 4%) y eso pasa las certificaciones, es un chiste de mal gusto.

El punto es, que esto no es por politica ni por seguridad, es porque quienes hacen la legislación ni tienen NPI de lo que legislan y le dan para adelante "porque suena lindo" (quien no quiere proteger a la población!!!)

Gente, tratemos de ver donde esta realmente el problema, no sirve de nada el apelar a "es la ley y hay que cumplirla"

Saludos, y lamento si mi mail suena mal para muchos, tengo dos pintas de birra encima (pagadas por otro porque estoy en modo economia de guerra) y son las 1:21 AM.

Ezequiel Garcia

unread,
Dec 3, 2015, 7:57:26 AM12/3/15
to embeb...@googlegroups.com
2015-12-03 9:48 GMT-03:00 Pedro Martos <pima...@gmail.com>:
> Hola,
> Trabajo en un organismo de certificacion de seguridad electrica, por lo que
> intercalo algunas observaciones a los comentarios de Martin:
>
> El 3 de diciembre de 2015, 1:21 a. m., martin
> ribelotta<martinr...@gmail.com> escribió:
>>
>> Respondo a Jeronimo pero en general va para todos:
>>
>> El punto que yo digo, no es lo que diga la ley.
>> Ya se que la ley es ley y hay que cumplirla, pero llendonos a casos
>> extremos, la esclavitud fue ley, la tenencia de drogas fue ley (opio, rape,
>> etc), la pedofilia fue ley y la discriminación racial fue ley.
>>
>> Ahora:
>> ¿Que aporta PARA ALGUIEN QUE NO VA A VENDER el pararle el producto en
>> aduana?
>
>
> Lo normal en este pais es que alguien diga que entra algo para su uso
> personal y termina vendiendolo.

¿Qué porcentaje de los productos importados que están en la calle,
fueron entrados al país a través de aduana, y pagando un servicio
courier como Fedex (que vale ~30USD, muchas veces más del 100% del
valor FOB)?

¿Qué porcentaje de las importaciones declaradas para uso personal, son
_realmente_ para uso personal o en su defecto para agregar valor a un
producto nacional?

> Creo que todos conocemos a alguien que fue
> de viaje y se trajo una notebook o iphone para revender. Imaginate si encima
> dejas abierta una puerta legal para hacer eso regularmente
>

¿Regularmente? ¿O sea que una persona viajaría _regularmente_ a USA
para traer *1* equipo para reventa? No suena muy viable. Insisto que
la cantidad es el punto crucial.
--
Ezequiel García, VanguardiaSur
www.vanguardiasur.com.ar

Pedro Martos

unread,
Dec 3, 2015, 7:57:59 AM12/3/15
to embeb...@googlegroups.com
Hola,
Trabajo en un organismo de certificacion de seguridad electrica, por lo que hago algunos comentarios:

El 3 de diciembre de 2015, 8:13 a. m., Andres Cassagnes<andre...@gmail.com> escribió:
Martín, estoy de acuerdo con vos. Mi comentario en particular fue para aclarar el panorama, pero estoy de acuerdo en la incoherencia de exigir por ejemplo certificaciones nacionales de productos que vienen certificados de afuera (y más si son organismos como TÜV u otras).

El hecho que algo tenga sello TUV o UL no lo hace automaticamente seguro... Te sorprenderia la cantidad de cosas con sello TUV/UL/BV/DNV/etc que fallan los ensayos. 
Por eso para aceptar un certificado de afuera tambien tenes que mirar que laboratorio hizo los ensayos, normalmente si el test report lo hizo "Qui Gon Jinn Inc,China", tenes que desconfiar.

 
Al menos lo que es certificación de seguridad eléctrica no ensaya calidad en cuanto a tasa de fallas, solo certifica que el producto no sea potencialmente peligroso aún en caso de falla. Hay que tener en cuenta que detrás de las certificaciones hay un gran negocio también (Secretaría de Comercio, laboratorios, organismos certificadores, consultoras).

Desde esa perspectiva, todo es un negocio... O trabajas en una ONG y tu sueldo surge de donaciones? 
Tampoco crean que las certificadoras y los laboratorios nos estamos llenando de plata con esto, los que trabajan en los laboratorios pueden opinar al respecto...


 

Al igual que con la discusión sobre aranceles y trabas de importación, lo ideal sería tener una ley coherente y que en la práctica sea útil, y no al revés.

Toda ley es perfectible, la 508/15 es una mejora sobre la 92/98 y la 92/98 es una mejora sobre la nada que habia antes.
 
De todos modos, no es malo tampoco tener una idea de como están las cosas ahora hasta tanto no se logre avanzar con algo mejor. Pero, volviendo a citar el tema desprendido de la importación de PCBs, es bueno que estas discusiones se den en este ámbito para empezar a organizarnos y ver como podemos proponer y mejorar el sistema desde el lado de los que lo sufrimos.

OT: dos pintas? bien ahí, cantidad perfecta para entablar discusiones

 
a mi me alcanza con un cafe con leche, mas si discutimos sobre mi principal fuente de ingresos... =D

cordialmente,
Pedro
 

Victor Rocco

unread,
Dec 3, 2015, 7:58:16 AM12/3/15
to Embebidos32
Buen día,

  vuelvo a escribir para aclarar un poco el panorama con novedades, ya que hay bastante confusión. He consultado en otros foros y leido las leyes que aplican, y les quería devolver lo que he encontrado, ya que se han interesado en este tema y respondido a mi inquietud con prontitud.

Hay que diferenciar en 3 grandes grupos:

1) Uso particular sin fin comercial (mi caso).
2) Uso destinado a venta comercial, al público no especializado.
3) Uso destinado a público especializado, ya sea venta comercial o integración en procesos o productos o servicios.

Detallo:

1) Uso particular sin fin comercial (mi caso):

  1.A) Aplica la ley dey de "Importación de mercaderías por personas físicas sin finalidad comercial y/o industrial. Resolución Nº 2970/93 (ANA). Su sustitución".
    Art. 2º — Podrán ingresar al país las mercaderías —nuevas o usadas— para uso o consumo de su destinatario, siempre que por su cantidad, calidad, variedad o valor no permitan presumir una finalidad comercial y/o industrial.
    Hay que presentar un formulario especial: Solicitud para importar mercaderías por personas físicas sin finalidad comercial y/o industrial" (OM-2153-A)

  1.B) Los productos de uso personal quedan excluidos de la ley de "seguridad eléctrica" porque es para uso "sin finalidad comercial", leer la misma para percatar este "detalle".
   Resolución 508/2015 SECRETARIA DE COMERCIO: EQUIPAMIENTO ELECTRICO DE BAJA TENSION 21-oct-2015

    Por las dudas les adjunto la ley del 98 que se usaba hasta hace poco y que quedó derogada: "Determínanse los requisitos esenciales de seguridad que debe cumplir el equipamiento eléctrico de baja tensión para su comercialización. Procedimientos y plazos para la certificación de productos."

  1.C) Las experiencias:
    Hay experiencias varias encontradas en foros de internet y sobre todo mucha confusión.
    Algunos dicen que no han podido retirar los productos porque los pararon con el tema de la certificación de seguridad eléctrica y otros que sí pudieron. 
    Los que no han podido fueron los menos insistentes y que no se interesaron por superar este obstaculo. 
    Los que han podido tuvieron que acercarse a la aduana e insistir. Leer el comentario de Luciana De Micco más arriba, que pudo entrar una placa Altera que había quedado retenida.
   Mi propia experiencia la voy a hacer este viernes, cuando valla a la aduana a pelearla, como dice Myke Tyson: todo el mundo tiene un plan hasta que le golpean en la boca, luego les cuento que pasó. 

2) Uso destinado a venta comercial, al público no especializado.

    La ley se hizo para proteger a los consumidores que no entienden nada de electricidad y me parece bien, o sea, solo aplica a productos con fin de comercialización al público general.
   Este es el grupo de productos al que se le exige una certificación de seguridad eléctrica.
   La confusión viene que se piensa y se quiere hacer certificar a "todos los productos", indiscriminadamente, no solo los comprendidos en este grupo.

3) Uso destinado a público especializado, ya sea venta comercial o integración en procesos o productos o servicios.
   
   Esta es la parte que se desconoce y que puede favorecer a los miembros de esta lista, es el de uso profesional que no alcanza al publico general, este NO necesita un ensayo certificado para la validación, sino solo una declaración jurada, lo copio textualmente:
    ARTÍCULO 18. — ... en razón de tratarse de equipamiento destinado a incorporarse a procesos en los que serán operados por personal capacitado en materia de seguridad eléctrica, o bien destinados a usos profesionales por parte de operadores con conocimientos en dicha materia, podrán comercializarse respaldados por una Declaración Jurada de su fabricante nacional o importador del cumplimiento de los requisitos esenciales de seguridad establecidos por la presente resolución...
    ARTÍCULO 19. — Exclúyese expresamente ... todo equipamiento que... pueda ser operado o permanezca al alcance del público en general, o de personal que no cuente con conocimientos específicos en el campo eléctrico....
   Los formularios a presentar se encuentra aquí: http://www.lealtadcomercial.gob.ar/segelectrica

Espero haber contribuido algo..

Saludos y gracias!
Victor

   


Gustavo F. Paredes - LU2JGP

unread,
Dec 3, 2015, 8:00:46 AM12/3/15
to embeb...@googlegroups.com

Pedro Martos + 10 !!!

Gustavo Paredes

--

Leonardo Massazza

unread,
Dec 3, 2015, 8:06:49 AM12/3/15
to Lista Embebidos 32 Argentina
Hola,

Soy eterno oyente de esta lista, y al fin voy a meter bocado :) 

Voy a hacer un comentario de experiencia personal con Servidores HP importados para un proyecto. Hablando mal y pronto, como me dijo el despachante: "El problema es con lo que se enchufa." es decir, si de alguna forma podés asegurar que eso que estás comprando no va directamente a la red eléctrica, podés zafar. En nuestro caso fue pedir que los servidores vengan sin los cables de energía, ya que al estar luego rackeados, lo que se conecta a la red de eléctrica son los racks, que son industria nacional.

Solo ese comentario, pueden utilizarlo como atajo en casos parecidos, espero que sea de utilidad.

Abrazo,
Leo  

Leonardo Massazza

Pedro Martos

unread,
Dec 3, 2015, 8:19:15 AM12/3/15
to embeb...@googlegroups.com
Hola, 

El 3 de diciembre de 2015, 9:57 a. m., Ezequiel Garcia<ezeq...@vanguardiasur.com.ar> escribió:
2015-12-03 9:48 GMT-03:00 Pedro Martos <pima...@gmail.com>:
> Hola,
> Trabajo en un organismo de certificacion de seguridad electrica, por lo que
> intercalo algunas observaciones a los comentarios de Martin:
>
> El 3 de diciembre de 2015, 1:21 a. m., martin
> ribelotta<martinr...@gmail.com> escribió:
>>
>> Respondo a Jeronimo pero en general va para todos:
>>
>> El punto que yo digo, no es lo que diga la ley.
>> Ya se que la ley es ley y hay que cumplirla, pero llendonos a casos
>> extremos, la esclavitud fue ley, la tenencia de drogas fue ley  (opio, rape,
>> etc), la pedofilia fue ley y la discriminación racial fue ley.
>>
>> Ahora:
>> ¿Que aporta PARA ALGUIEN QUE NO VA A VENDER el pararle el producto en
>> aduana?
>
>
> Lo normal en este pais es que alguien diga que entra algo para su uso
> personal y termina vendiendolo.

¿Qué porcentaje de los productos importados que están en la calle,
fueron entrados al país a través de aduana, y pagando un servicio
courier como Fedex (que vale ~30USD, muchas veces más del 100% del
valor FOB)?


Mucho... Antes con la nota sin derecho a uso entrabas todo el lote de productos con el compromiso de no comercializarlo hasta que tuvieras el certificado. En la practica iniciabas el tramite y vendias el lote. Por eso ahora la SDAU solo te deja entrar la cantidad que el laboratorio dice que necesita para ensayar (y no puede poner "250").


 
¿Qué porcentaje de las importaciones declaradas para uso personal, son
_realmente_ para uso personal o en su defecto para agregar valor a un
producto nacional? 

La unica importacion de uso personal entiendo que es la que haces con lo que llevas encima cuando entras en ezeiza. Normalmente si importas algo, esta relacionado a una actividad comercial.

 
> Creo que todos conocemos a alguien que fue
> de viaje y se trajo una notebook o iphone para revender. Imaginate si encima
> dejas abierta una puerta legal para hacer eso regularmente
>

¿Regularmente? ¿O sea que una persona viajaría _regularmente_ a USA
para traer *1* equipo para reventa? No suena muy viable. Insisto que
la cantidad es el punto crucial.

En realidad hay gente que hace eso, si te fijas en mercadolibre vas a ver esos productos. Lo que suele pasar es que trabajan en una aerolinea (son o conocen a pilotos/azafatas/comisarios de abordo) y hacen contrabando hormiga.

Con respecto a la cantidad, como dije, es arbitrario y la secretaria de comercio lo fijo en "0". Una mejora por ahi seria poder hacer 1 importacion por año de productos por menos de 1000 dolares sin el requisito de seguridad electrica, o permitir retirar el producto descartando el transformador.
 

cordialmente,
Pedro

Pedro Martos

unread,
Dec 3, 2015, 8:22:26 AM12/3/15
to embeb...@googlegroups.com
Hola,


El 3 de diciembre de 2015, 10:06 a. m., Leonardo Massazza<lmas...@gmail.com> escribió:
Hola,

Soy eterno oyente de esta lista, y al fin voy a meter bocado :) 

Voy a hacer un comentario de experiencia personal con Servidores HP importados para un proyecto. Hablando mal y pronto, como me dijo el despachante: "El problema es con lo que se enchufa." es decir, si de alguna forma podés asegurar que eso que estás comprando no va directamente a la red eléctrica, podés zafar. En nuestro caso fue pedir que los servidores vengan sin los cables de energía, ya que al estar luego rackeados, lo que se conecta a la red de eléctrica son los racks, que son industria nacional.

Solo ese comentario, pueden utilizarlo como atajo en casos parecidos, espero que sea de utilidad.


En el caso particular de los servidores, si cumplen ciertos requisitos, estan exceptuados aunque vengan con fuente.

cordialmente,
Pedro

 

Ezequiel Garcia

unread,
Dec 3, 2015, 8:25:41 AM12/3/15
to embeb...@googlegroups.com
Nuevamente, si es un *lote* es una cantidad claramente superior a uno.
El motivo de este hilo es discutir acerca de una traba para una
importación de 1 (UN) solo producto, para uso personal, usando un
servicio de courier tipo Fedex.

Hablar de cantidades es completamente irrelevante.

Pedro Martos

unread,
Dec 3, 2015, 8:26:10 AM12/3/15
to embeb...@googlegroups.com
Hola,
Muy buen resumen de la legislacion. Mi experiencia al respecto con clientes es que finalmente la aduana es medio una loteria, depende del inspector que te toca y de la habilidad del despachante para sacar el embarque.

cordialmente,
Pedro

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jeronimo la bru

unread,
Dec 3, 2015, 8:30:33 AM12/3/15
to embeb...@googlegroups.com

Estimados,


yo creo que todo se resume a que si querés importar algo tenes que averiguar bien que te va a pedir.


Lo que le pasó a Rocco  le pasa a muchos pero también a muchos otros no les pasa por que investigan un poco más el tema.


Volviendo al resto de la charla el primer mensaje de esta mañana o dirigieron a mí y quisiera contestar algo.


Creo que muchas de las cosas que planteo esa persona fue por desconocimiento del tema regulatorio en Argentina, por suerte muchas otras personas  pudieron responder correctamente.


A pesar de lo anterior quisiera compartir mi experiencia con productos certificados extranjeros:


Yo trabajo en un laboratorio de ensayos.

Principalmente ensayo productos médicos que en mucho casos son extranjeros y tienen certificados de certificadoras europeas y de todo el mundo.


Como muchos notaron muchos productos (e.g.: fuentes conmutadas) vienen con más de un sello de certificación ¿por que es esto?

¿con una certificación no es suficiente? Parece que no...

Muchos países se encargan de pedir que los productos extranjeros se certifiquen según sus regulaciones aunque los productos en cuestión ostenten certificaciones de países vecinos.

La realidad es que no los productos certificados no siempre son los productos que se certificaron.


Entre las cosas que encontré les puedo contar:

- Componentes certificados que tenían certificados falsos.

- componentes con sellos de certificación que eran parecidos a los reales (e.g. decía KENA BUR cuando el sello real es KEMA KEUR)

- Equipos certificados en el exterior que no eran los que realmente ingresaban al país. Entraban modelos inferiores que no cumplían la norma o equipos provenientes de una línea de producción que no era la que enviaban a USA y UE. 

- Equipos europeos ensayados en laboratorio mu reconocidos que no cumplían los ensayos que yo les hacía según la norma.

- equipos que eran falsificaciones de equipos certificados

- o simplemente equipos de muy mala calidad y peligrosos que los traban de importar. 


entre otros.


Imagínense lo que pasaría si todo esto se escurriera por nuestra frontera.

No sabemos si habrían algún daño a la población pero tampoco se debe esperar a que lo hagan.

No sirve de mucho a los familiares de un muerto o a una persona que queda lisiada de por vida caerle con todo el peso de la ley a los responsables del echo.

Lo que se busca es proteger a las personas de antemano, si se produjo un daño ya es tarde.



Creo que de este tema ya se hablo mucho.


saludos


Jerónimo







De: embeb...@googlegroups.com <embeb...@googlegroups.com> en nombre de Victor Rocco <victor...@iotpreneur.com>
Enviado: jueves, 03 de diciembre de 2015 12:58 p.m.
Para: Embebidos32
Asunto: [embeb32] Re: [OT] Fedex retenido por transofrmador eléctrico. Ayuda!!!
 

Pedro Martos

unread,
Dec 3, 2015, 8:32:58 AM12/3/15
to embeb...@googlegroups.com
En realidad no es tan irrelevante, puedo citarte el caso de un importador que trae equipos centrales de calefaccion/refrigeracion cuyos lotes son de 1 elemento. como tiene parte electrica, tuvo que certificarlo, y ahora mantiene siempre 1 equipo para hacer las vigilancias y cuando importa, importa de a uno y  usa DHL como courier. Trae alrededor de 5 equipos por año.

El punto es como te aseguras el "uso personal" de algo y lo escribis en una resolucion.

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Gustavo F. Paredes - LU2JGP

unread,
Dec 3, 2015, 8:39:16 AM12/3/15
to embeb...@googlegroups.com
1.B) Los productos de uso personal quedan excluidos de la ley de "seguridad eléctrica" porque es para uso "sin finalidad comercial", leer la misma para percatar este "detalle".

Conozco a mas de uno que usa esos "pasajes legales" para vender y vender y vender.... Obviamente que importa a su nombre, el de su mama, su papa, su abuelo, tia, etc....

Con un producto que pase por Aduana y no cumpla la norma, es suficiente para estar a favor de la restricción. Los que algo sabemos de electricidad, podríamos "ver" el riesgo, pero el inmenso resto de la población no. Es preferible prevenir que curar (o no poder curar que es peor, inmensamente peor).
Yo de medicamentos no se nada. Ergo, quiero que los que saben me protejan.

Y en un país como este, que se creó por una disputa aduanera en 1810, es casi un carma el tema aduanero y la corrupción imperante. ¿ Se acuerdan de la aduana paralela ?.

Gustavo
--

"Per Aspera ad Astra"

Gustavo F. Paredes Delaloye
Técnico en Computación.
Técnico Superior en Electrónica Digital y Control Automático.
Profesor para el Nivel Secundario en la Modalidad Técnico-Profesional.
Técnico Universitario en Automatización y Control de Procesos Industriales.
Matricula Nacional COPITEC T3018
Skype: lu2jgp
lu2...@gmail.com
pared...@copitec.org.ar
--
Labalta 127
Concepción del Uruguay, Entre Ríos
Argentina
Tel.: +54 3442 443731
Movil: +54 9 3442 540623

Fernando Lichtschein

unread,
Dec 3, 2015, 8:44:23 AM12/3/15
to embebidos32@
Está interesante esta conversación...

Pensándolo bien, lo de "para uso personal" es muy difícil de implementar, tampoco es muy razonable permitir el ingreso de algo que se considera peligroso por el uso que se declara que se le va a dar. Por ejemplo, un AK-47 para uso personal.

Por otro lado puede ser interesante tener acuerdos internacionales sobre normas de seguridad, como alguien nombró a UL o TÜV. Me tocó instalar instrumentos de proceso con seguridad intrínseca y es casi universal la aceptación de certificaciones como por ejemplo la de UL, FM o IEC. Cuando uno hace la orden de compra especifica qué certificaciones quiere, y generalmente vienen con muchas, y estamos hablando de instalaciones para atmósferas explosivas. Capaz que se podría proponer a las autoridades que permitan el ingreso de aparatos con certificaciones de instituciones serias.

Creo que fue el problema que hubo con la importación de los Intel Galileo, que finalmente fueron entregados con fuentes de fabricación nacional. Generalmente lo prudente es pedir los equipos sin fuente.

Saludos,

Para acceder a más opciones, visita https://groups.google.com/d/optout.

Leonardo Massazza

unread,
Dec 3, 2015, 8:47:32 AM12/3/15
to Lista Embebidos 32 Argentina
Cómo bien dicen, coincido en que el punto de control ideal es el punto de ingreso, internamente se pueden realizar controles extras para detectar filtraciones del filtro principal, pero la frontera es el punto ideal de control. Y el que realizan todos los países (ya sea aduanas para cosas o migraciones para personas).

Lo que si sería ideal es, para el caso de importaciones productivas de muy poco volumen, o I+D, donde la idea no es importar para comercialización hasta que no sea factible finalizar y comercializar un producto, contar con un mecanismo que permita agilizar el control o poner clausulas excepcionales que se puedan utilizar para esos casos, pero analizado uno a uno, justamente, como excepciones (el porcentaje de importación para I+D, prototipos o dispositivos de fabricación única no es tan alto como para no permitir un análisis uno a uno que pueda ser dentro de todo ágil).

Nada, es un tema para reflexionar...

Abrazo
 

Leonardo Massazza

Para acceder a más opciones, visita https://groups.google.com/d/optout.

Pedro Martos

unread,
Dec 3, 2015, 9:02:36 AM12/3/15
to embeb...@googlegroups.com
Hola,
Voy a tratar de opinar sin dar nombres de certificadoras, somos solo 9 y nos conocemos todos, sino en la proxima reunion en secretaria me van a c***** a trompadas...

El 3 de diciembre de 2015, 10:44 a. m., Fernando Lichtschein<flicht...@gmail.com> escribió:
Está interesante esta conversación...

Pensándolo bien, lo de "para uso personal" es muy difícil de implementar, tampoco es muy razonable permitir el ingreso de algo que se considera peligroso por el uso que se declara que se le va a dar. Por ejemplo, un AK-47 para uso personal.

Por otro lado puede ser interesante tener acuerdos internacionales sobre normas de seguridad, como alguien nombró a UL o TÜV. Me tocó instalar instrumentos de proceso con seguridad intrínseca y es casi universal la aceptación de certificaciones como por ejemplo la de UL, FM o IEC. Cuando uno hace la orden de compra especifica qué certificaciones quiere, y generalmente vienen con muchas, y estamos hablando de instalaciones para atmósferas explosivas. Capaz que se podría proponer a las autoridades que permitan el ingreso de aparatos con certificaciones de instituciones serias.


El problema de la certificacion de "instituciones serias" es que trabajan con un sistema parecido al de las franquicias, es decir, existe la certificadora ABCDEFGH internacional "seria", y yo creo una certificadora "ABCDEFGH Argentina" con su autorizacion. Curiosamente yo estoy obligado a aceptar los certificados ABCDEFGH sin siquiera ver el test report en el que se basan, pero ellos no aceptan mis certificados ABCDEFGH Argentina ni aunque les envie el informe de un laboratorio reconocido internacionalmente. Por otra parte, si aceptas un certificado externo y despues el producto no es seguro, como consumidor, ¿como accionas legalmente contra alguien que esta en otro pais y con otra legislacion?

Por eso como mejoras al sistema, la 92/98 no aceptaba certificados externos si no habia un convenio con una certificadora local que se hacia responsable de la certificación, y como mejora sobre eso en la 508/15 los convenios de reconocimiento para aceptar certificados externos si o si tienen que se mutuos.
Por otra parte, esto no impide que surjan todos los problemas que menciono Jeronimo La Bru. 

cordialmente,
Pedro

 

Pedro Martos

unread,
Dec 3, 2015, 9:22:50 AM12/3/15
to embeb...@googlegroups.com
Hola, por ahi esto es la duda de varios:

El 2 de diciembre de 2015, 11:26 p. m., Alejandro Sosa<alejand...@gmail.com> escribió:
Para los q saben mas, si el trafo en cuestion tiene sello TUV, UL o algun otro...puede ingresar al pais?
Creo q si, porque eso significaria q se le aplico alguna norma, por ej alguna de las IEC de seguridad electrica, las cuales son las mismas q usa IRAM.

Es correcto?

No, en principio no. Cuando algo certificable (no solo por seguridad electrica, sino tambien por ser a gas, o por ser equipo medico, o juguetes, hay varios regimenes, que estan en la pagina de la secretaria de comercio y dependen de la Direccion de Lealtad Comercial) llega al pais, aduana lo detiene y un despachante tiene que presentarse con el certificado emitido por un organismo de certificacion local. Si los datos del certificado coinciden con los datos del producto a juicio del inspector de aduanas, el producto (o lote de 1 a n elementos) se libera, sino, no.

Tambien puede pasar que el despachante se presente con una nota de "ingreso sin derecho a uso" emitida por un organismo de certificacion local que dice cuantos productos se necesitan para ensayo. Aduana autoriza a retirar la cantidad de productos que dice la nota y el resto del lote queda retenido. Por eso algunas empresas hacen una importacion de 1 o 2 productos (que son los necesarios para los ensayos) y con el certificado emitido, hacen la importacion "grande".

por cualquier cosa y para no diverger demasiado, pueden enviarme consultas por MP.
cordialmente,
Pedro

Andres Cassagnes

unread,
Dec 3, 2015, 9:26:39 AM12/3/15
to embeb...@googlegroups.com
En mi experiencia personal trabajando en un laboratorio de ensayos de seguridad de eléctrica (el mismo que Jerónimo) también me he encontrado con cosas de ese estilo.
Tampoco caigo en la facilidad de decir que solo por tener un sello tendría que pasar (sincerametne, desconozco la legislación actual ya que hace un par de años que me aparté del rubro). También he visto fuentes de alimentación de notebooks por ejemplo que viene tapadas de sellos y cuando las ensayas son un desastre. 

La ley no está por que si, y no creo que la gente que laburó para elaborarlas pensara en joder al ciudadano. Tal vez el mayor problema sea la falta de información, donde uno termina deambulando por infinitos foros tratando de sacar en limpio información tomada de diversas experiencias personales.
Creo que de este hilo en particular se puede sacar mucho en limpio tanto de legislación (hubo un par de aportes muy buenos) como de experiencia de gente de todos los lados del mostrador (destacando a Pedro desde un organismo de certificación).

Lo mejor es informarse antes de mandarse a importar algo sin caer en preconceptos o supocisiones basadas en el sentido común.

Alejandro Sosa

unread,
Dec 3, 2015, 9:34:14 AM12/3/15
to embeb...@googlegroups.com
Bien Pedro, pero entonces, significa q al estar ese convenio tipo franquicia con la certificadora, el producto ya esta certificado? deberia poder entrar? o aun asi hay q repetir el ensayo?

Pero si yo quiero exportar,..ellos no aceptaran mis ensayos? es asi?, 

Victor Rocco

unread,
Dec 3, 2015, 9:50:01 AM12/3/15
to Embebidos32
El jueves, 3 de diciembre de 2015, 10:44:23 (UTC-3), Fernando Lichtschein escribió:
Está interesante esta conversación...

Pensándolo bien, lo de "para uso personal" es muy difícil de implementar, tampoco es muy razonable permitir el ingreso de algo que se considera peligroso por el uso que se declara que se le va a dar. Por ejemplo, un AK-47 para uso personal.


Fernando:
 
  Quería acotar sobre esta interpretación. No se si he sido claro al escribirla pero veo que se presta a confusión, por eso voy a aclararla aunque no soy un experto en la materia.
El "uso personal" no te autoriza a traer cualquier cosa. Solo cosas que "no tengan restricción".
En el supuesto caso de un AK-47 seguramente debe regir otra restricción, aunque no la conozo, podemos imaginar que vendrá del lado del RENAR, por lo tanto no se puede importar ni para comercializar ni para uso personal sín los certificados correspondientes.
Con el tema del mercurio u otra sustancia, podemos suponer que habrá alguna restricción para "sustancias peligrosas", por lo tanto tampoco se podría importar ni siquiera para uso personal.
Pero con lo que respecta especificamente a electrónica para uso personal, no se puede aplicar la pretendida restricción de "seguridad eléctrica" porque la norma dice _explícitamente_ que fue creada para productos destinados a venta comercial.
Por lo tanto los productos eléctricos/electrónicos para uso personal no tienen restricción de "seguridad eléctrica" e hipotéticamente si se podrían importar, esto lo veré mañana cuando valla a la aduana a ver si es así o hay otra restricción.

Saludos!
Victor
 
 

Leonardo Massazza

unread,
Dec 3, 2015, 9:56:53 AM12/3/15
to Lista Embebidos 32 Argentina
Volviendo a lo que nos pasó con los servidores, el problema era el patch-cord (cable de energía). Puede ser que todo el resto esté certificado y aprobado, pero si tiene enchufe, y el enchufe no tiene sello IRAM, va a estar complicado... por mas que sea para uso personal. 

Ahora, si lo traes en un vuelo con vos, es otro cantar, no hay mas problemas (ahí no sé como se justifica el dejarlo pasar... seguramente algún otro tratado de libre comercio o convenio multilateral, o vos te hacés responsable por los riesgos de seguridad que puedan traer)



Leonardo Massazza

Luis Siquot

unread,
Dec 3, 2015, 10:04:18 AM12/3/15
to embeb...@googlegroups.com

Pedro Martos

unread,
Dec 3, 2015, 10:06:07 AM12/3/15
to embeb...@googlegroups.com
Voy respondiendo las preguntas;

El 3 de diciembre de 2015, 11:33 a. m., Alejandro Sosa<alejand...@gmail.com> escribió:
Bien Pedro, pero entonces, significa q al estar ese convenio tipo franquicia con la certificadora, el producto ya esta certificado?

Supongamos que el producto tiene un certificado de la certificadora "ABCDEFGH", que es una certificadora internacional conocida; que no es lo mismo que "reconocida", en argentina solo la Secretaria de Comercio (SC) "reconoce" organismos de certificacion (OC), y solo reconoce OC radicados en argentina (es decir, la SC no reconoce a ABCDEFGH como OC por no estar radicada en argentina). 

 
deberia poder entrar?

Para poder entrar por seguridad electrica, una de las 9 certificadoras locales reconocidas por la SC tiene que tener un acuerdo de reconocimiento mutuo con ABCDEFGH y este acuerdo tiene que estar homologado por la SC. Entonces la certificadora local puede emitir un certificado tomando como antecedente solo el certificado de ABCDEFGH sin realizar los ensayos necesarios para una certificacion.

 
o aun asi hay q repetir el ensayo?

No hay que repetir el ensayo completo (llamado "de tipo") que se hace para que el organismo de certificacion local emita el certificado; pero para que el certificado que emitio el OC permaneza valido, es necesario hacer los ensayos que se establecen en la parte de "vigilancia" (arts.28 a 30) de la 508/15.  
 

Pero si yo quiero exportar,..ellos no aceptaran mis ensayos? es asi?, 

Hasta donde se, es asi, (aunque pueda estar equivocado) ninguna de las certificadoras intenacionales reconoce los certificados emitidos por su equivalente de argentina. 
Aunque esto no significa que no puedas exportar, en algunos paises de latinoamerica aceptan los certificados emitidos por los OC de argentina directamente. Depende mucho de la legislacion que tenga el producto especifico en el pais en cuestion.
 

Alejandro Sosa

unread,
Dec 3, 2015, 10:08:50 AM12/3/15
to embeb...@googlegroups.com
gracias Pedro, muy esclarecedor, van mis +10

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Pedro Martos

unread,
Dec 3, 2015, 10:10:41 AM12/3/15
to embeb...@googlegroups.com
Tenes razon, el tema es que la aduana asume que todo lo que entra es para comercializacion, a menos que los convenzas de lo contrario, por eso algunos miembros de esta lista finalmente pudieron sacar sus productos.

 

martin ribelotta

unread,
Dec 3, 2015, 10:17:34 AM12/3/15
to embeb...@googlegroups.com
Va entre lineas

El día 3 de diciembre de 2015, 9:48, Pedro Martos <pima...@gmail.com> escribió:
> Hola,
> Trabajo en un organismo de certificacion de seguridad electrica, por lo que
> intercalo algunas observaciones a los comentarios de Martin:
>
> El 3 de diciembre de 2015, 1:21 a. m., martin
> ribelotta<martinr...@gmail.com> escribió:
>>
>> Respondo a Jeronimo pero en general va para todos:
>>
>> El punto que yo digo, no es lo que diga la ley.
>> Ya se que la ley es ley y hay que cumplirla, pero llendonos a casos
>> extremos, la esclavitud fue ley, la tenencia de drogas fue ley (opio, rape,
>> etc), la pedofilia fue ley y la discriminación racial fue ley.
>>
>> Ahora:
>> ¿Que aporta PARA ALGUIEN QUE NO VA A VENDER el pararle el producto en
>> aduana?
>
>
> Lo normal en este pais es que alguien diga que entra algo para su uso
> personal y termina vendiendolo. Creo que todos conocemos a alguien que fue
> de viaje y se trajo una notebook o iphone para revender. Imaginate si encima
> dejas abierta una puerta legal para hacer eso regularmente
>
Eso ocurre porque hay trabas en la importación,
Si las actividades de importación estuvieran reguladas en UNA sola
ley, y no desparramadas por cientos de dictamenes, edictos, leyes y
contraleyes nadie tendria dudas sobre que hay que hacer o como hacerlo
Si las leyes son simples, no hay mucho margen para jugar con ellas.

>>
>> ¿No es mas productivo regular la venta?
>
>
> Como? mandas a la calle miles de inspectores que detecten la venta ilegal, y
> llamen a otros miles de fiscales para decomisar la mercaderia? Es mucho mas
> productivo simplemente impedir que entre al pais algo que no se debe vender.
>
No, si algo falla, entonces decomisas la mercaderia.
Fijate que en este momento estamos criminalizando ANTES de que se
produsca el ilícito.
No hace falta decir que esto nos situa en la edad media y que en vez
de "el martillo de las brujas" ahora es con el libro (cada vez mas)
gorde de petete que son las leyes.
Por cierto, invito a leer esa joya del pensamiento legal medieval
llamado "el martillo de las brujas". Van a encontrar varios
paralelismos con lo que se hace actualmente (en argentina, USA y
europa principalmente) con el pretexto de proteger a los ciudadanos.

>>
>> ¿No es mas fácil controlar que eso que se importo no se venda?
>
>
> Como? nuevamente mandas a un inspector de aduana al deposito declarado del
> importador con un fiscal que lo allane? y si cuando llegas descubris que es
> un baldio? la mercaderia ya entro y se distribuyo.
>
>
Si, mas facil es dejar que se venda y proceder cuando haya un hecho
concreto y no supuestos o presuntos hehos a futuro

>>
>> ¿No existe ya las leyes que permiten regular, rastrear y detener a quien
>> venda algo fuera de las normas?
>
>
> Si, el problema es que sea posible en la practica aplicar estas leyes, sino
> fijate en el narcotrafico.
>
Justo el narcotrafico y otras actividades ilegales tienen la raiz de
sus problemas en "el hecho de la ilegalidad".
Es realmente constructivo ver como otros paises han paleado eso sin
entrar en guerras truculentas con organismos como la DEA y otras joyas
de los "derechos humanos" que se dedican a lo mismo que combaten.

>>
>> ¿Si yo quiero importar una jeringa de mercurio para suicidarme (o sea
>> matar un suizo) no estoy en todo el derecho de hacerlo?
>
>
> Si, el problema es que despues que te mueras el mercurio queda en el pais
> con riesgo para el resto de los que quedamos vivos, por eso es mas facil
> simplemente impedir la entrada de jeringas de mercurio.
>
Necesitarias una hola de suicidios para que eso se pueda detectar en
el ambiente.

>>
>> ¿Si genero perjuicio a alguien no hay una ley para caerme con todo su peso
>> encima?
>
>
> Si, el problema es que si son demasiados, no posible en la practica accionar
> legalmente contra todos los que generan el perjuicio. Por eso en la lucha
> contra el narcotrafico es mucho mas eficiente decomisar un cargamento de 500
> kilos de marihuana que encerrar a todos los vendedores de porros que
> distribuyen esos 500 kilos de marihuana
>
Si son demasiados, entonces algo esta realmente mal con la ley.
Es lo que estoy planteando a raíz de esto que estamos discutiendo aca.

>>
>> ¿Que sentido tiene EN CONCEPTO el dificultar las importaciones de ALGO QUE
>> NO VA A PERJUDICAR A NADIE por el simple hecho de que quienes hicieron la
>> ley no veían mas allá de sus narices? (porque no nos engañemos, las leyes,
>> cuando mas especificas, son como los modelos físicos, predicen/sirven de
>> menos, y sirven de menos -ing. básica pls!-)
>
>
> Es un problema legal arbitrario. Todos estamos de acuerdo en que esta mal
> importar para revender algo que deberia certificarse, ahora, al igual que en
> el narcotrafico, cuanto es el "consumo personal" de productos que deberian
> certificarse? 1? 5? 10? Por eso la secretaria de comercio establecio
> arbitrariamente "0". Y cabe aclarar que esta normativa no es de ahora, es
> desde 1998. Lo unico que cambio es el esquema de vigilancia de los
> productos. Los requisitos para importar y certificar son los mismos.
>
> Antes de que me puteen por igualar la importacion de productos no
> certificados al narcotrafico aclaro: hago esta analogica porque la
> problematica que genera es similar (esta penalizada la venta no el consumo,
> hay muchos puntos de venta clandestinos dispersos y es ineficiente actuar
> contra ellos, hay mucha gente que esta a favor del consumo personal, etc).
>
> No hago esta analogia porque crea que la importacion y comercializacion de
> productos no certificados sea igual de grave que el narcotrafico...
>
>
No voy a ser yo el que te lo recrimine, al contrario, me parece
perfecta la analogia.
Simplemente, que eso nos lleva a plantear cosas mas profundas que no
tienen que ver necesariamente con el mensaje original.

>
>>
>>
>> El punto no es lo que la ley dice, sino lo que deberia decir. Creo que
>> como industria, y viendo los hechos (a los cuales no hay apelación ni
>> politico ni ideologia posible) debemos tomar la iniciativa de enderezar las
>> cosas.
>
>
> En realidad la industria esta bastante contenta porque le resta competencia
> de los importadores...
>
Si, la industria que no necesita importar aparatos de medición
complejos, sistemas de desarrollo que no existen aquí o tecnología que
ellos no usan pero que, quienes quieren hacer algo, tienen que comerse
un falso proteccionismo en aras de sus intereses.

>>
>>
>> Y no, no porque sea ley tiene que ser justo, ni necesario ni infalible, ni
>> mucho menos universal. Podemos retorcer los argumentos todo lo que queramos,
>> pero aquí, hay algo concreto, que no es solo el OP de esta cadena de mails
>> el que tiene problemas, lo he visto en los casos mas inverosimiles.
>
>
> Y porque el resto de los paises lo aplican y suena verosimil? Trata de
> exportar a estados unidos algo electrico sin sello UL o a europa algo sin
> sello CE...
>
Justamente EEUU es el peor modelo para copiar.
* Tiene una industria que no se sostiene si no genera conflictos
armados regularmente
* No son competitivos en diseño (cuenten cuantos americanos aportaron
a la ciencia y la tecnologia y cuantos no-americanos-en-america)
* Las leyes de importación/exportación estan a la altura de argentina
en incoherencia.
* Ni hablemos de las leyes de inmigración
Y así un largo etc. por el que EEUU es el peor modelo a copiar.

Por el hecho de que otros paises lo aplican, como minimo hay algo de
estadistica ahi. Al menos hay una correlación entre lo que los otro
paises aplican y como les va en el desarrollo de su industria.
No es que correlación implique causa y efecto, pero te dice "mira ahi"


>>
>>
>> Definitivamente, no hay justificativos de esta ley para trabar la
>> importación de cosas con transformador.
>
>
> El justificativo es que si no pones algo de seguridad electrica, es bastante
> probable que el importador elija el producto mas barato, que trae el
> transformador que se quema con el uso prolongado del equipo.
>
Cuando la gente no lo compre porque se quema va a tener que dejar de traerlo.
Si la gente lo sigue comprando igual aunque se queme, es que, a pesar
de que se quema, es suficientemente barato para servir durante el
tiempo que funcione.
Otra vez ponemos en manos de un "estado omnisapiente" algo para lo
que, cualquier primate con encefalo sin daño puede razonar.

>>
>>
>> Si queremos proteger al consumidor, me parece que ya hay suficientes
>> herramientas para esto (para vender algo, hay que estar inscripto, pasar por
>> un monton de cosas y certificar otro monton de cosas, es TOTALMENTE
>> NECESARIO las trabas aduaneras)
>
>
> Seguro, el problema es si es viable aplicar esa legislacion, fijate sino el
> caso de los manteros.
>
>
Ese es el problema, ley que no es viable aplicar, es vapor (vaporley?)

>>
>>
>> Si alguien es tan amable de explicarme cual es el raciocinio de esto, sin
>> entrar en el "porque es ley y es así" estaria muy agradecido, sino,
>> simplemente es una arbitrariedad mas ante la que hay que plantarse (como
>> muchas otras, que se vienen dando no solo en estos 12 años que hoy esta de
>> moda tirarle mierda, sino de larga data incluso antes de los 80 y 90)
>
>
> Nuevamente, esto esta desde el año 1998, en todo caso sera culpa del
> menemismo (que no se caracterizo por ser defensor de la industria nacional).
Por eso dije (...incluso antes de los 80 y 90)

> Y el raciocinio es impedir que entren luces de navidad que se prenden fuego
> una hora despues de enchufarlas, secadores de pelo que se derriten al 5to
> uso, etc. En algunos casos tambien tambien sirve como barrera
> para-arancelaria, pero como no tenemos una industria muy desarrollada de
> productos electricos, no es un uso muy comun.
>
>
El tema que eso produce como side-effect que quienes quieren importar
algo para trabajar tengan que, o bien aprenderse todas las leyes
aduaneras, o ir a buscar un despachante de aduana QUE NO DA NINGUNA
GARANTIA como bien decis vos mas abajo o directamente dedicarse a
hacer cualquier otra cosa porque "en aras de proteger a la gente" se
lo está criminalizando antes de que ocurra nada.

>>
>>
>> @Gullermo: Sobre la frase:
>>
>> esta norma viene desde la época de los 90 cuando los importadores traían
>> cualquier cosa, por ejemplo equipos para 110V y arreglate y encima no
>> respetaban la garantía porque te decían que el trafo de 110-220 V no era
>> adecuado etc. Además como no existe límite para lo berreta que pueden ser
>> las cosas deben existir normas de seguridad eléctrica
>>
>> Existen normas de seguridad electrica que no necesitan ser aplicadas en la
>> importación, sino que estan pensadas para ser aplicadas en la venta. Si no
>> reconocen la garantia, para eso esta defensa del consumidor, creo que ahi no
>> hay apelativo posible. Le venden a alguien un trafo que dice 110v@60Hz para
>> la norma que es 220V@50Hz, es estafa en todos los sentidos, no hay nada que
>> hacer en aduana. No hay nada que proteger en ningun lado porque es una
>> estafa ni bien se produce, sin ninguna duda ni claro-oscuro.
>
>
> Nuevamente, es mas eficiente impedir que entre algo a 110V que accionar
> contra el mantero que te vende un calentador de agua a base de una
> resistencia electrica con un cable de 0.50 mm2
>
Que sea mas eficiente no quiere decir que sea correcto ni bueno ni
recomendable o no genere efectos adversos.
Como bien queda patente, este tipo de legislaciones le dan a aduana la
facultad de frenar cualquier cosa "porque te olvidaste el punto y
coma" (ok, no literalmente pero es evidente que lo digo pensando en
los infinitos tramites que hay que hacer)

>>
>>
>> @Todos: El 80% de los nuevos productos de bajo voltaje, son de 110-220V
>> 50-60Hz por el simple hecho de que la corriente se rectifica ni bien sale de
>> las patas del enchufe al ser fuentes conmutadas.
>>
>>
>>
>>
>> Las fuentes conmutadas que fabrican aquí en argentina tienen una tasa de
>> fallo del 10-15% (cuando el peor de los chinos es del 4%) y eso pasa las
>> certificaciones, es un chiste de mal gusto.
>
>
> La certificacion es de "seguridad electrica" no de "eficiencia de diseño" o
> "utilidad"; es como la ISO9000, la idea es que tu producto es siempre el
> mismo, no que es bueno... la idea aca es que el producto es seguro, no que
> es bueno.
>
En todo caso, la única manera de ensayar si es seguro o no que veo, es
poner el producto en manos de X personas, y ver cuanta gente se muere,
queda lisiada o paralitica, luego sacar un porcentaje de seguridad.
Como sabes eso es inviable a todas luces.
Hablar de seguridad, es hablar de "cosas potenciales" y en todo caso,
se pondera cuanto se pierde y cuanto se gana en ese balance. En todo
caso, creo que aquí perdemos mas tiempo y oportunidades de mejora que
los eventuales riesgos que pueda sufrir las personas, que de hecho, no
estan exentas de que las pise un auto al salir de la casa.

>>
>>
>> El punto es, que esto no es por politica ni por seguridad, es porque
>> quienes hacen la legislación ni tienen NPI de lo que legislan y le dan para
>> adelante "porque suena lindo" (quien no quiere proteger a la población!!!)
>
>
> Eso es ignorar el trabajo de las comisiones tecnicas que hicieron la 92/98 y
> la 508/15. Creo que tendrias que informarte un poco mas sobre el tema antes
> de despreciar su trabajo... Obviamente toda legislacion es perfectible, pero
> de ahi a decir que estas resoluciones son un invento de alguien que no sabe
> de lo que habla, implica una ignorancia total sobre este tema.
>
No puedo saber todo de todo en tiempo cero. Admito mi ignorancia en un
montón de areas. Pero: es innegable que este tipo de cosas (las
restricciones aduaneras) quiebran el espíritu emprendedor de la gente
del pais.
Creo que prevenir un posible riesgo, con una incidencia incierta y
totalmente incalculable (daño personal o material para n o m personas)
es usar a la gente de rehén en un juego que ya ha demostrado lo nocivo
que es para el pequeño emprendedor y lo lucrativo que es para el
contubernio aduanero.

>>
>>
>> Gente, tratemos de ver donde esta realmente el problema, no sirve de nada
>> el apelar a "es la ley y hay que cumplirla"
>
>
> El problema esta en que si no legislas, actua la ley del mercado, o sea
> comprar lo mas barato posible, y eso implica comprar para revender cosas que
> pueden ser riesgosas para una persona sin formacion en electricidad. Ejemplo
> mas basico: la zapatilla multitoma con un cable de 0.50mm2 de seccion o la
> lampara de mesa metalica en la que la rosca de la lamparita esta en contacto
> con la estructura.
>
>
Tal vez mi visión sea bastante técnica y peque de no ver las
implantación humanas pero por desgracia, me ha funcionado mas eso que
ponerme a pensar en humanismos que ni entiendo ni veo resultados
reales.
Por el tema de la ley del mercado: Siempre actúa la ley del mercado,
pasa que solemos ignorar que las leyes emitidas por un país, pasan a
ser parte del mercado cuando interaccionan con el. Esto que tenemos
ahora tambien es "el mercado" y lo que tengamos a futuro también lo va
a ser.

>>
>>
>> Saludos, y lamento si mi mail suena mal para muchos, tengo dos pintas de
>> birra encima (pagadas por otro porque estoy en modo economia de guerra) y
>> son las 1:21 AM.
>>
>
> No suena mal, es simplemente una opinion, otros pueden tener opiniones
> distintas.
>
El problema a mi ver, es que damos mas importancia al no-hecho de un
delito potencial que al hecho de lo que no podemos hacer por las
inoperantes leyes de importación.

En otro mail mas abajo, das a entender que la aduana tiene criterios
"flexibles" para regular esto. Eso en mi experiencia es una invitación
a la corrupción y el acomodo, no debería existir, y tampoco debería
existir un poder tan grande en la operación de la aduana. No hay
"fantasmas chupasangre" afuera de las murallas (ref. terry pratchet)
son tipos que laburan como nosotros, y que, en una proporción igual
que nosotros tienen delincuentes y gente de trabajo como nosotros.

Lamentablemente, por lo que veo, hay un convencimiento general de que
es mejor "que te protejan" a que te dejen trabajar.
Ante esto, dudo que se pueda hacer algo mas que declararse en rebeldía
ante la ley y aceptar las consecuencias que eso conlleve, pero
pensemos que ese tipo de cosas no fomentan ni el desarrollo ni la
investigación ni el avance tecnológico, solo nos permiten vivir en "un
mundo feliz" y "protegidos".

Por desgracia, yo no tengo ningún interés en ser "feliz" o estar
"protegido" sino en hacer antes que tener o ser. Solamente espero que
mas gente tenga el mismo interés.

> cordialmente,
> Pedro

Victor Rocco

unread,
Dec 4, 2015, 11:08:56 AM12/4/15
to Embebidos32
Tal como quedé, les comento mi experiencia en la aduana Ezeiza en el día de hoy, estilo telenovela con humor para amenizar la tarde del viernes:

- En el mostrador de Fedex: al revisar mi tracking y verificar que estaba con esto de "seguridad eléctrica", me dice que valla a preguntar a TCA a ver si me la van a autorizar a retirar.
- Y si no me autorizan, ¿Hay forma de que lo pueda enviar de vuelta a origen?
# Si por eso te digo, porque si te doy la guia ahora y luego no te lo autorizan, el producto no tiene forma de volver al proveedor de origen, porque la guía ya está en tus manos y el producto se pierde en la aduana.
- OK me parece lógico, voy a TCA.

- En Terminal de Cargas Argentinas: le comento de que era el producto y que era para uso personal, que había leido las leyes y que siendo para uso personal no tenía la restricción de "seguridad eléctrica". Que no entendía por que estaba retenido.
# Entendió, me dijo que Fedex lo había retenido sin aplicar bien las leyes, que les valla a reclamar.
- ¿Como que lo retuvo Fedex, no es la aduana la que lo retuvo y Fedex ya se desligó?
# Me dice que Fedex hace las revisión de mercadería con sus "tercerizados" aplicando las leyes que ellos les dan (Aduana) y que se la dieron a ellos (TCA) para que la guarden.
- What?!?!?!? No entendí si estaba hablando con una persona de aduana o una persona de TCA.
# Me pregunta si había viajado a USA en los últimos 6 meses, porque si era así la podía pasar como "equipaje personal". Obviamente NO viajé.
  Me dijo que la próxima utilice el Correo Argentino, que es sín costo y que no queda retenida y que puedo hacer el trámite personalmente. Desde USA es usando USPS.
- OK. Muchas gracias. No tenía esa data.

- Vuelvo a Fedex, me atiende otro, con los tapones de punta: Hola, de allá me dicen que me retuvieron indebidamente el producto porque es para uso personal y no aplica esto del certificado, que me lo tienen que liberar.
# Tengo entendido que todo producto con transformador necesita el certificado para pasar, si te dijeron que hay otra vía como para pasarlo para uso personal no la conocía.
- Pelo la impresión de las leyes, se las explico.
# Ok me dice, pero si te doy la guía y la inspección de Aduana no te lo aprueba encima te ponen una multa.
- OK. Enseguida entendí porque todos juegan a la defensiva y se pasan la pelota unos a otros. Porque nadie sabe nada y no quieren arriesgarse a comerse sanciones. Por esto me retuvieron el paquete.
- Pero te digo que esto tendría que seguir el curso normal hasta llegar a la puerta de mi casa.  
# Ok me dice, tenes que llamar al 0800 para reclamar.
- ¿Y esto no es atención al cliente?
# Si pero aca no podemos hacer nada. Sino mejor podes escribir a pir...@fed-ex.com
- Pero lo quiero resolver hoy, para eso vine.
# El que me había atendido antes acota. Ayer una señora se llevó una Play Station 4.
- Claro le digo, ese caso es el mismo que el mío.
# Si, se llevó la guía pero tuvo que poner un despachante de Aduana.
- Mi cabeza carbura, recuerdo lo leido por internet, despachante = 200 a 300 U$D + donde lo encuentro ahora? Deduzco, si la señora necesitó un despachante para un trámite que lo podía hacer sola es porque los inspectores de aduana son tan duros como los que ya hablé, calculo riesgos, costos/beneficos, si me juego por la opción corte de guia + inspección es a todo o nada, enviarlo de vuelta es más barato que contratar despachante. Stop!
- Ok le digo. Dejámelo pensar ¿Cualquier cosa puedo volver mañana?
# Claro, no hay problema. Tenes 30 días desde la llegada del paquete.
- Nos damos la mano y la gracias. No terminamos mal.

Camino de vuelta... decisión = lo mando de vuelta a origen.
Ya escribí el email al proveedor y me confirmaron que todo OK. Lo hacemos así.

Saludos!

Gustavo F. Paredes - LU2JGP

unread,
Dec 4, 2015, 11:24:48 AM12/4/15
to embeb...@googlegroups.com

Martin Ribelotta: Mejor prevenir que curar. Pareces un extremista liberal con tus ideas.

Victor Rocco: Excelente decisión.

Gustavo Paredes

Ezequiel Garcia

unread,
Dec 4, 2015, 11:25:54 AM12/4/15
to embeb...@googlegroups.com
2015-12-04 13:08 GMT-03:00 Victor Rocco <victor...@iotpreneur.com>:
[..]
> Me dijo que la próxima utilice el Correo Argentino, que es sín costo y que
> no queda retenida y que puedo hacer el trámite personalmente. Desde USA es
> usando USPS.
> - OK. Muchas gracias. No tenía esa data.
>

Cuidado! Te dijeron media verdad. El país aplica un límite de DOS (si
dos!) envíos por año
para uso personal. SOLO DOS.

Si lo entrás por courier (Fedex, DHL, UPS, TNT) el envío se exceptúa
de dicha limitación.
Si lo entrás por correo estatal (ya sea regular o EMS), solo tenés DOS
envíos por año.

>
> Camino de vuelta... decisión = lo mando de vuelta a origen.
> Ya escribí el email al proveedor y me confirmaron que todo OK. Lo hacemos
> así.
>

Y te falta un detalle: el pais no termina en la General Paz,
no todos podemos ir a Ezeiza a resolverlo en persona.

Hace unos años me mandaron
http://www.friendlyarm.net/products/mini2440
de regalo porque lo estaban repartiendo de onda entre programadores de
la comunidad.

El yanqui muy contento lo mandó sin valor FOB, solo con una nota que decía
"para uso personal". Quedó retenido en Ezeiza y francamente no pude ir hasta
allá a arreglarlo en persona.

Pero bueno... supongo que ahora más que nunca, de la General Paz para afuera
no le vamos a importar a nadie.

Te doy mi fórmula mágica para entrar decenas de placas (que NO son
compras, sino simples envíos) de forma viable:

1) clave fiscal nivel 2
2) envío con factura o proforma y valor FOB menor a 1000 USD.
Siempre, sea o no compra.
3) nunca nada que se enchufe a una pared incluído

El envío llega a aduana, lo seguís por tracking, llamás a fedex, dhl, etc.
le pedís los nros. para completar un formulario f4550 online y listo, te
lo llevan a la puerta de tu casa.

Fernando Lichtschein

unread,
Dec 4, 2015, 11:37:24 AM12/4/15
to embebidos32@
No entiendo este comentario:

"Pero bueno... supongo que ahora más que nunca, de la General Paz para afuera
no le vamos a importar a nadie."

y respecto a "Y te falta un detalle: el pais no termina en la General Paz,
no todos podemos ir a Ezeiza a resolverlo en persona." 

Ezeiza queda pasando la General Paz.

Buen fin de semana largo

Ezequiel Garcia

unread,
Dec 4, 2015, 11:37:31 AM12/4/15
to embeb...@googlegroups.com
4) Ah y FUNDAMENTAL: Nro. de CUIT en la factura, en la guía, en todas partes.

Ezequiel Garcia

unread,
Dec 4, 2015, 11:38:37 AM12/4/15
to embeb...@googlegroups.com
2015-12-04 13:37 GMT-03:00 Fernando Lichtschein <flicht...@gmail.com>:
> No entiendo este comentario:
>
> "Pero bueno... supongo que ahora más que nunca, de la General Paz para
> afuera
> no le vamos a importar a nadie."
>

Me parece que está más claro que el agua.

> y respecto a "Y te falta un detalle: el pais no termina en la General Paz,
> no todos podemos ir a Ezeiza a resolverlo en persona."
>
> Ezeiza queda pasando la General Paz.
>

Y ? Aún así queda claro que si no vivís cerca de Buenos Aires no existís.

martin ribelotta

unread,
Dec 4, 2015, 11:40:36 AM12/4/15
to embeb...@googlegroups.com
El día 4 de diciembre de 2015, 13:24, Gustavo F. Paredes - LU2JGP
<lu2...@gmail.com> escribió:
> Martin Ribelotta: Mejor prevenir que curar. Pareces un extremista liberal
> con tus ideas.
>
¿Mas vale prevenir que curar? Eso que suena tan bien puede dar via
libre a cualquier atrocidad.
Y no, no se que seria un extremista liberal, ¿un anarquista?
Igual esto no es política, son hechos reales. Basta fijarse el numero
de personas que se electrocutan EN EL MUNDO por productos defectuosos
y fijarse cuantas experiencias negativas hemos tenido solamente en la
lista (mas las que conozco personalmente y no van a aparecer acá)

Juan Cecconi

unread,
Dec 4, 2015, 11:42:06 AM12/4/15
to embebidos32
Otras recomendaciones:

- Leyenda "Samples without commercial value", y obviamente cantidades compatibles con muestras
- En el F4550 poner que no se pagó la mercadería (muestras), y pagarlo por otro lado (Ej, en otro envío que requiera DJAI transferir un monto adicional para estas futuras muestras)
- En caso de PCBs pequeños, panelizar y expresar el contenido en Nro de Paneles para que disminuir el Nro de PCBs.

Saludos

martin ribelotta

unread,
Dec 4, 2015, 11:44:56 AM12/4/15
to embeb...@googlegroups.com
Fer, por desgracia, lo que dice Ezequiel es una triste realidad.
Tambien hay otra frace que dice "dios esta en todos lados pero atiene
en buenos aires y capital"
Imaginate que yo (en bariloche) tuviera que hacer esos tramistes en
Bs.As.? Aca hay una "presunta" aduana (y digo presunta porque hay
cosas que no te resuelve igual, y tenes que caer en Bs.As.)

Algo se resuelve con internet, pero en ese sentido, la administración
publica esta en la edad de piedra.

Esperemos que Ezequiel se equivoque con lo que ahora mas que nunca se
van a olvidar de que hay afuera de Bs.As. (esperemos... :-S )

El día 4 de diciembre de 2015, 13:38, Ezequiel Garcia
<ezeq...@vanguardiasur.com.ar> escribió:

Fernando Lichtschein

unread,
Dec 4, 2015, 11:55:31 AM12/4/15
to embebidos32@

Sigo sin entender... 

Y lo de Ezeiza era un chascarrillo... si viviendo en Buenos Aires es un dolor de panza ir a Ezeiza a buscar un paquetito, no sólo por el traslado si no por la burocracia que creo que se multiplicó desde que se mudaron de Retiro.

Saludos.

martin ribelotta

unread,
Dec 4, 2015, 12:03:16 PM12/4/15
to embeb...@googlegroups.com
El día 4 de diciembre de 2015, 13:55, Fernando Lichtschein
<flicht...@gmail.com> escribió:
>
>> Sigo sin entender...
>>
>> Y lo de Ezeiza era un chascarrillo... si viviendo en Buenos Aires es un
>> dolor de panza ir a Ezeiza a buscar un paquetito, no sólo por el traslado si
>> no por la burocracia que creo que se multiplicó desde que se mudaron de
>> Retiro.
>>
Jeje ahora le queda lejos a todo el mundo :-P

Básicamente, lo que nos pasa en el interior es que, muchos tramites
terminan siendo derivados a buenos aires por fuerza.
En especial los aduaneros.
Entonces, para sacar una pavada que nos costaría 100-200 usd tenemos
que perder tiempo y dinero en movernos hasta allá y rogar que lo
podamos solucionar (que no siempre es el caso)
> Para acceder a más opciones, visita https://groups.google.com/d/optout.

Gustavo F. Paredes - LU2JGP

unread,
Dec 4, 2015, 12:26:45 PM12/4/15
to embeb...@googlegroups.com

Yo,  en Concepción del Uruguay ( Entre Ríos)  no he tenido problemas con la Aduana.  De todas maneras no compro cosas "enchufables".

Sin control aduanero,  aumentaría la cantidad de muertes x electrocución????.  Para mi si.

Gustavo Paredes

martin ribelotta

unread,
Dec 4, 2015, 1:03:00 PM12/4/15
to embeb...@googlegroups.com
El día 4 de diciembre de 2015, 14:26, Gustavo F. Paredes - LU2JGP
<lu2...@gmail.com> escribió:
> Yo, en Concepción del Uruguay ( Entre Ríos) no he tenido problemas con la
> Aduana. De todas maneras no compro cosas "enchufables".
>
> Sin control aduanero, aumentaría la cantidad de muertes x
> electrocución????. Para mi si.
>
El problema es que eso es imposible de determinar feacientemente.
Pueden aumentar las muertes por electrocución o porque la naturaleza
dio a luz un nuevo tipo de homo sapiens que tiene especial descuido
con la electricidad o porque la mayoria son de una secta religiosa que
se suicida comprando transformadores truchos y electrocutandose con
ellos para ir al cielo donde su dios transformador los espera.... En
resumen (y dejando de lado los chistes faciles para distender el tema)
es imposible de determinar tanto por positivo como por negativo, así
que deberia legislarse pensando en beneficios reales.

Gustavo F. Paredes - LU2JGP

unread,
Dec 4, 2015, 1:37:44 PM12/4/15
to embeb...@googlegroups.com

Discúlpame Martin.  Vos sos ingeniero o técnico???.  Me asombran tus razonamientos.  Me cuesta creer que tenes un título técnico y pensas así.

Gustavo Paredes

Luis Siquot

unread,
Dec 4, 2015, 1:40:09 PM12/4/15
to embeb...@googlegroups.com
Disculpenme, pero vivir fuera y lejos de la general paz puede ser una gran ventaja también comprando en el exterior.  Conozco la experiencia de una persona que vive en La Plata, que despacho su compra por DHL a su domicilio alla y que la oficina de aduana de La Plata le retuvo el paquete (igual que a todos) a solo 10 cuadras de su casa, hizo el mismo tramite que en ezeiza y se llevó el paquete.



Pedro Martos

unread,
Dec 4, 2015, 1:56:14 PM12/4/15
to embeb...@googlegroups.com
Hola,
Me parece que la postura de Martin es algo que surge en teoria del derecho: "hasta que punto podemos juzgar la intencionalidad de alguien y acusarlo de tener intenciones de hacer algo ilegal"

Ejemplo extremo: en algunos estados en USA, si te encontras con una menor de edad y llevas un preservativo en el bolsillo, podes ser acusado de pedofilia. Se asume que si te encontras con una menor y llevas un preservativo, es porque ibas a tener sexo con ella y sos juzgado como si lo hubieras hecho.

Creo que el planteo de Martin apunta a esto: si la ley prohibe la comercializacion, ¿porque aduana me impide importar algo si no esta demostrado que yo vaya a comercializarlo? Estan castigandome por algo que supuestamente voy a hacer...

Yo creo que no hay una respuesta por parte de "la ley" a esto, siempre hay una interpretacion fijada por alguien con autoridad. Por eso la aduana en algunos casos retiene y en algunos casos libera los productos, de acuerdo al inspecto que te toca y a la habilidad del despachante que llevas. En un mundo ideal, el inspector de aduanas tiene un buen criterio para determinar si estas importando algo para consumo personal o para revender, y este criterio puede basarse en el valor de lo que importas, la cantidad de importaciones que haces por año, tu clasificacion fiscal, la funcionalidad de lo que importas, etc. 

cordialmente,
Pedro 

martin ribelotta

unread,
Dec 4, 2015, 2:00:08 PM12/4/15
to embeb...@googlegroups.com
El día 4 de diciembre de 2015, 15:37, Gustavo F. Paredes - LU2JGP
<lu2...@gmail.com> escribió:
> Discúlpame Martin. Vos sos ingeniero o técnico???. Me asombran tus
> razonamientos. Me cuesta creer que tenes un título técnico y pensas así.
>
No soy absolutamente nada. De hecho, ni siquiera fui a una escuela
técnica. He tenido que dejar en stand by mi carrera de ingeniería por
demaciado laburo. Espero poder completarla algun dia.

Mi titulo de secundaria quedo en "bachiller" (de nada) porque fue en
la época de EGB/Polimodal (titulo que se perdió en sucesivas mudanzas)
Técnicamente hablando, podríamos decir que soy un iletrado ya que no
tengo papeles que demuestren que alguna vez me senté enfrente de un
aula.

De todas formas, no creo que haya alguna restricción en como pensar
dependiendo de lo que uno haga.

Si queres ver en eso una razón de mi forma de pensar, no veo problema,
pero creo que es atribuirle orígenes a lo que no es.

Ariel Lutenberg

unread,
Dec 4, 2015, 2:24:43 PM12/4/15
to embebidos32@

Gustavo,
Me alegra que Martin haya tomado de buena forma tu pregunta.
No obstante quiero expresar que a mí me parece equivocada, desafotunada y ofensiva.
Me parece que apunta a lo que se conoce como "falacia de autoridad", que a mi entender es un error muy grosero.

De hecho, en el Proyecto CIAA ha quedado demostrado innumerables veces que muchos de los mejores aportes lo han hecho personas que no tienen titulo de ingeniero o que al momento de hacer su aporte no lo tenían.

Mas aún, si la razonabllidad de una opinion se fuera a juzgar por el diploma de la persona que la emita entonces la enrome mayoría de Ustedes podria simplemente sentarse a escuchar las cosas maravillosmente sensatas que es de suponer que tendriamos para decirles a las 20 o 30 personas de esta lista que tenemos titulo de doctor... sabemos que eso no es así, de hecho, nuevamente en el marco del Proyecto CIAA las mejores ideas y aportes no guardan ninguna relación con el grado académico de quién las emitió.

En fin, celebro la buena predisposición de Martin Ribelotta ante tu pregunta que yo juzgo ofensiva.

Saludos,
Ariel.

Guillermo Villamayor

unread,
Dec 4, 2015, 2:27:06 PM12/4/15
to embeb...@googlegroups.com
Yo creo que no es solo el riesgo eléctrico lo que se debe reglamentar. En
una época en USA habían prohibido la importación de ciertos teléfonos porque
tenían muy mala calidad de audio y eso obligaba a hacer muchas repeticiones
en una conversación, lo cual consideraban era una mala utilización de la red
telefónica.
Mas allá de los lobbys que seguro existieron me parece muy bien que cuiden
la calidad de las cosas que les venden porque muchas veces los fabricantes
locales tienen que adecuarse a normas que encarecen sus costos y los
artículos importados no sabemos.
Adivinen en que país con una red telefónica democrática terminaron vendiendo
los teléfonos ?




-----Mensaje original-----
From: martin ribelotta
Sent: Friday, December 04, 2015 3:59 PM
To: embeb...@googlegroups.com
Subject: Re: [embeb32] Re: [OT] Fedex retenido por transofrmador eléctrico.
Ayuda!!!

martin ribelotta

unread,
Dec 4, 2015, 2:31:56 PM12/4/15
to embeb...@googlegroups.com
El día 4 de diciembre de 2015, 16:24, Ariel Lutenberg
<alute...@gmail.com> escribió:
> Gustavo,
> Me alegra que Martin haya tomado de buena forma tu pregunta.
> No obstante quiero expresar que a mí me parece equivocada, desafotunada y
> ofensiva.
> Me parece que apunta a lo que se conoce como "falacia de autoridad", que a
> mi entender es un error muy grosero.
>
> De hecho, en el Proyecto CIAA ha quedado demostrado innumerables veces que
> muchos de los mejores aportes lo han hecho personas que no tienen titulo de
> ingeniero o que al momento de hacer su aporte no lo tenían.
>
> Mas aún, si la razonabllidad de una opinion se fuera a juzgar por el diploma
> de la persona que la emita entonces la enrome mayoría de Ustedes podria
> simplemente sentarse a escuchar las cosas maravillosmente sensatas que es de
> suponer que tendriamos para decirles a las 20 o 30 personas de esta lista
> que tenemos titulo de doctor... sabemos que eso no es así, de hecho,
> nuevamente en el marco del Proyecto CIAA las mejores ideas y aportes no
> guardan ninguna relación con el grado académico de quién las emitió.
>
> En fin, celebro la buena predisposición de Martin Ribelotta ante tu pregunta
> que yo juzgo ofensiva.
>
No lo tome por ese lado por el simple hecho que por mail las
intenciones y los modos pueden no ser interpretados correctamente.
Es cierto que entra en "falacia de autoridad" pensar que con X titulo
se puede argumentar mejor o peor (en todo caso, un profesor de física
podrá explayarse de física pero lo que opine estará sujeto a la
comprobación de la realidad)

Pero también se puede entender por el lado de "si haces X cosa, tenes
que pensar de determinada manera". Lo cual tampoco esta bueno, pero es
una forma muy común de pensar.

De todas formas, podemos estar mas de acuerdo o menos de acuerdo en
proteger a las personas o dejarlas a su suerte, pero lo que no podemos
discutir, porque es un hecho de la realidad, es que, aduana, como está
ahora, rompe los principios basicos del emprededurismo y el desarrollo
particular, cosa que ha sido uno de los pilares fundamentales del
avance ya no solo en argentina, sino en el mundo.

Mirko Leonardo Serra Labán

unread,
Dec 4, 2015, 2:44:49 PM12/4/15
to embebidos32
Una vez me vendieron un router WiFi con una fuente que iba a 110v. Supuestamente, eso es ilegal, pero esta gente importó miles de routers y "de alguna manera" pasaron aduana.

No me avisaron que iba a 110v y yo no me fijé. El resultado fue que el trafo echó humo.

Son mucho más riesgosos esos casos que importan containers con miles (por cantidad) y uno compra pensando que son productos aptos para el mercado local (por confianza) que algo que uno compra afuera a sabiendas de que viene de afuera y el trafo no es apto.

---

Difícilmente te vas a electrocutar por algo así. En el peor de los casos, si hubiera sido algo que se quemaba instantáneamente (con la fuente que digo tardó 10 segundos en empezar a echar humo) te podría lastimar la mano.

La electrocución requiere que la corriente circule por tu corazón, para lo que tiene que circular entre ambas manos o entre mano y pierna; cosa que no te va a suceder enchufando algo (cosa que se hace usando una mano). Y si te sucede (porque enchufaste tocando algo de metal y estabas descalzo) el disyuntor que evita que te mate (que no hay en todas las casas desgraciadamente).

Mirko Leonardo Serra Labán

unread,
Dec 4, 2015, 2:51:26 PM12/4/15
to embebidos32
Una cosa es el pretexto y otra es la razón.

El pretexto es que vas a comercializar o que es inseguro. La razón es que estás pagando dólar barato y por eso lo frenan.

Fernando Lichtschein

unread,
Dec 4, 2015, 2:56:25 PM12/4/15
to embebidos32@
El tema de DealExtreme o AliBaba no ayudó mucho, yo pedía alguna que otra placa para experimentar o para cursos, conozco una señora que hacía un pedido por semana para bajar la ansiedad, y encima pedían ocho pares de zapatillas, veinte remeras "porque estaban baratas"... el correo colapsó con tantos envíos. A eso hay que sumarle que cada envío implica un giro de divisas...

Saludos,

Pablo Demetrio

unread,
Dec 8, 2015, 7:01:39 PM12/8/15
to Embebidos32
Estimado Ruso, leo las observaciones que hacés y en muchas de ellas reconozco algo que yo llamo "criterio de abogado". ¿En qué consiste? Simple, en que pase lo que pase, lo importante es encontrar a quién echarle la culpa. Ahora, ponete por un momento a pensar en algo que implica riesgos, como un avión, si sigo tu razonamiento, el Estado hace mal en exigir mil y una certificaciones a los encargados del plan de mantenimiento de los aviones de una aerolínea, porque estríamos prejuzgando. Entonces, vos proponés esperar a ver si algún día se cae algun avion, para que, una vez consumado el delito, le caigamos con todo el peso de la ley a los responsables. De los 200 muertos no nos ocupamos, porque ya están muertos. De lo que hablamos es de "seguridad", no de legalidad, por lo tanto acá el concepto de "prejuzgamiento" no corre, sino, tendríamos que decirle a los fabricantes de autos que quiten las alarmas de "cinturon de seguridad no abrochado", porque estarian  "prejuzgando" al conductor. La idea, cuando se habla de seguridad es aplicar el sistema APB (A Prueba de Boludos), que consiste en suponer que alguien hará eso que a nadie en sus cabales de le ocurriría hacer, y entonces diseñar las cosas de manera que aún en ese caso, nadie salga lastimado o si resulta lastimado, sea lo más levemente posible. Entonces, este imaginario personaje que vos mencionás, que solo importó un sofisticado aparato para el desarrollo de una genial idea, con una fuente de dudosa seguridad, para uso personal y que segun vos no le causaría daño a nadie, podría estar lo suficientemente confiado en sus conocimientos, como para enchufarla sin ninguna precaución, dar comienzo a un incendio, salir corriendo para protegerse y terminar quemando su departamenteo, el departamente de al lado, el de arriba o todo el edificio y cargándose algunas muertes. Para evitar que eso pase, nada mejor que aplicar las certificaciones de seguridad eléctrica a todo.
Cordialmente, Pablo

martin ribelotta

unread,
Dec 8, 2015, 8:41:54 PM12/8/15
to embeb...@googlegroups.com
El día 8 de diciembre de 2015, 20:57, Pablo Demetrio
<ptil...@gmail.com> escribió:
El problema que ese razonamiento se desmorona desde el hecho de que,
en cualquier otro lado del mundo, si bien se aplican medidas de
seguridad, no se hace lo que se hace acá: Decomisar mercaderia porque
si.

Hay algo que se llama ideas y algo que se llama realidad, de lo
primero podemos discutir eternamente, de lo segundo, tenemos que
atenernos a los hechos:

¿Cuantos muertos hay por año por negligencias?
¿Cuantos se podrían evitar?
¿Cuantos corresponden a que "alguien importara algo para estudiar,
trabajar o aprender y no tuviera el sello de seguridad de X o Y?

Todo en su justa medida, acá estamos discutiendo que la gente no puede
empezar a trabajar por estas medidas proteccionistas sin sentido, no
que las medidas proteccionistas estén mal, lamentablemente, eso puede
sugerir una primera lectura de varias cosas que he dicho.

Ahora, acá hay algo peor que veo, que a la gente le gusta sentirse
protegida incluso relegando el placer de hacer, emprender y descubrir
cosas nuevas. Con esa mentalidad, no hacia falta salir de los arboles
ni aprender a andar erguido por una sabana repleta de peligros.

Si lo pongo en términos legales, es porque quiero que se vea el punto
de que, lo mismo que se usa para argumentar en un sentido se puede
argumentar en otro. En definitiva, no hay algo que podamos decir con
certeza que es absoluto, sino que tenemos que guiarnos por criterios
(como todo en ingeniería) y ponderar que queremos hacer.

En lo personal, creo que meternos abajo de una piedra (conceptualmente
hablando) porque "es mas seguro" es el camino de los pueblos a la edad
media y la mediocridad, al fin y al cabo, elegimos lo que queremos
ser.

Gustavo F. Paredes - LU2JGP

unread,
Dec 8, 2015, 8:55:12 PM12/8/15
to embeb...@googlegroups.com

Ufff....

Saludos

Gustavo Paredes

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