Carlos Ricardo Fernandez
unread,Dec 13, 2010, 8:06:50 AM12/13/10Sign in to reply to author
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http://www.eldia.com.ar/edis/20101211/informaciongeneral15.htm
PARA UN PACIENTE CON ESCLEROSIS
Células madre: hacen lugar a amparo por un tratamiento
La Justicia pidió que se acrediten tópicos clínicos del procedimiento y que se elabore un protocolo científico
La
justicia platense hizo lugar al recurso de amparo presentado por
familiares de un paciente que padece esclerosis lateral amiotrófica para
que éste pueda ser incluido en un protocolo compasional para la
aplicación de la técnica de implantación de células madre en pacientes
que padecen esa enfermedad en un hospital del conurbano bonaerense.
La
necesidad de realizar el protocolo compasional surgió por indicación de
los médicos que atienden al paciente en cuestión, ya que el estado
provincial aún no ha autorizado esa practica, aunque "existe un proyecto
en desarrollo" en ese hospital (el Presidente Perón, de Avellaneda),
además de "profesionales idóneos y la infraestructura necesaria para
implementación". Así lo indica el amparo presentado oportunamente en el
Juzgado de Garantías Número 9 de Lomas de Zamora, que fue apelado por el
estado provincial y al que hizo lugar la Cámara de Apelación en lo
Contencioso Administrativo de La Plata.
En el fallo que hace
lugar al amparo la Cámara condena por mayoría al Estado provincial a que
se acrediten, a través del medico tratante del paciente con esclerosis,
distintos tópicos clínicos en un plazo de tres días.
Puntualmente,
los tópicos a acreditar son el procedimiento propuesto con
especificación de los objetivos perseguidos; los beneficios esperados de
ese procedimiento; los riesgos, molestias y efectos adversos
previsibles; la especificación de los procedimientos alternativos y sus
riesgos, beneficios y perjuicios en relación con el procedimiento
propuesto y las consecuencias previsibles de la no realización del
procedimiento propuesto o de los alternativos especificados.
También
establece que a través del área de investigación y docencia competentes
se elabore un protocolo científico en un plazo de diez días que
contenga un análisis completo y objetivo de los riesgos involucrados en
relación con los riesgos asociados a la aplicación de métodos de
diagnóstico y tratamiento autorizados para la dolencia del paciente; el
pronóstico de las condiciones de vida del paciente ante la aplicación o
no del tratamiento propuesto y el consentimiento escrito del interesado.
El
fallo fue firmado por los integrantes de la Cámara de Apelación en lo
Contencioso Administrativo Gustavo Spacarotel, Claudia Milanta y Gustavo
De Santis.