Células madre: hacen lugar a amparo por un tratamiento para un paciente con ELA

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Carlos Ricardo Fernandez

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Dec 13, 2010, 8:06:50 AM12/13/10
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http://www.eldia.com.ar/edis/20101211/informaciongeneral15.htm

PARA UN PACIENTE CON ESCLEROSIS

Células madre: hacen lugar a amparo por un tratamiento 

La Justicia pidió que se acrediten tópicos clínicos del procedimiento y que se elabore un protocolo científico

La justicia platense hizo lugar al recurso de amparo presentado por familiares de un paciente que padece esclerosis lateral amiotrófica para que éste pueda ser incluido en un protocolo compasional para la aplicación de la técnica de implantación de células madre en pacientes que padecen esa enfermedad en un hospital del conurbano bonaerense.

La necesidad de realizar el protocolo compasional surgió por indicación de los médicos que atienden al paciente en cuestión, ya que el estado provincial aún no ha autorizado esa practica, aunque "existe un proyecto en desarrollo" en ese hospital (el Presidente Perón, de Avellaneda), además de "profesionales idóneos y la infraestructura necesaria para implementación". Así lo indica el amparo presentado oportunamente en el Juzgado de Garantías Número 9 de Lomas de Zamora, que fue apelado por el estado provincial y al que hizo lugar la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de La Plata.

En el fallo que hace lugar al amparo la Cámara condena por mayoría al Estado provincial a que se acrediten, a través del medico tratante del paciente con esclerosis, distintos tópicos clínicos en un plazo de tres días.

Puntualmente, los tópicos a acreditar son el procedimiento propuesto con especificación de los objetivos perseguidos; los beneficios esperados de ese procedimiento; los riesgos, molestias y efectos adversos previsibles; la especificación de los procedimientos alternativos y sus riesgos, beneficios y perjuicios en relación con el procedimiento propuesto y las consecuencias previsibles de la no realización del procedimiento propuesto o de los alternativos especificados.

También establece que a través del área de investigación y docencia competentes se elabore un protocolo científico en un plazo de diez días que contenga un análisis completo y objetivo de los riesgos involucrados en relación con los riesgos asociados a la aplicación de métodos de diagnóstico y tratamiento autorizados para la dolencia del paciente; el pronóstico de las condiciones de vida del paciente ante la aplicación o no del tratamiento propuesto y el consentimiento escrito del interesado.

El fallo fue firmado por los integrantes de la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo Gustavo Spacarotel, Claudia Milanta y Gustavo De Santis.
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