ASESORAMIENTO

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juan alvarado

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Aug 27, 2010, 11:28:12 AM8/27/10
to eisegoria
#35 asesoramiento legal

Enviado por MARCTALTOR (invitado) el Mié, 12/11/2008 - 14:08.
A ver, señores. Servidor, que es Licenciado en Derecho y actualmente
ejerce la profesión en el ámbito judicial, sin ser Abogado, ha visto
que en general existe un gran desconocmiento de la Ley en la mayoría
de los comentarios. Es lógico que así sea, pues no podemos ir con una
abogado en el bolsillo. Y de eso se valen precisamente empresas como
estas. Mi consejo, es: 1º Al recibo de la primera carta,

exigir de la empresa una justificación de la cesión del crédito. Esta
cesión, POR IMPERATIVO LEGAL, debe hacerse ante Notario, y teneis todo
el derecho del mundo a que os informen de ella, tipo de operación,
deuda contraída, por quién, ante quién, etc. Avisad de que no movereis
un duro si no obteneis esta información. 2º) Para pedirla, HACEDLO
SIEMPRE POR ESCRITO, mediante carta certificada con acuse de recibo,
quedándoos con copia sellada por el funcionario de correos, o bien
mediante burofax con certificación de contenido. TODAS VUESTRAS
COMUNICACIONES EXIGIDLAS Y HACEDLAS SIMPRE DE ESTE MODO, así no pueden
decir digo donde dijeron diego. 3º) Para incluirte en el ASNEF y otros
registros, TIENEN OBLIGATORIAMENTE QUE HABERTE REQUERIDO LA DEUDA, y
no vale con una mierda de carta ordinaria, el requerimiento para ser
efectivo tienen que ser mediante medio que deje constancia de su
recibo. Si no lo han hecho y os han metido en el ASNEF, inmediatemente
escribid a éste registro para comunicarles el hecho, la gente que
trabaja allí suele ser más amable de lo que uno espera. 4º) EN NINGUN
CASO faciliteis datos de ningún tipo por teléfono ni por ningún otro
medio. Si tienen vuestro "expediente" ya tendrán los que necesitan.
5º) Ante el uso de datos personales que no sean vuestros, INFORMADLES
INMEDIATAMENTE de que se tomarán medidas ante la Oficina de Protección
de Datos Personales, mediante la oportuna denuncia de la persona
agraviada. 6º) No dejeis que os mareen la perdiz. Si ellos os reclaman
la deuda, ellos tienen que tener la información, nada de "vaya usted
al banco", el "banco" ya no tiene nada que ver porque ya ha vendido la
deuda. 7º) Si os amenzan con llevaros al Juzxgado, contestadles que
eso no os da miedo, que los Juzgados están ahí para decidir y para
amparar los derechos de las personas y que acudir a la Justicia no os
causa el menor desasosiego. Con más espacio, os podría explicar como
funcionan las reclamaciones, que tipos de procedimientos se usan y com
funcionan éstos en los Juzgados. pero os aseguro que al Juez, si no le
presentan un docuemnto válido donde conste que la deuda es cierta,
vencida y exigible, que es vuestra y que os la han requerido, no
acepta la demanda.
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