Estimados amigos:
He incorporado en la sección archivos (http://mx.groups.yahoo.com/group/doctrinasocial/files) un documento nuevo “Apuntes Curso dinámica social y cultural” con interesante material sobre la DSI. Lo había visto en la página de la UPAEP y lo guarde. Aparentemente ya no está disponible, así que se los recomiendo.
Como muestra un botón: Les envío la sección referente al bien común.
Fraternalmente
Leopoldo Quezada Ruz
Principios reguladores del orden social
3.1 El bien común
El bien común es aquello que moviliza y unifica a la sociedad civil. Compromete universalmente bajo modalidades específicas al Estado, la sociedad entera (a cada sociedad y aun a la humanidad o al orden internacional), a las asociaciones intermedias y a todas las personas.
La enseñanza social de la Iglesia enfatiza su necesaria armonía; así la palabra de Juan Pablo II: "La persona, pues, se ordena al bien común, porque la sociedad, a su vez, esta ordenada a la persona y a su bien, estando ambas subordinadas al bien supremo, que es Dios. Partiendo de estos supremos principios es como puede encontrarse la luz necesaria para plantear rectamente las relaciones entre la esfera privada y la pública y para superar los eventuales contrastes que se presenten":
En Mater et Magistra se expone el bien común como: "Todo un conjunto de condiciones sociales que permitan a los ciudadanos el desarrollo expedito y pleno de su propia perfección" (n. 65). En la encíclica Rerum Novarum se específica "La providad de las costumbres, la recta y ordenada constitución de las familias, la observancia de la religión y de la justicia, las moderadas cargas públicas y su equitativa distribución, los progresos de la industria y el comercio, la floreciente agricultura y otros factores de esta índole.
El bien común de una determinada sociedad comprende los recursos materiales y el territorio; el ingreso global y el salario justo, la difusión de la propiedad privada, la previsión social, los servicios esenciales: caminos, transportes, comercio, agua potable, electricidad, vivienda, salud, etc.; la preservación del medio ambiente, la red de comunicaciones, el recto funcionamiento de los medios de comunicación social, la tranquilidad pública y la estabilidad social, la armonía de las clases y estamentos, los medios de descanso y diversión, el idioma, la cultura, y las propiedades características de la nación, la educación laboral, social, moral, y religiosa; la moralidad pública y las facilidades para el culto y la práctica religiosa, el desarrollo de las artes como letras y ciencias, la justicia de la legislación, la correcta organización de los poderes del estado, la adecuada exigencia de los deberes cívicos y la defensa de la libertad y de los derechos fundamentales de la persona humana.
El principio de solidaridad, arraigado simultáneamente en la personalidad y sociabilidad, plantea la cuestión de si ambos polos de la relación solidaria se enfrentan al mismo nivel o están entre sí sobre ordenados o subordinados.
3.1.1 Antecedentes históricos del bien común
Ya en el siglo V antes de Jesucristo parece que Menenius Agrippa reconcilió a
los patricios y plebeyos de Roma con la Fábula de los miembros desunidos que
solidariamente constituyen un solo cuerpo. Platón compara, en la Republica, el (Estado
bien ordenado) con un cuerpo y sus miembro. Aristóteles se sirvió de la
analogía del organismo para conocer la estructura y la vida de la sociedad.
Séneca enseño que (todos nosotros somos miembros de un gran cuerpo) ya que la
naturaleza nos ha engendrado (como familiares) y nos ha hecho (seres Sociales).
Santo Tomás de Aquino utilizó sistemáticamente la analogía del organismo en su
doctrina de sociedad: la sociedad es (como un cuerpo) (como Un hombre) (ST
I-II; 81). Un contemporáneo del Aquinate, Vicente de Beauvais, llamó al estado
(cuerpo místico) (corpus politicum mysticum), denominación aceptada en los
siglos XV y XVI por Juan Gerson, Antonio de Rosellis, Domingo de Soto y Francisco
Suárez. San Pablo aplicó la analogía del organismo a la iglesia. Habla del
(Cuerpo de Cristo) en doble sentido el cuerpo de Cristo significa en algunos
casos texto (1Cor 12, 12-30 Rom 12 4-8) la iglesia visible, orgánicamente
estructurada, como ente social; en otros textos (por ejemplo Eph 5, 21-33) San
Pablo entiende por (Cuerpo de Cristo) la sobrenatural y misteriosa comunidad de
gracia y viada que une a los miembros con su cabeza entre sí. La expresión
(cuerpo místico) no es usada por san Pablo; aparece por vez primera en la
escolástica incipiente, y desde el siglo XIII, como hemos visto, no sólo se
aplica a la Iglesia,
sino al Estado.
La filosofía social cristiana se sirve de la analogía del organismo para refutar, por una parte, la concepción individual de la sociedad y para aclarar, por otra, el principio del bien común. Hay que distinguir una triple analogía: (Höfnerr, Manual Doctrina Social Cristiana).
a) Los organismos permanecen, mientras que las células perecen y vuelven a ser continuamente renovadas. De modo análogo, la sociedad sobrevive al continuo cambio de los individuos. Ya la familia suele abarcar al menos dos generaciones. La aldea y la ciudad, el pueblo y el Estado existen por siglos. La sociedad, escribe San Agustín en el libro 22 de la Ciudad de Dios, se asemeja a un olivo cuyas hojas caen y vuelven a nacer, pero cuyo tronco y copa permanecen. La analogía del organismo aclara, por tanto, que la sociedad supera temporalmente al breve espacio de una viada hermana y se extiende en el pasado y en el futuro. Es decir, no es una magnitud estática, sino que está llena de un movimiento impulsivo, a menudo impetuoso y lleno de conflictos. Y que, también espacialmente -como las ramas del olivo - supera el espacio vital del individuo.
b) Las partes de un organismo, por ejemplo las hojas y raíces de una planta, no constituyen una suma de cosas aisladas y sin relación entre sí, sino que son puestas al servicio de la totalidad por fuerza vital inmanente del todo. También esta estructura ontológica puede verse realizada de modo análogo en la sociedad, cuyos miembros no son individuos aislados sino que constituyen una unidad de orden espiritual y moral y sirven a la totalidad.
c) Los organismos no dejan que sus miembros se atrofien, sino que los alimentan y mantiene, solo en extrema necesidad sacrifica el organismo un miembro para salvar el todo. Una ley semejante vale análogamente para la sociedad, que no deben abandonar a sus miembros, sino que tienen que cuidar de ellos, mientras que los miembros, por su parte tiene que estar dispuestos a subordinar sus intereses al bien común. Lo mismo que la mano se alarga, aunque de mala gana, al golpe de la espada para proteger el cuerpo, el ciudadano tiene que (ponerse en peligro incluso de perecer por mantener la comunidad) (Tomas de Aquino STI 60, 5)
De la analogía del organismo resulta la siguiente conclusiones para la interpretación del bien común; es falso no ver, como Víctor Cathrein en el bien común (más que una suma de bienes individuales de la misma especie) El bien común no es una suma sino un nuevo valor específicamente distinto del bien individual y de la suma de las bienes particulares. Cada estructura social por ejemplo, una ciudad o una universidad, tiene su especial bien común. Cuando se habla del bien común sin más, se alude al bien común de la (sociedad perfecta), del Estado; es el conjunto de Instituciones y estados que posibilitan al individuo y a las pequeñas comunidades de perseguir en ordenada cooperación el cumplimento de los fines queridos por Dios (el desarrollo de la personalidad y la estructuración de la cultura). Hay que tener en cuenta que en esta época de relaciones mundiales el bonum commune, que hasta ahora solía limitarse al Estado (se universalice cada vez más e implique por ello derechos y obligaciones que miran a todo el género humano) (Guadium et epes 26,cfr. También 74)
3.1.2 La dimensión teologal del bien común
No hay bien común de la sociedad que lo sea de veras si se desconecta del bien común universal, de la creación entera; Dios mismo, fin último del hombre y por tanto de la sociedad. Ninguna forma de prescindir de la religión y bajo ningún pretexto de distinguir ordenes (espiritual y temporal) puede privar al bien común de su dimensión teologal suprema y fundamento último: el bien infinito, fuente de todo bien creado.
3.1.3 La sustancia moral del bien común
León XIII escribió en 1889: " si un estado no pretende otro fin que la comodidad material y un progreso social y refinado, si se olvida de Dios en el gobierno de la república y se despreocupa de atender a las leyes morales, ese estado se desvía lastimosamente del fin que la naturaleza misma le prescribe.
En la unidad de lo ético-religioso, la dimensión teologal del bien común va íntimamente ligada a su sustancia moral. No es fácil que fuera del ámbito religioso, opere una autentica moral social.
Conviene recordar que el bien común es primero y esencialmente "bien", el bien moral del hombre en sociedad. Un "bien común" que tiende a la amoralidad, es en el fondo una meta social que tiende a ser un mal común
3.1.4 El respeto a la dignidad personal
Podemos enunciar tres principios esenciales para salvaguardar la dignidad personal:
a) Sólo la persona individual es sustancia, mentiras que la sociedad es una unidad real, relacional y de orden ( relatio realis) . Fuera de lis individuos, e independiente de ellos, no existe la sociedad. En la Iglesia, Cuerpo Místico de Csirto, la unidad es de tipo especial e incomparable. Pues Cristo hizo (participar a la Iglesia de su vida sobrenatural, penetra todo su cuerpo con su virtud divina y alimenta y mantiene a cada miembro) de forma que la denominación (cuerpo místico) excluye todo cuerpo natural (sea físico sea el llamado moral) (encíclica Mystici Corporis 1943). Es por tanto, inadmisible sacar consecuencias de la estructura del Cuerpo Místico de Cristo para interpretar las estructuras sociales naturales.
b) La primacía del bien común sobre el bien particular vale sólo en la medida en que el hombre está obligado como miembro de una determinada estructura social. El hombre es siempre en algún sentido miembro de una estructura social, por ejemplo, miembro de equipo en la empresa, socio en la asociación, ciudadano en el Estado, etcétera. Ninguna empresa ni Estado debe ver en el hombre exclusivamente al miembro del equipo (empresa <<total>>) o únicamente al ciudadano (Estado <<total>>) y reivindicarlo con todo lo que es, piensa y hace. Pues el hombre es más que un trabajador o ciudadano; es hombre y en modo alguno <<constituye parte del Estado con todo lo que es y todo lo que posee>> (Santo Tomás de Aquino, ST I-II,21,4). Sólo en la medida en que el hombre trabaja en una empresa como miembro del equipo, y en tanto en cuanto trabaja, tiene que subordinarse a las necesidades objetivas de la empresa; y sólo en la medida en que se trate de la situación de ciudadano, corresponde al bien común político la primacía sobre los intereses particulares. Algunos hablan con entusiasmo casi mítico <<del>> bien común (que no existe en absoluto, como no existe <<el>> árbol), sin diferenciar si se refieren al bien común de una ciudad, de un Estado o de toda la humanidad.
Naturalmente, al bien común de una estructura social terrena no le compete primacía alguna cuando se le oponen bienes de orden sobrenatural. <<La salvación sobrenatural de un solo hombre está por encima del bien natural de todo el universo>> (ST I-II,113,9).
c) El principal sentido de toda sociabilidad es la plenitud de la personalidad. En definitiva, la sociedad está al servicio de la persona, ya que <<sólo el ser espiritual ha sido querido en el plan del mundo por sí mismo y todo lo demás por él>> (Tomás de Aquino, In Eth. Nic., I, 1). <<En el plan del creador la sociedad es un medio natural del que el hombre puede y debe servirse para la consecución de su fin, pues la sociedad humana existe para el hombre, y no al revés>> (Pío XI, Divini Redemptoris, 1939). No obstante, es lícito afirmar que la sociedad tiene también, en cierto sentido, su propio fin. En efecto, cuando una estructura social, por ejemplo, un Estado, se desarrolla y consigue florecer con arreglo al orden puesto por Dios, no sólo fomenta el bien de sus miembros, sino que, en cuanto idea de Dios realizada, sirve también al honor y glorificación de Dios.
En esencia el bien común de orden temporal, consiste en una paz y seguridad de las cuales las familias y cada uno de los individuos pueden disfrutar en el ejercicio de sus derechos y al mismo tiempo en la mayor abundancia de bienes espirituales y temporales que sea posible en esta vida mortal mediante la concordé colaboración activa de todos los ciudadanos (Divini Illius Magistri n, 36).
Dijo Juan XXIII: " Todos los miembros de la comunidad deben
participar en el bien común por razón de su propia naturaleza aunque en grados
diversos, según las categorías, méritos y condiciones de cada ciudadano. Por
este motivo, los gobernantes han de orientar sus esfuerzos a que el bien común
redunde en provecho de todos sin preferencia alguna por persona o grupo social
determinado" (Pacem in Terris, n. 56).
A los partidos políticos, a los sindicatos y a otras asociaciones semejanza se
les pide un esfuerzo especial por subordinar sus intereses finales a la
universalidad del bien común, para no perjudicar los legítimos intereses de
quienes por cualquier motivo, carecen de representación, o de poder de presión
sobre las autoridades.
Es necesario mencionar, a quienes algunos llaman el proletariado intelectual, a
los ciudadanos que cultivan, las letras, las artes; a los educadores, a los
trabajadores del área humanista, personas que entregan a la sociedad un aporte
de belleza, bien, verdad, justicia, muchas veces no bien remunerado. La ciudad
humana necesita imperiosamente de esos valores, que se sitúan muy alto en la
jerarquía del bien común. Juan Pablo II habla de la desocupación de los
intelectuales, "cuyo trabajo es menos buscado o menos pagado que el
trabajo manual" (Laborem excercens, n.8). La universalidad del bien común
debe extenderse muy especialmente a todos los trabajadores que no reciben una
remuneración adecuada a la calidad espiritual y social de su obra creativa
(Gaudim et spes, nn. 60-62 y Popolorum Progressio, n. 40).