Compañeros y Colegas.
Fue firmada el Acta del Convenio Colectivo que regirá 2016-2018 (adjunta).
A modo de resumen estos serían los principales ítems:
· Aumento 10,15% : el incremento general de los salarios es de 10,15% el cual está conformado por un 5,66% de correctivo por inflación y un 4,25% de ajuste salarial.
· Aumentos semestrales: los aumentos serán 01/07/2016, 01/01/2017, 01/07/2017, 01/01/2018.
· Retroactividad al 01/07: el Convenio tiene vigencia desde el 01/07, por lo tanto el trabajador debe recibir el monto correspondiente al aumento de los meses de Julio, Agostos y Setiembre no cobrados.
· Partida por antigüedad $361,4: la partida por antigüedad es de $361,4 por año trabajado en la empresa, se cobra a partir del segundo año de trabajo y tiene un tope de máximo 10 años. Se paga mensualmente junto al salario.
· Cómputo del Salario Vacacional para el Aguinaldo: se debe sumar el Salario Vacacional para el cálculo de los Aguinaldos.
· Partida Ropa para Cadete $6324,5 : se debe pagar en el mes de julio de cada año. La empresa puede darla en vestimenta siempre que incluya todos los siguientes artículos: 2 camisas, 1 pantalón, 1 par de zapatos y 1 campera o equipo de lluvia.
· Día del Trabajador del Agente de Cargas 26/07: se establece el 26 de setiembre bajo régimen Feriado Pago, igual que los feriados no laborables ( 01/01, 01/05, 18/07, 25/08 y 25/12).
· Trabajador múltiple función: se establece que el trabajador que desempeña dos o más funciones en forma habitual o permanente, cobrará el salario correspondiente a la tarea mejor remunerada.
· Suplencias: todo trabajador que desempeñe suplencias de otro trabajador de categoría y salario superior, deberá percibir el salario mínimo laudado del sustituido, siempre y cuando sea superior a su salario.
· Nocturnidad 20%: se pagará un 20% a aquellos trabajadores cuyo horario esté comprendido total o parcialmente entre las 22:00 y las 06:00 horas.