reglamento primarias

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marcelfelixsanchez10

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Mar 24, 2015, 1:03:27 PM3/24/15
to convocatoria-p...@googlegroups.com
tambien habia preparado un reglamento de primarias (aquí os lo dejo)

Reglamento electoral para la celebración de las elecciones primarias de Ganemos PUERTOLLANO

Capítulo 1. Objeto y ámbito de aplicación

Artículo 1. El presente reglamento tiene por objeto establecer los requisitos, condiciones, regulación, garantías y sistema electoral para la celebración de las elecciones primarias de Ganemos PUERTOLLANO. De las que habrán de salir los candidatos que se presenten a las Elecciones Municipales de mayo de 2015 al Ayuntamiento de PUERTOLLANO.

 

Capítulo 2. Comisión Electoral

Sección 1. Composición y toma de decisiones

Artículo 2. La Comisión Electoral será la encargada de organizar, coordinar y ejecutar materialmente la realización de las elecciones primarias. También se encargará de la supervisión del proceso electoral, de observar el cumplimiento del presente reglamento y de las buenas prácticas por parte de los participantes en las elecciones.

Artículo 3. Será elegida por la Asamblea de Ganemos PUERTOLLANO, estará formada por un número de 4 a 7 personas, y sus decisiones se adoptaran por mayoría.

 

Las personas que formen parte de la Comisión Electoral no podrán ser candidatas en el proceso de primarias.

 

Sección 2. Funciones

 

Artículo 4. La Comisión Electoral será responsable de:

 

a) Convocar las elecciones primarias de Ganemos PUERTOLLANO.

b) Aprobar la listas provisionales y definitivas tanto de personas candidatas, como de personas electas.

c) Resolver cuantas decisiones organizativas sean necesarias para la ejecución de las elecciones primarias.

d) Definir y coordinar los espacios y cauces, presenciales y virtuales, para difundir las candidaturas, el debate entre las personas candidatas y el propio proceso de primarias, asegurando la igualdad de oportunidades y arbitrando en caso de conflicto.

e) Resolver las denuncias de incumplimiento de este reglamento y las incidencias que tengan lugar durante el período electoral.

 

Capítulo 3. Electores/as

 

Artículo 5. Podrán participar como electores en el proceso de primarias las personas inscritas en el censo de Ganemos PUERTOLLANO – que hayan firmado en apoyo del manifiesto-, estén empadronadas en el municipio de PUERTOLLANO y formen parte del censo electoral. Así como las personas mayores de 16 años empadronadas en PUERTOLLANO y firmantes del manifiesto.

 

Artículo 6. El censo de Ganemos PUERTOLLANO, a efectos del proceso de elecciones primarias, se cerrará a fecha del día de publicación de la lista definitiva de candidatos/as a las elecciones primarias.

Capítulo 4. Candidatos/as y presentación de candidaturas

Sección 1. Candidatos/as

Artículo 7. Podrán presentarse como candidatas y tendrán la condición de elegibles todas aquellas personas que formen  parte del censo de Ganemos PUERTOLLANO, estén empadronadas en el municipio de PUERTOLLANO, formen parte del censo electoral, y que, por imperativo legal, cumplan con los requisitos establecidos en los artículos 177 y 178 de la Ley Orgánica 5/1985 del Régimen Electoral General.

 

Tanto los candidatos/as, como la candidatura final, habrán de cumplir el Código Ético de Ganemos PUERTOLLANO.

 

Sección 2. Presentación de candidaturas

 

Artículo 8. Desde el momento de la convocatoria habrá un plazo de 7 días naturales durante el cual cualquier persona que cumpla las condiciones requeridas en el artículo 7 podrá presentarse como candidata, cumplimentando el formulario de inscripción a través de la página Web de Ganemos PUERTOLLANO.

 

Artículo 9. Se excluye de la condición de elegibles a todas aquellas personas que militen o formen parte de organizaciones políticas que participen en las mismas elecciones municipales en candidaturas diferentes a la de Ganemos PUERTOLLANO.

 

Capítulo 5. Requisitos para presentar la candidatura

 

Artículo 10. Las personas que deseen inscribirse como candidatas deberán aportar, en solicitud estandarizada, la siguiente información: nombre y apellidos, fotografía digital reciente, una breve presentación biográfica y un breve escrito de motivación para presentarse a la candidatura. Si alguien carece de medios para enviar la fotografía digital, la Comisión Electoral dispondrá de medios para realizar dicha foto en el momento de presentación de la candidatura.

 

Capítulo 6. Publicación de listado de candidatos y candidatas

 

Artículo 11. Al día siguiente a la finalización del plazo de presentación de candidaturas, se hará pública la relación provisional de candidatos y candidatas. Se dispondrá de un plazo de 2 días para posibles reclamaciones, que deberán ser resueltas en ese mismo plazo por la Comisión Electoral.

 

Artículo 12. Transcurrido este tiempo se publicará la lista definitiva de candidatos y candidatas.

 

Capítulo 7. Campaña electoral

Artículo 13. La campaña de primarias es el período donde se permite a los candidatos/as solicitar el voto, tendrá una duración de cinco días.

Artículo 14. La Comisión Electoral velará porque las candidaturas reciban apoyo equitativo por parte de todas las estructuras de Ganemos PUERTOLLANO.

Artículo 15. Durante la campaña de primarias se procurará que la difusión de información sobre los candidatos/as sea igualitaria y homogénea, correspondiendo a la Comisión Electoral supervisar, autorizar y organizar canales para la celebración de debates, exposición de videos de presentación y actos públicos.

Ningún candidato/a podrá contratar espacios publicitarios para la campaña.

Artículo 16. En el periodo de la campaña la Comisión Electoral podrá dar instrucciones y recomendaciones a los candidatos/as sobre las formas y canales de comunicación con los electores que deban emplearse.

No podrá llevarse a cabo ninguna actividad de campaña electoral una vez iniciado el periodo de votaciones.

 

Capítulo 8. Elección de la candidatura

 

Sección 1. Forma de elegir la candidatura

Artículo 17. La candidatura se elegirá mediante el sistema de listas abiertas. Cada elector ordenará la lista de candidatos/as presentados/as puntuando a los candidatos/as según sus preferencias. Poniendo un uno al primero/a que prefiera, un dos a su siguiente preferido/a, un tres a su tercera preferencia, un cuatro a la cuarta preferencia, y así sucesivamente tantos candidatos/as como desee, siendo necesario ordenar un mínimo de trece candidatos/as - mayoría absoluta en el Ayuntamiento de PUERTOLLANO-.

No será válida la votación que no contenga ordenados/as al menos trece candidatos/as.

 

Sección 2. Emisión del voto

Artículo 18. Las votaciones se harán on-line en la plataforma de votaciones de Ágora Voting, y de forma presencial. El periodo de votación on-line será del 19 al 21 de marzo, ambos inclusive, y la votación presencial tendrá lugar el domingo 22 de marzo, de 2015.

El horario y lugar de celebración de la votación presencial se anunciará por la Comisión Electoral antes del comienzo de la campaña electoral.

No se permitirán siglas ni logos de ningún partido ni organización en el local electoral.

No se podrá delegar el voto, ni votar por correo.

 

Capítulo 8. Escrutinio

Sección 1. Método de escrutinio

Artículo 19. Para el escrutinio se utilizará un sistema de voto ponderado. Cada candidato/a recibirá puntos según su posición en la lista votada por cada elector/a, resultando la siguiente tabla:

Orden de preferencia en cada lista votada Puntos recibidos

Primer lugar 1 punto

Segundo lugar 1/2 punto

Tercer lugar 1/3 de punto

Cuarto lugar 1/4 de punto

Decimotercer lugar 1/13 de punto

 

Sección 2. Corrección de género

 

Artículo 20. A la lista finalmente elegida se le aplicará una corrección de género, quedando ordenada en “cremallera” entre mujeres y hombres hasta donde permita la paridad legal, según el número de candidatos y candidatas que hayan resultado elegidos/as.

Capítulo 9. Proclamación de candidaturas electas

Artículo 21. Al día siguiente a la finalización del periodo de votaciones se hará pública la relación provisional de candidatos y candidatas que hayan resultado elegidas. Se dispondrá de un plazo de dos días para posibles reclamaciones, que deberán ser resueltas por la Comisión Electoral dentro del plazo de tres días desde la publicación de la relación provisional.

Artículo 22. Antes de su proclamación definitiva como candidatos/as electos/as, las personas que hayan resultado elegidas en las primarias deberán manifestar por escrito ante la Comisión Electoral que asumen el Código Ético y se comprometen expresamente a defender el programa electoral de Ganemos PUERTOLLANO.

Artículo 23. Transcurridos cuatro días desde la finalización de las votaciones, la Comisión Electoral procederá a la proclamación definitiva de las personas electas en las primarias, que concurrirán como candidatos y candidatas de Ganemos PUERTOLLANO a las Elecciones Municipales para el Ayuntamiento de PUERTOLLANO del día 24 de mayo de 2015.

Capítulo 10. Exclusión de candidatos/as

Artículo 24. Será motivo de exclusión de los candidatos/as toda infracción de las normas obligatorias establecidas en el presente reglamento que pueda alterar el resultado de las elecciones.

Artículo 25. Se considerarán motivos de exclusión inmediata de un candidato/a cualquier tipo de comportamiento orientado a menoscabar infundadamente la reputación de cualquiera otra persona candidata, así como comportamientos xenófobos, homófobos, insultantes, o comportamientos violentos acreditados.

 

Capítulo 11. Confidencialidad

Artículo 26. Ganemos PUERTOLLANO garantizará la confidencialidad de los datos de todas las  personas participantes en el proceso de primarias y su uso exclusivo para las finalidades expuestas en el presente reglamento.

Azucena Gual

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Mar 27, 2015, 8:45:12 AM3/27/15
to convocatoria-p...@googlegroups.com
Hola Marcel,

Es bastante sencillo.
Lo único que tendríamos que cambiar son los tiempos y quizás barajar la posibilidad de complementarlo con votaciones online para la gente de Puertollano que está fuera y que si bien no puede votar por correo en las municipales, es una cosa que tendríamos que plantearnos cambiar.

Un abrazo



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