La Administraci�n Federal de Ingresos
P�blicos (AFIP) requiere nuevos datos para registrar trabajadores
a partir de este mes.
Desde el Estudio Arizmendi explicaron que en el momento del alta de
un empleado se deber� consignar el convenio colectivo de trabajo
en el que corresponda encuadrar al nuevo trabajador. Si el
empleado no se hallara encuadrado en ning�n convenio colectivo, deber�
seleccionar la opci�n "excluido de convenio".
Mayores datos Cada convenio
colectivo tiene discriminadas tareas o escalafones conforme la labor que
vaya a desempe�ar el nuevo empleado. Seg�n el convenio que se haya
elegido, el sistema "Mi Simplificaci�n" mostrar� las diferentes
categor�as relevadas. Tambi�n se podr� tipear parte de la descripci�n y
la aplicaci�n mostrar� las que sean similares a lo solicitado,
para que posteriormente se seleccione la deseada.
Si el
convenio seleccionado no tuviera discriminadas las categor�as, el
sistema "Mi Simplificaci�n" mostrar� la leyenda �Sin categor�as
asignadas�, siendo esta la �nica posibilidad de
selecci�n.
Si bien el dato o campo no es nuevo, el
sistema "Mi Simplificaci�n", sugerir� un puesto de la tabla de "Puesto
Desempe�ado" aportada por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo
(SRT), en funci�n del convenio y categor�a indicados.
En caso de no considerarse adecuado, se podr� modificar el mismo,
seleccionando cualquiera de la tabla.
Si la combinaci�n convenio,
categor�a no tuviera un puesto determinado a sugerir, el sistema "Mi
Simplificaci�n" mostrar� el c�digo �9999 � seleccione puesto�, a
fin de que ingrese alguno de la tabla. No se podr� continuar
con el alta hasta que haya seleccionado alguno.
El campo "Grupo -
Tipo Servicios" determina si se trata de tareas continuas o
discontinuas e identifica si se trata de servicios
comunes o diferenciados, debiendo seleccionar para estos
�ltimos el c�digo que corresponda, conforme la tabla provista por la
Administraci�n Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
Ambos �tems se incorporan en esta versi�n de "Mi Simplificaci�n" como
respuesta a una solicitud de la ANSES.
De este modo, se hace posible que este organismo cuente con
informaci�n precisa sobre las tareas desarrolladas por el empleado,
cuando las mismas cuenten con reg�menes previsionales
diferenciales, datos que son usados por el sistema �Mi
Certificaci�n� para la emisi�n de la certificaci�n de servicios
previsional.
Asimismo se establece un nuevo campo
que permite informar la boca de pago para el cobro de asignaciones
familiares. En el caso en que el trabajador no contara con una cuenta
bancaria, la ANSES ha habilitado otros lugares de pago para las
asignaciones familiares. Se podr�n seleccionar entre
los existentes en la tabla que fuera provista por el mencionado
organismo.
El dato �CBU de la Cuenta Sueldos� no es de cobertura
obligatoria, en tanto la empresa no se encuentre comprendida en el SUAF
y el trabajador perciba sus asignaciones familiares por pago directo
de la ANSES.
Arizmendi Departamento
T�cnico Legal Especial para iProfesional.com
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