Recursos
de la Seguridad Social. Registro de altas y bajas en materia laboral y
de la seguridad social. Nuevo sistema “Mi Simplificación II”
Se establece una nueva
plataforma informática, denominada “Mi Simplificación II”, a través de
la cual se formalizarán las comunicaciones en el “Registro de altas y
bajas en materia de la seguridad social” y que sustituye la actual
regulación que implementa el sistema “Mi Simplificación” -RG (AFIP)
1891-.
Se introducen novedades tendientes a agilizar la registración de las
incorporaciones, modificaciones o confirmación de los datos del
trabajador, entre las que se destaca la obligatoriedad de identificar
los convenios colectivos de trabajo, la categoría profesional y el tipo
de servicio desempeñado por cada trabajador, así como la boca de pago
para el cobro de asignaciones familiares.
Por otro lado, posee la funcionalidad de carga de altas en forma masiva y
permite realizar búsquedas dinámicas en los campos a completar.
Quedan obligados por la presente resolución, a partir del 23 de
diciembre de 2010, aquellos empleadores comprendidos en el Sistema
Integrado Previsional Argentino (SIPA) en relación con cada uno de los
trabajadores que incorporen o desafecten de su nómina salarial, aun
cuando se trate de sujetos cuya modalidad de contratación sea la
pasantía.
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Eugenio Vázquez