Titulo Preliminar. Reforma de la Constitución de 1931

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Hans Kelsen

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May 18, 2012, 1:42:43 PM5/18/12
to Constitucion de la Tercera Republica
Artículo 1. España se constituye en una República Social y democrática
de Derecho que propugna como valores superiores de su ordenamiento
jurídico la libertad, la igualdad, la justicia y el pluralismo
político

Los poderes de todos sus órganos emanan del pueblo.

La República constituye un Estado Federal compuesto por las Provincias
Federadas de Andalucía, Aragón, ASturias, Baleares, Canarias, Castilla
La Nueva, Castilla La Vieja, León, Distriro Federal deMadrid,
Cataluña, Extremadura, Galicia Murcia, Navarra, Valencia, País Vasco y
las Ciudades Federales de Ceuta y Melilla

La bandera de la República española es roja, amarilla y morada.

La Fiesta Nacional es el 14 de abril

Artículo 2. Todos los españoles son iguales ante la ley sin que pueda
prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo,
religión, opinión, orientación sexual o cualquier otra condición o
circunstancia personal o social.

Artículo 3. El Estado español no tiene religión oficial y es un Estado
laico.

Artículo 4. El castellano es el idioma oficial de la República. Todos
los españoles tienen el deber de conocerlo y el derecho de usarlo. Las
demás lenguas españolas que sean también oficiales en las respectivas
Provincias Federadas y que las tengan como propias de acuerdo con sus
constituciones o estatutos, gozarán del mismo régimen que el
castellano en su territorio.

Artículo 5. La capitalidad de la República se fija en Madrid que
disfrutará de un régimen especial dentro de un Distrito Federal.

Artículo 6. España renuncia a la guerra como instrumento de política
nacional y como medio de solución de las controversias internacionales
accede, en condiciones de igualdad con los demás Estados, a las
limitaciones de soberanía necesarias para un ordenamiento que asegure
la paz y la justicia entre los países y favorecerá las organizaciones
internacionales encaminadas a este fin.

La República ordenará las Fuerzas Armadas para poder integrarse en los
mecanismos de Defensa colectiva Europea y apoyará la creación de un
Eurocuerpo; con ese fin, una Ley Orgánica regulará las bases de la
organización militar conforme a los principios de esta Constitución

El Presidente de la República es el Comandante en Jefe de las Fuerzas
Armadas

Artículo 7. Las normas relativas a los derechos fundamentales y a las
libertades que la Constitución reconoce, se interpretarán de
conformidad con las Declaración Universal de los Derechos Humanos y
los Tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias
ratificados por España

Javier Rodríguez

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May 18, 2012, 1:53:22 PM5/18/12
to Constitucion de la Tercera Republica
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Carlos Rodriguez Yañez

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May 18, 2012, 2:28:05 PM5/18/12
to constitucion-te...@googlegroups.com

Me encanta lo que has escrito ¿ Eres de León? Lo digo por que si no lo eres has dado en el cablo al poner a león como región. Llevamos décadas solicitándolo.

Otra cosa, El eurocuerpo ya existe: http://es.wikipedia.org/wiki/Eurocuerpo aunque se puede mejorar. 

Otra más, en otro link puse lo siguiente como artículo para la constitución.

art. x 
  1. Todos los ciudadanos tienen el derecho de acceder a la ciencia a través de la divulgación científica, la formación y la libertad de investigación
  2. Se garantiza la libertad de investigación limitada sólo por los principios legales, éticos o legales que se puedan derivar de ella y que prevean las leyes y un comité ético designado a tal efecto
  3. La investigación pública será llevada a cabo por el Consejo Superior de Investigaciones Científicas (Csic) y las universidades públicas, obteniendo para ello los recursos necesarios de los presupuestos generales del estado, sin que esto suponga perjuicio para que se concedan ayudas económicas a las empresas o organizaciones sin ánimo de lucro que realicen proyectos de investigación de interés general.
  4. Quedan excluidas de tales ayudas aquellas investigaciones en ciencia aplicada que busque una ventaja competitiva y que no sean divulgadas públicamente.
Un abrazo
 

Pablo Villacañas

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May 18, 2012, 5:40:38 PM5/18/12
to constitucion-te...@googlegroups.com
Ojo!! La bandera republicana es roja, gualda y morada!! Es una tonalidad de amarillo pero me parecía conveniente poner de manifiesto este dato

Sergio Carbón Ares

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May 18, 2012, 6:00:09 PM5/18/12
to constitucion-te...@googlegroups.com
Estoy de acuerdo con todos los puntos. Únicamente cambiaría donde dice "raza" por "etnia"... No sé, lo veo más apropiado.

David Ingelmo

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May 18, 2012, 6:58:59 PM5/18/12
to constitucion-te...@googlegroups.com
Uhmmm... técnicamente podría mejorarse.

Por ejemplo:

"Artículo 1.
1.- España es una República Federal de ciudadanos y ciudadanas iguales y libres que defiende, como valores superiores de su ordenamiento jurídico, la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político en base a un Estado social y democrático de Derecho.

2.- El Estado Federal está compuesto por los Entes Federales de Andalucía, Aragón, Asturias, Baleares, Canarias, Castilla, Cataluña, Ceuta, Euskadi, Extremadura, Galicia, León Madrid, Melilla, Murcia, Navarra y Valencia.

Sin perjuicio de lo desarrollado en esta Constitución sus respectivos Estatutos Federales serán su norma institucional y constitucional básica.

3.- La bandera de España es roja, amarilla y morada, de igual anchura.

Su escudo [PROPUESTA ESPECIAL MÍA] es el tradicional con los cuarteles de los antiguos reinos de Castilla, León, Aragón, Navarra y Granada, junto con las columnas de Hércules, sin más ornamentos que una corona cívica de laurel, que representa al pueblo.

[Imagen del escudo propuesto] [https://encrypted-tbn0.google.com/images?q=tbn:ANd9GcRTrT5dvRULv_LSuC0FggqhUCpW4o9e4Z9VFVqYDIh6XaNad-Fb]

El himno oficial de España es el Himno de Riego.

Los Entes Federales podrán ostentar bandera, escudo e himno oficial, que gozarán de igual protección y libre uso, como los símbolos estatales.

4.- El Día de la Repúblical es el 14 de abril.

Los Entes Federales podrán disponer de un Día oficial, que gozará de igual protección que el de la República.

Artículo 2.- Todos los españoles son iguales ante la ley sin que pueda
prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo,
religión, opinión, orientación sexual o cualquier otra condición o
circunstancia personal o social.

Artículo 3.- El Estado no tiene religión oficial, si bien respetará, sin más injerencia que la de preservar el orden público y el respeto a las creencias, los distintos credos de igual manera.

[MAÑANA SIGO]



El viernes, 18 de mayo de 2012 19:42:43 UTC+2, Hans Kelsen escribió:

ogry

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May 18, 2012, 9:22:06 PM5/18/12
to Constitucion de la Tercera Republica
Titánica tarea. Mi aportación:

1.- España es una república federal en la que ciudadanos y ciudadanas
iguales y libres han decidido empoderarse y constituir un estado
social y democrático de derecho.

2.- España defiende y asume, como valores superiores de su
ordenamiento jurídico, la libertad, la justicia, la igualdad, la razón
y el pluralismo político.

3.- Todos los poderes emanan del pueblo, que es soberano, y son
ejercidos a través de la asamblea, que es competente para legislar,
ejecutar y juzgar. La república reconoce la democracia líquida como la
forma más perfecta de gobierno y se establece su uso en todos los
órganos de poder.

4.- Son símbolos de la república su bandera, su escudo y su himno
<links a cada uno>. Se establece como día de la república el 14 de
Abril, que se declara festivo a todos los efectos.

5.- La jurisdicción de la república comprende la totalidad del
territorio de los estados federales de los que se compone, y que
reconocen libremente los poderes de la república y asumen la presente
constitución, haciéndola suya e incorporándola a su derecho positivo.

6.- La república española se obliga lealmente a la defensa de los
intereses de los españoles, protegiendo de forma integral sus
derechos. Por ello, se arroga el poder de coerción violenta, como
medio de evitar que ningún otro pueda ejercerlo. Se declaran por tanto
la paz y la razón como herramientas básicas de la convivencia.

7.- El debate, en todas sus formas, será permitido y alentado desde
todas las instancias, como medio para llegar a las mejores decisiones.
El proceso de toma de decisiones será definido en un proceso de flujo
de trabajo, de manera que para cada propuesta presentada pueda ser
discutida su idoneidad y validez en los aspectos económico, jurídicos,
morales, lógicos, y de asunción de los principios contenidos en esta
constitución. Las propuestas que superen esos filtros, pasaran ser
discutidas por la asamblea, dónde se decidirá democráticamente su
aceptación.

8.- Todos los recursos naturales, y la riqueza del país están a
disposición de la república asamblea, para que la asamblea proceda a
su reparto de la manera mas justa y equitativa.

9.- Se declaran derechos de los españoles la libre circulación, la
propiedad común de bienes y servicios, la información, la libre
expresión de sus ideas, la de conciencia y opinión, la sexual, la de
la propia imagen, con el objetivo de permitir la mejor manera para
llegar a la paz y la búsqueda de la felicidad.

10.- Se dotará a cada español de una renta básica como medio de
mantener su dignidad humana. Esta cubrirá al menos las necesidades de
alimentación, vestido, albergue, formación y el acceso a la cultura y
la información.


Mañana, más.


Saludos, OSCAR.

On 18 mayo, 19:42, Hans Kelsen <carlos.terce...@gmail.com> wrote:

Carlos Rodriguez Yañez

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May 19, 2012, 3:48:06 PM5/19/12
to constitucion-te...@googlegroups.com
Nicolás Vera Caballero, se te ha olvidado comentar que esa votación sigue abierta y que todo el mundo puede votar en ese enlace proporcionado por tí.

Por otra parte, hacer propuestas con el objetivo de mejorar no es manchar nada, sino progresar. Algo que los padres y madres de la segunda república y de la constitución que tanto defiendes, que eran mucho menos dogmáticos que tú, veían con buenos ojos.

ogry

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May 19, 2012, 8:27:04 PM5/19/12
to Constitucion de la Tercera Republica
Yo no tengo facebook, ni pienso tenerlo, obviamente.

¿Qué validez da eso a la votación?

De buenos propósitos está el infierno lleno. Hay que plantear las
cosas desde una plataforma abierta y libre u olvidarse. Virtualpol o
n1.cc, pero ¿Facebook y Goggle? WTF

Jamás un estado serio confiaría su democracia a dos corporaciones...
me parece empezar mal.



On 19 mayo, 07:56, Nicolás Vera Cabello <abathle...@gmail.com> wrote:
> lo siento por todas vuestras intentonas de manchar el primer articulo de la
> constitución de 1931, pero en facebook ya obtuvo el 66% de los votos, os
> recuerdo que la constitucion se vota aqui.  http://www.facebook.com/pages/Constituci%C3%B3n-de-la-Tercera-Rep%C3%...
>
> El viernes, 18 de mayo de 2012 19:42:43 UTC+2, Hans Kelsen escribió:
>
>
>
>
>
>
>
>
>

Hans Kelsen

unread,
May 20, 2012, 10:17:59 AM5/20/12
to Constitucion de la Tercera Republica
Gracias por la respuesta:

Artículo uno, la igualdad de los ciudadanos (genérico) se especifíca
en el artículo 2. Es redundante e innecesario
Entes federales, no estoy muy de acuerdo con esa denominación, Que yo
sepa en ninguna Constitución Federal se denomina a los sujetos de
poder originario y parte de una Estado federal, Entes: Estados
Federados, Provincias Federadas. El único caso que se asemeja en algo
es la Constitución de Bosnia. A mi juicio es un error.
El escudo: puede hacerse una remisión al decreto de la República de
1931que define el escudo de manera heráldica.
Provincias Federedas: se puede discutir el número. Madrid tiene que
ser necesariameente un distrito federal. No me gusta la denominación
de Euskadi en lugar de País Vasco.

Artículo 3: Estado laico, conlleva eso. Se especifica en el artículo
27 de la COnstitución las relaciones entre los poderes públicos y las
Confesiones religiosas.

On 19 mayo, 00:58, David Ingelmo <ingelmoda...@gmail.com> wrote:
> Uhmmm... técnicamente podría mejorarse.
>
> Por ejemplo:
>
> "Artículo 1.
> 1.- España es una República Federal de ciudadanos y ciudadanas iguales y
> libres que defiende, como valores superiores de su ordenamiento jurídico,
> la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político en base a un
> Estado social y democrático de Derecho.
>
> 2.- El Estado Federal está compuesto por los Entes Federales de Andalucía,
> Aragón, Asturias, Baleares, Canarias, Castilla, Cataluña, Ceuta, Euskadi,
> Extremadura, Galicia, León Madrid, Melilla, Murcia, Navarra y Valencia.
>
> Sin perjuicio de lo desarrollado en esta Constitución sus respectivos
> Estatutos Federales serán su norma institucional y constitucional básica.
>
> 3.- La bandera de España es roja, amarilla y morada, de igual anchura.
>
> Su escudo [PROPUESTA ESPECIAL MÍA] es el tradicional con los cuarteles de
> los antiguos reinos de Castilla, León, Aragón, Navarra y Granada, junto con
> las columnas de Hércules, sin más ornamentos que una corona cívica de
> laurel, que representa al pueblo.
>
> [Imagen del escudo propuesto]
> [https://encrypted-tbn0.google.com/images?q=tbn:ANd9GcRTrT5dvRULv_LSuC...]

Hans Kelsen

unread,
May 20, 2012, 10:24:10 AM5/20/12
to Constitucion de la Tercera Republica
Gracias por la respuesta.

1. Volvemos al genérico. No me gusta, Otra cosa, el verbo empoderarse
no existe en castellano. Es una mala traducción del inglés
empowerment.
2. La soberanía es siempre del Estado. Otra cosa es que el ejercicio
de la soberanía sea del pueblo, de la nación, de un partido o de una
familia. En este caso y tratándose de una República democrática, el
ejercicio de la soberanía del Estado está a cargo del pueblo. El resto
no tiene sentido jurídico

El resto escapa a mi análisis, por que se trata de reformar la
COnstitición de 1931, en este caso sus 7 primeros artículos de acuerdo
con un sentido republicano y democrático. El título II hace mención a
la organización territorial y el tercero de los derechos de los
españoles. Hay que ir paso a paso. Primero el título preliminar.

Hans Kelsen

unread,
May 20, 2012, 10:25:29 AM5/20/12
to Constitucion de la Tercera Republica
Bien, que se haya votado. Si se aprueba bien me parece, pero también
que me parece poco adecuado también. En una República democrática no
sólo los trabajadores forman parte de ella. Pero en fin es un debate
muy largo. Creo que es erróneo... pero

On 19 mayo, 07:56, Nicolás Vera Cabello <abathle...@gmail.com> wrote:
> lo siento por todas vuestras intentonas de manchar el primer articulo de la
> constitución de 1931, pero en facebook ya obtuvo el 66% de los votos, os
> recuerdo que la constitucion se vota aqui.  http://www.facebook.com/pages/Constituci%C3%B3n-de-la-Tercera-Rep%C3%...
>
> El viernes, 18 de mayo de 2012 19:42:43 UTC+2, Hans Kelsen escribió:
>
>
>
>
>
>
>
>
>

ogry

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May 21, 2012, 12:05:43 PM5/21/12
to Constitucion de la Tercera Republica
¿Qué genérico?

Creo que te equivocas.
http://es.wikipedia.org/wiki/Empoderamiento

La soberanía siempre es del pueblo, y por tanto, la ejerce (es el que
manda y decide). El estado no ostenta la soberanía, no es mas que un
instrumento del pueblo para gobernar. Esto es importante porque si el
máximo representante del estado (el Presidente de la república),
ostentaste la soberanía, podría, por ejemplo, cancelar la posibildad
de elecciones y declararse dictador o monarca absoluto. Que la
soberanía sea del pueblo cancela la legitimidad de esa posibildad.

¿Reformar la constitución del 31 o tomarla de ejemplo para redactar
una nueva? No le veo sentido a lo primero si no es para lo segundo.


Otro día más, ahora estoy ocupado.

David Rojo

unread,
May 22, 2012, 10:19:34 AM5/22/12
to Constitucion de la Tercera Republica
Estoy de acuerdo con ogry, la mejor manera de evitar que alguien se
perpetue en el poder es que la soberania sea del pueblo, si no se hace
asi poco vamos a cambiar, pues el ser humano es ambicioso por
naturaleza, el poder nos cambia a todos eso es asi.

On 21 mayo, 18:05, ogry <o...@yahoo.com> wrote:
> ¿Qué genérico?
>
> Creo que te equivocas.http://es.wikipedia.org/wiki/Empoderamiento

Salvador Rubio Real

unread,
May 23, 2012, 3:23:18 PM5/23/12
to constitucion-te...@googlegroups.com
Estoy de acuerdo con este primer artículo, bastante fiel al original de la II República


El viernes, 18 de mayo de 2012 19:42:43 UTC+2, Hans Kelsen escribió:

Barrueco

unread,
May 26, 2012, 8:45:02 AM5/26/12
to Constitucion de la Tercera Republica
Ogry, te contesto también por aquí porque creo que antes conteste
respondiendo al autor y no se publico el mensaje.

Tu título preliminar incluye artículos que no corresponden en su
esencia al título preliminar sino a principios rectores o a la parte
de derechos fundamentales. Por ejemplo el artículo 9 no puede ser
redactado así, todos los derechos en un mismo artículo sin especificar
más tan solo nombrarlos vagamente, esos derechos deben de tener un
capítulo especifico para ellos por su importancia.

On 19 mayo, 03:22, ogry <o...@yahoo.com> wrote:
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Barrueco

unread,
May 26, 2012, 10:02:58 AM5/26/12
to Constitucion de la Tercera Republica
La constitución del 31 puede ayudar en materia dogmática dando ideas y
directrices, pues es más amplia socialmente que la del 78, pero como
constitución en sí la del 78 es mejor en sentido técnico (no que me
guste más) aparte de estar más actualizada al mundo contemporáneo. Por
lo tanto de seguir una base creo que hay que seguir la actual
modificandola completamente eso sí, y no la del 31. Mi idea sería
sobre la base del 78 hacer una especie de “popurrí constitucional”
entre las dos constituciones y otras de algunos estados de Europa.
Como veréis muchos artículos son copiados literalmente o con
modificación de algunas palabras de la CE, otros están copiados de la
constitución alemana e italiana. La explicación del artículo 7.3
responde a una hipotética unión con Portugal o ante la posibilidad de
la creación de una Europa Confederal (que lo dudo mucho). Mí título
preliminar sería:

-Artículo 1.-
1.La república española se constituye en un Estado social y
democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su
ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y la
Fraternidad.
2.La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan
los poderes del Estado.
3.La forma política del estado español es la República
(Presidencialista, Semi-presidencialista o Parlamentaria)

-Artículo 2.-
1.La república constituye un estado federal, integral y unitario,
fundamentado en la indisoluble unidad de la Nación española patria
común de todos los españoles; y compatible con la federación de
regiones y nacionalidades históricas, que recibirán el nombre de
“estados autónomos”.
2.Estos estados autónomos los forman: Andalucía, Asturias... (nombre
de las 17 comunidades) más las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.
3.Estos estados autónomos contaran de constitución autónomas que será
la norma institucional básica de ese estado autonómico que deberá ser
conforme a esta constitución e incluir lo exigido en el título “x”
correspondiente a los estados autónomos.

-Artículo 3.-
1.El castellano es la lengua oficial del estado, todo español tiene el
derecho a usarla y el deber de conocerla.
2.Las demás lenguas también serán oficiales en sus respectivos estados
autónomos, de acuerdo a lo recogido en su propia constitución.
3.La riqueza de las distintas modalidades lingüisticas de España es un
patrimonio cultural que será objeto de especial respeto y protección.

-Artículo 4.-
1.La bandera de España está formada por tres franjas horizontales de
igual anchura, colocadas en este orden descendente: roja, amarilla y
morada.
2.Las constituciones autónomas podrán reconocer banderas propias de
los estados que se utilizarán junto a la bandera de la república en
sus respectivos edificios públicos.
3.El escudo de la República será (…)
4.La capital de la República será la villa de Madrid.

-Artículo 5.-
La república se constituye como un estado laico, ninguna creencia o
religión tendrá carácter estatal ni podrá interferir directamente en
la política del país.

-Artículo 6.-
      1.   España renuncia a la guerra como instrumento de política
nacional y repudia la guerra como instrumento de ataque a la libertad
de los demás pueblos, y como medio de solución de las controversias
internacionales; accede, en condiciones de igualdad  con  los  demás
 Estados,   a  las  limitaciones  de  soberanía  necesarias  para  un
ordenamiento que asegure  la  paz  y   la  justicia entra  las
 naciones  y  promoverá  y favorecerá las organizaciones
internacionales encaminadas a este fin.
2.España contará con unas Fuerzas Armadas constituidas por los
ejércitos de tierra, aire y mar que tendrán como principal principio y
valor el respeto a la constitución de la República y la soberanía
nacional. Su misión será garantizar la soberanía e independencia de
España, defender su integridad territorial, el respeto a los estados
autónomos que conforman la república  y el ordenamiento
constitucional.
3.España se compromete a no desarrollar armas nucleares, biológicas y
químicas o demás armas que puedan ser prohibidas por organizaciones
intergubernamentales de los que España forme parte.
4.El jefe supremo de las fuerzas armadas será el presidente de la
república
5.Una ley orgánica regulará en todo momento las bases de la
organización militar.

-Artículo 7.-
1.España procura en todo momento la internacionalización de los
estados soberanos, la asociación de estados y organizaciones
intergubernamentales y supranacionales, pudiendo ceder de acuerdo a la
constitución parte de su soberanía.
2.La República se comprometerá especialmente a mantener un proyecto de
Unión Europea con las naciones que forman nuestro continente.
3.La República cuidará en el futuro una posible confederación con
estados limítrofes y demás estados del continente, formando un estado
unitario. Dicha unión deberá ser aprobada por el pueblo español y
podrá separarse en todo momento si el pueblo español lo desea. En
ningún momento perdería vigencia esta constitución siendo compatible
con una constitución confederal. La secesión de dicha confederación
implicaría volver al punto de retorno.
4.La pertenencia a dichas asociaciones, proyectos y confederaciones no
podrá suponer en tal caso perder soberanía nacional, resultar
perjudicial para España y los españoles o ir en contra de esta
constitución.

-Artículo 8.-
1.Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la
constitución y al resto del ordenamiento jurídico.
2.Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que
la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se
integra sean reales y efectivas: remover los obstáculos que impidan o
dificulten su plenitud, y facilitar la participación de todos los
ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social. La plena
igualdad de oportunidades debe de ser el fin de las políticas.
3.La constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía
normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las
disposiciones sancionadoras no favorables, la seguridad jurídica, la
responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes
públicos.

-Artículo 9.-
1.Los partidos políticos participan en la formación de la voluntad
política del pueblo. Su fundación es libre. Su organización interna y
funcionamiento debe responder a los principios democráticos. Los
partidos deberán dar cuenta públicamente de la procedencia y uso de
sus recursos, así como de su patrimonio.
2.Serán anticonstitucionales los partidos que en virtud de sus
objetivos o del comportamiento de sus afiliados se propongan
menoscabar o eliminar los valores que caracterizan a la República
recogidos en el artículo 1 o poner en peligro la existencia de la
República Federal de España.
3.Se fomentará la participación directa de los ciudadanos en la
política mediante instrumentos como Referéndum, iniciativa popular y
demás instrumentos o mecanismos que ayuden a formalizar la voluntad
popular; según se recoja en las leyes y demás capítulos de esta
constitución.

On 18 mayo, 19:42, Hans Kelsen <carlos.terce...@gmail.com> wrote:

Ricardo Calvo

unread,
May 29, 2012, 6:21:09 PM5/29/12
to constitucion-te...@googlegroups.com


Considero que antes de redactar el articulado de la Constitución, quizás primero habría que enumerar su estructura y disposición. 

I. Título Preliminar
II. Derechos y Deberes
III. Organización territorial
IV. Cámaras de representantes
V. Presidencia de la República (este título dependería si es presidencialista, semi-presidencialista o solo representativa)
VI. Gobierno de la República 
VII. Gobierno de los Estados
VIII. Justicia
IX. Administraciones Públicas
XI. Hacienda y Economía
XII. Reforma Constitucional
X. Disposiciones Transitorias

iiisma...@hotmail.com

unread,
May 29, 2012, 7:23:15 PM5/29/12
to Constitucion de la Tercera Republica
Yo presento como propuesta de Título Preliminar el siguiente texto:

"TÍTULO PRELIMINAR

Art. 1: España se constituye en un Estado federal, integral y
republicano de trabajadores de todas las clases que se rigen en los
valores de Libertad, Igualdad y Justicia

Art. 2: Todo el poder de los órganos del Estado emanan del pueblo

Art. 3: La capitalidad de la República reside en Madrid

Art. 4: El idioma oficial de la República es el castellano, si bien se
reconocerán como cooficiales otras lenguas usadas en el territorio
nacional

Art. 5: La bandera de la República es rectangular con tres franjas de
igual tamaño en posición horizontal situadas una debajo de otra y
siguiendo este orden: roja, amarilla y morada

Art. 6: El escudo de la República es el usado por el Gobierno
Provisional de 1869

Art. 7: El himno nacional de la República es el "Himno de Riego"

Art. 8: La República no tiene religión oficial, si bien el Estado
garantiza la tolerancia religiosa. Las confesiones religiosas serán
reguladas mediante una Ley especial

Art. 9: La República se organiza territorialmente en Federaciones que
tendrán plena autonomía en cuanto a política, legislación y
Administración internas, aunque deban regular su ordenamiento conforme
a la normativa estatal

Art. 10: La República renuncia a la guerra como instrumento de
política nacional, así como a toda forma de opresión colonial e
imperialista, suscribiendo los acuerdos contenidos en los Tratados
internacionales firmados y ratificados por España"


On 30 mayo, 00:21, Ricardo Calvo <ricardocalvopini...@gmail.com>
wrote:
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