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Movistar puede suspender el servicio unilateralmente y desconocer el plan contratado?

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<<<<<< a l u m i n i o >>>>>>

unread,
Feb 6, 2009, 6:24:10 PM2/6/09
to
Hola Buenos Dias

Una consulta, el dia miercoles 28 de enero a las 19:00 hrs recibo un
mensaje de texto de Movistar donde se indica:

"se ha efectuado la orden de servicio xxxxxxxxx SUSPENSION VOLUNTARIA DE
SERVICIO"

Verifico mi movil y efectivamente ya no puedo hacer llamadas, a ningun
destino, ni siquiera a los niveles 105 y 103.

Llamo al día siguiente a movistar desde un fijo y se me indica que no
tienen conocimiento de porque se me a aplicado una "suspension voluntaria"
que *no he solicitado*, y tampoco saben por que no puedo llamar al 105 para
dejar mi reclamo por telefono.

Acudo el 02 de febrero a tienda a dejar el reclamo, ahi gentilmente me
explican que se me ha suspendido el servicio por:

Explicacion 1: Exceso en el consumo de minutos, es decir que me he pasado
en los minutos contratados: Replico que no he ocupado ni la mitad de los
minutos contratados, lo cual es corroborado tanto en la facturacion de la
tienda como en la web de Movistar.

Explicacion 2: No pago oportuno, a lo cual le muestro la facturas pagadas
antes del vencimiento.

Explicacion 3: Luego de un rato de esperar, consultas y telefonazos, se me
explica lo siguiente:

"Le hemos suspendido el servicio debido a que el vendedor que le engancho
con el plan se equivoco y le ha aplicado un plan que no es comercialmente
viable a clientes del segmento residencial, ya que es un plan exclusivo
para otros segmentos de cliente, de hecho este plan no existe"

Debo aclarar que trabajo para una transnacional con alrededor de 60.000
empleados en todo el mundo, por lo que habitualmente nos visitan vendedores
de distintas empresas ofreciendonos diversos productos en condiciones
ventajosas. En Septiembre de 2008 se presento un agente de Movistar quien
me ofrecio el plan que tengo actualmente (despues de varias negativas mias)
el cual tiene una bolsa de minutos superior a los contratos habituales que
ya habia rechazado.

Como solucion en la tienda me ofrecieron cambiarme a un contrato
"comercialmente valido" y asi quitar la suspension y retomar el servicio.
Sino lo hacia, se me indico que perderia el numero.

Entonces me vienen estas consultas:

1.-¿Movistar me puede suspender el servicio sin aviso previo ni expresion
de causa teniendo las facturas al dia?

2.-¿Pueden negar la existencia de un plan si este figura en las
facturas/boletas emitidas y portal del cliente tal como el vendedor me lo
ofrecio?

3.-¿Me pueden bloquear el acceso al nivel 105?

4.-Suponiendo que el vendedor "se equivoco"(v.gr: metio unos goles y se fue
de movistar con las comisiones y bonos por metas),¿movistar me puede negar
el servicio ya facturado en varios meses aduciendo un error administrativo
interno?

Por ultimo la verdad es que no uso mucho el telefono movil, ya que mi
trabajo es practicamente todo por internet, por lo que si es necesario que
me cambie de plan no hay objecion. Lo que me molesta es que me suspendan el
servicio sin haberse comunicado antes conmigo y con el servicio pagado.


Atento a sus respuestas y opiniones, gracias!


Benjamin Porter

unread,
Feb 6, 2009, 6:45:47 PM2/6/09
to

"<<<<<< a l u m i n i o >>>>>>" <alum...@nomail.com> escribió en el mensaje
news:Xns9BAACF8D17063...@190.54.16.4...

Para que responder parte por parte... redacta una carta (no un email, una
carta, en papel), envíala a las oficinas generales de Movistar y envía una
copia a la Subtel (que diga "CC: Subtel"). Me atrevo a decir que en un par
de días tendrás el tema solucionado. También puedes poner el reclamo vía
web, pero ahí la compañía solamente se enterará del reclamo cuando la Subtel
se lo envíe, esto es en varios días.

> Por ultimo la verdad es que no uso mucho el telefono movil, ya que mi
> trabajo es practicamente todo por internet, por lo que si es necesario que
> me cambie de plan no hay objecion. Lo que me molesta es que me suspendan
> el
> servicio sin haberse comunicado antes conmigo y con el servicio pagado.

Con mayor razón, puedes esperar un rato por una respuesta favorable.

--

Salu2
_____________________
Benjamin Porter


Francisco Cayupil Soto

unread,
Feb 6, 2009, 9:12:38 PM2/6/09
to
Todas tus dudas se resumen en 4 conceptos jurídicos básicos:

La fuerza obligatoria de los contratos: el contrato legalmente celebrado es
intangible para las partes, salvo causa legal, y por ende no puede ser
modificado unilateralmente por ninguna de ellas. Este principio lo recoge
expresamente el art. 1545 del código civil al declarar que todo contrato
legalmente celebrado es una ley para los contratantes y no puede ser
invalidado (y, menos modificado agrego yo) sino por su consentimiento mutuo
o por causas legales.
Con esto se despejan tus preguntas 1 al 3.

Respecto de la cuarta pregunta existe el aforismo jurídico que dice que "no
será oído quien alega su propia torpeza" ("Nemo auditur propriam
turpitudinem allegans") que, en este caso, se enlaza muy fuertemente con la
doctrina de los actos propios, muy bien esbozada en otro aforismo jurídico
("venire contra factum proprium non valet" ) y que significa que nadie puede
ir contra lo obrado por sí mismo libre y conscientemente dado que el derecho
repudia el actuar inconsecuente pues busca la seguridad en el tráfico
jurídico. Lo que se persigue es preservar expectativas legítimas.

La conjugación de ambos principios te hace ver que movistar no puede
desconocer lo obrado por su agente toda vez que sería ir con un acto propio
de ellos de ofrecerte y poner en ejecución un plan de telefonía móvil,
creando con ello un derecho a tu favor protegido constitucionalmente -y no
sólo una expectativa legítima, - y si este no estaba contemplado para
clientes "residenciales" y aun así te fue otorgado ello ocurrió sólo por la
propia torpeza de ellos en no verificar a tiempo sus propios actos con
terceros.

Por último esta la buena fe que, como principio general del derecho y para
este caso, obliga a las partes a actuar con rectitud y honradez en todo el
iter contractual con el objeto de precaver cualquier desviación que implique
un perjuicio para la otra parte.
En tu caso, claramente, movistar no está actuando de buena fe contigo ni en
la ejecución del contrato que mantiene en curso contigo.

Por todo lo anterior, tu reclamo es absolutamente viable y yo te
recomiendo -en modo Andrés Norambueba- no sólo reclamar ante la subtel sino
también demandar ante policía local pues claramente movistar viola la norma
del art 25 de la ley de protección de los derechos del consumidor que
prohíbe suspender, sin justificación, un servicio previamente contratado y
por el cual se hubiere pagado, entre otros casos, un derecho de mantención.
En este caso el juez puede aplicar una multa de hasta 150 utm y obviamente
tú puedes solicitar una indemnización por el perjuicio que te ha causado el
actuar ilegal de movistar.

Te mando la boleta :-)


Andres Norambuena Venegas

unread,
Feb 6, 2009, 9:17:31 PM2/6/09
to

"Francisco Cayupil Soto" <na...@nada.cl> escribió en el mensaje
news:gmiqma$924$1...@jagger.tie.cl...

>
>
> Te mando la boleta :-)


aqui si que se cayo pues mi estimado pancho las news son de cooperacion
no de enriquecimiento


Francisco Cayupil Soto

unread,
Feb 6, 2009, 9:38:38 PM2/6/09
to
Y el emoticón, dónde lo dejas o es que acaso lo tienes filtrado :-P
"Andres Norambuena Venegas" <anoram...@ELCORREODEGOOGLE.com> escribió en
el mensaje news:gmiqvv$s02$1...@news.nivel5.cl...

Benjamin Porter

unread,
Feb 7, 2009, 1:22:46 AM2/7/09
to

"Francisco Cayupil Soto" <na...@nada.cl> escribió en el mensaje
news:gmiqma$924$1...@jagger.tie.cl...

Yo agregaría el que el empleador responde civilmente de los actos de sus
empleados :P

> Por todo lo anterior, tu reclamo es absolutamente viable y yo te
> recomiendo -en modo Andrés Norambueba- no sólo reclamar ante la subtel
> sino también demandar ante policía local pues claramente movistar viola la
> norma del art 25 de la ley de protección de los derechos del consumidor
> que prohíbe suspender, sin justificación, un servicio previamente
> contratado y por el cual se hubiere pagado, entre otros casos, un derecho
> de mantención.

¿Como bypassear el tema de que la ley consumidor no rige para servicios
regulados por leyes especiales, cual es el caso de la telefonia movil?

Francisco Cayupil Soto

unread,
Feb 7, 2009, 11:03:46 AM2/7/09
to
No es necesario buscar el resquicio, por dos razones:

Lo que indica la ley de protección de los derechos de los consumidores (lc)
en su artículo 2bis es que: "las normas de esta ley no serán aplicables a
las actividades de producción, fabricación, importación....y
comercialización de bienes o prestación de servicios reguladas por leyes
especiales, salvo:
a)en las materias que estas últimas no prevean."

En primer lugar, y desde una perspectiva constitucional, la ley del
consumidor habla de servicios regulados por LEYES especiales y, como se
sabe, toda la regulación del suministro del servicio telefónico fijo o móvil
se halla contenida en el decreto supremo 425 del ministerio de transportes y
telecomunicaciones que contiene el reglamento del servicio público
telefónico.
El constitucionalismo nos enseña que ante la colisión normativa debe
prevalecer aquélla de mayor rango, el cual está dado por su propia
naturaleza y génesis. En este caso una ley es de mayor rango normativo
absoluto frente a un reglamento, pues mientras la ley es una expresión de la
soberanía popular, expresada a través del proceso de formación de la ley
establecido en la Constitución, el reglamento es meramente una expresión de
la potestad reglamentaria del Pde la R (tic para leguleyos), lo que es
bastante decir para demostrar lo que se ha dicho.

Pero, además y en segundo y último lugar, aun cuando el reglamento en
comento no fuese tal, sino una ley, igualmente se aplicaría la lc por cuanto
el reglamento del servicio público telefónico no contiene norma alguna que
regule la interrupción arbitraria del suministro telefónico y sus
consecuencias. Me tomé la molestia de leer completo el reglamento y no
existe tal regulación.
No se debe olvidar que el artículo 2bis de la lc señala expresamente que
ella no rige en los casos de servicios regulados por leyes especiales, salvo
"en las materias que estas últimas no prevean." y, como dije, el reglamento
citado no prevee la situación de un conflicto derivado de la suspensión
arbitraria del servicio y las consecuencias que de ello se deriven, lo que
sí hace expresamente la lc.

También te mandaré la boleta Benjamín.
No pongo emoticón para que Andrés diga que ahora sí que me pilló tratando
de lucrar de los news ;-)

<<<<<< a l u m i n i o >>>>>>

unread,
Feb 7, 2009, 6:48:38 PM2/7/09
to
"Benjamin Porter" <benja....@gmail.com> parece que dijo que
news:gmii34$r2c$1...@news.nivel5.cl:

>
> "<<<<<< a l u m i n i o >>>>>>" <alum...@nomail.com> escribió en el
> mensaje news:Xns9BAACF8D17063...@190.54.16.4...
>> Hola Buenos Dias
>>
>> Una consulta, el dia miercoles 28 de enero a las 19:00 hrs recibo un

>> (...)


>>
>> 1.-¿Movistar me puede suspender el servicio sin aviso previo ni
>> expresion de causa teniendo las facturas al dia?
>>
>> 2.-¿Pueden negar la existencia de un plan si este figura en las
>> facturas/boletas emitidas y portal del cliente tal como el vendedor
>> me lo ofrecio?
>>
>> 3.-¿Me pueden bloquear el acceso al nivel 105?
>>
>> 4.-Suponiendo que el vendedor "se equivoco"(v.gr: metio unos goles y
>> se fue
>> de movistar con las comisiones y bonos por metas),¿movistar me puede
>> negar el servicio ya facturado en varios meses aduciendo un error
>> administrativo interno?
>
> Para que responder parte por parte... redacta una carta (no un email,
> una carta, en papel), envíala a las oficinas generales de Movistar y
> envía una copia a la Subtel (que diga "CC: Subtel"). Me atrevo a decir
> que en un par de días tendrás el tema solucionado. También puedes
> poner el reclamo vía web, pero ahí la compañía solamente se enterará
> del reclamo cuando la Subtel se lo envíe, esto es en varios días.
>

Hola Benjamin, muchas gracias por responder. El dia que fui a la tienda
deje ingresado un reclamo, me comunicaron que al dia siguiente o
subsiguiente a mas tardar se me despacharia la respuesta por correo
certificado. Como no llego en el plazo previsto acudi nuevamente a
tienda, donde me leyeron el resultado : "no se acoge reclamo ya que la
suspension es valida, revisar porque se ha suspendido", y nada mas.

Ahora me informan que en los proximos 15 dias llegara la carta a
domicilio ¬¬ , pregunte sino me enviaban copia por email, y me indicaron
que ya no era posible porque fue tramitado por correo certificado.

Ahora sobre el reclamo online, leyendo en subtel me llama la atencion que
una vez ingresado el reclamo se me pide que lleve la documentacion a las
oficinas de subtel, entonces ¿¿sera menos tramite ir directamente a las
oficinas de subtel??.

Por ultimo sobre la idea de la carta formal de reclamo, ¿la envio por
correo tal cual o la llevo a las oficinas de Movistar para que me timbren
una copia?

Muchas Gracias otra vez!

<<<<<< a l u m i n i o >>>>>>

unread,
Feb 7, 2009, 6:54:12 PM2/7/09
to
"Francisco Cayupil Soto" <na...@nada.cl> parece que dijo que
news:gmiqma$924$1...@jagger.tie.cl:

Muchas gracias Francisco,me atrevere a extraer partes de su post para
argumentar con mayor densidad legal mi reclamo. Ademas muy didactico,
comprendi la base juridica a pesar de mi escaso conocimiento.

Saludos y gracias!


Francisco Cayupil Soto

unread,
Feb 7, 2009, 7:02:57 PM2/7/09
to

You're welcome!

De verdad, es un placer poder colaborar. Estos casos de abuso de oligopolios
me causan particular tirria. Siéntete libre de extractar lo que requieras y
si persiste alguna, duda hazla saber.
Saludos y suerte con tu reclamo.

Francisco Cayupil Soto

unread,
Feb 7, 2009, 7:11:37 PM2/7/09
to
Se me arrancó una coma: "si persiste alguna duda, hazla saber."
"Francisco Cayupil Soto" <na...@nada.cl> escribió en el mensaje
news:gml7f4$3p2$1...@jagger.tie.cl...

Benjamin Porter

unread,
Feb 8, 2009, 12:34:50 AM2/8/09
to

"<<<<<< a l u m i n i o >>>>>>" <alum...@nomail.com> escribió en el mensaje
news:Xns9BABD3B358846...@190.54.16.4...

Escaneada no mas, se puede adjuntar al reclamo via web.

Andres Norambuena Venegas

unread,
Feb 8, 2009, 3:51:40 AM2/8/09
to

"Francisco Cayupil Soto" <na...@nada.cl> escribió en el mensaje
news:gmis72$9ej$1...@jagger.tie.cl...

>Y el emoticón, dónde lo dejas o es que acaso lo tienes filtrado :-P


mil disculpas la verdad es que no lo habia visto


Francisco Cayupil Soto

unread,
Feb 8, 2009, 6:01:39 AM2/8/09
to
No te preocupes Andrés. No hay problema.
Saludos.
"Andres Norambuena Venegas" <anoram...@ELCORREODEGOOGLE.com> escribió en
el mensaje news:gmm6eu$l2j$1...@news.nivel5.cl...

Christian Szita

unread,
Feb 8, 2009, 10:17:09 AM2/8/09
to
@<<<< a l u m i n i o wrote:

> Hola Buenos Dias

> Una consulta, el dia miercoles 28 de enero a las 19:00 hrs recibo un
> mensaje de texto de Movistar donde se indica:

> "se ha efectuado la orden de servicio xxxxxxxxx SUSPENSION VOLUNTARIA DE
> SERVICIO"


Cuanto tiempo alcanzaste a estar con el plan?

Que condiciones tenia el plan?


Andres Norambuena Venegas

unread,
Feb 8, 2009, 12:32:43 PM2/8/09
to
me recuerda cuando nos cambiaron unilateralmente del plan en movistar y mas
encima sin avisarnos, solo nos enteramos cuando llego la cuenta

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