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no sabia que estaba prohibido lavar el auto en la calle

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Nacho

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Mar 3, 2011, 10:14:50 AM3/3/11
to

ATF

unread,
Mar 3, 2011, 7:13:41 PM3/3/11
to
sería bueno que a los del "negocio" fueran fiscalizados también, como de
costumbre las facultades fiscalizadoras son impuestas al "más fácil"


"Nacho" <marquesde...@chile.com> escribió en el mensaje de noticias
news:ikoc4u$gkv$1...@news.nivel5.cl...

conductor

unread,
Mar 3, 2011, 7:27:27 PM3/3/11
to
Nacho wrote:

> Así que ahora lavar el auto en la calle puede salir carito.....

>
http://www.latercera.com/noticia/nacional/2011/03/680-348833-9-multas-por-lavar-autos-en-la-via-publica-pueden-llegar-hasta-los-190-mil.shtml


raro esta que no lo supiera, teniendo licencia de conductor


David L.

unread,
Mar 4, 2011, 3:46:30 PM3/4/11
to
On 3 mar, 21:27, conduc...@c.cl (conductor) wrote:
> Nacho wrote:
> > As que ahora lavar el auto en la calle puede salir carito.....
>
> http://www.latercera.com/noticia/nacional/2011/03/680-348833-9-multas...

>
> raro esta que no lo supiera, teniendo licencia de conductor

como todas las leyes, esto se prestan para interpretación... mi
lectura es que puedes lavar TU auto afuera de TU casa, pero en el peor
de los casos, se podría dar que un inspector de SU interpretación y
nadie lo saque de eso y te pasen un parte.

Francisco Ojeda

unread,
Mar 8, 2011, 7:28:54 AM3/8/11
to

Lavar el auto afuera de TU casa sigue siendo lavar el auto en la vía
pública, así que la multa aplica correctamente.
Tu propiedad no se extiende fuera de los límites de tu terreno.

David L.

unread,
Mar 8, 2011, 7:47:13 PM3/8/11
to

pero como dice el articulo, esto aplica para gente que se dedica a
lavar autos o hacer mecánica.. también dice que se debe aplicar
criterio, o sea, es una lotería

tuner

unread,
Mar 8, 2011, 8:01:33 PM3/8/11
to
Un argumento más válido sería aplicar la gramática. Me explico:
El artículo dice "Está prohibido... efectuar trabajos de mecánica que no
sean de emergencia y lavar vehículos".

De acuerdo a lo anterior:
Sí sólo efectúas trabajos de mecánica (sin lavar el vehículo) no habría
problema. Del mismo modo, si sólo lavas el vehículo (sin efectur
reparaciones) no deberían cursar una infracción. Recordemos que "y" es
una conjunción copulativa, es decir que suma los elementos. Para que
pudieran partearte, la ley debiera decir que se prohibe reparar "o"
lavar vehículos.

M.U.E.

unread,
Mar 8, 2011, 9:22:18 PM3/8/11
to

Mi señora, que es profe de lenguas (y de las buenas) me mandó a buena
parte cuando le argumenté lo mismo. No recuerdo la terminología exacta
pero el error mío (según ella, porque yo lo veo igual que tu) es pensar
como si fuera matemática en vez de lenguaje.

tuner

unread,
Mar 8, 2011, 9:34:41 PM3/8/11
to
El 08-03-2011 23:22, M.U.E. escribió:
> andó a buena parte cuando le argumenté lo mismo. No recuerdo la
> terminología exacta pero el error mío (según ella, porque yo lo veo
> igual que tu) es pensar como si fuera matemática en vez de lenguaje
Pues dile que otro profesor de lenguas, con 26 años de carrera y
humildemente con sólidos conocimientos de lingüística aplicada, le
sugiere que repase sus apuntes.

Atte.,

Yo

tuner

unread,
Mar 8, 2011, 9:43:51 PM3/8/11
to

Incluso, otro argumento que respalda mi visión es que, si el redactor de
la ley hubiese ser específico respecto de la prohibición del lavado de
vehículos, podría haberse olvidado de la "y" en el Nº 9 y haber
establecido dicha prohibición en un número separado dentro del artículo
165, tal como lo hizo con las otras 10 prohibiciones.

David L.

unread,
Mar 9, 2011, 8:03:26 AM3/9/11
to
On 8 mar, 22:01, tuner <aqui-va-mi-n...@chile.com> wrote:
> El 08-03-2011 21:47, David L. escribi :

>
>
>
>
>
>
>
> > On 8 mar, 09:28, Francisco Ojeda<feoj...@gmail.com>  wrote:
> >> On 4 mar, 17:46, "David L."<dlei...@gmail.com>  wrote:
>
> >>> On 3 mar, 21:27, conduc...@c.cl (conductor) wrote:
>
> >>>> Nacho wrote:
> >>>>> As que ahora lavar el auto en la calle puede salir carito.....
>
> >>>>http://www.latercera.com/noticia/nacional/2011/03/680-348833-9-multas...
>
> >>>> raro esta que no lo supiera, teniendo licencia de conductor
>
> >>> como todas las leyes, esto se prestan para interpretaci n... mi

> >>> lectura es que puedes lavar TU auto afuera de TU casa, pero en el peor
> >>> de los casos, se podr a dar que un inspector de SU interpretaci n y

> >>> nadie lo saque de eso y te pasen un parte.
>
> >> Lavar el auto afuera de TU casa sigue siendo lavar el auto en la v a
> >> p blica, as que la multa aplica correctamente.
> >> Tu propiedad no se extiende fuera de los l mites de tu terreno.

>
> > pero como dice el articulo, esto aplica para gente que se dedica a
> > lavar autos o hacer mec nica.. tambi n dice que se debe aplicar
> > criterio, o sea, es una loter a
>
> Un argumento m s v lido ser a aplicar la gram tica. Me explico:
> El art culo dice "Est prohibido... efectuar trabajos de mec nica que no
> sean de emergencia y lavar veh culos".

>
> De acuerdo a lo anterior:
> S s lo efect as trabajos de mec nica (sin lavar el veh culo) no habr a
> problema.  Del mismo modo, si s lo lavas el veh culo (sin efectur
> reparaciones) no deber an cursar una infracci n.  Recordemos que "y" es
> una conjunci n copulativa, es decir que suma los elementos.  Para que

> pudieran partearte, la ley debiera decir que se prohibe reparar "o"
> lavar veh culos.

jajaja.. wena.. :) pero como dije antes, es una lotería.. todo va a
depender si te toca un inspector que ande de malas y un juez idem y
chao, no te la sacas con nada, ya que la interpretación de la ley la
tendrán ellos y da lo mismo lo que uno piense.

O.Rayo

unread,
Mar 9, 2011, 9:10:54 AM3/9/11
to
"tuner" escribió en el mensaje de noticias:il6jhd$2m0$1...@news.nivel5.cl...

-------------------
Esa interptretacion es tan ridicula como el tipo que lo partearon por
estacionar bajo un letrero "no estacionar en ambos costados" y alegaba que
se estaciono en uno solo.

tuner

unread,
Mar 9, 2011, 10:43:10 AM3/9/11
to
Supongo que no puedo rebatir a una autoridad en ridiculeces.

O.Rayo

unread,
Mar 9, 2011, 10:46:57 AM3/9/11
to
"tuner" escribió en el mensaje de noticias:il876f$86q$2...@news.nivel5.cl...

------------
El burro hablando de orejas...

O.Rayo

unread,
Mar 9, 2011, 10:49:49 AM3/9/11
to
"tuner" escribió en el mensaje de noticias:il6p01$2m0$2...@news.nivel5.cl...

Atte.,

Yo
-----------------
Yo te sugiero un cursito basico de introduccion al derecho.
La ley no esta describiendo conductas, caso en que aplicaria el requisito
copulativo, sino describiendo actos prohibidos: "esta prohibido esto y
aquello".

O.Rayo

unread,
Mar 9, 2011, 10:55:25 AM3/9/11
to
"tuner" escribió en el mensaje de noticias:il6ph6$2m0$3...@news.nivel5.cl...

--------------
Con tu misma interpretacion ridicula, en el numero 8 no se podria multar al
que deposite escombros sin autorizacion, si no deposita ademas otros
materiales.

O.Rayo

unread,
Mar 9, 2011, 12:47:18 PM3/9/11
to
"M.U.E." escribió en el mensaje de noticias:il6o8s$3ls$1...@news.nivel5.cl...

-----------------
El asunto es bien simple: si la ley dice "esta prohibido robar, matar y
violar" es bien distinto a si dijera "el que robe, mate y viole sufrira las
penas de..."
En el primer caso solo esta enumerando actos punibles, y bastara con
realizar uno de ellos para irse en cana.
En el segundo estaria describiendo la conducta especifica de un tipo penal
determinado.

BH

unread,
Mar 9, 2011, 1:12:09 PM3/9/11
to
"tuner" <aqui-va...@chile.com> escribió en el mensaje
news:il6jhd$2m0$1...@news.nivel5.cl...

Ta mal tu análisis, ya que la conjunción copulativa no implica simultaneidad
de las acciones (El paciente come y duerme sin problemas). Ese "y" es como
un "además de".


tuner

unread,
Mar 9, 2011, 1:46:08 PM3/9/11
to
Yo no mencioné simultaneidad; podría ser una acción después de la otra.
Yo mencioné la copulatividad de las acciones. También mencioné la
existencia de la "o" que no dejaría dudas respecto de la prohibición.

Saludos.

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