ei al que comentaves:
1r. cas extremadament extrany, no entenc perquè no li treuen res...
2n. això pot ser la regularització, és lo que varem parlar amb la pepita, si el sistema ha reconegut que aquesta persona està pagant més del que li toca se li baixa l'IRPF. el que hem sorpren és que li hagin contestat que ho havia demanat ella...
tema vaga, m'ho mirare perquè jo vaig cobrar una cosa i em sembla que a la nomina ja la descomptaven i en l'ingrés no. Per tant pot venir d'aquí però és algú raro
tema contracte, per riure una mica poso textualment el servei al que treballo jo:
"Obra o servicio determinado consistene en Atencion telefónica básica de todas aquellas llamads que relaicen los centros de relación con el cliente de TME,, clientes de segmentos empresas y en general, usuarios de servicios de telefonía fija y/o móvil y de los diferentes productos y servicios de Telefónica, incluyendo la atención de llamadas de clientes del sistema de puntos, la prescripción y comercialización, en su caso de terceros, que, preste,, distribuya o comercialicde TME mediantie el seguimiento de la operativa marcada en cada momento.
Atencion de llamadas con el obejto de potenciar la permanencia de los clientes de Telefónica, así como evitar las solicitudes de baja de los clientes, a través de la recepción, emisión de llamadas y back office. Esta actividad conlleva de forma inherente, sin perjuicio de cualesquiera otras sean necesarias o convenientes para la ejecución del servició: receptción, emisión y resolución de dudas, conslutas y reclamacionces, con objeto de evitar reducir las bajas solicitadas, ofreciendo, en su caso, soluciones alternativas; portabilidades, migraciones, suspensiones por robo o perdida; profundicar en l conocimiento de las causas de abandono y casos tratados con éxito para optimizar los esfuerzos comerciales; gestión de la ejecución de altas y actualizaciones de datos en aplicaciones corporativas utilizadas por Telefónica.
Atencion de solicitut de información, tramitaciones, resolución de cualesquiera quejas y reclamaciones relacionadas con los servicios y productos de TME, conlleva de forma inherente la realizacion de todas aquellas actividades necessaria o convenientens para la actualización del contenido de los registros de clientes de las bases de datos o aplicaciones informáticas, conforme a la definición de conslultas y reclamaciones de caácter general, resoluciones técnicas determinadas con el alcance establecido en el Manual operativo del servicio, en virtud del contrato mercantil celebrado entre la empresa Telefónica Móviles españa y Unitono servicos externalizados SA teniendo dicha obra autonomía y sustantividad propia dentr de la actividad de la empresa.
en caso de que se concerte pr un plazo inferir a la duración máxima legal o covnecionalmente establecida podrá progrrogarse, mediante acuerdo de las partes, por una única vez, sin que la duracón total del contrato pueda exceder dicha duración máxima.
O sea, que me jodo, me jodo y me jodo más....