Nuevas medidas dirigidas a autónomos y pymes para hacer frente al COVID-19

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Juan Antonio Duarte Atoche

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Apr 16, 2020, 3:40:40 AM4/16/20
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Hola buenos días, a continuación facilito información de las nuevas medidas dirigidas a autónomos y a pymes para hacer frente a la crisis provocada por el COVID-19.

 

 

El miércoles 15/04/2020 se publica en BOE el Real Decreto-ley 14/2020 a través del cual El Gobierno aprueba una moratoria tributaria de un mes para pymes y autónomo:

 

https://www.boe.es/boe/dias/2020/04/15/pdfs/BOE-A-2020-4448.pdf

 

La medida, aprobada en un real decreto-ley el martes, ampliará el plazo para la presentación y pago de impuestos de todos los autónomos y pymes que facturan hasta 600.000 euros al año, el 95 % de los que tienen que presentar declaraciones en abril.

En concreto, el 20 de abril vence el plazo para liquidar el IVA del primer trimestre y presentar los pagos fraccionados del IRPF y el impuesto de sociedades, una fecha que ahora se demora hasta el 20 de mayo. De la misma manera, los plazos de domiciliación se retrasan del 15 de abril al 15 de mayo.

En cualquier caso, todos los cargos se realizarán el 20 de mayo, incluidos los correspondientes a declaraciones presentadas antes del 15 de abril.

 

El miércoles 15/04/2020 se publica en BOJA el Decreto-Ley 9/2020, a través del cual la Junta de Andalucía convoca unas Ayudas de 300 euros para autónomos y mutualistas afectados por la crisis del Covid-19:

https://www.juntadeandalucia.es/boja/2020/516/BOJA20-516-00043-4583-01_00171993.pdf

Tipo de ayuda:

  • Abono de 300 euros a la persona beneficiaria en un único pago.
  • El límite para pedir la ayuda será de quince días después de declararse finalizado el estado de alarma
  • Concurrencia no competitiva, hasta agotar presupuesto (50 M€)

Beneficiarios

Aquellos autónomos y mutualistas que trabajen en servicios esenciales y que han visto mermada su actividad. Un total de 99 tipos de profesiones.

 

Requisitos

  • Ser trabajador por cuenta propia o autónomo con domicilio fiscal en Andalucía,
  • Estar afiliado al RETA por Cuenta Propia o Autónomos, o en la mutualidad correspondiente
  • Aquellos autónomos que tengan en su declaración de la renta una base liquidable general y del ahorro que no supere tres veces el Salario Mínimo Interprofesional (unos 39.900 euros anuales)
  • NO haberse acogido a la prestación extraordinaria por cese de actividad de RDL de 29 de marzo.

Cómo se solicita

  • Vía telemática a través de la web de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo.
  • A partir del día siguiente a la publicación en BOJA del Decreto Ley aprobado en Consejo de Gobierno del 15 de abril.
  • Basta con rellenar un formulario, que incluye una declaración de responsabilidad de cumplimiento de los requisitos exigidos para percibir la ayuda.
  • Algunos datos que tendrá que rellenar: el DNI-NIF; domicilio fiscal; empadronamiento en Andalucía; alta en el régimen especial de la Seguridad Social o en su mutualidad alternativa; declaración del IRPF de 2018 y número de cuenta bancaria para que pueda ser percibida la ayuda.

 

 

Para todas las dudas y aclaraciones necesarias podéis contactar con Andalucía Emprende, concretamente a través del CADE Polígono Sur a través de los teléfonos que aparecen en el pie de firma o través de correo electrónico.

Saludos.

 

Juan Antonio Duarte Atoche
Responsable Técnico del CADE de Polígono Sur (Sevilla)
Andalucía Emprende, Fundación Pública Andaluza

JUNTA DE ANDALUCÍA

 

Tel. 955.260.003 / 671.531.497 (Corp. 631497)

www.andaluciaemprende.es

 

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