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vecinos para evitar multas! Gracias
ABC del comparendo ambiental en Bogotá
Desde el
próximo 27 de noviembre de este año, los ciudadanos
deberán pagar por su mal comportamiento ambiental.
Conductas
en contra del ambiente

Un ciudadano se hará acreedor de un comparendo
ambiental en Bogotá si realiza alguna de las siguientes 20
conductas:
- Presentar para la recolección, los
residuos sólidos en horarios no autorizados por la empresa
prestadora del servicio.
- No usar los recipientes o demás
elementos dispuestos para depositar los residuos sólidos, de
acuerdo con los fines establecidos para cada uno de ellos.
- Disponer residuos sólidos y
escombros en sitios de uso público no acordados ni
autorizados por autoridad competente.
- Arrojar residuos sólidos o
escombros en espacio público o en sitios abiertos al público
como teatros, parques, colegios, centros de atención de
salud, expendios de alimentos, droguerías, sistemas de
recolección de aguas lluvias y sanitarias y otras
estructuras de servicios públicos, entre otros.
- Arrojar escombros o residuos
sólidos a humedales, páramos, fuentes de agua y bosques,
entre otros ecosistemas.
- Destapar y extraer, parcial o
totalmente, sin autorización alguna, el contenido de las
bolsas y recipientes para la basura, una vez colocados para
su recolección, en infracción a las normas sobre
recuperación y aprovechamiento vigentes.
- Romper, rasgar, quemar o de
cualquier otra manera dañar o destruir las bolsas y
recipientes en que los residuos sólidos hayan sido
almacenados o depositados para ser objeto de recolección, o
abrirlos sin volverlos a cerrar debidamente, o extraer de
ellos los residuos y dejar el lugar en que se produzca la
extracción en un estado de aseo peor a aquél en que se
encontraba.
- Presentar para la recolección
dentro de los residuos domésticos, animales muertos o sus
partes, diferentes a los residuos de alimentos, en
desconocimiento de las normas sobre recolección de animales
muertos de conformidad con las normas vigentes.
- Dificultar la actividad de barrido
y recolección de residuos sólidos o de escombros.
- Almacenar materiales y residuos de
obras de construcción o de demoliciones en vías y/o áreas
públicas.
- Realizar quema de residuos sólidos
y/o escombros sin los controles y autorizaciones
establecidos por la normatividad vigente.
- Instalar cajas de almacenamiento,
unidades de almacenamiento, canastillas o cestas de
almacenamiento, sin el lleno de los requisitos establecidos
por las normas vigentes sobre la materia.
- Hacer limpieza de cualquier objeto
en vías públicas, causando acumulación o esparcimiento de
residuos sólidos o dejar esparcidos en el espacio público
los residuos presentados por los usuarios para la
recolección.
- Permitir la deposición de heces
fecales de mascotas y demás animales en prados y sitios no
adecuados, sin la recolección debida.
- No administrar con orden, limpieza
e higiene los sitios donde se clasifican, comercializan y
reciclan residuos sólidos.
- Disponer desechos industriales, sin
las medidas de seguridad necesarias o en sitios no
autorizados por autoridad competente.
- No recoger los residuos sólidos o
escombros en los horarios establecidos por la empresa
recolectora, salvo información previa debidamente
publicitada, informada y justificada, conforme a las normas
vigentes.
- No disponer separadamente para su
recolección, los residuos reciclables de los no reciclables.
- Arrojar los escombros en sitios
diferentes a los autorizados por la normatividad vigente.
- Arrojar basuras desde un vehículo
automotor o de tracción humana o animal en movimiento o
estático a las vías públicas, parques o áreas públicas.
Las multas
Quien sea sorprendido cometiendo una infracción contra
el ambiente en el espacio público se hará acreedor a una
sanción de 5, 10 o 15 salarios mínimos diarios legales
vigentes, de acuerdo con la gravedad de la infracción; es
decir $102.666, $205.333 o $307.999.
- 15 salarios ($307.999):desorden o ausencia
de higiene en las bodegas.
- 10 salarios ($205.333):botar escombros y
elementos voluminosos en espacio público; depositar animales
domésticos muertos; no recoger las heces de las mascotas; y
la incorrecta disposición de desechos industriales.
- 5 salarios ($102.666):sacar los residuos
en días y horarios no establecidos; no hacer uso debido de
las cestas públicas; destapar las bolsas de basura para
recuperación o aprovechamiento; hacer limpieza de objetos
que generen residuos en espacio público; dificultar la
actividad de barrido y recolección; y no separar en la
fuente.
¿Qué hacer si le imponen un comparendo
ambiental?
Si le impusieron un comparendo ambiental debe acercarse
a las ventanillas de atención al ciudadano de la Secretaría
Distrital de Ambiente - Avenida Caracas N° 54-38, donde podrá
programar la asistencia a un curso sobre educación ambiental.
Los cursos se realizarán en los siguientes lugares:
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Lugar
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Día
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Hora
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Secretaria Distrital de Ambiente
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Martes
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8:00 a.m. a 12 m
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Secretaria Distrital de Ambiente
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Miércoles
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4:00 a 8: 00 p.m.
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Aula ambiental Santa María del Lago – Mirador
de los Nevados
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Jueves
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8:00 a.m. a 12 m
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Aula ambiental Santa María del Lago, Mirador
de los Nevados y Entrenubes
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Sábados
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8:00 a.m. a 12 m
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Aulas ambientales Santa María del Lago y
Entrenubes
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Domingo (primer domingo de cada mes)
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8:00 a.m. a 12 m
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Si programa esta capacitación dentro de los siguientes
cinco días hábiles a la imposición del comparendo, podrá
acceder a una reducción del 50 por ciento de la multa.
Los encargados del comparendo
Los
que lo imponen: la
Policía Nacional, los agentes de tránsito, los inspectores de
policía y corregidores. Las autoridades entregarán una orden
formal de notificación para que el infractor se presente ante
la autoridad competente.
Divulgación
y promoción: las
Secretarías de Gobierno, Ambiente, Educación y Movilidad, la
Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos (UAESP) y
las Alcaldías Locales, harán divulgación y promoción de las
normas relacionadas con el adecuado manejo de residuos sólidos
y escombros.
Servicio
social: En
caso de reincidencia el infractor deberá prestar servicio
social durante un día, realizando tareas relacionadas con el
buen manejo dela disposición final de los residuos sólidos. La
UAESP determinará las tareas de servicio social que imponga la
autoridad competente. La Secretaría de Educación implementará
programas que incentiven en los estudiantes de los colegios
distritales la gestión adecuada de residuos sólidos y
escombros.
Tomado de: http://ambientebogota.gov.co/comparendo-ambiental