NOTA DE PRENSA . CONSTITUCIÓN Y SISTEMA PENITENCIARIO

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Carlos Alberto Nieto Palma

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Dec 14, 2014, 11:36:10 AM12/14/14
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NOTA DE PRENSA

Para una Ventana a la Libertad

Al cumplirse 15 años de la aprobación de la Constitución  de Venezuela, lo suscrito en materia penitenciaria sigue siendo letra muerta e incumplida y las cárceles en caos

 

Para Una Ventana a la Libertad organismo no gubernamental dedicado desde hace 17 años a la defensa y promoción de los derechos humanos de los privados de libertad piensa que luego de aprobado el artículo 272 de la Constitución Nacional que habla del tema penitenciario la situación a empeorado grandemente


Para Carlos Nieto Palma. Coordinador general de la organización, el sistema penitenciario está en estado de metástasis, un 60 % de retardo procesal de presos sin sentencia y aun sin saber si son culpables o inocentes, aunado a esto hay un 220% de hacinamiento, solo caben 18 mil reclusos pero hay más de 55 mil con casos extremos como la Penitenciaria General de Venezuela que tiene capacidad para 800 personas y hay actualmente 12 mil, igual la cárcel de Tocoron en el estado Aragua tiene capacidad para 600 personas pero hay actualmente 8 mil reclusos. Igualmente somos el país de latinoamericano más violento de Latinoamérica


Entre los constituyentes que aprobaron la Constitución desde la Comisión de Administración y Justicia que presidia el Dr. Elio Gómez Grillo estaban la Constituyente Iris Varela y el Constituyente William Ojeda, hoy enemigos del artículo, después que lo aprobaron de pie, con voto unánime de toda la Constituyente aclamando el articulo aprobado de pie y con la promesa del cambio del sistema penitenciario.


El incumplimiento de todo  lo establecido en la Constitución en materia penitenciaria es una muestras que no hay interés de solucionar el problema.


Los recientes hechos ocurridos en la cárcel de Uribana con 47 reclusos fueron envenenados y más de 80 en estado delicado destaparon la olla de la grave situación penitenciaria que vivimos en las cárceles venezolanas ante la indiferencia total de las autoridades. En la cárcel de Uribana ya en enero de 2013 había ocurrido una masacre con un saldo de más de 60 muertos en manos de la Guardia Nacional y sin que el Ministerio Publico emitiera un pronunciamiento alguno sobre el grave caso aun.


Para Carlos Nieto Palma la situación penitenciaria del país es muy grave ante la total indiferencia del país., ante un tema tan duro y de respeto a los derechos humanos Y el incumplimiento de la Constitución Nacional merece el repudio nacional.


En la cárcel de Uribana sigue siendo muy grave, familiares y algunos reclusos aseguran que fueron envenenados en una sopa que les dieron a los reclusos y que les ocasiono la muerte pues allí adentro de la sopa estaba el veneno, esta es la versión mas creíble


Un dato importante es que el director de la cárcel de Uribana Julio Cesar Pérez, colocado allí hace 4 meses por la ministra Varela y dedicado a torturar a los y las reclusas que allí se encuentran, además de formar parte del su entorno  cercano de la Ministra. Pérez desde hace mas de 4 meses tiene denuncias en la Fiscalía, sin respuesta como siempre, ahora lo envían detenidot y se habla que 12 custodios serán presentados en las próximas horas.

Para Una Ventana a la Libertad es preocupante que a la Ministra Iris Varela no se investigue y quede en total impunidad, no podemos pasar por alto que es la máxima autoridad del Ministerio Penitenciario, cercana al director violador de derechos humanos y torturados Julio Cesar Pérez. El Ministerio Publico tiene la última palabra, ya basta de complicidad y alcahuetería con estos violadores de derechos humanos y torturadores.

 

Información Adicional 04129762935 (Carlos Nieto Palma)

CONSTITUCION DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Artículo 272. El Estado garantizará un sistema penitenciario que asegure la rehabilitación del interno o interna y el respeto a sus derechos humanos. Para ello, los establecimientos penitenciarios contarán con espacios para el trabajo, el estudio, el deporte y la recreación, funcionarán bajo la dirección de penitenciaristas profesionales con credenciales académicas universitarias, y se regirán por una administración descentralizada, a cargo de los gobiernos estadales o municipales, pudiendo ser sometidos a modalidades de privatización. En general, se preferirá en ellos el régimen abierto y el carácter de colonias agrícolas penitenciarias. En todo caso las fórmulas de cumplimiento de penas no privativas de la libertad se aplicarán con preferencia a las medidas de naturaleza reclusoria. El Estado creará las instituciones indispensables para la asistencia pospenitenciaria que posibilite la reinserción social del exinterno o exinterna y propiciará la creación de un ente penitenciario con carácter autónomo y con personal exclusivamente técnico.


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