Fwd: Por la Democracia Directa: La vía asturiana

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Asamblea Popular Retiro

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Jul 3, 2013, 4:24:05 AM7/3/13
to cajondesastre_asamblearetiro


---------- Mensaje reenviado ----------
De: Pcp Sol <contacto.politi...@gmail.com>
Fecha: 3 de julio de 2013 09:23
Asunto: Por la Democracia Directa: La vía asturiana
Para:


Podéis retuitear https://twitter.com/PcpSol/status/352316597811167233

La vía asturiana

Tras haberse debatido y ser apoyada mayoritariamente, es más que probable que después del verano el Parlamento de Asturias acepte definitivamente y remita al Congreso de los Diputados una propuesta de reforma de la Constitución vigente. De aprobarse esta reforma será positiva para próximas Iniciativas Legislativas Populares como lo habría sido para la ILP de la PAH. Esperamos que así sea, y lo han conseguido las compañeras de Por laDemocracia Directa, un grupo constituido por diversos participantes de las asambleas del 15M en Asturias, mediante una petición que solicita en primer lugar que las iniciativas legislativas populares no tengan limitaciones.

Pero la reforma va mas allá, permitiendo que el referéndum sea menos restrictivo que el que recogía el borrador de la Constitución que promovía una democracia relativamente participativa, y que finalmente limitó estas libertadas políticas en laConstitución sancionada, formalizando una partitocracia. Finalmente, regula una libertad ahora inexistente, la iniciativa a la reforma constitucional -el acceso popular al poder constituyente-, de manera que obteniendo 500.000 apoyos se pueda promover la reforma de la Constitución. Esta reforma, tras su aprobación, quedaría ratificada como piden las compañeras con un referéndum, de acuerdo con lo previsto en el artículo 167 de la Constitución.

El grupo de trabajo de la Asamblea de Sol de Política a Corto Plazo apoya y se adhiere a la exigencia de esta modificación, como a toda iniciativa que intente hacer efectivas las herramientas con las que las personas podamos participar permanentemente en la política, y quiere dar la enhorabuena a quienes están sacando esto adelante ¡¡sí se puede!!.

 

Texto de la Petición en castellano

AL PARLAMENTO O ASAMBLEA LEGISLATIVA … (Nombre oficial de la institución autonómica)

LAS PERSONAS ABAJO FIRMANTES, al amparo del artículo 29 de la Constitución española de 1978 que reconoce el derecho fundamental de petición colectiva, y de acuerdo con lo previsto por la Ley Orgánica 4/2001, de 12 de noviembre, SOLICITAMOS QUE, en el ejercicio de sus competencias constitucionales, remita a la Mesa del Congreso de los Diputados una proposición para la reforma de los artículos 87.3, 92 y 166 de la Constitución de manera que:

  1. se supriman los límites materiales que impiden el ejercicio de la iniciativa legislativa popular en materias propias de ley orgánica, tributarias o de carácter internacional y en lo relativo a la prerrogativa de gracia,
  2. el referéndum previsto en el artículo 92, además de sobre cuestiones políticas de especial trascendencia, pueda versar, tal y como contemplaba el Anteproyecto de Constitución, sobre las leyes votadas por las Cortes Generales y aún no sancionadas, y la derogación de leyes en vigor. También que el referéndum pueda ser solicitado por 500.000 personas y que el resultado sea vinculante si ha participado en la votación la mayoría de quienes tengan derecho a hacerlo y si lo aprueban por mayoría de los votos válidamente emitidos,
  3. la ciudadanía pueda, en número de 500.000 personas, promover la reforma de la Constitución.

Solicitamos que una vez aprobada esta reforma por las Cortes Generales se someta a referéndum de acuerdo con lo previsto en el artículo 167 de la Constitución.

Finalmente pedimos que la contestación a esta petición se inserte en el diario oficial que corresponda.

A efectos de eventuales notificaciones, se solicita que se remitan a…(Nombre y direccion de correo de la persona encargada de recibir las notificaciones)
De acuerdo con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, se informa que los datos aquí incluidos no se
destinan a un fichero organizado y su uso se agota en la entrega de firmas para el ejercicio voluntario y colectivo del derecho de petición promovido por
las Asambleas que la respaldan (http://porlademocraciadirecta.org/¿quienes-somos/). Los datos (nombre, documento identificativo, firma y nacionalidad)
son los mínimos exigidos por la Ley Orgánica 4/2001, que regula el derecho de petición, y se entregarán en el PARLAMENTO O ASAMBLEA LEGISLATIVA … (Nombre oficial de la institución autonómica), que será el único tercero al que se cederán dichos datos, como destinatario de la petición. El responsable de su custodia y entrega es… (Nombre y direccion de correo de la persona encargada de recibir las notificaciones).




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Asamblea Popular Retiro

Retiro no se retira, seguimos reuniéndonos en nuestra plaza y actuando en nuestro distrito.
 
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