- Reajuste de Rentas de Autónomos: Se agregó una opción de reajuste para los casos de autónomos, Reajuste de Rentas de Autónomos hasta julio de 1994 por V
olonté y ese resultado ajustado por ISBIMyC ( Elliff ). Las posteriores se toman como la caja.
- Haber inicial de Caja sin TOPES: a partir de ahora se puede calcular el haber con los índices de la caja pero sin topes.
- Villanustre en relación al S.M.V. y M .: Según la circular Circular 60/13 – ANSeS (DP) en caso de no contar con las remuneraciones se puede aplicar una Pauta Salarial Objetiva en función de la remuneración de la categoría máxima o del SMVyM.
Plantilla de ingreso:
Resultados: Se aplicó la Pauta Salarial Objetiva como en la Circular 60/13 para calcular los salarios de Villanustre en los meses que no registre el salario cargado. Se parte de un salario inicial de 1.500,00 Pesos del 01/01/1999 lo que da un coeficiente de 7,5000 para un SMVM de 200,00 Se indica con el signo (♣) cuando se utiliza la pauta salarial objetiva.
- Resultados de los cálculos en formato PDF: Ahora los resultados de los cálculos salen en archivos con formato .pdf que es el necesario para presentarlos en la nueva plataforma digital del PJN.

- Ahora en los casos de Ley 24241 al aplicar el fallo Villanustre pregunta porcentaje a aplicar sobre los sueldos del activo.
- Se pueden realizar Casos de Ley 25995 – HIPASAM que aplica el método de cálculo de la ley 18037 durante la vigencia de la ley 24241.

- Nueva Opción para aplicar el Tope máximo del art. 55 ley 18037 o art. 9 inc. 3 de la ley 24463 solo en los casos en que este sea menor al 15% del haber reajustado y si es el descuento por aplicación del tope es mayor al 15% del haber reajustado aplica la escala de reducción del art. 9 inc. 2 de la ley 24463.

- Cálculo de multas: se agregaron los feriados desde el año 1980 hasta la fecha de hoy para poder calcular las multas por días hábiles.
- Corrección ISBIMC: Se corrigieron valores del índice de salario básico industria manufacturera y construcción (ISBIMC) de a cuerdo a lo publicado en el INDEC, esto podría provocar pequeñas diferencias con cálculos anteriores, en caso de que esto suceda se puede utilizar la tabla 601 Salario Básico Industria Manufacturera y Construcción.Base Res.23 que tiene los anteriores valores. La tabla anterior está realizada en base a la resolución 23/2001 de la Secretaría de Seguridad Social.