Hola, creo que no queda más remedio que olvidarse de las antiguas
ISBD y comenzar a consultar y utilizar las nuevas.
He encontrado en mis apuntes un resumen con los cambios más
significativos que se han producido. Lo pego aquí por si os viene
bien:
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Algunos de los cambios más importantes que se dan en la ISBD
unificada:
* Las definiciones son muy importantes, de manera que todos
entendamos lo mismo cuando utilizamos un término particular. Por ello
se han reunido y unificado todas las definiciones en un Glosario.
* El uso del área 3 se limitará para datos matemáticos de recursos
cartográficos, para información específica de formato musical y para
la numeración de publicaciones periódicas. Se ha omitido el área 3
para los recursos electrónicos.
* Se ha hecho obligatorio el ISSN en el área 6 si está disponible
en el recurso.
* También se decidió que los ejemplos por lo general
ejemplificarán las estipulaciones que se están considerando. Los
ejemplos completos se editarán en una publicación independiente, mejor
que incluirlo en la ISBD misma.
* Se ha cambiado el nombre del área 4 a: --Área de publicación,
producción, distribución, etc.
La ISBD UNIFICADA afecta a los siguientes tipos de recursos:
* Textos impresos
* Recursos cartográficos
* Recursos electrónicos
* Imágenes en movimiento
* Recursos multimedia
* Música impresa
* Grabaciones sonoras
* Imágenes fijas (grabados, fotografías, etc.)
ÁREAS
1ª Área de título y mención de responsabilidad
2ª Área de edición
3ª Área de clase específica de material (para datos matemáticos de
material cartográfico, música impresa y publicaciones seriadas)
4ª Área de publicación, producción, distribución, etc.
5ª Área de descripción física
6ª Área de serie
7ª Área de notas
8ª Área de número normalizado
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Saludos, Lía