Efectivamente, mi duda tiene que ver con la ordenación peculiar de las literaturas. He lanzado la pregunta a la Nacional y me dicen que, si bien el tribunal es soberano, la única ordenación que impone la CDU es la que yo he seguido en el examen, que es la que tú has puesto aquí. Yo he ordenado como tú porque además entiendo que la peculiaridad de la ordenación de literatura se refiere sólo a las literaturas nacionales, es decir, las que empiezan por 821 + punto + código de lengua sin el signo igual (como 821.134.2, literatura en español, o 821.111, literatura en inglés), pero los 821 sin código de lengua considero que quedan fuera de esa práctica habitual. Además, esa práctica es eso, una práctica habitual en algunas bibliotecas, pero en ningún sitio se dice que tenga que ser así.
Saludos