Estimados amigos de mis foros y redes ambientales, comparto con ustedes dos reflexiones proactivas acerca del reciente Decreto 1227, aclarando que no soy profesional en leyes, pero considero que son dos tópicos que enriquecerán la discusión y, sobre todo, que se proponen acciones que se pueden iniciar de inmediato:
Desde mi punto de vista, el Decreto 1227 es inconstitucional por lo menos por dos razones.
En primer lugar, el Constituyente de 1999 consideró tan importante la conservación del Ambiente que, para garantizarnos a los venezolanos el "Derecho a un
Ambiente Seguro, Sano y Ecológicamente Equilibrado", estableció nada menos que todo un título de la Carta Magna, con tres artículos (127, 128 y 129). Por analogía con "la intención del legislador", si el Constituyente NO hubiera querido que la protección del ambiente tuviera rango de Ministerio, seguramente no se hubiera tomado la molestia de redactar un título y tres artículos para ello. A manera de comparación, me permito mencionar que el Turismo como "actividad económica de interés nacional" sólo fue considerado como un artículo dentro del "Título VI DEL SISTEMA SOCIOECONÓMICO". Entonces, si el Turismo cuenta con un Ministerio para el logro de sus fines estratégicos nacionales, el Ambiente no puede y no debe -Constitucionalmente- ser menos. En este sentido, mi opinión es que se puede intentar un recurso de amparo en contra del Decreto 1227 o uno de nulidad. Ya eso nos lo dirán los profesionales en leyes.
En segundo lugar, no tengo conocimiento de que la fusión del MINAMB haya sido ampliamente consultada con todos los sectores interesados, en cuyo caso, también se estaría violando el artículo 62 sobre nuestro Derecho a la participación en la formación, ejecución y contro de la gestión pública. Otro argumento a favor de un amparo.
Otra posible iniciativa, que no es excluyente con lo anteriormente expresado, es una Iniciativa Legislativa para la modificación del artículo 18 de la Ley Orgánica del Ambiente, con el fin de que allí quede establecido clara e inequivocamente que la Autoridad Nacional Ambiental será ejercida por el Ministerio del Ambiente. Tendriamos que elaborar la solicitud formal y recoger la cantidad de firmas establecidas por Ley.
Otro punto que quiero dejar abierto a la discusión es que, si el Ejecutivo Nacional consideró necesaria una fusión de Despachos, esa es por supuesto su Prerrogativa. Sin embargo, a mi me parecería más lógico fusionar a los mencionados Ministerios de Turismo y Ambiente. La razón es para mí bastante sencila y obvia: en la gran mayoría de videos, anuncios, material POP para la promoción de Venezuela como destino turístico, más del 90% de las imágenes son de diversidad biológica. Tengo más argumentos para esta propuesta, que expondré si el desarrollo del tema lo
amerita.
con aprecio para todos,
Jaime Bolaños-Jiménez
Biólogo Marino
Especialista en Manejo de Fauna Silvestre y Acuática
Guardafauna (ex-miembro del Cuerpo Nacional de Guardafaunas del antiguo MARN, 1990-1998)
Vocero de Deportes del Consejo Comunal de mi Comunidad
Ex-docente de Turismo, Misión Sucre, Aldea Educativa César Zumeta, Ocumare de la Costa de Oro
Cursante de Maestría en Ecología y Pesquerías, Universidad Veracruzana, México
Participante Invitado al Comitè Cientìfico de la Comisión Ballenera Internacional
Miembro del Grupo de Trabajo de Mamíferos Acuáticos, Convención Internacional sobre Especies Migratorias