Por una Nación fortalecida en su institucionalidadPanamá, 29 de octubre de 2014.CiudadanoJUAN CARLOS VARELAPresidente de la RepúblicaE. S. D.Ciudadano Presidente:El resultado exitoso de un buen gobierno exige que las actuaciones administrativas del Órgano Ejecutivo estén siempre encaminadas a beneficiar el interés público o general, es decir, al pueblo y no a favorecer a determinadas personas, ni a un sector político, económico, social o profesional, como ocurrió en el gobierno finalizado el 30 de junio de 2014, cuyo fin era el beneficio desmedido de pocos a través de los “imperdonables” y otras prácticas oscuras, con sacrificio de los más humildes de nuestra población.En ese sentido, señor Presidente, la persona que el Consejo de Gabinete nombre para desempeñar el cargo de Procurador General de la Nación debe ser absolutamente independiente, esto es, que no salga de las grandes firmas de abogados, por lo general influyentes; que no esté vinculado a la autoridad nominadora ni haber sido miembro de un partido político en los últimos diez años o que haya hecho donaciones a una campaña presidencial ni un recomendado de uno de estos donantes; y, en cambio, ser una persona de buenas costumbres y de un ejemplar comportamiento.El nombramiento de un Procurador es un acto administrativo, un acto jurídico, que debe cumplir no sólo con los requisitos visibles establecidos en la Ley sino, además, con un elemento teleológico o de fin que nos asegure necesariamente el logro de los propósitos enunciados en el PREAMBULO de nuestra Constitución:“Con el fin de supremo de fortalecer la Nación, garantizar la libertad, asegurar la democracia y la estabilidad institucional, exaltar la dignidad humana, promover la justicia social, el bienestar general y la integración regional, e invocando la protección de Dios, decretamos la Constitución Política de la República de Panamá”Pues, los datos de la experiencia nos advierten que cuando la autoridad nominadora de un gobierno incumple con ese elemento teleológico o de fin, importante requisito no escrito del acto jurídico, al momento de nombrar un Procurador o un Contralor, es porque una organización política determinada lo que buscará es el aprovechamiento privado de los recursos del Estado que, en resumidas cuentas, le pertenecen al pueblo.Entonces, señor Presidente, denos un buen y oportuno ejemplo de honestidad al hacer el nombramiento del nuevo Procurador General de la Nación, acorde con su promesa y compromiso electoral, al tiempo que lo mismo esperamos grupos cívicos organizados, que hará la Asamblea Nacional al nombrar un próximo Contralor General de la República.Soy MIGUEL ANTONIO BERNAL V., ciudadano panameño, varón, mayor de edad, Catedrático Titular de Derecho Constitucional de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad de Panamá, abogado en ejercicio, con cédula 8-153-2773, vecino de esta ciudad, con domicilio en Calle 51 Este y Ave. Manuel Ma. Icaza, Edificio Proconsa 1, piso 8.Atentamente,Miguel Antonio Bernal V.Cédula 8-153-2773
Roberto Pineda P.
Presidente 2012-2014
Asociación de Becarios Fulbright de Panamá
Cel.: 6982-9031
Encuéntranos en Facebook
Subscríbete al grupo de noticias