Les envío el texto de los principios del régimen de desarrollo
aprobados en la Mesa 7 Régimen de Desarrollo de la Asamblea
Constituyente que ya fueron discutidos en el Pleno en Primer Debate.
Saludos. Germánico Pinto, Asambleísta Acuerdo País por Pichincha.
TITULO VI: DEL RÉGIMEN DE DESARROLLO
Capítulo I: Principios Generales
Art. 1.- Del Régimen de Desarrollo
El Régimen de Desarrollo es el conjunto organizado, sostenible y
dinámico de los sistemas económicos, políticos, socio-culturales y
ambientales, que garantizan la realización del buen vivir.
El buen vivir requiere que las personas, comunidades y pueblos gocen
efectivamente de sus derechos, libertades y ejerzan responsabilidades
en el marco del respeto a sus diversidades y la convivencia armónica
con la naturaleza.
Art. 2.- Objetivos del desarrollo
a) Aumentar la calidad y esperanza de vida, las capacidades y
potencialidades de la población en el marco de la igualdad, libertad,
interculturalidad, equidad de género, responsabilidad
intergeneracional, cohesión y la integración social y territorial.
b) Construir un sistema económico, justo, democrático,
productivo, solidario y sostenible basado en la distribución
igualitaria y equitativa de los frutos del desarrollo, de los medios
de producción y en la generación de trabajo digno, estable y justo.
c) Fomentar la participación y el control social, reconociendo
las diversas identidades, en todas las fases de la gestión pública.
d) Recuperar y mantener un ambiente sano y sustentable
garantizando a las personas, comunidades y pueblos el acceso
equitativo, permanente y de calidad al agua, aire y suelo, y a los
beneficios de los recursos del subsuelo y del patrimonio natural.
e) Garantizar la soberanía nacional, contribuir a la paz y a un
sistema democrático equitativo mundial y promover la integración
latinoamericana.
f) Promover un ordenamiento territorial equilibrado y
equitativo que integre y articule las actividades socioculturales,
administrativas, económicas y de gestión.
g) Proteger, promover y mantener la diversidad cultural, sus
espacios de reproducción e intercambio a fin de garantizar una
convivencia intercultural.
Art. 3.- Para la consecución del buen vivir, son deberes generales del
Estado:
a) Dirigir, planificar y regular el proceso de desarrollo.
b) Generar y ejecutar las políticas públicas y controlar y
sancionar su incumplimiento.
c) Producir bienes, crear y mantener infraestructura, y proveer
servicios públicos.
d) Promover e impulsar la ciencia, tecnología, los saberes
ancestrales y en general las actividades de la iniciativa creativa
comunitaria, asociativa, cooperativa y privada.
Art. 4.- Para la consecución del buen vivir, las personas, comunidades
y pueblos y sus diversas formas organizativas les corresponde:
a) Participar en todas las fases y espacios de la planificación
del desarrollo nacional y en la ejecución y control del cumplimiento
de los planes de desarrollo en todos sus niveles.
b) Producir, intercambiar y consumir bienes y servicios con
responsabilidad social y ambiental.
Más informacón:
http://asambleaconstituyente.gov.ec/blogs/germanico_pinto/2008/04/14/grupo-nacional-de-deuda/