principios regimen de desarrollo

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Asamblea Constituyente

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Apr 14, 2008, 4:05:07 PM4/14/08
to Asamblea Constituyente Ecuador - Debate Desarollo, ximena...@yahoo.com
Les envío el texto de los principios del régimen de desarrollo
aprobados en la Mesa 7 Régimen de Desarrollo de la Asamblea
Constituyente que ya fueron discutidos en el Pleno en Primer Debate.
Saludos. Germánico Pinto, Asambleísta Acuerdo País por Pichincha.


TITULO VI: DEL RÉGIMEN DE DESARROLLO

Capítulo I: Principios Generales


Art. 1.- Del Régimen de Desarrollo


El Régimen de Desarrollo es el conjunto organizado, sostenible y
dinámico de los sistemas económicos, políticos, socio-culturales y
ambientales, que garantizan la realización del buen vivir.

El buen vivir requiere que las personas, comunidades y pueblos gocen
efectivamente de sus derechos, libertades y ejerzan responsabilidades
en el marco del respeto a sus diversidades y la convivencia armónica
con la naturaleza.

Art. 2.- Objetivos del desarrollo

a) Aumentar la calidad y esperanza de vida, las capacidades y
potencialidades de la población en el marco de la igualdad, libertad,
interculturalidad, equidad de género, responsabilidad
intergeneracional, cohesión y la integración social y territorial.

b) Construir un sistema económico, justo, democrático,
productivo, solidario y sostenible basado en la distribución
igualitaria y equitativa de los frutos del desarrollo, de los medios
de producción y en la generación de trabajo digno, estable y justo.

c) Fomentar la participación y el control social, reconociendo
las diversas identidades, en todas las fases de la gestión pública.

d) Recuperar y mantener un ambiente sano y sustentable
garantizando a las personas, comunidades y pueblos el acceso
equitativo, permanente y de calidad al agua, aire y suelo, y a los
beneficios de los recursos del subsuelo y del patrimonio natural.

e) Garantizar la soberanía nacional, contribuir a la paz y a un
sistema democrático equitativo mundial y promover la integración
latinoamericana.

f) Promover un ordenamiento territorial equilibrado y
equitativo que integre y articule las actividades socioculturales,
administrativas, económicas y de gestión.

g) Proteger, promover y mantener la diversidad cultural, sus
espacios de reproducción e intercambio a fin de garantizar una
convivencia intercultural.

Art. 3.- Para la consecución del buen vivir, son deberes generales del
Estado:

a) Dirigir, planificar y regular el proceso de desarrollo.

b) Generar y ejecutar las políticas públicas y controlar y
sancionar su incumplimiento.

c) Producir bienes, crear y mantener infraestructura, y proveer
servicios públicos.

d) Promover e impulsar la ciencia, tecnología, los saberes
ancestrales y en general las actividades de la iniciativa creativa
comunitaria, asociativa, cooperativa y privada.

Art. 4.- Para la consecución del buen vivir, las personas, comunidades
y pueblos y sus diversas formas organizativas les corresponde:

a) Participar en todas las fases y espacios de la planificación
del desarrollo nacional y en la ejecución y control del cumplimiento
de los planes de desarrollo en todos sus niveles.

b) Producir, intercambiar y consumir bienes y servicios con
responsabilidad social y ambiental.

Más informacón:
http://asambleaconstituyente.gov.ec/blogs/germanico_pinto/2008/04/14/grupo-nacional-de-deuda/
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