Responsabilidad civil del administrador más allá de la Sociedad.
"Como es sabido, la Ley Concursal prevé un régimen de responsabilidad
de los administradores de las entidades mercantiles mucho más amplio y
riguroso que el que existía con anterioridad a su entrada en vigor,
hasta el punto de contemplar la posibilidad de que éstos respondan con
su propio patrimonio de las deudas contraídas por la sociedad."
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