La Comunidad de Madrid sube el precio de la vivienda protegida para
incentivar su promoción
Los precios estaban congelados desde 2004.- La Consejería anuncia que
este año se iniciarán 30.000 nuevas viviendas en venta o alquiler con
opción a compra más 3.500 en alquiler sin opción a compra
INMACULADA DE LA VEGA - Madrid - 04/04/2008
Consejería de Vivienda
1360 ORDEN 116/2008, de 1 de abril, de la Consejería de Vivienda,
por la que se adecuan y adaptan los precios máximos de
venta y arrendamiento de las viviendas con protección pública
a lo dispuesto en el Real Decreto 801/2005, de 1 de julio,
y su modificación por Real Decreto 14/2008, de 11 de enero.
El Real Decreto 14/2008, de 11 de enero, por el que se modifica el
Real Decreto 801/2005, de 1 de julio de 2005, sobremedidas de
financiación
de actuaciones protegidas en materia de vivienda y suelo del
Plan 2005-2008 del Ministerio de Vivienda, ha establecido la nueva
cuantía del precio básico a nivel nacional y la modificación de los
coeficientes
de los ámbitos territoriales de precio máximo superior.
Procede la adaptación y adecuación de los precios máximos de las
viviendas de nueva construcción en regímenes de venta y de alquiler,
de las promociones públicas y privadas de viviendas sujetas a algún
régimen de protección pública, es decir, Vivienda con Protección
Pública de la Comunidad de Madrid, en consonancia con lo
dispuesto por el Real Decreto 801/2005 y su modificación por Real
Decreto 14/2008.
En su virtud, en ejercicio de la competencia atribuida a la Comunidad
de Madrid en materia de ordenación del territorio, urbanismo
y vivienda por el artículo 26.1.4 del Estatuto de Autonomía y conforme
con el Decreto 7/2007, de 20 de junio, de la Presidenta de la
Comunidad de Madrid, y el artículo 12 del Decreto 40/2007, de 28
de junio, y el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de
Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,
DISPONGO
Artículo 1
Zonificación del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid
a efectos de determinación de los precios máximos de venta
de las viviendas protegidas
A efectos de determinar el precio máximo de venta por metro cuadrado
de superficie útil de las viviendas protegidas se consideran las
zonas declaradas ámbitos territoriales de precio máximo superior,
comprensivas de los municipios que se enumeran en cada caso:
Zona A: Integrada por los municipios de precio máximo superior
del grupo A.
Alcobendas, Las Rozas de Madrid, Madrid, Majadahonda, Pozuelo
de Alarcón y San Sebastián de los Reyes.
Zona B: Integrada por los municipios de precio máximo superior
del grupo B.
Ajalvir, Alcalá de Henares, Alcorcón, Algete, Aranjuez, Arganda
del Rey, Arroyomolinos, Boadilla del Monte, Brunete, Ciempozuelos,
Cobeña, Collado Villalba, Colmenarejo, Colmenar Viejo, Coslada,
El Escorial, Fuenlabrada, Fuente el Saz de Jarama, Galapagar,
Getafe, Humanes de Madrid, Leganés, Mejorada del Campo, Moraleja
de Enmedio, Móstoles, Navalcarnero, Paracuellos de Jarama,
Parla, Pinto, Rivas-Vaciamadrid, San Fernando de Henares, San Lorenzo
de El Escorial, San Martín de la Vega, Torrejón de Ardoz,
Torrelodones,
Tres Cantos, Valdemoro, Velilla de San Antonio, Villanueva
de la Cañada, Villanueva del Pardillo y Villaviciosa de Odón.
Zona C: Integrada por los municipios de precio máximo superior
del grupo C.
Alpedrete, Camarma de Esteruelas, Collado Mediano, Daganzo,
El Molar, Griñón, Hoyo de Manzanares, Loeches, Meco, Moralzarzal,
San Agustín de Guadalix, Torrejón de la Calzada y Valdetorres
de Jarama.
Zona D: Integrada por el resto de municipios de la Comunidad de
la Madrid.
Artículo 2
Precios máximos de las viviendas sujetas a regímenes
de protección pública
1. Los precios máximos por metro cuadrado de superficie útil
de las viviendas sujetas a regímenes de protección pública de la
Comunidad
de Madrid, tanto para venta como para arrendamiento, se
determinarán multiplicando el precio básico nacional (758 euros por
metro cuadrado útil), por el coeficiente autonómico (1,60) y, en su
caso, por el coeficiente de municipio o ámbito territorial de precio
máximo superior (1,60 para la Zona A, 1,30 para la Zona B y 1,15
para la Zona C), tal y como se establecen en el Real Decreto
14/2008, dando lugar a un precio máximo de venta por metro cuadrado
de superficie útil para cada zona geográfica.
2. La renta anual máxima inicial en las viviendas de nueva
construcción con protección pública en régimen de arrendamiento
será el resultado de aplicar a los precios máximos los siguientes
porcentajes:
a) El 5,5 por 100 en el caso de arrendamiento con vinculación a
diez años.
b) El 4 por 100 en el caso de arrendamiento con vinculación a
veinticinco años.
3. Los precios máximos de venta por metro cuadrado de superficie
útil descritos serán de aplicación para determinar el precio
máximo de venta de las viviendas en régimen de alquiler con opción
a compra, de acuerdo a lo establecido en el artículo 19 del Decreto
11/2005, de 27 de enero, y artículo 11 del Decreto 12/2005 de 27
de enero, con los siguientes límites:
a) El precio máximo de venta de la vivienda en el momento de
ejercer la opción de compra, transcurridos los siete años, será
el resultado de multiplicar el precio máximo de venta que figure
en la calificación definitiva, por un coeficiente de actualización
igual a 1,5.
b) La renta anual máxima será la establecida para el régimen de
arrendamiento con vinculación a 10 años.
4. Los precios máximos de venta por metro cuadrado de superficie
útil de las Viviendas con Protección Pública de Precio Limitado
serán el resultado de multiplicar los precios máximos del punto 1
de este artículo por un coeficiente de 1,25.
5. En el resto de tipologías protegidas en el Real Decreto
14/2008 que modifica el Real Decreto 801/2005, se estará a lo
dispuesto
en los mismos.
Artículo 3
Aplicación de los precios máximos de venta
Los precios máximos de venta establecidos por la presente Orden
serán de aplicación únicamente a aquellas viviendas que obtengan la
calificación provisional de viviendas con protección pública de
acuerdo con el Decreto 11/2005, con posterioridad a la entrada en
vigor de la presente Orden.
Artículo completo.
http://www.elpais.com/articulo/espana/Comunidad/Madrid/sube/precio/vivienda/protegida/incentivar/promocion/elpepuesp/20080404elpepunac_11/Tes