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La muerte que le salió gratis al patrón
Dos empresarios esquivan la cárcel y pagar una indemnización por la
muerte de un obrero porque el juzgado olvidó ejecutar la sentencia
Madrid - 28 JUL 2016 - 18:14 CEST
La vida de Sonia R. V. no ha sido fácil. Con 24 años, y solo diez meses después de
su boda, perdió a su marido. Manuel Vicente, de 26 años, cayó desde el techo de
una nave industrial de Sevilla cuando hacía trabajos de reforma para la firma
Secour SC. Sonia quedó destrozada. Y llena de ira emprendió una batalla que al
menos durante algunos años le ayudó a sobrellevar el dolor. Se propuso que los
culpables (por omisión) de la muerte de su marido pagasen por ello ante la
justicia. Hoy, 16 años después, aquella batalla judicial continúa, pero ha sufrido
hirientes derrotas. No porque los culpables sean inocentes, sino porque la juez
que enjuició el accidente olvidó encarcelarles. Y cuando quiso hacerlo, legalmente
no se podía. Ni nada se puede hacer ya.
LA JUSTICIA IMPERFECTA (2) ›
JOSÉ ANTONIO HERNÁNDEZ
Periodista de investigación de EL PAÍS
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Un grave error judicial ha permitido que los responsables de la muerte de Manuel
Vicente no hayan pisado la cárcel (debían cumplir 15 meses) ni pagado un solo
céntimo de los 210.000 euros que una juez de Sevilla les impuso (150.000 euros
para Sonia y 60.000 para su ya anciana suegra).
Siete años estuvo dormido en las estanterías del juzgado el sumario. La sentencia,
sin tacha, firme e irrecurrible, existía, y decía lo que había que hacer. Pero faltaba
ejecutarla. De nada sirvieron los constantes escritos que presentaban Sonia y su
abogado, Aurelio Garnica, ante el Juzgado de lo Penal número 5 de Sevilla, hasta
octubre pasado dirigido por María José Cuenca. Le recordaban que los patronos
seguían con sus tretas para no abonar la indemnización y que tampoco iban a la
cárcel.
“Nunca me llamaron para preguntarme si necesitaba algo; me
quedé casi en la indigencia, y sin el amor de mi vida”
Cuando Aurelio comentó que ya no se podía hacer nada, Sonia no daba crédito.
Sonia, el pasado martes en Sevilla. /PACO FUENTES
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Doce años de lucha y de pasillos judiciales tirados por la borda. Hasta llegó a
contratar a unos detectives para que siguieran los pasos de los patronos de
Secour, los hermanos Francisco José y Juan Jaime Rodríguez (los condenados).
Justo después del accidente, se apresuraron a cerrar la empresa por quiebra. Y,
casi simultáneamente, abrieron otra, con distinto nombre, para escabullirse de
pagar.
Uno de los hermanos hizo separación de bienes con su esposa y le desvió casi
todo el patrimonio semanas después del siniestro. Sonia les conocía, eran los
jefes de su marido. "Nunca me llamaron para preguntarme si necesitaba algo; me
quedé casi en la indigencia”, señala con dolor. Le tiemblan las palabras cuando
recuerda aquel día. Ahora tiene dos hijos pequeños, de otra relación. No les ha
contado nada de su pasado. Ni a ellos ni a nadie. Lleva muchos años masticando
todo ella sola (por eso prefiere no revelar su identidad completa). En su entrevista
con EL PAÍS, llora desconsolada: "Era el amor de mi vida, aun no lo he
superado...".
“Y, aparte de la indemnización, debían a mi marido 500.000 pesetas de las de
entonces [3.000 euros] por salarios atrasados, y también se las quedaron ellos”,
dice.
Los condenados ni siquiera tenían un seguro que cubriera los
accidentes mortales de sus trabajadores. Al contrario, la póliza
de su seguro “excluía expresamente los accidentes laborales
con resultado de muerte”.
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El siniestro que segó la vida de Manuel Vicente se produjo a las 15.30 horas del 19
de Octubre de 2000 (hace 16 años). Junto a otro compañero, se subió al tejado de
una nave situada en la calle Mallol, 22, de Sevilla. Para subirse, utilizaron un
elevador. Iban provistos de unos arneses, pero sin las cuerdas para sujetarse.
Mientras su colega bajaba a por ellas, Manuel Vicente se apoyó en un vértice de la
cubierta, sobre unas placas de fibrocemento (uralita), que cedieron por el peso y
cayó al interior de la nave. Su muerte no mereció ni una frase en los periódicos
digitales.
Para colmo de males, los hermanos Rodríguez ni siquiera tenían un seguro que
cubriera accidentes mortales de sus trabajadores. Al contrario, la póliza que
mantenían con la compañía Maphre “excluía expresamente los accidentes
laborales con resultado de muerte”. Es decir, o pagaban los patronos o nadie más
lo haría.
Cuando Aurelio comentó que ya no se podía hacer nada, la
joven viuda de Manuel Vicente no daba crédito.
Los empresarios intentaron lavarse las manos alegando que ellos no habían
ordenado al trabajador subirse a la cubierta, que lo hizo por su cuenta. En derecho
laboral, los patronos tienen la obligación legal de imponer a sus obreros que
extremen las medidas de seguridad e impedirles que realicen labor alguna si no
están provistos de las medidas establecidas. Responden penalmente por ello,
hasta con la cárcel. Sonia buscó un abogado y acudió a la vía penal. Ahí empezó
su segundo calvario. Tuvo que esperar cuatro años, hasta abril de 2004, para que
el Juzgado de lo Penal 5 de Sevilla (también tras una larga y dilatada instrucción)
dictara la sentencia. Los hermanos Rodríguez fueron condenados a un año de
cárcel por un delito de homicidio por imprudencia (la muerte de Manuel Vicente) y
tres meses más por otro contra la seguridad de los trabajadores.
A partir de ese momento, los reos no dejaron de tramar. Recurrieron la condena
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ante la Audiencia de Sevilla (con tres jueces), sin éxito. El tribunal confirmó un año
después la pena y remitió las diligencias al juzgado de lo penal para que la
ejecutase de inmediato. Para entonces habían pasado seis años desde el óbito.
La sentencia supuso una pequeña "satisfacción moral" para Sonia. Pero pronto
vio que lo que parecía el fin solo era el principio hacia la nada. Para eludir el pago
de la indemnización (todo era un desastre en Secour SC: no tenían seguro, ni
licencia municipal la obra que le costó la vida a Manuel Vicente; y ni siquiera había
cascos para los operarios el día de accidente), los hermanos Rodríguez
declararon en quiebra la empresa. Y abrieron otra. Y Cuando Sonia descubrió esa
segunda sociedad, abrieron una tercera... Aún siguen ofreciendo en Sevilla
presupuestos para reformas y obras.
Sonia y su anciana suegra se han convertido en nuevas
víctimas del olvido
Los Rodríguez siempre iban por delante del juez. Sonia y su abogado exigieron al
juzgado que, dado que los hermanos Rodríguez "se habían burlado del juez
cerrando y abriendo sociedades para no pagar los 210.000 euros", al menos los
encerrase en la cárcel. Esto lo pidió Sonia al juez el 1 de septiembre de 2008. El 27
de febrero de 2012 (cuatro años después), el juez le preguntó al fiscal si debían
ingresar en prisión los dueños de Secour (contestó que sí). Dos meses después,
decretó que ingresasen en prisión.
No llegaron a pisar la cárcel. Pusieron un recurso ante la Audiencia y ganaron por
goleada: la ejecución de la pena estaba prescrita. Habían pasado siete años y el
límite máximo para la ejecución son cinco. Quedaron libres por completo de
ambos delitos y sin tener que pagar ni un duro. Están como si nada hubiesen
hecho (o no hecho).
El Consejo del Poder Judicial carece de competencia para sancionar los errores
judiciales (eso solo puede hacerlo el tribunal superior jerárquico del juez), pero sí
las tiene para dictaminar que la Administración de Justicia (uno de sus juzgados)
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ha fallado y que la víctima debe ser resarcida. En el caso de la muerte de Manuel
Vicente, el Poder Judicial entendió el pasado 19 de mayo que “se ha producido un
funcionamiento anormal de la justicia”. “Es especialmente relevante la tardanza
en dictar la resolución por la que se denegó la suspensión de la condena”,
sostiene el Consejo.
Prescritos los delitos y con los patronos en la calle, Sonia ha pedido al Estado una
indemnización de 10.000 euros; su abogado le ha dicho que el Ministerio de
Justicia es muy restrictivo a la hora de fijar indemnizaciones por errores
judiciales. Es decir, con suerte puede conseguir 10.000 de los 210.000 que debían
cobrar ella y su suegra de los patronos. “Imagínese la frustración e impotencia
que siento; perdí a mi marido y quienes tenían que pagar por ello se han ido de
rositas porque al juzgado se le olvidó hacer cumplir la sentencia, pese a que
nosotros se lo recordábamos una y otra vez”.
Al abogado de Sonia le dijeron como excusa que el funcionario encargado de esos
asuntos había estado de baja durante un tiempo. “Más razón aún para que el juez
o el secretario hubiesen estado encima”, subraya Sonia. "No quiero que esto le
suceda a ninguna otra viuda”. Ella y su anciana suegra son ahora las víctima de
otro delito, el del olvido.
invest...@elpais.es
OTRO OLVIDO EN BARCELONA
A Abdelaziz Hlimi, peón en unas obras de Barcelona, le ha pasado algo parecido a lo
de Sonia. Aunque él, a diferencia del marido de Sonia, sobrevivió a un accidente
laboral que milagrosamente pudo contar después: sufrió terribles heridas. También
se cayó desde la cubierta de una nave.
El 23 de diciembre de 2008, Hlimi pidió al Juzgado de Instrucción 1 de Villafranca
del Penedés una batería de medidas para acreditar lo ocurrido y destapar a los
responsables de la obra que descuidaron la seguridad. El juez admitió las pruebas,
pero no se practicó casi ninguna. El propio juez le dio carpetazo al asunto cuando
descubrió que se le había pasado el plazo, cinco años. Es decir, el delito contra los
responsables de la obra había prescrito por inacción judicial
Hlimi recurrió a la Audiencia Provincial, que dejó abierto un resquicio para que la
causa no se cerrara, al apuntar que el plazo de prescripción no había expirado para
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uno de los implicados. El juez retomó la investigación y pidió opinión al fiscal. Pero
este indicó que no podía hacer nada, que su acusación estaba montada sobre la
responsabilidad de los implicados que la audiencia había liberado por estar
prescritas sus acciones. Y que sin ellos, tampoco podía acusar "al señor Balbino".
Pidió, pues, sobreseer la causa y el juez lo aceptó. Hlimi recurrió de nuevo ante la
Sección Quinta de la Audiencia de Barcelona y esta ratificó el archivo en 2013.
El Consejo del Poder Judicial considera que se ha producido "un funcionamiento
anormal de la Administración de Justicia" y que Hlimi debe ser indemnizado. El
trabajador pide al Estado 531.000 euros.
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