Autorización para darles Apiretal en la guardería.

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mrcl_mtnez

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Sep 8, 2009, 12:55:39 PM9/8/09
to AntiBurocracia de Madrid
Un saludo a tod@s:

Ayer acudió a mi consulta una madre con su hijo.

Tras valorarle por una GEA, me solicita que le dé el famoso
"certificado" de que está vacunado y puede acudir a guardería...no se
lo dí, ya que padecía "proceso infecto-contagioso" en ese momento.

A continuación me solicita un "certificado" autorizandoo a las
profesionales de la guardería a que le den Apiretal o Dalsy cuando
tenga fiebre...me dejó un poco ojiplática.

La verdad es que le hice un papel diciendo que Fulanito puede tomar
antitérmicos cuando lo precise, a juicio de sus padres / tutores y/o
cuidadores. Pero luego me sentí y me sigo sintiendo un poco tonta, por
habérselo hecho.

Muchos padres piensan que dar antitérmico sin traerlo al médico, es
"automedicación", en fin.

Estos certificados para acudir a guarderías, colonias, campamentos
urbanos y rurales, etc...son tan absurdos, que en ocasiones han venido
a pedírmelos incluso EL PADRE O MADRE, SOLO, SIN TRAER AL NIÑO...lo
cual es hilarante.

Manolo Merino

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Sep 8, 2009, 1:59:04 PM9/8/09
to AntiBurocracia de Madrid
Pues sí.
Perdiste una ocasión de oro para decir no.
Quienes tienen que autorizar la administración son los responsables de
los niños, o sea, sus propios padres... o ni eso.
Un saludo.

Toni Bayon

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Sep 9, 2009, 8:26:52 AM9/9/09
to antiburocrac...@googlegroups.com
Con todos mi respeto personal y profesional, mrcl.mtnez, pero creo que comemos de todo o dicho más en castizo, estamos meando fuera de tiesto.
La educación, cuidado y vigilancia de los menores es un contrato, escrito o no, entre padres/tutores y profesionales/entidades educativas. Y nosotros no pintamos nada en esta relación bilateral. La automedicación, medicación por cuidadores no sanitarios en el caso de menores o dependientes, tiene larga historia, mala práctica frecuente y pésima fama en este país. Pero bien utilizada ha sido y es un elemento de cuidado sanitario insustituible en cualquier contexto social y cultural. Pretender su erradicación sólo es comprensible desde un punto de vista tecnocrático insostenible, disminuye algo que  precisamente pretende la atención sanitaria, como es aumentar la autonomía de las personas y se explica o por la ignorancia o por la pretensión gremial de algunos profesionales, especialmente del sector privado, que aspiran a mantener y aumentar su cuota de mercado e ingresos como únicos propietarios del derecho a tratar. Dicho en otros términos, la pérdida de autonomía que subyace en la demanda de asistencia de un paciente afecto de un resfriado común de veintiocho minutos de evolución, que ni siquiera ha tomado un analgésico-antitérmico, es una de las causas del mal uso de los servicios sanitarios que este país padece y que entre todos sustentamos.
Fomentar la automedicación razonable, en las circunstancias y con los medios y cautelas precisas, es un elemento de calidad de la atención sanitaria de una sociedad y una obligación que debería asumir la administración sanitaria y todos nosotros en nuestro ejercicio. Y no tiene nada que ver con la adquisición y dispensación de antibióticos sin receta, tan habitual en este país, que sustentamos los pacientes que los compran, las oficinas de farmacia que con más clientelismo que profesionalidad los dispensan y nosotros que firmamos la receta a posteriori, para bonificar con paternalismo e irresponsabilidad el bolsillo de quien contribuye al uso inadecuado de medicamentos y el aumento imparable de resistencias bacterianas.
O sea, que son los padres/tutores quienes en todo caso autorizan a los educadores a usar medios terapéuticos en su nombre y no su pediatra.
Y como nota adicional. El incumplimiento del calendario vacunal oficial, recomendado pero nunca obligatorio, no exime a los padres/tutores del cumplimiento/acceso a uno de los pocos derechos irrenunciables que consagra la legislación española, cual es la educación obligatoria. Es decir un menor al que no se ha administrado, por la razón que sea, ninguna dosis de vacuna, mantiene su derecho a la educación obligatoria. Esta circunstancia no exime a los padres ni a la administración de cumplir con su parte para que el menor ejerza ese derecho, al que nadie, ni el menor, ni sus padres/tutores, ni la administración puede renunciar en su nombre.
Saludos,
 
Toni

2009/9/8 mrcl_mtnez <mrcl....@gmail.com>

Isabel P.

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Sep 9, 2009, 9:25:26 AM9/9/09
to antiburocrac...@googlegroups.com
Hola, mrcl, no te creas que eres la unica que se ha sentido un poco gi y lo que sigue haciendo un papelito de esos que tanto gustan a la poblacion en general y a los Organismos en particular....La proxima vez le dices a  la madre que se haga una fotocopia del permiso y se lo pinche en la nevera, por si el Dalsy se lo tinene que dar ella......

El día 09/09/09, Toni Bayon <aba...@gmail.com> escribió:

Concepción Alvarez

unread,
Sep 9, 2009, 2:53:36 PM9/9/09
to antiburocrac...@googlegroups.com
Pues sí, gracias por la sencillez de la exposicion.
Yo tambien soy del grupo a los que se les pone la cara tonta ,que no es otra cosa que vergüenza ajena ante la desfachatez de tan variopintas peticiones e indignación por el desprecio que se manifiesta a lo que por valioso tiene que ser, necesariamente, equitativo. 
Como decis, les indico que me traigan la petición por escrito. Y la verdad, por el momento no han enconttrado papel que soporte esas cosas.
Animo. Concha
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