Es ingeniero, fue director del banco central de Perú en 2001 y dos veces regidor de Lima. Lleva 44 años de impartir clases en la facultad de Ingeniería en la Universidad Nacional y viajó a Guatemala a transmitir su experiencia como miembro de la Comisión Nacional de la Magistratura, el equivalente a las Comisiones de Postulación aquí en el país.
Álvaro Montenegro > amont...@elperiodico.com.gt
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Gonzalo García Núñez
Esta Comisión es la que nombra a los fiscales y jueces de manera vitalicia en Perú, con parámetros establecidos. Cotejan el patrimonio con los ingresos y cuentas bancarias de los aspirantes y, salvo casos excepcionales, el que sale mejor punteado resulta electo.
¿Qué tareas tiene la Comisión a la que pertenece?
– Es un órgano autónomo encargado de seleccionar, nombrar, ascender, ratificar, destituir y evaluar cada siete años a los jueces y a los fiscales. Se encarga de todos los niveles, desde jueces de Paz hasta la Corte Suprema.
¿Quiénes la conforman?
– Son siete personas entre las cuales hay un presidente, un delegado de los fiscales, uno de los jueces, dos de las universidades y tres de los colegios profesionales, yo soy elegido por los profesionales.
¿Qué examinan de los postulantes?
– La idoneidad, experiencia, se realiza una entrevista personal en la que el aspirante dialoga con los miembros del consejo. Cado uno tiene una nota sobre cien. Esas calificaciones son ponderadas en promedio y sale una orden de mérito, que luego es verificada con la información de su trayectoria ética y democrática. Examinamos su conducta judicial o fiscal si la tiene, se revisan sus resoluciones y se le pone una nota, se evalúan antecedentes judiciales, su patrimonio, cómo asignan los recursos, sus bienes, muebles e inmuebles, sus cuentas bancarias y establecemos una idea de su balance patrimonial. Hay un mecanismo cada siete años para un examen de ratificación.
¿Cómo examinan el trabajo realizado?
– Hay que ser extremadamente detallado en el análisis de la idoneidad del magistrado. Un ejemplo, examinamos 16 de sus principales sentencias, un quipo técnico evalúa una por una y de acuerdo a reglas le pone una calificación. Tiene una nota. Todo está en una base de tablas.
¿El que obtiene más punteo es el que gana el puesto?
– Es el que tiene el primero en el orden de mérito, cualquiera que sea el apellido. El cargo es vitalicio,
¿No representa esto un problema?
– Tener jueces cada cinco años no es una carrera judicial. Al ingresar a la carrera fiscal o judicial, se pasa por las distintas etapas y no hay límites, salvo la edad, máximo 70 años. Los que quieren entrar, concursan, si son muy buenos ingresan y continúan hasta completar los 70 años. Una vez que uno es nombrado es inamovible. Los fiscales funcionan igual.
Se critica el hecho de que abogados litigantes se postulen para cargos de fiscales o jueces porque tienen cierta afinidad o cartera de clientes…
– Tiene que haber una regla de liberación de intereses confluentes. Si yo tengo un despacho y ejerzo como autoridad que selecciona jueces puede haber una interferencia. Tiene que ser muy claro que la persona que interviene en estos procesos debe estar totalmente separada de su función profesional y eso se logra con requisitos previos. Para entrar a una Comisión de Postulación debe existir un criterio que limita confluencia de intereses.
¿Cómo definen la idoneidad u honorabilidad de los candidatos?
– Si vemos que en un magistrado no hay un matching perfecto entre ingresos y gastos, nosotros no lo podemos ratificar. La sentencia de un tribunal constitucional se define a partir de los códigos de ética iberoamericanos de jueces, del código de ética de la función pública e instrumentos que forman parte de la carpeta de evaluación del magistrado, ahí se incluye el patrimonio, sus bienes, sus muebles e inmuebles, vehículos, cuentas bancarias y su correspondencia con sus ingresos,
¿Qué problema ve en que una autoridad estatal nombre a los fiscales o a jueces?
– En nuestro país queremos preservar el principio de la independencia judicial, que el señor juez no tenga un factor que no sea el jurídico para tomar una decisión. Por eso preferimos que sea un ente independiente el que proponga y nombre al magistrado o fiscal.
¿Se corre riesgo de que no exista la independencia judicial?
– En el caso nuestro, el objetivo de mantener una comisión autónoma de los poderes públicos formado por miembros de la sociedad civil le da la garantía de independencia al nombramiento. Puede haber otros modelos donde le dan la decisión al Presidente, y eso le compete a cada país. Las cortes de nuestro país están funcionando, el sistema judicial está formalizado, no hay gentes manejando a las cortes, eso ya pasó.
Aquí hay críticas de que las Comisiones se han politizado, ¿cómo garantizan esa independencia?
– En el caso de los fiscales hay un magistrado consejero que lo elige el Ministerio Público, la Corte Suprema propone un delegado que es un profesional que para ellos reúne los requisitos. En el caso de los universitarios los rectores se reúnen y entre ellos eligen a los consejeros, uno por las públicas y otro por las privadas. En el caso de los profesionales hay una elección nacional de todos los universitarios del país, se presentan candidaturas y así entran. Es un reemplazo por vía democrática.
