CUENTAS - ARTE - DEPORTE 1296 DISNNET 16 AGOSTO

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Aug 16, 2006, 9:29:25 AM8/16/06
to SOCIEDAD TODOS 2006

DISNNET PRESS  -  NOTICIAS  DIA A  DIA Número 1296   Bogotá  Miércoles 16 de  Agosto  de 2006  Periodismo Digital 

 

 

 

 

 

 

 

·        INCI  rinde cuentas a la ciudadanía.  Un derecho ciudadano  y un deber de los servidores públicos o de quienes ejecutan recursos públicos, poco aplicado en el ámbito de la discapacidad, son puestos en práctica en una de las dos instituciones gubernamentales especializadas en inclusión de personas con discapacidad. Control social. Es la primera convocatoria pública a la ciudadanía del Instituto Nacional para Ciegos INCI a una rendición de cuentas.

 

En cumplimiento de la Ley 489 de 1998, sobre “Democratización y Control Social a la gestión Pública”, el INCI, realizará el 30 de agosto de 2006 en el Hotel del Parque (Carrera 5 No. 23-34 Salón quinta avenida segundo piso), la primera Audiencia Pública, en el horario de 9 a.m a 12 m.; con el fin de presentar el Informe de Gestión de la Vigencia 2005 y el Plan Estratégico para el 2006.

 

La Audiencia pública es un espacio abierto de participación ciudadana, propiciado por las entidades de la Administración Pública, donde personas naturales o jurídicas y las organizaciones sociales se reúnen en un acto público para intercambiar información, explicaciones, evaluaciones y propuestas sobre aspectos relacionados con la formulación, ejecución y evaluación de políticas y programas, así como sobre el manejo de recursos públicos para cumplir con dichos programas.

 

Entre las 8:00 a.m. del 15 y hasta las 5:00 p.m. del día 28 de Agosto de 2006 podrá realizarse la inscripción de las entidades y personas interesadas en asistir. De manera telefónica la inscripción se puede hacer en el teléfono 5701555 EXT 110 o personalmente en la Oficina de Atención al Ciudadano en las instalaciones del Instituto Nacional para Ciegos, ubicada en la Cra. 13 # 34-91 Bogotá. Para mayor información consulte la página web www.inci.gov.co

 

 

 

       

                                                        Goalball  deporte con las manos, para jugadores ciegos.

 

  • Alcaldía Local de Tunjuelito IDRD y CANAPRO. Escuelas de iniciación y especialización deportiva para personas con discapacidad. La Alcaldía Local de Tunjuelito, el IDRD y CANAPRO, invitan a personas hombres y mujeres mayores de 12 años que presentan algún grado de discapacidad a inscribirse en el programa de "escuelas de iniciación y especialización deportiva para personas con discapacidad".

 

Actividades de formación: Mayo a Diciembre de 2006

Requisitos

Formulario de inscripción.

Fotocopia de la EPS.

Fotocopia del documento de identidad.

Ser mayor de 12 años.

Dos fotos de 3x4 cms.

Fotocopia de recibo de servicio público.

Lugares de inscripción y deportes

 

Parque El Tunal "Coliseo"   Calle 48 B Sur Nº 22 A - 70   Atletismo, Goalball.

Parque Nuevo Muzú "Coliseo"   Baloncesto, Fútbol de salón

Parque Venecia "Col - Dabs"   Ajedréz, Tenis de Mesa, Natación (Piscina de Meissen). 

 

Información y atención permanente   Oficina de CANAPRO, en el Parque de los Novios   Teléfono 2217479.

Sólo hay cupos para Goalball

Horario Miércoles 4:30 a 6:30 p.m. Sábados 8:00 a 10:00 a.m.

Parque El Tunal

Coordinador Néstor Mahecha  Tel. 4909656 - 311 2729444

Profesor Carlos Peña

 

 

·        “Arte para ver con las manos”. Para todos.  Es una muestra plástica para apreciar con el tacto en la que pueden participar todas las personas. La iniciativa del artista es que personas con limitación visual transmitan su capacidad para disfrutar el arte con las manos. La exposición en técnica de alto y bajo relieve, es para todos, entre ellos las personas con limitación visual.  Se queda corta la reseña hecha por  El Tiempo punto com.

 

Alianza Colombo Francesa - sede Chicó.

Carrera 7A No. 84-72. Abierta de lunes a viernes de 10:00 a.m. a 7:00 p.m. Sábados hasta la 1:00 p.m., hasta el 31 de agosto.

 

Reseña El Tiempo: 'Para mirar con las manos', exposición del artista jorge Restrepo, muestra artística para personas invidentes. Cuadros en Braille y se realiza con la participación de la Alianza Colombo-Francesa de Bogotá, la Vicepresidencia de la República, con su Programa de Derechos Humanos y Discapacidad; el Instituto Nacional de Ciegos, INCI, Handicap Internacional y Copa Airlines.

 

 

 

Radio

 

        Miércoles en Vivo. 7 a 8pm.  Frecuencia 1040 AM.

 

 

 

         

 

contam...@yahoo.com

Campaña permanente

 Inclusión Social en Latinoamérica

 

 

  • Inclusión para todos. Congreso discapacidad en Medellín. Convocado por la Fundación los Álamos. Conozca los términos del Congreso en el siguiente vínculo.

http://www.discapacidad.gov.co/noticias/registro/plegableIIIcongreso.pdf

 

 

 

 

 

 

 

Red de Periodismo Diario Digital. Sistema de Noticias sobre Discapacidad e Inclusión Social.  Realizado  desde 1999 con recursos de la

Asociación Capital Humano ONG.  Prensa Social.

 

Portales con

 DISNNET

 

http://v1.dpi.org/lang-sp/resources/details.php?page=11

 

http://www.discapacidadcolombia.com/index.php

 

 

Gobierno, Noticias,

Convocatorias y Eventos _

http://www.discapacidad.gov.co/

 

 

 

Convención ONU

 

Caucus Internacional de Discapacidad página de noticias para la sesión de la tarde de agosto 15

 

Capacidad Legal: Parte fundamental de la Convención

 

 

 

El artículo 12 es uno de los más importantes de esta Convención.  La capacidad legal es fundamental para el derecho a la autodeterminación de una persona.  Cuando la capacidad legal de un individuo se restringe, se le impide tener control sobre su vida.  Mientras que la capacidad legal debe ser usada en situaciones en las que existe alguna implicación legal, como los tratamientos médicos, matrimonio, contratos o decisiones financieras, generalmente la presunción de incapacidad existe en todos los aspectos de la vida del individuo.

 

Una persona a la que se le niegue la capacidad legal se le niega el control sobre su vida.  No pueden votar, ser testigos en cortes, aceptar o negar entrar a un tratamiento, o ser parte contractual de un acuerdo de voluntades.  Ellos no pueden tener sus propias decisiones reconocidas.

 

Todas las personas deben tener control sobre sus propias vidas y la oportunidad de tomar decisiones en el diario vivir; donde comer, qué ropa usar, donde vivir, con quien relacionarse.  Estas decisiones no tienen que ser reconocidas de ninguna manera legal, pero hay algunas que implican libertades fundamentales.

 

Sin tener el derecho a decidir, el derecho a ir al colegio, el derecho a vivir en comunidad, el derecho a cualquier tipo de apoyo será anulado.  No tener control sobre su propia vida, tiene impactos dañinos y permanentes en un individuo.

 

El texto de trabajo tiene un riesgo al reconocer modelos desactualizados de tutela y suplencia en la toma de decisiones.  Si la total capacidad legal de las personas con discapacidades no es reconocida en esta Convención, traerá un daño significativo a las personas con discapacidad alrededor del mundo.

 

Invitamos a los estados partes a adoptar la propuesta de artículo 12 del IDC y apoyar la total capacidad legal de las personas con discapacidad.

 


Texto en limpio del IDC
Articulo 12
Reconocimiento igualitario ante la ley

 

1.         Los estados parte reafirman que las personas con discapacidad tienen el derecho a ser reconocidas en todas partes como personas ante la ley.

 

2. Los estados parte reconocerán que las personas con discapacidad dissfruten y ejecuten su capacidad legal sobre una base de igualdad  con otros en todos los aspectos de la vida.

 

2 bis. Los estados parte tomarán medidas legislativas y de otro tipo apropiadas para asegurar que las personas con discapacidad tengan el apoyo que requieren en el ejercicio de su capacidad legal.  Esas medidas de apoyo incluirán la asistencia requerida para buscar y obtener apoyo.

 

2 ter. Los estados parte establecerán salvaguardas efectivas para prevenir el abuso de apoyo en el ejercicio de su capacidad legal.  Esas salvaguardas asegurarán que las medidas de apoyo respeten los derechos, voluntad y preferencias de la persona, estén libres de conflictos de interés y sin influencia alguna, y sean ajustadas a las circunstancias de la persona.  Las salvaguardas deberán ser apropiadas al tipo de apoyo provisto, incluyendo, cuando sea necesario, revisión judicial periódica, imparcial e independiente.

 

3.                  Los estados parte tomarán todas las medidas apropiadas y efectivas para asegurar el derecho igualitario de las personas con discapacidad de adquirir o heredar propiedades, controlar sus propios asuntos financieros y tener acceso a préstamos bancarios y otras formas de crédito financiero, y asegurarán que las personas con discapacidad no sean arbitrariamente privadas de sus propiedades.

 

 

Guía para Informar sobre Discapacidad

Manual de Estilo

http://disnnetnoticias.blogspot.com/

 

Video Mundo Accesible

http://www.ad-awards.com/inc/video.swf?id=104

 

 

 

EDITORIAL DISNNET

POLITICA PÚBLICA

http://disnneteditorial.blogspot.com/

 

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http://disnnetdatos.blogspot.com/

 

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