NOTIFICACION A TODOS LOS CONSEJEROS DEL CCIME!

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Gloria G Romo

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Aug 8, 2011, 2:38:52 PM8/8/11
to CCIME, Consejo IME, CCIME, ARMANDO VERA, Armando Hernandez, saludiow...@cox.net, Raul, jesus...@mail.cuny.edu, Roberto Rosas, rrsj...@yahoo.com, Embajador Julián Ventura Valero, Cándido Morales Rosas

 

Estimado(a)s compañero(a)s del CCIME:

Ante las graves irregularidades que el Director del IME Cándido Morales ha cometido en los procesos que el Comité de Honor y Justicia tiene a su cargo y en nuestra calidad de integrantes del mismo, es nuestra obligación hacer de su conocimiento los siguientes puntos:

1)  El Comité de Honor y Justicia (en adelante el CHJ) está integrado por "... un representante de cada Comisión con voz y voto, y que preferentemente el representante de la Comisión de asuntos legales sea abogado. Este comité trabajará con base en las directrices del Comité de Honor y Justicia del CCIME." De lo que deriva que el Director del IME no tiene ni voz ni voto en este Comité, los integrantes del mismo son pares, o sea consejeros, reconociendo o sancionando a sus pares. (Fundamento: Lineamientos Operativos, en adelante los Lineamientos, artículo 2 fracción XV)

2)  Las normas generales que rigen los trabajos del CHJ se encuentran en los Lineamientos Operativos y las normas específicas se encuentran en las Directrices del propio Comité. No existe contradicción ni conflicto entre ambas normas, siendo los Lineamientos la norma superior  y las Directrices la norma secundaria, entre ambas existe complementariedad, la primera de carácter sustantivo y la segunda de carácter procesal, en su caso.
Nótese la claridad y contundencia de la parte final de la fracción XV del artículo 2 de los Lineamientos: "... Este comité trabajará con base en las directrices del Comité de Honor y Justicia del CCIME."  (Ver explicación más amplia en el anexo 1 al final de este mensaje)

3)  La función del Director del IME se limita fundamentalmente a servir de conducto para el envío de los acuerdos y comunicaciones que el CHJ le indique. También le corresponde a convocar a 2 reuniones, pero limitado a ello por la mera existencia de quejas, una vez radicadas y con expediente. Pero el Director del IME no tiene facultades para tomar decisiones, mismas que le corresponden exclusivamente al CHJ. En otras palabras, repitiendo lo que se dijo en el punto 1, el Director del IME no tiene ni voz ni voto en el CHJ. Y la Secretaria Técnica del CCIME sirve de apoyo al CHJ en los trabajos que le son propios.
(Fundamentos: Directrices, articulo 7, fracciones IV y V, y artículos 12 y 20; articulo 7, fracciones III y X; y artículo 4, respectivamente)

4)   El CHJ desechó las quejas presentadas por la Comisión de Asuntos Políticos y la consejera Lorena Colín, en contra de los consejeros Manuel Rodela y Juan Castro, con fundamento en el artículo 9 de las Directrices por no reunir los requisitos establecidos en el artículo 8 de las mismas Directrices.

5)   Sin embargo, en la búsqueda de la verdad objetiva y con el ánimo de impartir justicia para ambas partes, inicio procedimientos de oficio en los dos casos antes mencionados. (Fundamento: Directrices, artículo 7, fracción I).

6)   El CHJ aprobó el Calendario Procesal elaborado por el representante de la Comisión de Asuntos Legales, calendario que cumple rigurosamente con los términos establecidos en las Directrices para cada etapa del procedimiento, observando los tiempos que tienden a la mejor defensa de los presuntos responsables. Lo anterior es una práctica común y permitida en la procuración e impartición de justicia. (Fundamento: Directrices, artículo 7, fracciones IV y X, y artículos 18, 19 y 20).

7)   Así mismo, el CHJ cumplió con fijar las dos reuniones presenciales que las Directrices señalan y aprobó que se celebraran en la ciudad de México. (Fundamento: Directrices, artículo 7, fracción X y artículo 19). Y determinó la celebración de reuniones vía conferencia telefónica, cuando las Directrices así lo permiten, esto con la intención de reducir costos y respetando el principio de economía procesal. (Fundamento: Directrices, artículo 7, fracción III).

8)   Dicho lo anterior, el CHJ aprobó las resoluciones correspondientes a los dos presuntos responsables antes mencionados y le indico al Director del IME, que les enviara el siguiente mensaje:
"... Notificándole a su vez, que con fundamento en el artículo 7 de las Directrices se le cita para que comparezca de manera presencial a la reunión presencial a la audiencia de desahogo de pruebas y alegatos a celebrarse en la Ciudad de México el 14 de septiembre de 2011 a las 9:00 horas en el domicilio que en su oportunidad se le hará saber."

9)   El Director del IME en lugar de cumplir con el encargo de simplemente enviar el comunicado con las resoluciones acordadas por el CHJ, falseó su contenido cambiando la fecha y la modalidad, enviando el siguiente mensaje, distinto al que se le indicó que mandara:
" ... Notificándole a su vez, que con fundamento en el artículo 28 de los Lineamientos Operativos del CCIME se le cita para que comparezca a la conferencia telefónica de audiencia de desahogo de pruebas y alegatos a celebrarse el 5 de septiembre de 2011 a las 16:00 horas al número telefónico que en su oportunidad se le hará saber."
Además de la manifiesta falsedad, el Director del IME incurre en violación a los Lineamientos y Directrices.

10)  Por otra parte, el Director del IME en su mensaje del 5 de agosto de 2011, comunica al CHJ que el Instituto no puede financiar los gastos de la reunión presencial que las Directrices establecen, Directrices que junto con los Lineamientos Operativos,  el IME aprobó en su totalidad en la XVII Reunión Ordinaria del CCIME en Tijuana previo a la plenaria inicial, para luego ser aprobadas por el pleno del CCIME en la misma Reunión de Tijuana.
Y para colmo de tal desacato, el Director afirma que de acuerdo con las Directrices, el IME es responsable de pagar únicamente los gastos del presunto responsable.
Ante tal absurdo y carencia absoluta de sentido común en el mensaje del Director del IME, es innecesario seguir tratando este punto.

11)  Lo anterior nos lleva a denunciar ante ustedes, pleno del CCIME, como autoridad máxima del mismo, estas graves irregularidades, a efecto de tomar las medidas que el caso amerite conforme a derecho.

12)  Manifestamos a ustedes que no estamos dispuestos a convalidar las acciones ilegales adoptadas por el Director del IME, al contrario, hemos luchado y seguiremos luchando incansablemente por la observancia del estado de derecho en el CCIME, respetando en todo momento la cultura de legalidad que practicamos diariamente en la vida cívica en Estados Unidos y Canadá.

Con nuestro permanente aprecio a ustedes compañero(a)s consejero(a)s, reciban un cordial saludo.


Atentamente,

COMITÉ DE HONOR Y JUSTICIA DEL CONSEJO CONSULTIVO DEL INSTITUTO DE LOS MEXICANOS EN EL EXTERIOR GENERACION 2009-2011

Consejero José Villegas
Representante de la Comisión de Salud

Consejero Armando Hernández
Representante Suplente de la Comisión de Asuntos Económicos y de Negocios

Consejero Raúl Murillo
Representante de la Comisión de Asuntos Políticos

Consejero Jesús Pérez
Representante de la Comisión de Asuntos Educativos

Consejero Roberto Rosas
Representante de la Comisión de Asuntos Legales

Consejero Armando Vera
Representante de la Comisión de Asuntos Fronterizos

Consejera Gloria G. Romo
Representante de la Comisión de Difusión y Medios


ANEXO 1.
La interpretación jurídica del artículo 28 de los Lineamientos Operativos y su relación con el artículo 7 fracción X de las Directrices es como sigue:

a.  Partiendo de lo que establece el mencionado artículo 28 en cuanto a que las reuniones de las Comisiones y Comités pueden llevarse a cabo en forma presencial o virtual, esto quiere decir que ambas modalidades están permitidas por los Lineamientos como norma superior, sin embargo esta misma norma superior remite a las Directrices como norma secundaria o más específicamente como norma reglamentaria, la que en su artículo 7 fracción X establecen y obligan que específicamente la audiencia de desahogo de pruebas y alegatos tenga la modalidad de reunión presencial. Lo mismo en cuanto a otra reunión que posteriormente se establece y obliga que tenga el mismo carácter de presencial.


b.  No existe contradicción entre los Lineamientos y las Directrices, lo que existe es complementariedad entre la norma superior que tiene el carácter de general y la norma secundaria que tiene el carácter de especificidad. La norma superior (los Lineamientos) deja a la norma secundaria (las Directrices) que señale la modalidad que se aplicará a las reuniones tales como la que nos ocupa, es decir la de desahogo de pruebas y alegatos. Y esto es obligatorio para todos, ya sea el IME o el CCIME.












Gloria G Romo

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Aug 8, 2011, 6:36:32 PM8/8/11
to CCIME, Consejo IME, CCIME, ARMANDO VERA, Armando Hernandez, saludiow...@cox.net, Raul, jesus...@mail.cuny.edu, Roberto Rosas, rrsj...@yahoo.com, Embajador Julián Ventura Valero, Cándido Morales Rosas
ACLARACIÓN:

Los votos de los compañeros consejeros:
 
Consejero Raúl Murillo
Representante de la Comisión de Asuntos Políticos

Consejero Jesús Pérez
Representante de la Comisión de Asuntos Educativos

 tienen el carácter de ausentes, en virtud de que no llegaron después de un tiempo prudente de espera. Sin embargo, la votación sigue siendo mayoritaria a favor de las decisiones del Comité de Honor y Justicia contenidas en los mensajes correspondientes.
 
Afectuosamente,
 
Gloria G. Romo
Moderadora del CHJ


 


From: Gloria G Romo <romog...@yahoo.com>
To: CCIME <i...@sre.gob.mx>; Consejo IME <consejo...@googlegroups.com>; CCIME <CC-IMEn...@googlegroups.com>
Cc: ARMANDO VERA <veracons...@yahoo.com>; Armando Hernandez <armando1....@yahoo.com>; "saludiow...@cox.net" <saludiow...@cox.net>; Raul <RAU...@MSN.COM>; "jesus...@mail.cuny.edu" <jesus...@mail.cuny.edu>; Roberto Rosas <rro...@stmarytx.edu>; "rrsj...@yahoo.com" <rrsj...@yahoo.com>; Embajador Julián Ventura Valero <jven...@sre.gob.mx>; Cándido Morales Rosas <cmor...@sre.gob.mx>
Sent: Monday, August 8, 2011 11:38 AM
Subject: NOTIFICACION A TODOS LOS CONSEJEROS DEL CCIME!

Armando Hernandez

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Aug 8, 2011, 7:21:13 PM8/8/11
to romog...@yahoo.com, CCIME, Consejo IME, CCIME, ARMANDO VERA, saludiow...@cox.net, Raul, jesus...@mail.cuny.edu, Roberto Rosas, rrsj...@yahoo.com, Embajador Julián Ventura Valero, Cándido Morales Rosas
Gracias Gloria.
 
A. Hernandez
From: Gloria G Romo <romog...@yahoo.com>
To: CCIME <i...@sre.gob.mx>; Consejo IME <consejo...@googlegroups.com>; CCIME <CC-IMEn...@googlegroups.com>
Cc: ARMANDO VERA <veracons...@yahoo.com>; Armando Hernandez <armando1....@yahoo.com>; "saludiow...@cox.net" <saludiow...@cox.net>; Raul <RAU...@MSN.COM>; "jesus...@mail.cuny.edu" <jesus...@mail.cuny.edu>; Roberto Rosas <rro...@stmarytx.edu>; "rrsj...@yahoo.com" <rrsj...@yahoo.com>; Embajador Julián Ventura Valero <jven...@sre.gob.mx>; Cándido Morales Rosas <cmor...@sre.gob.mx>
Sent: Monday, August 8, 2011 6:36 PM
Subject: {CC-IME news memo Re: NOTIFICACION A TODOS LOS CONSEJEROS DEL CCIME!

ACLARACIÓN:

Los votos de los compañeros consejeros:
 
Consejero Raúl Murillo
Representante de la Comisión de Asuntos Políticos

Consejero Jesús Pérez
Representante de la Comisión de Asuntos Educativos

 tienen el carácter de ausentes, en virtud de que no llegaron después de un tiempo prudente de espera. Sin embargo, la votación sigue siendo mayoritaria a favor de las decisiones del Comité de Honor y Justicia contenidas en los mensajes correspondientes.
 
Afectuosamente,
 
Gloria G. Romo
Moderadora del CHJ


 

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rau...@msn.com

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Aug 9, 2011, 11:55:46 AM8/9/11
to gloria romo, ime, consejo...@googlegroups.com, cc-imen...@googlegroups.com, armando vera, armando1....@yahoo.com, saludiow...@cox.net, jesus...@mail.cuny.edu, roberto rosas, Roberto Rosas, jven...@sre.gob.mx, candido morales, comision de asuntos politicos
Estimados Compañeros del CHJ,

Efectivamente no pude emitir mi voto como representante de la Comisión de Asuntos Políticos en esta decisión a la que lo mas probablemente, aunque reconociendo las faltas en el proceso hubiera en todo termino promovido, una conferencia telefónica para discutir a fondo la problemática, especialmente por la confusión que causa al resto del Consejo un mensaje de esta naturaleza.

Hago de su conocimiento que estoy en desacuerdo en que se haya dado un tiempo razonable para emitir nuestros votos ya que fueron solicitados el día Sábado poco antes de las 11 de la manana y se cerro la votacion el dia lunes a las 11:30 a.m. lo cual por encontrarme el fin de semana atendiendo cuestiones familiares y el Lunes participando a esa misma hora en Conferencia telefonica del Comite Especial de Elecciones.

Esperando se tomen en cuanta las agendas tanto personales como laborales de cada consejero, asi como solicitando a los miembros de este Comite no olvidar para lo que este mismo fue integrado y de esta manera funcionar cabalmente, quedo de ustedes.

Atentamente


Raul Murillo

Gloria G Romo

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Aug 9, 2011, 1:11:15 PM8/9/11
to rau...@msn.com, ime, consejo...@googlegroups.com, cc-imen...@googlegroups.com, armando vera, armando1....@yahoo.com, saludiow...@cox.net, jesus...@mail.cuny.edu, roberto rosas, Roberto Rosas, jven...@sre.gob.mx, candido morales, comision de asuntos politicos

Estimado Compañero Raúl Murillo:
 
Lamento mucho el que Usted no haya podido emitir su voto en tiempo y en forma debido a sus compromisos familiares, muchos de nosotros también tuvimos compromisos de familia, viajes de negocios, etc., pero cuando uno se compromete en atender cuestiones tan importantes relacionadas al CHJ, hace uno lo posible para estar al pendiente o bien dejar al suplente para que atienda, tal es el caso del Sr. Mario Martínez que estuvo el suplente en su lugar, me refiero al Consejero Sr. Armando Hernández atendiendo en todo momento al CHJ.
 
Usted dice que  “reconoce las faltas en el proceso, pero que mejor se hubiera promovido una conferencia telefónica para discutir a fondo la problemática” donde obviamente Usted tampoco hubiese estado dispuesto por sus compromisos; yo le pregunto Sr. Murillo,  por que mejor con el respeto que Usted me merece, no le dio este mismo consejo al Sr. Cándido Morales, ya que el Director del IME en lugar de haber promovido una conferencia telefónica entre todos nosotros, mejor decidió enviar los 4 comunicados sin consulta previa en la tarde del Viernes, concretamente después de la 5 PM, vea Usted mismo en (anexo 1).
 
Efectivamente Consejero Murillo el voto se pidió el sábado a las 8:48 AM (ver anexo 2) y 5 de  los 7 consejeros votaron a favor de las tres propuestas, como Usted mismo lo puede apreciar  en la tercera propuesta, que dice informar a todos los consejeros del CCIME, donde está la confusión que Usted menciona entre los consejeros, créame que mas confundida quede yo con las respuestas enviadas por el Director del IME.
 
En cuanto a su desacuerdo el CHJ lo ha registrado a través de este mensaje que Usted muy amablemente nos ha enviado el día de hoy martes 9 de Agosto/2011, y con mucho gusto pongo a través de este comunicado a consideración del CHJ su recomendación de que se “tomen en cuenta las agendas personales como laborales de cada consejero”.
 
Quedo de usted respetuosamente,
 
Gloria G. Romo
Consejera Titular Valle Imperial, CA.
Moderadora del CHJ
 
 
Anexo 1:
1)     From: IME <i...@sre.gob.mx>
To: "lore...@gmail.com" <lore...@gmail.com>
Sent: 
Friday, August 5, 2011 5:37 PM
Subject: 
*/IME03478/RESOLUCIÓN/COMITÉ DE HONOR Y JUSTICIA/SU PETICIÓN /RETIRO NOMBRAMIENTO/JUAN CASTRO / URGENTE/S
2)     From: IME <i...@sre.gob.mx>
Sent: 
Friday, August 5, 2011 5:38 PM
Subject: */IME03481/RESOLUCION/COMITÉ DE HONOR Y JUSTICIA/REQUIERE SU ATENCIÓN / URGENTE/U/S
3)     From: IME <i...@sre.gob.mx>
To: Integrantes del Comité de Asuntos Político
Sent: Friday, August 5, 2011 5:39 PM
Subject: */IME03479/RESOLUCIÓN/COMITÉ DE HONOR Y JUSTICIA/SU PETICIÓN /RETIRO NOMBRAMIENTO/MANUEL RODELA / U/S
4)     From: IME <i...@sre.gob.mx>
To: "cimete...@att.net" <cimete...@att.net>
Sent: Friday, August 5, 2011 5:40 PM
Subject: */IME03480/RESOLUCION/COMITÉ DE HONOR Y JUSTICIA/REQUIERE SU ATENCIÓN / U/S
Sent: Friday, August 5, 2011 3:42 PM
Subject: */IME03471/REUNION/COMITÉ DE HONOR Y JUSTICIA/REQUIERE SU ATENCIÓN / URGENTE/U/S


Anexo 2
From: Gloria G Romo <romog...@yahoo.com>

Todos nosotros fuimos elegidos por nuestras respectivas comisiones y es justo notificarles de manera inmediata lo que está sucediendo, ya que somos gente comprometida,   profesional, con trabajo, y responsabilidades que no podemos darnos el lujo de andar perdiendo mas el tiempo, pido y solicito respetuosamente pongamos a votación electrónica esta comunicación, si están de acuerdo con ella o no están de acuerdo con ella.
 
1)    El Director del IME o en su caso la CHJ envíe a la SRE con copia a la Subsecretaria la “solicitud de las remesas económicas necesarias para proseguir con el trabajo procesal para los presuntos responsables como para los 7 miembros del CHJ” Dicha solicitud deberá hacerse con copia al CHJ y la respuesta de igual manera.
 
2)    Quede sin efecto el párrafo antes señalado en la comunicación enviada por el Director del IME a los involucrados en el proceso y se agregue el párrafo que fue seleccionado por el CHJ enviando la corrección a los implicados en el proceso de manera inmediata.
 
 
3)    Notificar a todos los coordinadores la situación que prevalece en el CHJ.
 
 
 
 



From: "rau...@msn.com" <rau...@msn.com>
To: gloria romo <romog...@yahoo.com>; ime <i...@sre.gob.mx>; consejo...@googlegroups.com; cc-imen...@googlegroups.com
Cc: armando vera <veracons...@yahoo.com>; armando1....@yahoo.com; saludiow...@cox.net; jesus...@mail.cuny.edu; roberto rosas <rro...@stmarytx.edu>; Roberto Rosas <rrsj...@yahoo.com>; jven...@sre.gob.mx; candido morales <cmor...@sre.gob.mx>; comision de asuntos politicos <asuntosp...@googlegroups.com>
Sent: Tuesday, August 9, 2011 8:55 AM
Subject: RE: NOTIFICACION A TODOS LOS CONSEJEROS DEL CCIME!

Aaron Ortiz-Santos

unread,
Aug 13, 2011, 4:17:48 PM8/13/11
to CCIME, Consejo IME, CCIME, ARMANDO VERA, Armando Hernandez, saludiow...@cox.net, Raul, jesus...@mail.cuny.edu, Roberto Rosas, rrsj...@yahoo.com, Embajador Julián Ventura Valero, Cándido Morales Rosas

Estimados Consejeros:

Con tristeza y preocupación, a unos meses de terminar nuestra responsabilidad como miembros del CCIME, veo como algunos miembros del CHJ en vez de dedicarse a la importante labor de tomar decisiones respecto a conductas de diversos Consejeros, se enredan en un galimatías de emails, tratando de fijar posturas que nadie pidió que fijaran y utilizan nuestros lineamientos y las propias directrices a favor de otros intereses, dilatando el proceso y entorpeciendo con ello, la buena administración e impartición de la justicia, además de que pareciera que el CHJ aplica el dicho:  “o estás conmigo o en contra de mí”, buscando justificar o descalificar actos u omisiones de sus miembros y de otros Consejeros.

Las directrices del CHJ son claras en cuanto a las fechas y modalidades de las reuniones,  para llevar un proceso de queja, pero esto como toda obra humana es perfectible, si bien es cierto, la interpretación de la norma es estricta, en la búsqueda de la verdad jurídica se deben aplicar los elementos legales disponibles y supletorios aplicables al caso concreto. Ustedes no son un tribunal, son un ente interno y su actuación se debe de apegar en todo tiempo a las normas que los regulan, sin “estirar” los preceptos legales aplicables y si en cambio utilizando en forma supletoria cuerpos de leyes que ayudan a la resolución de controversias, el derecho es una ciencia viva, no un conjunto de normas empolvadas, dictadas por el consejo de ancianos, para beneficio o perjuicio de algunos.

Así las cosas, me preocupa el calendario procedimental que si bien es cierto, se apega a las directrices del CHJ, es omiso en cuanto a los efectos de la resolución ya que en caso de que esta sea recurrida conforme al artículo 20 de las propias directrices del CHJ, la etapa para su resolución seria en la siguiente reunión plenaria, misma que sería ya en el 2012, celebrándose con los nuevos integrantes del CCIME, es decir, ¿pretendemos dejar asuntos contenciosos pendientes a la siguiente generación?, ¿en vez de terminar este proceso en los tiempos de nuestra gestión?

Para ello, les sugiero revisar los conceptos de economía procesal y congruencia que a continuación detallo:

PRINCIPIO DE ECONOMÍA PROCESAL

Concepto: según Chiovenda, es la obtención del máximo resultado posible con el mínimo de esfuerzo. Este principio de refiere no sólo a los actos procésales sino a las expensas o gastos que ellos impliquen.

Modalidad: más que un solo principio es un conjunto de principios con los cuales se consigue aquél.

Entre ellos se encuentran:

  • El de Concentración: consiste en reunir todas las cuestiones debatidas o el mayor número de ellas para ventilarlas y decidirlas en el mínimo de actuaciones y providencias. Así, se evita que el proceso se distraiga en cuestiones accesorias que impliquen suspensión de la actuación principal.
  • El de Eventualidad: guarda estrecha relación con el de preclusión, pues toma como referencia las fases o términos del proceso. Consiste en que si en determinada etapa o estanco del proceso una parte puede realizar varios actos, debe llevarlos a cabo de manera simultánea y no sucesiva, esto es, todos en el mismo lapso y no primero uno y luego otro.
  • Esto ocurre, por ejemplo, en relación con una providencia, cuando contra ella puede interponerse el recurso de reposición y el de apelación. Como el término para interponer dichos recursos es común, la parte interesada puede optar exclusivamente por cualquiera de ellos, o bien proponer los dos, caso en el cual debe hacerlo conjuntamente: la reposición como principal y la apelación como subsidiaria. Esto significa que la apelación sólo se concede en el supuesto de que la reposición no prospere. Lo que la ley prohíbe es que primero se interponga la reposición, para luego, si es negada, proponer la apelación, pues el término para ésta ya se encuentra vencido.
  • El de Celeridad: consiste en que el proceso se concrete a las etapas esenciales y cada una de ellas limitada al término perentorio fijado por la norma. En observancia de este principio se descartan los plazos o términos adicionales a una determinada etapa, esto es, los que se surten como complemento del principal y las prórrogas o ampliaciones. También implica que los actos se surten en la forma más sencilla posible, para evitar dilaciones innecesarias.
  • El de Saneamiento: consiste en que las situaciones o actuaciones afectadas de nulidad sean susceptibles de ser convalidadas por la parte en cuyo favor se establece.
  • La nulidad es una sanción que la norma prevé para determinadas situaciones o actuaciones irregulares y cuando con ellas se viola el derecho de defensa de una de las partes. Pero la nulidad no siempre se impone, pues es viable que la parte afectada como consecuencia de ella la convalide, esto es, que mediante cierta conducta no se aplique esa sanción y, por ende, la actuación sea válida, que es lo que se denomina saneamiento.
  • La tendencia actual es la de consagrar en la norma positiva el mayor número de nulidades susceptibles de saneamiento. Por ejemplo, si el demandado ha sido indebidamente citado o emplazado y éste no lo alega en la primera actuación que realice, tal irregularidad queda convalidada.
  • El de Gratuidad de la Justicia: como la justicia es un servicio que presta el Estado a la colectividad, a él le corresponde sufragar todos los gastos que esa función entraña, como proporcionar los locales y elementos necesarios, atender la remuneración de los funcionarios y empleados, etc.

PRINCIPIO DE LA CONGRUENCIA

Se entiende por instancia, en su acepción más simple – de acuerdo con DE SANTO – cada uno de los grados del proceso, o, en sentido amplio, el conjunto de actuaciones que integran la fase del proceso surtida ante un determinado funcionario y a la cual entre le pone fin mediante una providencia en la cual decide el fondo del asunto sometido a su consideración.

BIBLIOGRAFÍA

                        Azula Camacho, libro Manual de Derecho Procesal Tomo I Teoría General Del Proceso, Editorial Temis 2000 Séptima edición

Por lo anterior a este CHJ les pido revisar el calendario procesal, respetando desde luego las fechas de contestación de los presuntos responsables y acelerar las fechas de audiencia de desahogo y alegatos, así como la correspondiente a la emisión de la resolución, a fin de dar el derecho de impugnación, dentro de nuestro periodo de gestión y como lo señala el segundo párrafo del artículo 20 de las mismas directrices del CHJ a la parte que corresponda. Además se puede aplicar en forma supletoria el articulo 28 segundo párrafo de nuestros lineamientos operativos con el objeto de permitirles celebrar las diligencias presenciales, por medio de conferencias telefónicas, lo que beneficia a todos por darle mayor celeridad al proceso, así como el no incurrir en gastos propios o públicos para la resolución de estos asuntos.

Atentamente,

Aaron Ortiz Santos

 

 

 

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GENERACION 2009-2011
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Consejero José Villegas
Representante de la Comisión de Salud

Consejero Armando Hernández
Representante Suplente de la Comisión de Asuntos Económicos y de Negocios

Consejero Raúl Murillo
Representante de la Comisión de Asuntos Políticos

Consejero Jesús Pérez
Representante de la Comisión de Asuntos Educativos

Consejero Roberto Rosas
Representante de la Comisión de Asuntos Legales

Consejero Armando Vera
Representante de la Comisión de Asuntos Fronterizos

Consejera Gloria G. Romo
Representante de la Comisión de Difusión y Medios


ANEXO 1.
La interpretación jurídica del artículo 28 de los Lineamientos Operativos y su relación con el artículo 7 fracción X de las Directrices es como sigue:

a.  Partiendo de lo que establece el mencionado artículo 28 en cuanto a que las reuniones de las Comisiones y Comités pueden llevarse a cabo en forma presencial o virtual, esto quiere decir que ambas modalidades están permitidas por los Lineamientos como norma superior, sin embargo esta misma norma superior remite a las Directrices como norma secundaria o más específicamente como norma reglamentaria, la que en su artículo 7 fracción X establecen y obligan que específicamente la audiencia de desahogo de pruebas y alegatos tenga la modalidad de reunión presencial. Lo mismo en cuanto a otra reunión que posteriormente se establece y obliga que tenga el mismo carácter de presencial.


b.  No existe contradicción entre los Lineamientos y las Directrices, lo que existe es complementariedad entre la norma superior que tiene el carácter de general y la norma secundaria que tiene el carácter de especificidad. La norma superior (los Lineamientos) deja a la norma secundaria (las Directrices) que señale la modalidad que se aplicará a las reuniones tales como la que nos ocupa, es decir la de desahogo de pruebas y alegatos. Y esto es obligatorio para todos, ya sea el IME o el CCIME.












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