Regulaciones aéreas para volar en España

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pablo rey

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Jan 29, 2014, 7:15:07 AM1/29/14
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¿Alguien sabe la normativa para volar globos y cometas en España¿ ¿Hace falta notificar a alguna "autoridad" para hacerlo legalmente?

Gracias,
pablo

Juan - FABA

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Jan 29, 2014, 7:52:19 AM1/29/14
to laborator...@googlegroups.com
Si no recuerdo mal, hay limitaciones sobre altitud máxima y distancia a aeropuertos (no sé si el de Castellón lo es... ;)); en cualquier caso, deberías sacar un seguro de responsabilidad civil para la "exhibición".
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FABA
Foto aérea a baja altura

Juan

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Jan 30, 2014, 8:51:03 AM1/30/14
to laborator...@googlegroups.com, pa...@basurama.org

pablo rey

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Jan 30, 2014, 7:37:54 PM1/30/14
to laborator...@googlegroups.com
Gracias Juan por la referencia.
Una pena que la regulación a la que hacen referencia no funcione ya. Intentando encontrar la regulación actual.

¿Qué tipo de zonas son restringidas o prohibidas? ¿centrales nucleares? ¿refinerías?



2014-01-30 Juan <j...@faba.in>

--

pablo rey

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Feb 10, 2014, 1:12:37 PM2/10/14
to laborator...@googlegroups.com
Lot de http://guerrilladrone.feenelcaos.org/blog/ envió estas aclaraciones para futuros vuelos:

Lo único que hay es este real decreto:
http://www.boe.es/boe/dias/2010/01/19/pdfs/BOE-A-2010-835.pdf

Pero es muy ambiguo, por que solo habla de "demostraciones" o exhibiciones de vuelo.
No queda claro si una reunión de un grupo de amigos es una exhibición, tiene también muchas ambiguedades en cuanto a volar drones de poco peso, etc.

Lo único seguro que por encima de 300 metros hay que pedir permiso a AENA y sólo lo dan con una causa justificada. Por debajo la regulación la ponen los ayuntamientos, y casi ninguno tiene.

Por otro lado si hacer una fotografía del interior de una propiedad privada es ilegal, y como la fotografia aérea casi siempre incluye porciones de terreno de decenas o cientos de propiedades privadas, podriamos considerar casi cualquier fotografía aérea potencialmente ilegal.

lot.

Juan - FABA

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Feb 10, 2014, 1:44:06 PM2/10/14
to laborator...@googlegroups.com
No creo que sea aplicable, porque estamos hablando de globos o cometas, no de UAVs o aeronaves.
Tengo pendiente una llamada a la torre de control del aeropuerto de Asturias, a ver qué me dicen.

Andrew Zaborowski

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Feb 10, 2014, 5:27:21 PM2/10/14
to laborator...@googlegroups.com
Hola a todos,

Iba a enviar un saludo en el hilo del comienzo de la lista, pero luego
no me ha dado tiempo :P

Solo un comentario, no he estudiado la ley de navegacion aerea
española, pero muchas cosas son identicas entre los paises de UE (y
otras incluso todos paises miembros de ICAO). En general todo lo que
vuela es aeronave, incluidas las cometas. Hay reglas especificas para
los subtipos y no suelen estar recogidas en la ley misma sino en algun
documento adicional... Luego lo de las zonas, hay varios tipos
permanentes, la clase G es la mas libre donde no se necesitan
permisos. Cerca de aeropuertos teneis zonas muy controladas (clase C,
D..) donde de hecho han parado a un colega mio con cometa a poca
altitud (pero con una camara mas pesada que las de bolsillo) y en un
radio mas grande son controladas desde algun nivel para arriba. Luego
hay zonas restringidas tipo ATZ, MATZ, y son menos frecuentes.

Todo eso puede ser que se pueda consultar por web, los mapas (cartas
de navegacion) se publican en el AIP de cada pais y en aena.es de
hecho veo algo al respecto pero no acabo de entender como acceder al
mapa.. http://www.aena.es/csee/Satellite/navegacion-aerea/es/Page/1078418725020//Como-consultar-la-AIP.html

Saludos

Juan - FABA

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Feb 10, 2014, 5:52:57 PM2/10/14
to laborator...@googlegroups.com
Yo entiendo que ni los globos no propulsados (pequeños y con cuerda, como
los nuestros) ni las cometas, ni son aeronaves ni aerostatos ni globos
libres:

=========================
Real Decreto 57/2002, de 18 de enero, por el que se aprueba el Reglamento
de Circulación Aérea

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rd57-2002.l1t1.html#cpl1

http://www.boe.es/boe/dias/2002/01/19/pdfs/C00001-00697.pdf

DEFINICIONES

Aeronave.
Toda máquina que puede sustentarse en la atmósfera por reacciones del aire
que no sean las reacciones del mismo contra la superficie de la tierra.

Aeronave (Categoría de).
Clasificación de las aeronaves de acuerdo con características básicas
especificadas, (avión, planeador, aerodino de alas giratorias, giroavión,
globo libre, etc.).

Aeronave (tipo de).
Todas las aeronaves de un mismo diseño básico con sus modificaciones
excepto las que alteran su manejo o sus características de vuelo.

Aerostato.
Toda aeronave que, principalmente, se sostiene en el aire en virtud de su
fuerza ascensional.

Globo.
Aeróstato no propulsado mecánicamente.

Globo libre no tripulado.
Aeróstato sin tripulación propulsado por medios no mecánicos, en vuelo
libre
=========================





En Mon, 10 Feb 2014 23:27:21 +0100, Andrew Zaborowski
<bal...@googlemail.com> escribió:

Andrew Zaborowski

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Feb 10, 2014, 6:03:22 PM2/10/14
to laborator...@googlegroups.com
Tengo entendido que igual son aeronaves, en la deficion de abajo no se
menciona cometa por nombre, pero siendo aerodino es aeronave. Y globo
con cuerda no es libre, pero aun asi es globo (aerostato).

La wikipedia si las menciona, http://es.wikipedia.org/wiki/Aeronave

Saludos
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Juan - FABA

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Feb 10, 2014, 6:21:47 PM2/10/14
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Definición legal de Aerodino
(http://www.boe.es/boe/dias/2002/01/19/pdfs/C00001-00697.pdf).
Toda aeronave que, principalmente, se sostiene en el aire en virtud de
fuerzas aerodinámicas

No parece el caso ni de una cometa ni de un globito de fiesta grande (que
por definición legal no son aeronaves ni se sustentan por fuerzas
aerodinámicas, sino por sujeción al suelo, y en realidad no vuelan (no se
desplazan). De todos modos, mañana hablaré con alguien entendido (el jefe
de una torre de control) para que despeje mis dudas de lego en aviación.
La wikipedia no es una fuente válida, habiendo BOE.



En Tue, 11 Feb 2014 00:03:22 +0100, Andrew Zaborowski

andrzej zaborowski

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Feb 10, 2014, 6:29:17 PM2/10/14
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Bueno, que yo sepa cumple con la definicion legal que citas y con como
se entiende comumente. Lo de wikipedia tienes razon.

Saludos

pablo rey

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Mar 13, 2014, 8:56:06 AM3/13/14
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Juan, al final nos quedamos sin saber qué dijeron desde torre de control.
El otro día El País publicó una noticia sobre la escasa regulación al respecto de los drones http://economia.elpais.com/economia/2014/03/08/actualidad/1394297456_115170.html

Lot

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Mar 14, 2014, 4:26:45 PM3/14/14
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Gracias por el artículo.
Aunque no deja nada claro la legalidad:

=====
Los que vuelan con fines de recreo son considerados aeromodelos. Solo
cuando tienen un uso profesional son aeronaves, y por tanto la Agencia
Estatal de Seguridad Aérea (AESA) regula su uso. El problema es que
AESA solo concede autorizaciones para vuelos de desarrollo o puntuales
porque no hay base legal para más. Volar un dron, insiste la agencia,
es ilegal: sea para apagar un incendio o hacer una filmación. A todas
las dudas, la industria de los drones responde que el futuro ya está
aquí, aunque no termine de llegar.
=====

Hacer mapas o apagar incendios puede ser una actividad de recreo. Y si
es ilegal, que pasa con los miles de videos que hay en la red?

saludos,
lot.
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pablo rey

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Apr 9, 2014, 6:44:12 PM4/9/14
to laborator...@googlegroups.com
¿habeis visto la noticia sobre la prohibición de drones para vuelos comerciales?

Fomento prohíbe el uso de drones civiles con fines comerciales en toda España
http://www.elconfidencial.com/espana/2014-04-09/fomento-prohibe-el-uso-de-drones-civiles-con-fines-comerciales-en-toda-espana_114282/

La Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), dependiente del Ministerio de Fomento, acaba de prohibir el uso de drones civiles en toda España. “No está permitido su uso para aplicaciones civiles. Es decir, no está permitido, y nunca lo ha estado, el uso de aeronaves pilotadas por control remoto con fines comerciales o profesionales, para realizar actividades consideradas trabajos aéreos”, indica la normativa de AESA con fecha 7 de abril a la que ha tenido acceso El Confidencial.

Fomento impide que los drones civiles se utilicen para “la fotogrametría, agricultura inteligente (detectar en una finca aquellas plantas específicas que necesitarían de una intervención, como riego, fumigación, para optimizar el cultivo), reportajes gráficos de todo tipo, inspección de líneas de alta tensión, ferroviarias, vigilancia de fronteras, detección de incendios forestales y reconocimiento de los lugares afectados por catástrofes naturales para dirigir las ayudas adecuadamente”.

El organismo público no impide que los drones tengan un uso militar, aunque aclara que ya existe una normativa que permite su operación “exclusivamente en espacio aéreo segregado”. La medida inutilizaría el Centro Atlas de Vuelos Experimentales de Villacarrillo (Jaén) en el que la Junta de Andalucía ha invertido 4,5 millones de euros. En este centro, inaugurado el pasado 21 de marzo por la presidenta de la Junta de Andalucía, Susana Díaz, se exhibió un drone militar, el modelo SIVA, perteneciente al Ministerio de Defensa en un proyecto exclusivamente civil

... continúa

Más en otros medios en inglés:

Lot

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Apr 12, 2014, 10:13:32 AM4/12/14
to laborator...@googlegroups.com
Hola,

He escrito mi opinión sobre todo esto en una entrada del blog:
http://www.scoop.it/t/hacked-freedom/p/4019434747/2014/04/11/la-aesa-quiere-controlar-los-drones-comerciales

Básicamente no ha cambiado nada, solo es un recordatorio para la gente
que se compra un phantom sin saber volar y después tiene un acidente.

Hasta el rey y el ministerio de fomento utilizan drones comerciales,
incumpliendo su propia legislación (enlaces en mi blog tb)

Saludos,
lot.
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