Se flexibiliza restricción vehicular de 5:00 a. m. a 10 p. m.

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Jorge Arturo Mora García

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Aug 8, 2021, 3:14:46 PM8/8/21
to comunicados

CP-913-2021

8 de agosto de 2021


 A partir de este lunes 9 de agosto rigen nuevas medidas


Se flexibiliza restricción vehicular de 5:00 a. m. a 10 p. m. 


  • Los vehículos podrán circular cuatro días de cinco entre semana. 


  • Además, se ajustan los horarios de funcionamiento de los supermercados, pulperías y licoreras, así como el resto de establecimientos con permiso sanitario en función de esta restricción. 


A partir de este lunes 9 de agosto, entran a regir las nuevas medidas de restricción sanitaria y de circulación vehicular, las cuales se extenderán hasta el 31 de agosto.


Flexibilización vehicular sanitaria


A partir del 9 de agosto: 

  • La circulación vehicular será de lunes a domingo de 5:00 am a 10:00 pm (salvo lista de excepciones). 


  • La restricción vehicular para los fines de semana seguirá siendo de 50/50 por placas pares e impares. (ver imagen que abarca desde el 9 hasta el 31 de agosto)

Medidas restricción.jpeg
  • Los trenes podrán llevar hasta un máximo de 26 pasajeros de pie, según protocolo INCOFER (dependiendo del tipo de tren). 




Establecimientos


Del 9 al 31 de agosto se ampliarán los aforos de los siguientes establecimientos:


Actividades académicas y empresariales y lugares de culto: 500 personas con distancia de 1,8m

Se amplía permiso que tienen cines y teatros a todos los establecimientos con permiso sanitario para actividad artística: Aforo del 50% y se amplía capacidad máxima a 500         personas con distancia de 1.8m


Parques Nacionales: 100% capacidad


Salones de eventos sociales: 100 personas


De igual manera, se amplía el horario de apertura de playas hasta las 8:00 pm en todo el país. 


Se amplían los horarios de funcionamiento de los supermercados, pulperías y licoreras, así como el resto de establecimientos con permiso sanitario de funcionamiento hasta las 10:00 pm (en coherencia con la restricción vehicular sanitaria). 


Recuerde que el detalle de las alertas, medidas y restricciones implementadas en cada cantón del país se pueden verificar en el sitio web http://presidencia.go.cr/alertas


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