Hola,
De acuerdo a Normativa Vigente (Circular 30 y Oficio
Oficio N° 1.355) Debe usar sólo una modalidad de los registros obligatorios (libro de matrícula, libros de clases/libro pie, libros de salidas y retiros), esto significa que si usa digital, no debe usar físico y visceversa. Asi mismo, debe tener toda la información del año en curso bajo la misma modalidad (físico/digital).
Saludos.