La Comisión Local de Seguridad, preocupada por la integridad, la seguridad y la salud de nuestra comunidad, particularmente de aquellos miembros de ella que realicen actividades fuera de nuestras instalaciones y teniendo en cuenta la actual situación de la seguridad en el territorio nacional y de los servicios públicos de salud disponibles en el país, ha decidido, enfatizar algunas disposiciones establecidas y fundamentadas en los artículos 6, 7, 8, 9 y 11 del Reglamento para Salidas Profesionales y Prácticas de Campo de la Facultad de Ciencias (RPCFC) vigente. Por ello, a partir de la publicación de este comunicado se establece que para toda práctica de campo a llevarse a cabo fuera de las instalaciones de Ciudad Universitaria se requiere:
La especificación precisa de los lugares a visitar y las fechas en las que se visitaran. La Dirección General de Análisis, Protección y Seguridad Universitaria (DGAPSU) se ha ofrecido a coadyuvar en la evaluación de los riesgos potenciales en el territorio nacional con base en esta información.
Para cada alumno o alumna que pretenda asistir a una práctica de campo y tenga una condición médica pre-existente que pudiera implicar un riesgo para la persona o para otras, debe indicar por escrito y con el respaldo documental adecuado expedido por el médico tratante:
Si se está llevando un tratamiento de dicha condición y si hay medicamentos que deban ser suministrados en horarios y días específicos.
Si la condición médica actual de la persona no constituye un riesgo para su propia salud e integridad y para terceros al estar alejado de servicios médicos inmediatos y adecuados a su condición.
Las indicaciones para dar atención a la persona en caso de presentarse alguna condición aguda durante la práctica de campo y los requisitos que deben tener los servicios médicos adecuados para dicha condición.
De ser necesario, el personal académico puede añadir por escrito, disposiciones especiales de conducta, indumentaria y equipo de protección personal para el alumnado y que contribuyan a mitigar los posibles riesgos para toda persona que asista a la práctica.
La documentación solicitada al alumnado deberá entregarse al personal académico responsable de la práctica, quien la añadirá al resto de lo solicitado y lo entregará a la Coordinación de Seguridad y Protección Civil para su análisis y dictamen por parte de la Comisión Local de Seguridad asesorada por la DGAPSU. La ausencia de cualquier elemento de la documentación solicitada será causa suficiente para suspender la práctica o impedir que alguien con una condición de riesgo asista a ella.
Le recordamos al personal académico que sale al campo que puede recurrir al teléfono de EmerCiencias en caso de requerir cualquier tipo de asistencia durante las prácticas: 55 8013 4414 sin importar el día o la hora en que dicha atención sea requerida. Asimismo le recordamos que cualquier incidente, haya o no tenido repercusión en el desarrollo de la práctica, debe reportarse por escrito mediante oficio, a más tardar 3 días hábiles después de terminada la práctica como se dispone en el artículo 26, fracción VII del RPCFC.
ATENTAMENTE,
“POR MI RAZA HABLARÁ EL ESPÍRITU”
Comisión Local de Seguridad
Facultad de Ciencias, UNAM.
Ciudad Universitaria, Cd. Mx., a 22 de abril de 2026.
COMUNICADO FC/SCDC/2026/11