Zaffaroni apoya nuestra causa. (o algo asi)

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Gabriel Bracesco

не прочитано,
7 нояб. 2009 г., 10:02:0907.11.2009
– Partido Pirata Argentino
Toda ley es un discurso que se genera en un contexto cultural y
civilizatorio. En ciertos casos el cambio muy profundo del contexto
puede dejar atípica una conducta (...) Pero hay otros casos en que un
cambio civilizatorio (como una innovación tecnológica), puede conferir
a un tipo penal un ámbito de prohibición inusitado respecto del
imaginado por la agencia política que criminalizó la conducta. Tal es
lo que sucede con el subjuntivo reproduzca en el art. 72 de la ley
11.723 de propiedad intelectual . En sólo se podía reproducir con los
mismos medios con que se podía producir, o sea, mediante una edición
clandestina de la obra con tipografía de plomo; hoy la reproducción es
corriente debido a la introducción de la técnica fotográfica. El
ámbito de personas que todos los días copian páginas de libros o
artículos de esta forma es enorme e imposible de criminalizar. El
texto conforme a su interpretación literal llevaría hoy a
consecuencias absurdas en cuanto a la magnitud de poder punitivo
habilitado. Se impone de alguna manera que el juez y el intérprete
mantengan el ámbito de lo prohibido dentro de lo abarcado
originalmente” (Zaffaroni-Alagia-Slokar, Manual de derecho penal.
Parte general, Ediar, Bs. As., 2006, 2ª edición, p. 108-109).


Art. 72. - Sin perjuicio de la disposición general del artículo
precedente, se consideran casos especiales de defraudación y sufrirán
la pena que él establece, además del secuestro de la edición ilícita:

a) El que edite, venda o reproduzca por cualquier medio o instrumento,
una obra inédita o publicada sin autorización de su autor o
derechohabientes;

b) El que falsifique obras intelectuales, entendiéndose como tal la
edición de una obra ya editada, ostentando falsamente el nombre del
editor autorizado al efecto;

c) El que edite, venda o reproduzca una obra suprimiendo o cambiando
el nombre del autor, el título de la misma o alterando dolosamente su
texto;

d) El que edite o reproduzca mayor número de los ejemplares
debidamente autorizados


De un Texto de Horacio Potel.

Beatriz Busaniche

не прочитано,
7 нояб. 2009 г., 10:24:1207.11.2009
– pp...@googlegroups.com
Tenés un link para referenciar esto?
Me parece un excelente hallazgo! 


2009/11/7 Gabriel Bracesco <melina...@gmail.com>



--
Beatriz Busaniche
http://www.bea.org.ar
http://www.vialibre.org.ar

Nicolas Echaniz

не прочитано,
7 нояб. 2009 г., 14:50:2907.11.2009
– pp...@googlegroups.com
Qué buen pedazo de información!!

Gracioso que es exactamente lo que estábamos hablando hace un ratito en la
reunión de Bibliofyl. La ley 11723 cuando dice "cualquier medio o instrumento"
se refiere a todos los medios e instrumentos que existían o que el autor podía
imaginarse en esa época, en la que era completamente inconcebible una
realidad como la actual.

Buenísimo este texto.

Posibilidad de contactar a Zaffaroni para que participe de alguna de las
instancias de debate sobre la ley 11723 que estamos llevando adelante?


Sebas, a través de Catani no se podrá convocar a Zaffaroni?

Saludos,

NicoEchániz

Exiliado Astral

не прочитано,
7 нояб. 2009 г., 16:20:1307.11.2009
– Partido Pirata Argentino
Acá hay un artículo en el blog "Saber leyes no es saber derecho" que
tiene algunos de los conceptos de Zaffaroni, se podría hacer una linda
entrada en la wiki:

http://www.saberderecho.com/2006/10/el-principio-de-respeto-histrico-al.html

"la ley como “texto” no puede entenderse disociada del “contexto” en
que está llamada a regir. "

Sería buena la referencia del texto de Zaffaroni y de Potel para
citarlos!

Eduardo.

Exiliado Astral

не прочитано,
7 нояб. 2009 г., 21:24:3407.11.2009
– Partido Pirata Argentino
Acá encontré el manual de Zaffaroni:

http://tinyurl.com/yg3bdv9

En las páginas 119 -120 de la versión de 2002.

Acá las dejé:

http://partido-pirata.blogspot.com/2009/11/principio-de-respeto-historico-al.html

Luego veré si les paso el ocr, pero está la versión del manual para
descargar!!

Eduardo.

On 7 nov, 19:20, Exiliado Astral <exast...@gmail.com> wrote:
> Acá hay un artículo en el blog "Saber leyes no es saber derecho" que
> tiene algunos de los conceptos de Zaffaroni, se podría hacer una linda
> entrada en la wiki:
>
> http://www.saberderecho.com/2006/10/el-principio-de-respeto-histrico-...
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