Consulta vinculante al Mº de Economía y Hacienda

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Gabriel

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Jul 25, 2010, 7:17:01 AM7/25/10
to plan18000-...@googlegroups.com
Buenos días a todos.
 
Soy Gabriel, del anillo verde de Vicálvaro.
 
Esta mañana he ido a la EMV a recoger el abonaré del 5% ya que yo presenté el pasado día 4 de junio la aceptación a la propuesta de venta.
 
Al mismo tiempo presenté el recurso ya que en esa fecha se terminaba el plazo concedido y realmente tenía muy poca información en comparación a la que se maneja actualmente el la plataforma y mi deseo era realizar la compra del terreno.
 
Me han asegurado en la EMV que el cuando se resuelvan los recursos presentados la decisión se aplicará a todos los afectados ya que se procederá a la modificación del pliego de condiciones que serán de aplicación general, incluso para aquellos que no han presentado recurso.
 
Lógicamente esto nadie lo garantiza. Quizá me arrepienta en un futuro de mi decisión pero ya no hay solución.
 
Os envío, por si no disponeis de el, de la respuesta a la consulta vinculante en realicón al tipo de I.V.A aplicado en la operación. Me lo han facilitado en la EMV y como podeis comprobar dice que el tipo aplicable el es tipo general.
 
Un saludo
Gabriel
 


__________ Información de ESET NOD32 Antivirus, versión de la base de firmas de virus 5315 (20100726) __________

ESET NOD32 Antivirus ha comprobado este mensaje.

http://www.eset.com
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Juan Carlos

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Jul 27, 2010, 5:43:38 PM7/27/10
to plan18000-...@googlegroups.com
Pues a mi no me convence la explicación de Hacienda. La interpretación que hace de la norma no es convincente. En el caso de cesión de suelo nunca va a ser el mismo propietario del vuelo y el suelo el que venda la vivienda. En el supuesto de que la cooperativa no se hubiese disuelto y liquidado, ¿podría adquirir el suelo y vendernoslo al 4%?. Pues no sé, además que IVA pagaría al comprar el suelo al ayuntamiento, o éste se lo regala o transmite. En el caso de las cooperativas que han vendido el vuelo y el suelo (protección oficial de régimen general con suelo), ¿éstas eran propietarias del suelo?, ¿se lo vendió el ayuntamiento, y con qué IVA?, está claro que después los inquilinos pagaron el vuelo y el suelo juntos con el 7%. Además en qué caso raro se vende por un lado el vuelo y por otro el suelo de un inmueble, sino es en nuestro caso. 
El caso es que el ayuntamiento también puede actuar como particular, en vez de como empresa, y tramitirnos el suelo con lo que estaría sujeto al impuesto de transmisiones patrimoniales (y no del IVA), que en el caso de protección oficial especial es el 0%.
 
No es que sea un experto en impuestos, en realidad no tengo ni idea, pero quería hacer esta reflexión en voz alta.
 
Saludos a todos y suerte.

2010/7/25 Gabriel <gabri...@orange.es>

Fuente de la Carra

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Jul 28, 2010, 7:48:50 AM7/28/10
to plan18000-...@googlegroups.com
Estoy con Juan Carlos, la venta que nos ofrece el Ayuntamiento es caótica en todos los sentidos y el tema del IVA no iba a ser menos. Además no me parece correcto que continuemos esperando una respuesta oficial al respecto y hasta que ésta no se produzca la información facilitada por Gabriel es oficiosa, y como tal debe ser tratada.
 
Insisto, cuántas más reclamaciones a sus notificaciones mejor para todos, incluso para aquellos que no tengan la menor intención de comprar.
 
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Saludos cordiales, María.
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