Hola Jeyson:
En relación a la pregunta #2, te respondo lo siguiente:
¿ Existe un organismo especializado que regule y sancione los actos no éticos en las organizaciones?
En la Administración Privada:
Toda entidad cuya actividad comercial es su medio de subsistencia, es una organización con personalidad jurídica, la que puede ser demandada y demandar y por lo tanto son las responsables de crear sus propios códigos de éticas de acuerdo a sus costumbres y cultura gerencial, y al mismo tiempo responsables de crear un comité de ética que sancione y de seguimiento a los actos que de acuerdo a su código de ética sean dolosos.
En la Administración Pública:
El órgano central especializado en la prevención de la corrupción que coadyuve a la Organización de Naciones Unidas en el monitoreo y seguimiento para la mejor aplicación de la Etica y los aspectos preventivos son responsabilidad de la Comisión Nacional de Etica y Combate a la Corrupción (CNECC) y lo relativo a la investigación y sometimiento de los casos de corrupción ante los tribunales del orden judicial es de la Dirección Nacional de Persecución de la Corrupción Administrativa (DNPCA). La misión esencial de la CNECC es servir de puente o canal de comunicación entre la ONU y el estado para aplicar al pie de la letra sus recomendaciones, crear políticas coordinadas y eficaces contra la corrupción, fomentar la participación de la sociedad y promover una cultura por la transparencia y la obligatoriedad de rendición de cuentas en la administración publica.
La CNECC es un organismo mixto y participativo, integrado por representantes del gobierno, las iglesias católicas y evangélicas, la sociedad civil y el sector empresarial, constituido mediante el Decreto No. 101-05 del Poder Ejecutivo. La principal responsabilidad de la CNECC es el seguimiento y monitoreo del cumplimiento del Plan Estratégico de Ética, Prevención y Sanción a la Corrupción desde el 2005 a la fecha así como de sus respectivos planes operativos, a través de un sistema de coordinación, animación, seguimiento y evaluación.
En cumplimiento de las metas trazadas en el Plan Estratégico de Etica, Prevención y Sanción de la Corrupción, se emitió el Decreto 324-07 que especializa desde el Ministerio Publico un órgano anticorrupción (con rango de Dirección Nacional). Buscando dotar de mayores capacidades de tecnificación, investigación y litigación y así manejar los expedientes de corrupción ante los tribunales penales con alto índice de éxito.
Atentos saludos,
Brigida Jacqueline Joga
Desde el punto de vista subjetivo es un acto anti ético, el resultado de la aplicación de prácticas como el "Anillo de Poder", a derivado en la formación de una cultura política de alta desconfianza en las instituciones del Estado, una actitud refractaria ante las posibilidades reales de participación política y en muchas circunstancias la ruptura violenta en contra del marco constitucional vigente.
Como resultado tendriamos la baja autonomía de las estructuras y subsistemas que garantizaran la estabilidad política, los cuales impugnaban las maniobras tendientes a mantener una élite en el poder.
Saludos,
Brigida Jacqueline Joga